|
Bases
Llamados Docentes
Llamados No Docentes
BASES PARA EL LLAMADO A PROVISIÓN INTERINA
DE UN CARGO DE PROGRAMADOR / ADMINISTRADOR DEL PROYECTO "PORTAL
DE LA UDELAR"
Esc. R G° 13 - 30 hs. Semanales (cargo que requiere renovación
permanente de conocimientos)
REQUISITOS
Se podrán presentar al llamado, todos los ciudadanos uruguayos
que acrediten poseer el Título hablitante de Analista en Computación
o formación equivalente.
Además deberá poseer conocimientos y experiencia que a continuación
se detallan:
Experiencia en el desarrollo de aplicaciones web que incluyan
manejo de páginas dinámicas, base de datos, software libre, instalación
y administración de servidores web, de disco y de aplicaciones.
Experiencia de trabajo en equipos multidisciplinarios, relacionada
con los temas anteriores.
El Consejo Directivo Central designará una Comisión Asesora
integrada por miembros de reconocida trayectoria en las disciplinas
directamente relacionadas con las funciones del cargo o afines
al mismo.
MÉRITOS
Los méritos deberán estar debidamente documentados y serán considerados
cuando tengan relación con el cargo por el cual se concursa, debiendo
estar agrupados en dos grandes gurpos: Experiencia y Conocimientos.
Experiencia: incluirá los cargos desempañados en la actividad
privada o en la Administración Pública, ya sea en la Universidad
o fuera de ella. Se considerará entre otros elementos el carácter
de los cargos ocupados, el período de ejercicio de los mismos,
la forma de ingreso o ascenso, las calificaciones, evaluación
o los legajos si los hubiere y una breve descripción de las tareas
desempeñadas. También este rubro podrá incluir, entre otros aspectos,
la actuación universitaria en órganos de gobierno universitario,
comisiones u otros antecedentes.
Conocimientos: incluirá, los títulos, certificados de
estudio y cursos de especialización relacionados con el cargo.
Los premios, publicaciones y trabajos. La participación en Congresos
teniendo en cuenta el carácter de dicha participación. Asimismo
podrán incluirse, entre otros aspectos, las ideas, iniciativas,
estudios y ejecución de programas de signinficación, en cuyo desarrollo
haya participado el aspirante, de acuerdo a la documentación presentada
y los informes de la autoridad correspondiente.
CARACTERÍSTICAS DEL CARGO Y REMUNERACIÓN
Escalafón R, Grado 13, 30 horas semanales. De acuerdo a la intensidad
del trabajo, se podrán conceder extensiones horarias o el régimen
de dedicación compensada.
NOTA
-Solamente serán considerados los antecedentes que estén debidamente
documentados.
-La presentación de los antecedentes deberá seguir el orden
establecido en las Bases.
-Los documentos deberán ser legibles, se entregarán fotocopias
que se autenticarán en el momento de la inscripción con la presentación
de los originales, éstos deberán ser exhibidos en el mismo orden
en que se presentan las copias.
-Las constancias referentes a cursos y talleres, deberán acreditar,
en lo posible, carga horaria y evaluación.
-En lo referente a la experiencia laboral. deberán presentar
una constancia que acredite las funciones desempeñadas expedida
por su superior inmediato.
DESCRIPCIÓN DEL CARGO PROGRAMADOR / ADMINISTRADOR DEL PROYECTO
"PORTAL DE LA UDELAR"
PROPÓSITO:
Desarrollar actividades de análisis, diseño y programación del
portal de la universidad, y de administración del servidor. Proponer
soluciones informáticas y técnicas a los problemas que surjan
en el funcionamiento del equipamiento informático destinado al
proyecto. Definir aspectos relativos a la arquitectura informática
del portal, seguridad, respaldos, entre otros.
REQUISITOS Y COMPETENCIAS PARA EL CARGO
Para ocupar el cargo se requerirá poseer capacidad probada e
ideoneidad moral, así como aptitud psico física plena avalada
por la División Universitaria de la Salud.
Competencias comportamentales/sociales/participativas
· Comunicación para relacionarse eficazmente con los integrantes
del equipo multidisciplinario.
· Comprensión y consideración frente a los problemas que pudieren
originarse en el trabajo diario.
· Responsabilidad en el desempeño de sus funciones dando cumplimiento
a los objetivos trazados.
Competencias metodológicas/intelectuales
· Capacidad para proporcionar los soportes y formatos informáticos
donde se volcarán los contenidos del portal.
· Capacidad para diseñar la estructura informática.
· Capacidad para administrar el equipamiento y software.
· Capacidad para crear mecanismos de control con referencia
a la estructura o arquitectura informatica del portal.
FORMACIÓN Y EXPERIENCIA
Formación:
El aspirante deberá poseer Título habilitante de Analista en
Computación o formación equivalente.
Experiencia:
Experiencia en el desarrollo de aplicaciones web que incluyan
manejo de páginas dinámicas, base de datos, software libre, instalación
y administración de servidores web, de disco y de aplicaciones.
Experiencia de trabajo en equipos multidisciplinarios, relacionada
con los temas anteriores.
FUNCIONES EN EL CARGO
· Instalar equipamiento (servidor, estaciones, impresora) y
software (servidor web, base de datos, software de diseño, aplicaciones
generales de trabajo) a ser utilizado por el proyecto.
· Colaborar en el relevamiento de la información, especialmente
en aspectos relacionados con los soportes y formatos existentes,
útiles para establecer los mecanismos de suministro de información
al portal.
· Participar en la definición de la estructura básica del portal
y los servicios a brindar.
· Diseñar una arquitectura informática del portal acorde a los
requerimientos y a las prioridades de implementación.
· Desarrollar los aspectos informáticos de las aplicaciones
del portal.
· Administrar equipamiento y software, en especial servidor
web y base de datos, que estén directamente relacionados con el
funcionamiento del portal.
· Generar documentación técnica sobre la arquitectura informática
del portal, los flujos de información, las decisiones técnicas
tomadas y su justificación.
· Participar en la realización actividades de control, seguimiento
y la elaboración de informes de avance.
· Otras actividades que el coordinador del proyecto le encomiende
relacionadas con la especialidad de su cargo.
CARACTERÍSTICAS DEL CARGO Y REMUNERACIÓN
Escalafón R, Grado 13, 30 horas semanales. De acuerdo a la intensidad
del trabajo, se podrán conceder extensiones horarias o el régimen
de dedicación compensada.
