l. Son electores y elegibles todos los estudiantes de maestría y doctorado. (Aprobado por unanimidad, 7/7)
2. El voto será secreto. (Aprobado por unanimidad, 7/7)
3. Por lo menos 15 días antes de la fecha prevista para la elección se consultará a todos los elegibles, solicitándoles que manifiesten si aceptan su nominación como candidatos. La nómina de aquellos que se pronuncien afirmativamente constituirá el padrón final de personas elegibles. (Aprobado por mayoría, 5/7)
4. Cada elector propondrá una nómina de hasta tres personas seleccionadas de dicho padrón, para integrar una conjunto de un titular y d o s suplentes. La posición de los candidatos en dicha nómina no tendrá carácter preferencial. (Aprobado por unanimidad, 7/7)
5. El cómputo de los votos será individual y en base al mismo se confeccionará la nómina final, por orden decreciente de votos. (Aprobado por unanimidad, 7/7)
6. Durarán un año en sus funciones, perdiendo su investidura si culminasen su grado antes de finalizar el período. (Aprobado por unanimidad, 7/7)
Comisión Directiva del PEDECIBA, 1 de agosto de 1989
Modificación al reglamento que rige la Elecciones de delegados de los estudiantes y de los investigadores
6) Propuesta de modificación del reglamento para elegir delegados de los investigadores y de los estudiantes a la Comisión Directiva.
Resolución: Se aprueba que las mencionadas elecciones se realicen cada dos años, a partir de las elecciones que se realizarán en 1995.
(por unanimidad 11/11)
Comisión Directiva del PEDECIBA, 10 de marzo de 1994
Elecciones de delegados de los estudiantes y de los investigadores
Resolución: Se mantiene la última resolución del año 1997 y el criterio que está vigente de que las elecciones se realicen cada dos años. Los candidatos deberán ser presentados por al menos cinco investigadores o estudiantes para dichas elecciones de investigadores o estudiantes respectivamente.
La presentación de las candidaturas deberá ser realizada por personas pertenecientes a por lo menos dos áreas (2/7) y por lo menos a tres Areas (6/7). Las elecciones serán entre el 10-14 abril. La proclamación será el 3 de abril.
(por unanimidad 7/7)
Comisión Directiva del PEDECIBA, 24 de febrero de 2000