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Misión
La Comisión Sectorial
de Desarrollo Informático del Servicio Central de Informática
(SeCIU)
tiene su cargo la organización, coordinación y estímulo
del desarrollo informático en la Universidad
de la República, Uruguay.
Asesora al Consejo Directivo Central (CDC) sobre todos los problemas de
Informática de la Universidad en general o los que sus dependencias
sometan a su estudio.
Marco
legal e historia
Fue creada en fecha 10 de
setiembre de 1988, por resolución Nro. 648/88, exp. Nro. 5554/88
del CDC.
El Consejo Directivo Central
de fecha 2 de julio de 1991aprueba la Ordenanza de la Comisión Sectorial
de Desarrollo Informático, elevada por la Comisión Universitaria
Central de Informática, cuyo texto luce en el distribuido N°
482/91, según la resolución N° 33 (expediente 6940/90).
Las Comisiones Directivas
y Sectoriales tiene la facultad de iniciativa en políticas del sector
y de resolver temas de administración, según así lo
convenga el Consejo Directivo Central cuando apruebe sus respectivas ordenanzas.
De acuerdo a los planes y acciones previamente aprobados por el CDC, estas
Comisiones tienen la facultad de proponer prioridades respecto a proyectos
y actividades en sus áreas, incluyendo criterios para distribuir
los recursos globalmente asignados a cada una de ellas, así como
la responsabilidad de seguimiento y evaluación periódica
de los resultados obtenidos. Las iniciativas y propuestas serán
elevadas al CDC previo conocimiento y deliberación de las mismas
con Rector.
Existen las siguientes Comisiones
Asesoras permanentes:
a) de Asunto de
la enseñanza;
b) de Asuntos del Personal;
c) de Planeamiento y Presupuesto;
d) de Relaciones y Cooperación;
e) de Arquitectura y
f) de Difusión
y Publicaciones.
Se designan como Comisiones
Sectoriales las siguientes:
a) de Investigación
Científica (CSIC);
b) de Extensión y
Actividades en el Medio; y
c) del Servicio de Desarrollo
Informático de la Universidad ...
Atribuciones
-
Proponer
al Consejo Directivo Central las iniciativas, sugerencias o proposiciones
que entienda beneficiosas para la Universidad o el país en el
campo de la informática incluyendo las que se refieran a cuestiones
presupuestales y excluyendo todo lo referente a las carreras de Informática
que se impartan en la Facultad de Ingeniería;
-
Proponer
prioridades respecto a proyectos, planes y aciones de desarrollo informático
aprobados por el Consejo Directivo Central;
-
Hacer
conocer al Consejo Directivo Central las necesidades que a su juicio tengan
la Universidad y/o sus dependencias para facilitar su desarrollo, tanto
en el área docente y de investigación como en el de la gestión
y sugerir el modo de satisfacerlas;
-
Colaborar
en la creación, administración y adjudicación de fondos
destinados a financiar las tareas de desarrollo informático;
-
Supervisar
la ejecución de los proyectos de desarrollo informático y
evaluar periódicamente los resultados obtenidos;
-
Elevar
anualmente al Consejo Directivo Central un plan de actividades;
-
Proponer
la designación de las subcomisiones que estime conveniente para
el mejor cumplimiento de sus cometidos.
Otros
-
La Comisión contará
con el apoyo docente y administrativo necesario para la concreción
de sus fines.
-
La Comisión elevará
al Consejo Directivo Central un informe anual de las actividades desarrolladas.
Nota: estos
párafos pretenecen a los Art. 1, 6, 7 y 8 de la Ordenanza de la
CSDI, aprobada por el Consejo Directivo Central de fecha 2 de julio de
1991, resolución N° 33 (expediente 6940/90).
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