BASES PARA EL LLAMADO A PROVISIÓN INTERINA
DE UN CARGO DE DISEÑADOR / PROGRAMADOR DEL PROYECTO "PORTAL DE
LA UDELAR"
Esc. R G° 11 - 30 hs. Semanales (cargo que requiere renovación
permanente de conocimientos)
REQUISITOS
Estudios y conocimientos en diseño gráfico o equivalente según
su relacionamiento con el cargo. Conocimiento básico en programación
de aplicaciones web.
Además deberá poseer la experiencia que a continuación se detalla:
Experiencia en el manejo de herramientas del diseño gráfico y
conocimiento de desarrollo de aplicaciones web que incluyan manejo
de páginas dinámicas, base de datos, software libre. Experiencia
de trabajo en equipos multidisciplinarios, relacionada con los
temas anteriores.
El Consejo Directivo Central designará una Comisión Asesora
integrada por miembros de reconocida trayectoria en las disciplinas
directamente relacionadas con las funciones del cargo o afines
al mismo.
MÉRITOS
Los méritos deberán estar debidamente documentados y serán considerados
cuando tengan relación con el cargo por el cual se concursa, debiendo
estar agrupados en dos grandes gurpos: Experiencia y Conocimientos.
Experiencia: incluirá los cargos desempañados en la actividad
privada o en la Administración Pública, ya sea en la Universidad
o fuera de ella. Se considerará entre otros elementos el carácter
de los cargos ocupados, el período de ejercicio de los mismos,
la forma de ingreso o ascenso, las calificaciones, evaluación
o los legajos si los hubiere y una breve descripción de las tareas
desempeñadas. También este rubro podrá incluir, entre otros aspectos,
la actuación universitaria en órganos de gobierno universitario,
comisiones u otros antecedentes.
Conocimientos: incluirá, los títulos, certificados de
estudio y cursos de especialización relacionados con el cargo.
Los premios, publicaciones y trabajos. La participación en Congresos
teniendo en cuenta el carácter de dicha participación. Asimismo
podrán incluirse, entre otros aspectos, las ideas, iniciativas,
estudios y ejecución de programas de signinficación, en cuyo desarrollo
haya participado el aspirante, de acuerdo a la documentación presentada
y los informes de la autoridad correspondiente.
CARACTERÍSTICAS DEL CARGO Y REMUNERACIÓN
Escalafón R, Grado 11, 30 horas semanales. De acuerdo a la intensidad
del trabajo, se podrán conceder extensiones horarias o el régimen
de dedicación compensada.
NOTA
-Solamente serán considerados los antecedentes que estén debidamente
documentados.
-La presentación de los antecedentes deberá seguir el orden
establecido en las Bases.
-Los documentos deberán ser legibles, se entregarán fotocopias
que se autenticarán en el momento de la inscripción con la presentación
de los originales, éstos deberán ser exhibidos en el mismo orden
en que se presentan las copias.
-Las constancias referentes a cursos y talleres, deberán acreditar,
en lo posible, carga horaria y evaluación.
-En lo referente a la experiencia laboral. deberán presentar
una constancia que acredite las funciones desempeñadas expedida
por su superior inmediato.
DESCRIPCIÓN DEL CARGO DISEÑADOR / PROGRAMADOR DEL PROYECTO
"PORTAL DE LA UDELAR"
PROPÓSITO:
Desarrollar actividades de análisis, diseño y programación del
portal de la universidad. Construir las bases funcionales y estéticas
del portal. Proponer pautas gráficas para las dependencias de
la Universidad procurando generar una coherencia entre estas y
el organismo central.
REQUISITOS Y COMPETENCIAS PARA EL CARGO
Para ocupar el cargo se requerirá poseer capacidad probada e
ideoneidad moral, así como aptitud psico física plena avalada
por la División Universitaria de la Salud.
Competencias comportamentales/sociales/participativas
· Comunicación para relacionarse eficazmente con los integrantes
del equipo multidisciplinario.
· Comprensión y consideración frente a los problemas que pudieren
originarse en el trabajo diario.
· Responsabilidad en el desempeño de sus funciones dando cumplimiento
a los objetivos trazados.
Competencias metodológicas/intelectuales
· Capacidad de crear el diseño gráfico del portal con sus funcionalidades
y navegabilidad.
· Capacidad de colaborar en el relevamiento con referencia a
los soportes y formatos existentes para lograr el suministro de
información.
· Capacidad de elaboración de informes.
FORMACIÓN Y EXPERIENCIA
Formación:
Se evaluarán los estudios y conocimientos en diseño gráfico
empleando herramientas informáticas y el conocimiento básico en
programación de aplicaciones web.
Experiencia:
Experiencia en el manejo de herramientas del diseño gráfico
y conocimiento de desarrollo de aplicaciones web que incluyan
manejo de páginas dinámicas, base de datos, software libre. Experiencia
de trabajo en equipos multidisciplinarios, relacionada con los
temas anteriores.
FUNCIONES EN EL CARGO
· Colaborar en el relevamiento de la información, especialmente
en aspectos relacionados con los soportes y formatos existentes,
útiles para establecer los mecanismos de suministro de información
al portal.
· Participar en la definición de la estructura básica del portal
y los servicios a brindar.
· Diseñar la estructura gráfica del portal, sus funcionalidades
y navegabilidad, acorde a los requerimientos relevados y a las
prioridades de implementación.
· Apoyar el desarrollo de los aspectos informáticos de las aplicaciones
del portal.
· Generar documentación sobre las decisiones técnicas tomadas
y su justificación.
· Participar en la realización de actividades de control, seguimiento
y elaboración de informes de avance.
· Otras actividades que el coordinador del proyecto le encomiende
relacionadas con la especialidad de su cargo.
CARACTERÍSTICAS DEL CARGO Y REMUNERACIÓN:
R, Grado 11, 30 hs. De acuerdo a la intensidad del trabajo,
se podrán conceder extensiones horarias o el régimen de dedicación
compensada.
BASES PARA EL LLAMADO A PROVISIÓN INTERINA
DE UN CARGO DE BIBLIOTECOLOGO DEL PROYECTO "PORTAL DE LA UDELAR"
Esc. R G° 11 - 30 hs. Semanales (cargo que requiere renovación
permanente de conocimientos)
REQUISITOS
Se podrán presentar al llamado, todos los ciudadanos uruguayos
que acrediten poseer el Título de Licenciado en Bibliotecología.
Además deberá poseer la experiencia que a continuación se detalla:
Experiencia en el desarrollo de canales de información. Desarrollo
de sistemas de clasificación de la información. Manejo de herramientas
aplicadas a Internet y de programas office. Experiencia en sistemas
de documentación informatizados. Experiencia de trabajo en equipos
multidisciplinarios, relacionada con los temas anteriores.
El Consejo Directivo Central designará una Comisión Asesora integrada
por miembros de reconocida trayectoria en las disciplinas directamente
relacionadas con las funciones del cargo o afines al mismo.
MÉRITOS
Los méritos deberán estar debidamente documentados y serán considerados
cuando tengan relación con el cargo por el cual se concursa, debiendo
estar agrupados en dos grandes gurpos: Experiencia y Conocimientos.
Experiencia: incluirá los cargos desempañados en la actividad
privada o en la Administración Pública, ya sea en la Universidad
o fuera de ella. Se considerará entre otros elementos el carácter
de los cargos ocupados, el período de ejercicio de los mismos,
la forma de ingreso o ascenso, las calificaciones, evaluación
o los legajos si los hubiere y una breve descripción de las tareas
desempeñadas. También este rubro podrá incluir, entre otros aspectos,
la actuación universitaria en órganos de gobierno universitario,
comisiones u otros antecedentes.
Conocimientos: incluirá, los títulos, certificados de
estudio y cursos de especialización relacionados con el cargo.
Los premios, publicaciones y trabajos. La participación en Congresos
teniendo en cuenta el carácter de dicha participación. Asimismo
podrán incluirse, entre otros aspectos, las ideas, iniciativas,
estudios y ejecución de programas de signinficación, en cuyo desarrollo
haya participado el aspirante, de acuerdo a la documentación presentada
y los informes de la autoridad correspondiente.
CARACTERÍSTICAS DEL CARGO Y REMUNERACIÓN
Escalafón R, Grado 11, 30 horas semanales. De acuerdo a la intensidad
del trabajo, se podrán conceder extensiones horarias o el régimen
de dedicación compensada.
NOTA
-Solamente serán considerados los antecedentes que estén debidamente
documentados.
-La presentación de los antecedentes deberá seguir el orden
establecido en las Bases.
-Los documentos deberán ser legibles, se entregarán fotocopias
que se autenticarán en el momento de la inscripción con la presentación
de los originales, éstos deberán ser exhibidos en el mismo orden
en que se presentan las copias.
-Las constancias referentes a cursos y talleres, deberán acreditar,
en lo posible, carga horaria y evaluación.
-En lo referente a la experiencia laboral. deberán presentar
una constancia que acredite las funciones desempeñadas expedida
por su superior inmediato.
DESCRIPCIÓN DEL CARGO BIBLIOTECÓLOGO DEL PROYECTO "PORTAL
DE LA UDELAR"
PROPÓSITO:
Relevar y clasificar la información existente. Definir pautas
de procesamiento y organización de la información, necesarias
para el desarrollo del portal.
REQUISITOS Y COMPETENCIAS PARA EL CARGO
Para ocupar el cargo se requerirá poseer capacidad probada e
ideoneidad moral, así como aptitud psico física plena avalada
por la División Universitaria de la Salud.
Competencias comportamentales/sociales/participativas
· Creatividad para analizar la estructura del portal y realizar
propuestas. · Comunicación para relacionarse eficazmente con los
integrantes del equipo multidisciplinario.
· Comprensión y consideración frente a los problemas que pudieren
originarse en el trabajo diario.
· Responsabilidad en el desempeño de sus funciones dando cumplimiento
a los objetivos trazados.
Competencias metodológicas/intelectuales
· Capacidad de instrumentar un método de relevamiento con referencia
a los soportes y formatos existentes y los canales que porporcionan
la información.
· Capacidad de generar documentación técnica sobre la clasificación
de la información.
· Capacidad para crear mecanismos de control con referencia
al alcance del proyecto.
FORMACIÓN Y EXPERIENCIA
Formación:
El aspirante deberá poseer Título habilitante de Licenciado en
Bibliotecología.
Experiencia:
Experiencia en el desarrollo de canales de información. Desarrollo
de sistemas de clasificación de la información. Manejo de herramientas
aplicadas a Internet y de programas office. Experiencia en sistemas
de documentación informatizados. Experiencia de trabajo en equipos
multidisciplinarios, relacionada con los temas anteriores.
FUNCIONES EN EL CARGO
· Relevar información, especialmente en aspectos relacionados
con los soportes y formatos existentes, y los canales utilizados
por las dependencias a cargo del suministro de información al
portal.
· Asesorar en su área específica en lo relativo a los contenidos
del portal y los servicios a brindar.
· Participar en el diseño de la estructura del portal y sus
funcionalidades, acorde a los requerimientos relevados y a las
prioridades de implementación.
· Generar documentación técnica sobre la estructura que suministra
información al portal y su forma de clasificación, las decisiones
técnicas tomadas y su justificación.
· Participar en la realización de actividades de control, seguimiento
y la elaboración de informes de avance.
· Otras actividades que el coordinador del proyecto le encomiende
relacionadas con la especialidad de su cargo.
CARACTERÍSTICAS DEL CARGO Y REMUNERACIÓN:
R, Grado 11, 30 hs. De acuerdo a la intensidad del trabajo,
se podrán conceder extensiones horarias o el régimen de dedicación
compensada.
BASES PARA EL LLAMADO A PROVISIÓN INTERINA
DE UN CARGO DE COMUNICADOR DEL PROYECTO "PORTAL DE LA UDELAR"
Esc. R G° 13- 30 hs. Semanales (cargo que requiere renovación
permanente de conocimientos)
REQUISITOS
Se podrán presentar al llamado, todos los ciudadanos uruguayos
que acrediten poseer el Título de Licenciado en Ciencias de la
Comunicación.
Además deberá poseer conocimientos y experiencia que a continuación
se detallan:
Experiencia en producción de información y/o contenidos mediáticos.
Antecedentes en el diseño e implementación de estrategias de comunicación
institucional o de sistemas de información. Conocimiento de la
estructura universitaria. Poseer manejo básico del idioma inglés.
Participación en actividades en proyectos multidisciplinarios
relacionados con los temas anteriores.
El Consejo Directivo Central designará una Comisión Asesora integrada
por miembros de reconocida trayectoria en las disciplinas directamente
relacionadas con las funciones del cargo o afines al mismo.
MÉRITOS
Los méritos deberán estar debidamente documentados y serán considerados
cuando tengan relación con el cargo por el cual se concursa, debiendo
estar agrupados en dos grandes gurpos: Experiencia y Conocimientos.
Experiencia: incluirá los cargos desempañados en la actividad
privada o en la Administración Pública, ya sea en la Universidad
o fuera de ella. Se considerará entre otros elementos el carácter
de los cargos ocupados, el período de ejercicio de los mismos,
la forma de ingreso o ascenso, las calificaciones, evaluación
o los legajos si los hubiere y una breve descripción de las tareas
desempeñadas. También este rubro podrá incluir, entre otros aspectos,
la actuación universitaria en órganos de gobierno universitario,
comisiones u otros antecedentes.
Conocimientos: incluirá, los títulos, certificados de
estudio y cursos de especialización relacionados con el cargo.
Los premios, publicaciones y trabajos. La participación en Congresos
teniendo en cuenta el carácter de dicha participación. Asimismo
podrán incluirse, entre otros aspectos, las ideas, iniciativas,
estudios y ejecución de programas de signinficación, en cuyo desarrollo
haya participado el aspirante, de acuerdo a la documentación presentada
y los informes de la autoridad correspondiente.
CARACTERISTICAS DEL CARGO Y REMUNERACIÓN
Escalafón R, Grado 13, 30 horas semanales. De acuerdo a la intensidad
del trabajo, se podrán conceder extensiones horarias o el régimen
de dedicación compensada.
NOTA
-Solamente serán considerados los antecedentes que estén debidamente
documentados.
-La presentación de los antecedentes deberá seguir el orden
establecido en las Bases.
-Los documentos deberán ser legibles, se entregarán fotocopias
que se autenticarán en el momento de la inscripción con la presentación
de los originales, éstos deberán ser exhibidos en el mismo orden
en que se presentan las copias.
-Las constancias referentes a cursos y talleres, deberán acreditar,
en lo posible, carga horaria y evaluación.
-En lo referente a la experiencia laboral. deberán presentar
una constancia que acredite las funciones desempeñadas expedida
por su superior inmediato.
DESCRIPCIÓN DEL CARGO COMUNICADOR DEL PROYECTO "PORTAL DE
LA UDELAR"
PROPÓSITO:
Asesorar sobre los contenidos del portal y coordinar técnicamente
la instrumentación de los mismos. Establecer canales de comunicación
con las dependencias universitarias responsables de la información
REQUISITOS Y COMPETENCIAS PARA EL CARGO
Para ocupar el cargo se requerirá poseer capacidad probada e
ideoneidad moral, así como aptitud psico física plena avalada
por la División Universitaria de la Salud.
Competencias comportamentales/sociales/participativas
· Creatividad para analizar los contenidos del portal y realizar
propuestas.
· Comunicación y facilidad verbal y escrita, para comunicarse
eficazmente con los integrantes del equipo multidisciplinario.
· Capacidad para coordinar actividades con los miembros del
equipo asignado al proyecto y con los responsables de los diversos
servicios universitarios involucrados en el proyecto.
· Comprensión y consideración frente a los problemas que pudieran
originarse en el trabajo diario.
· Responsabilidad en el desempeño de sus funciones dando cumplimiento
a los obejtivos trazados. Competencias metodológicas/intelectuales
· Capacidad para coordinar tecnicamente la instrumentación de
los contenidos del portal.
· Capacidad de analizar, organizar y comunicar la información
que integrará el portal.
FORMACIÓN Y EXPERIENCIA
Formación:
El aspirante deberá poseer Título habilitante de Licenciado
en Ciencias de la comunicación.
Experiencia:
Experiencia en producción de información y/o contenidos mediáticos.
Antecedentes en el diseño e implementación de estrategias de comunicación
institucional o de sistemas de información. Poseer manejo básico
del idioma inglés. Participación en actividades o proyectos multidisciplinarios
relacionados con los temas anteriores.Conocimiento de la estructura
universitaria.
FUNCIONES EN EL CARGO
· Asesorar sobre los contenidos del portal.
· Coordinar técnicamente la instrumentación de los contenidos.
· Participar en la definición de la estructura básica del portal
y los servicios a brindar.
· Establecer estrategias de actualización de los contenidos.
· Generar documentación sobre las decisiones técnicas tomadas
y su justificación.
· Colaborar en el relevamiento de la información, especialmente
en aspectos relacionados con los contenidos, útiles para establecer
los mecanismos de suministro de información al portal.
· Coordinar con los responsables de las dependencias universitarias
las actividades que los involucren.
· Otras actividades que el coordinador le encomiende, relacionadas
con la especialidad de su cargo.
CARACTERISITCAS DEL CARGO Y REMUNERACIÓN
Escalafón R, Grado 13, 30 horas semanales. De acuerdo a la intensidad
del trabajo, se podrán conceder extensiones horarias o el régimen
de dedicación compensada.
DIRECCIÓN GENERAL DE RELACIONES Y COOPERACION
UNIDAD DE RELACIONES Y COOPERACION CON EL SECTOR PRODUCTIVO
LLAMADO A ASPIRANTES PARA PROVISIÓN DE CARGO
DE ASISTENTE, Gr.2
1. Descripción del cargo
Profesor Asistente de la Unidad de Relaciones y Cooperación
con el Sector Productivo
Escalafón docente: Gr. 2
Carácter de la designación: Interina
Duración de la designación: Un año, con posibilidades
de prórroga anual por iguales períodos.
Cantidad de cargos: Según disponibilidad de fondos
Carga horaria: mínimo de 20 hs. sem. y hasta 40 hs. sem.,
según elección por orden de prelación resultante de la evaluación
del llamado.
2. Funciones: Participar como Asistente en:
- Investigaciones de diagnóstico y rediseño de la organización
productiva, del trabajo y de las relaciones laborales en la
empresa.
- Investigaciones de competencias laborales.
- Gestión de las relaciones con las contrapartes internas y
externas a la Universidad.
3. A efectos de su trabajo, la Comisión Asesora podrá
apoyarse en los siguientes criterios de puntaje:
a) Estudios cursados y títulos académicos..........................................20
puntos
b) Actuación Académica (enseñanza, investigación y extensión).....30
puntos
c) Actividades de cooperación científica y técnica con el sector
productivo..........................................................................40
puntos
d) Actividad Profesional............................................................................5
puntos
e) Otros méritos……....………………… ....……………......................5
puntos
4. La propuesta de la Comisión Asesora deberá expresar
sus fundamentos sobre las virtudes de los aspirantes, respecto
de sí mismos y también comparativamente con el resto y siempre
teniendo en cuenta las funciones a desempeñar y los conceptos
establecidos en estas bases como méritos a ponderar.
Podrá apoyarse internamente en valoraciones cuantitativas, tabla
de puntaje arriba señalada, pero estas no quedaran expresadas
en la propuesta elevada al Consejo Ejecutivo Delegado
BASES PARA EL CONCURSO DE ASCENSO EN LA CARRERA
DE DOCTOR EN DERECHO
Título Genérico: Profesional A2
Título Específico: Doctor en Derecho
Escalafón: A, sub escalafón 2, grado 13
Requisitos y forma de provisión
La provisión será por concurso de antecedentes y prueba entre
los funcionarios de la Universidad de la República que cumplan
los siguientes requisitos:
a) revistar en forma titular en un cargo de grado 12 u 11 del
escalafón profesional en la carrera Doctor en Derecho,
b) acreditar una antigüedad mínima de dos años, en la carrera
y grado establecidos precedentemente, a la fecha de cierre de
la inscripción.
Documentos que deben acompañar la solicitud de inscripción.
En el momento de la inscripción será indispensable acompañar
la solicitud con la presentación de los siguientes documentos:
- Cédula de identidad
- Certificados que acrediten:
- Actuación funcional, conteniendo: escalafón, grado, período
de ejercicio y carácter de los cargos que ha desempeñado en
la Universidad de la República. Esta certificación debe ser
expedida por la Sección Personal pudiendo ser complementada
y avalada por la máxima autoridad administrativa del servicio.
- Relación de antecedentes, siguiendo el orden establecido
en las Bases, con las certificaciones que los acrediten (certificados
de estudio, escolaridad, cursos, concursos y otros). La certificación
de los cursos deberá indicar: contenido, carga horaria, forma
de aprobación, e institución.
- Los documentos deberán ser legibles, se podrá entregar fotocopias,
las que deberán ser autenticadas en el momento de la inscripción
con la presentación de los originales, exhibiéndose éstos en
el mismo orden en que se presenten las copias.
Los legajos serán solicitados por el Tribunal a las respectivas
dependencias de personal
NOTIFICACIÓN Y PUBLICIDAD
En el momento de inscribirse, los aspirantes deberán notificarse
de la fecha del primer acto del concurso.
Este consistirá en la lectura pública de los miembros que integran
el Tribunal y de los inscriptos que reúnan los requisitos establecidos
en las bases.
Sin perjuicio de lo anterior, a los efectos de facilitar la
información a los concursantes, tales nóminas se publicarán en
cartelera o estarán a su disposición.
También se dará lectura, si algún concursante así lo solicita,
a la relación de antecedentes presentada por todos los aspirantes
y se deberá elegir el representante de los concursantes para completar
la integración del tribunal.
Los concursantes podrán objetar los méritos presentados por
otros concursantes dentro de los dos días hábiles siguientes a
la realización del primer acto del concurso.
Los concursantes deberán concurrir a todos los actos del concurso,
Art.7°,8°,9° y 14°, de la Ordenanza de Concursos aprobada por
el CDC en resolución N°16 del 26.10.1999.
NATURALEZA DEL CONCURSO
El concurso será de antecedentes y pruebas, , se realizará en
la modalidad de puntajes y se regirá a todos los efectos por la
Ordenanza de Concursos aprobada por el CDC en resolución N°16,
del 26.10.1999 y publicada en el Diario Oficial el 12.11.1999.
A) ANTECEDENTES ...........................................................hasta
100 puntos
Estudios y formación ........................................................
hasta 15 puntos
-Cursos de especialización y post grado
-Otros estudios (informática, idiomas, etc.)
Actividad en la Universidad de la República ..................
hasta 50 puntos
-Actuación funcional - Reseña de tareas desarrolladas, indicando
el período y evaluación del desempeño, realizada por el supervisor.
Concursos, llamado a aspirantes.....................................hasta
10 puntos
Antigüedad que exceda la requerida como requisito...hasta
5 puntos
Actividad docente e investigación .................................hasta
10 puntos
-Cargos docentes especialmente vinculados al Derecho Público
-Investigación, publicaciones, artículos, disertación en congresos,
eventos, etc..
Participación en comisiones universitarias y otros órganos
de cogobierno ................hasta 5 puntos
Otros méritos .............................................................hasta
5 puntos
Anotaciones favorables en el legajo o debidamente documentadas
y otras que el concursante crea conveniente presentar y tengan
relación con el cargo.
Deméritos
En la calificación de los antecedentes, el Tribunal descontará
los siguientes puntajes por cada falta sancionada que conste en
el legajo personal y haya sido dispuesta por autoridades legítimas.(
Res. Nº65 CDC del 2.07.85.)
Sanciones y suspensiones - Detracciones
Más de 3 meses. .............................................................................
30 puntos
Más de 2 meses hasta 3 meses ...................................................
28 puntos
Más de 1 mes hasta 2 meses ..........................................................
25 puntos
De 11 días a 1 mes ...........................................................................
15 puntos
De 4 a 10 días.....................................................................................
10 puntos
Hasta 3 días ..........................................................................................
6 puntos
Apercibimiento, Amonestación y Observación ................................
3 puntos
Vigencia de los deméritos
- hasta 6 puntos, no serán considerados pasados 3 años de su
aplicación,
- hasta 15 puntos, no serán considerados pasados los 5 años
de su aplicación,
-superiores a 15 puntos no serán considerados pasados los 7
años de su aplicación.
Para los funcionarios de Hospital de Clínicas, no se tomarán
en cuenta las sanciones aplicadas por incumplimiento a las obligaciones
de : asistencia, puntualidad, presencia, cuando se trate de suspensiones
menores o iguales a tres días.
B) PRUEBA .....................................................................
Hasta 40 puntos
Consistirá en la presentación de un trabajo escrito, con defensa
oral, de carácter jurídico sobre un tema que el concursante eligirá
de tres que serán propuestos por el Tribunal. Dicho trabajo versará
sobre la normativa universitaria y el derecho público en general
y no podrá superar las 10 carillas de extensión a doble espacio
y en tamaño carta.
Los temas serán comunicados en oportunidad del acto de entrega
del puntaje de méritos notificando del mismo a los participantes
en ese acto, estos dispondrán de 20 días a partir de esa fecha
para la entrega del trabajo.
Consideraciones generales:
-La presentación de los antecedentes deberá seguir el orden
establecido en las Bases.
-Los documentos deberán ser legibles, se entregarán fotocopias
que deberán autentificarse en el momento de la inscripción con
la presentación de los originales, exhibiéndose éstos en el mismo
orden en que se presenten las copias.
-Para la adjudicación de puntajes el Tribunal considerará
especialmente los certificados relacionados con la temática del
cargo.
-No serán tenidos en cuenta los cargos obtenidos durante el
gobierno de facto Res. Nº65 CDC del 2.07.85.
-Las constancias referentes a cursos y talleres deberán acreditar
carga horaria y evaluación si correspondiere.
-En lo referente a la actuación profesional y/o docente,
el concursante presentará un informe de tareas expedido por su
superior inmediato .
-El concursante que no alcance el 50 % del puntaje de la prueba
quedará eliminado.
BASES PARA LA PROVISIÓN INTERINA
DE CARGOS DOCENTES, ASISTENTES G° 2, 30 HS. SEMANALES.
Art. 1. Funciones del cargo:
- Asistencia a las tareas académicas vinculadas a los fines
de la CSE.
- Colaborar en los trabajos preparatorios, elaboración de informes
y documentos requeridos por la CSE y el Pro Rector de Enseñanza.
- Colaborar bajo la supervisión del coordinador de Unidad Académica
con todas las tareas correspondientes a dicha unidad que le sean
asignadas.
Art. 2. El llamado es abierto, considerándose de particular
interés la acreditación en formación superior, titulación preferencial
en Ciencias de la Educación, antecedentes docentes tanto en el
campo de la enseñanza como de la investigación a nivel terciario
y universitario y desempeño de funciones similares a las del cargo
llamado.
Art. 3. Cada aspiración contendrá una relación documentada
de méritos y antecedentes, y la presentación de un trabajo escrito
de acuerdo al Artículo 5 de estas bases.
Art. 4. El llamado será estudiado por una Comisión Asesora
integrada por tres miembros (requisito: ser o haber sido docente
de la UdelaR de grado superior al cargo llamado). El informe de
la Comisión Asesora será elevado a la Comisión Sectorial de Enseñanza
y por ésta - con su recomendación - al Consejo Directivo Central,
el que designará al aspirante en el cargo objeto del llamado.
Art. 5. La Comisión Asesora, teniendo en cuenta la jerarquía
del servicio o institución donde se obtuvieron los títulos o se
desempeñaron los cargos y el modo de acceso a los mismos, la relevancia
de los editores de las publicaciones realizadas, etc. atenderá
los siguientes puntos:
a. Estudios superiores y generales (especificar institución,
fecha y duración).
- Títulos de grado.
- Títulos de Posgrado: Especialización, Maestría, Doctorado.
- Otros estudios de nivel superior.
b. Actuación en enseñanza.
Cargos docentes:
- Jerarquía, calificación y duración de los cargos desempeñados
en la Universidad de la República o instituciones de nivel comparable.
- Proyectos de Enseñanza aprobados, financiados y ejecutados.
- Producción de informes, documentos o publicaciones relativos
a la función de enseñanza.
- Actividad de enseñanza en instituciones no universitarias de
nivel terciario.
- Elaboración de material educativo.
c. Actuación en investigación.
- Producción de conocimiento original - personal o como integrante
de un equipo - y su difusión (especificando publicaciones, editoriales,
fechas y ponencias en Congresos y eventos comparables).
- Proyectos de investigación aprobados, financiados y ejecutados.
- Integración de instituciones científico - académicas.
- Becas y premios obtenidos en concursos científicos o académicos.
d. Actuación en extensión.
- Proyectos de extensión aprobados, financiados y ejecutados.
- Producción de informes, documentos o publicaciones relativas
a la función de extensión.
- Participación en programas o actividades de extensión.
e. Actividad profesional
- Cargos desempeñados o actividades cumplidas en la administración
pública o en la actividad privada en el país o en el exterior.
f. Otros méritos.
Se evaluará otros méritos que no hayan sido contemplados en los
anteriores ítems.
g. El aspirante deberá elaborar un trabajo escrito -
de 10 carillas como extensión máxima (en hoja A 4, tamaño de letra
12, interlineado sencillo) - donde describa su visión de la función
a desempeñar dentro de la unidad en ejercicio del cargo al que
aspira.
Art. 6. La Comisión Asesora orientará su trabajo teniendo
en cuenta para cada rubro la jerarquización relativa de los ítems
según se indica:
Estudios universitarios : 30 %
Actuación en enseñanza : 25 %
Actuación en investigación : 15 %
Actuación en extensión :10 %
Actividad profesional : 5 %
Otros : 5 %
Trabajo escrito : 10 %
La tabla será orientadora del trabajo de la Comisión Asesora
y no quedará expresada en la propuesta que estará fundamentada
en forma cualitativa sobre las virtudes de los aspirantes, respecto
de sí mismos y también comparativamente con el resto.
BASES PARA LA PROVISIÓN TITULAR
DEL CARGO DE ADMINISTRATIVO EXPERTO Escalafón C, Grado 6
REQUISITOS Y FORMA DE PROVISIÓN
La provisión será por concurso de antecedentes y prueba entre
los funcionarios de la Universidad de la República que cumplan
los siguientes requisitos:
Revistar en forma titular en un cargo de grado 5 ó 4 del
escalafón administrativo C con una antigüedad mínima de dos años
a la fecha de cierre de la inscripción.
Documentos que deben acompañar la solicitud de inscripción
En el momento de la inscripción será indispensable acompañar
la solicitud con la presentación de los siguientes documentos:
- Cédula de identidad
- Certificados que acrediten:
- Actuación funcional, conteniendo: escalafón, grado, período
de ejercicio y carácter de los cargos que ha desempeñado en
la Universidad de la República.
Esta certificación debe ser expedida por la Sección Personal
y avalada por la máxima autoridad administrativa del servicio.
- Reseña de tareas certificadas por el superior y avaladas
por la máxima autoridad del servicio.
- Relación de antecedentes, siguiendo el orden establecido
en las Bases, con las certificaciones que los acrediten (certificados
de estudio, escolaridad, cursos, concursos y otros). La certificación
de los cursos deberá indicar: contenido, carga horaria, forma
de aprobación, e institución.
- Los documentos deberán ser legibles, se entregarán fotocopias
que deberán autentificarse en el momento de la inscripción con
la presentación de los originales, exhibiéndose éstos en el
mismo orden en que se presenten las copias.
Los legajos serán solicitados por el Tribunal a las respectivas
dependencias de Personal
NOTIFICACIÓN Y PUBLICIDAD
En el momento de inscribirse, los aspirantes deberán notificarse
de la fecha del primer acto del concurso.
Este consistirá en la lectura pública de los miembros que integran
el Tribunal y de los inscriptos que reúnan los requisitos establecidos
en las bases.
Sin perjuicio de lo anterior, a los efectos de facilitar la información
a los concursantes, tales nóminas se publicarán en cartelera o
estarán a su disposición.
También se dará lectura, si algún concursante así lo solicita,
a la relación de antecedentes presentada por todos los aspirantes
y se deberá elegir el representante de los concursantes para completar
la integración del tribunal.
Los concursantes podrán objetar los méritos presentados por
otros concursantes dentro de los dos días hábiles siguientes a
la realización del primer acto del concurso.
Los concursantes deberán concurrir a todos los actos del concurso,
Art.7°,8°,9° y 14°, de la Ordenanza de Concursos aprobada por
el CDC en resolución N°16 del 26.10.1999.
NATURALEZA DEL CONCURSO
El concurso será de antecedentes y pruebas, se realizará en
la modalidad de puntajes y se regirá a todos los efectos por la
Ordenanza de Concursos aprobada por el CDC en resolución N°16,
del 26.10.1999 y publicada en el Diario Oficial el 12.11.1999.
A) ANTECEDENTES : hasta 100 puntos
- Estudios y formación : hasta 35 puntos
- Estudios formales de carácter general (secundaria,
tecnológica, terciaria, universitaria) : hasta 10 puntos
- Formación en informática o conocimientos de manejo de PC
y otros avalados por la autoridad competente : hasta 10 puntos
- Cursos de capacitación relacionados con el cargo : hasta
10 puntos
- Otros estudios que guarden cierta relación : hasta 5 puntos
- Actividad en la Universidad de la República : hasta 65
puntos
- · Antigüedad que exceda la requerida como requisito : hasta
20 puntos
- Concursos, prueba de suficiencia : hasta 15 puntos
- Asiduidad (informe de la Sección Personal) : hasta
10 puntos
- Reseña de tareas, certificadas por el supervisor : hasta
10 puntos
- Otros méritos (anotaciones favorables en el legajo o debidamente
documentadas, actuaciones en órganos de cogobierno, presentación
de proyectos avalados por la máxima autoridad del servicio,
relacionados con la función y aplicados o puestos en práctica)
: hasta 10 puntos
Nota: Para la adjudicación de puntajes el Tribunal considerará
especialmente los certificados relacionados con la temática del
cargo.
No serán tenidos en cuenta los cargos obtenidos durante el gobierno
de facto Res. Nº65 CDC del 2.07.85.
Deméritos
En la calificación de los antecedentes, el Tribunal descontará
los siguientes puntajes por cada falta sancionada que conste en
el legajo personal y haya sido dispuesta por autoridades legítimas.(
Res. Nº65 CDC del 2.07.85.)
Sanciones y suspensiones .......................................................Detracciones
- Más de 3 meses.............................................................................
30 puntos
- Más de 2 meses hasta 3 meses..................................................
28 puntos
- Más de 1 mes hasta 2 meses .....................................................
25 puntos
- 11 días a 1 mes.............................................................................
15 puntos
- De 4 a 10 días................................................................................10
puntos
- Hasta 3 días ....................................................................................
6 puntos
- Apercibimiento, Amonestación y Observación...........................
3 puntos
Vigencia de los deméritos
- hasta 6 puntos, no serán considerados pasados 3 años de su
aplicación,
- hasta 15 puntos, no serán considerados pasados los 5 años
de su aplicación,
-superiores a 15 puntos no serán considerados pasados los 7
años de su aplicación.
Para los funcionarios de Hospital de Clínicas, no se tomarán
en cuenta las sanciones aplicadas por incumplimiento a las obligaciones
de : asistencia, puntualidad, presencia, cuando se trate de suspensiones
menores o iguales a tres días.
B) PRUEBAS ........................................................................Hasta
150 puntos
El concurso contendrá dos pruebas en las cuales se evaluará
la capacidad del concursante para desenvolverse en la administración
y el conocimiento aplicado de la normativa en circunstancias concretas.
PRIMERA PRUEBA ..............................................................Hasta
80 puntos
Consistirá en la aplicación de la normativa universitaria en
circunstancias concretas .
SEGUNDA PRUEBA ............................................................Hasta
70 puntos
Consistirá en una prueba sobre conceptos básicos de administración
y de los sistemas horizontales de gestión administrativa .
Para esta prueba la División Capacitación y Formación Continua
de la Dirección General de Personal confeccionará un manual, el
cual será proporcionado a los concursantes con no menos de 30
días de anticipación.
Consideraciones generales:
Las pruebas serán escritas, consistirá en la resolución de casos
de respuesta breve y/o cuestionarios y se basarán en la documentación
que se indica en la bibliografía. Se apreciará el uso correcto
del lenguaje, la capacidad de síntesis, claridad en la exposición
y la trasmisión de las ideas. Se dispondrá de tres horas para
la realización de cada prueba, requiriéndose para la aprobación
de cada una la obtención del 50% del puntaje establecido.
Bibliografía e información previa a los concursantes
Los concursantes podrán durante las pruebas, disponer para eventuales
consultas de los textos normativos, sin anotaciones.
Documentación básica para las pruebas:
Normativa
Ley Orgánica
Estatuto del Personal No Docente
Estatuto del Personal Docente Art.del 1 al 17
Ordenanza de Actos Administrativos
Ordenanza de Reglamentos Universitarios
Ordenanza de Licencias
Ordenanza de Asistencia
Sistemas Horizontales de Gestión - Conceptos Básicos
Bedelía
Gestión Económica Financiera - incluirá también art. seleccionados
del TOCAF
Información y Gestión de Personal
Expe +
En este tema la División Capacitación y Formación Continua de
la Dirección General de Personal confeccionará un manual.
Administración
Administración - Manual editado por la División Capacitación
y Formación Continua de la Dirección General de Personal. Editado
en 1990
Comunicación oral y escrita en la función administrativa
Manual editado por la División Capacitación y Formación Continua
de la Dirección General de Personal. Impreso en 2001
Impugnaciones
Los concursantes podrán realizar observaciones sobre supuestos
vicios de forma en el estudio y calificación de méritos o en las
pruebas y su calificación, de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza
de Concursos para la provisión de cargos no docentes. Los concursantes
dispondrán de hasta dos días hábiles posteriores al acto observado,
debiendo presentar por escrito su reclamo ante la Sección Concursos
de la Dirección General de Personal.
DESCRIPCIÓN DEL CARGO
DE ESCRIBANO PARA LA DIRECCIÓN GENERAL DE RELACIONES Y
COOPERACIÓN
DENOMINACIÓN: Profesional III, Escribano
CARACTERÍSTICAS: Escalafón A, Subescalafón
2, Grado 11.
CARÁCTER DE LA DESIGNACIÓN: Efectivo
PROPÓSITO
Asesorar e informar sobre los aspectos formales de los convenios
que suscribe la Universidad de la República con organismos
públicos, paraestatales, empresas privadas, organizaciones
no gubernamentales (ONG), asociaciones, fundaciones, de carácter
nacional e internacional
REQUISITOS DEL CARGO
Aptitud moral y psico-física: Comprobar aptitud
moral, y tener aptitud psico-física, certificada por la
División Universitaria de la Salud.
Competencias comportamentales/sociales/participativas
- Capacidad de síntesis para comunicarse eficazmente
con los diferentes actores.
- Capacidad para trabajar en equipo (entre pares y entre diferente
niveles de la escala jerárquica).
- Comprensión y consideración frente a los problemas
imprevistos que pudieren originarse en el trabajo diario.
- Responsabilidad en el desempeño de sus tareas cumpliendo
con la normativa universitaria y los requisitos notariales.
- Estabilidad emocional para atender situaciones de emergencia
y/o eventuales. contratiempos surgidos a lo largo de la jornada.
- Flexibilidad, disposición para adaptarse a diferentes
tareas y en diferentes ámbitos.
Competencias metodológicas/intelectuales
- Capacidad para organizar y lograr los objetivos establecidos.
- Capacidad analítica y de manejo de información.
- Capacidad de percepción y creatividad para hallar
y aplicar soluciones.
FORMACIÓN Y EXPERIENCIA
Formación
Poseer título habilitante de Escribano Público.
Experiencia
Experiencia en asesoramiento sobre los aspectos formales en convenios
entre la UdelaR y organizaciones públicas y privadas.
Poseer conocimiento sobre el manejo de base de datos.
INTERRELACIONES JERÁRQUICAS
Supervisado por el Director General de la Dirección General
de Relaciones y Cooperación, o el nivel jerárquico
del Área.
No tiene personal a cargo.
PRINCIPALES FUNCIONES
- Asesorar a los servicios universitarios sobre los aspectos
formales a efectos de suscribir convenios.
- Realizar los controles notariales correspondientes según
la naturaleza de la contraparte.
- Asesorar sobre la posibilidad de la suscripción del
convenio y las obligaciones a asumir por la UdelaR, observando
que no colidan con la normativa vigente.
- Informar sobre la existencia de convenios y sus antecedentes.
- Controlar que se cumplan todos los procedimientos establecidos
en cada caso.
- Realizar informes y derivar las actuaciones a donde correspondan,
según las observaciones.
- Revisar el texto definitivo y corregir los originales.
- Concurrir a la firma de los convenios cuando no se realizan
en despacho.
- Realizar el seguimiento y derivación de los convenios
internacionales en contacto con la Comisión Central de
Convenios
- Supervisar la base de datos, controlando el ingreso de la
información en la misma y supervisar la actualización
del registro de los usuarios, de tal modo que se facilite la
consulta inmediata y veraz de los datos requeridos.
- Participar en las instancias que la Dirección de Relaciones
y Cooperación lo entienda conveniente.
- Mantener una fluida y constante comunicación con los
diferentes servicios universitarios de acuerdo a las actividades
definidas por la Dirección.
BASES
CONCURSO PARA LA PROVISIÓN EN EFECTIVIDAD DEL CARGO
DE ESCRIBANO DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RELACIONES Y COOPERACIÓN
DENOMINACIÓN: Profesional III , Escribano
CARACTERÍSTICAS: A2- Grado 11
CARÁCTER DE LA DESIGNACIÓN: Efectivo
Será de aplicación el Art. 5° del Estatuto
de los Funcionarios No Docentes de la Universidad de la República
y el cual se transcribe a continuación.
Art. 5º-Provisoriato- "Los funcionarios que
ingresen a la Universidad, cualquiera fuere la naturaleza del
vínculo, serán designados provisionalmente, pudiendo
ser separados por decreto fundado, dentro del plazo de seis meses
contados a partir de la toma de posesión, por la autoridad
que los nombró.
Transcurrido el plazo del inciso anterior, el funcionario adquiere
ipso jure, derecho al desempeño interino o efectivo del
cargo, quedando amparado por el presente Estatuto".
Cargos a proveer - 1 (un cargo)
REQUISITOS, CLASE Y TIPO DE CONCURSO
Requisitos
Podrán inscribirse los ciudadanos con título habilitante
de Escribano Público.
Clase de concurso
Antecedentes y Pruebas
Tipos de concurso
Abierto- Art. 34 de la Ordenanza de Concursos para la Provisión
de Cargos No Docentes
DOCUMENTOS QUE DEBEN ACOMPAÑAR LA SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN
Cédula de Identidad
Credencial Cívica
Título habilitante de Escribano.
Relación de méritos (curriculum vitae) Original
y copia
Certificados y constancias correspondientes Original y copia
Presentación del trabajo escrito establecido en la prueba
Nº 2 - Específica
1. ANTECEDENTES
1.1 Formación
1.1.1 Educación formal de grado y post grado que exceda
a la requerida por el cargo y que guarde relación con éste
: hasta 30 puntos
1.1.2 Capacitación y formación continua, seminarios
y talleres relacionados con el cargo :hasta 15 puntos
1.1.3 Otros estudios (idiomas, informática, etc.): hasta
10 puntos
1.1.4 Investigación, premios,publicaciones,expositor en
eventos, seminarios, congresos, otros : hasta 5 puntos
Total : 60 puntos
1.2 Experiencia laboral
1.2.1 Cargos y funciones desempeñados en la UdelaR que
guarden relación con el cargo : hasta 15 puntos
1.2.2 Cargos y funciones ejercidos en otras Instituciones Públicas
que guarden relación con el cargo a concursar : hasta 6
puntos
1.2.3 Experiencia en el ejercicio liberal de la profesión
: hasta 5 puntos
1.2.4 Docencia en materias relacionadas con el cargo: hasta 4
puntos
Total : 30 puntos
1.3 Otros méritos
1.3.1 Llamado a aspirantes o concursos en donde se hubiera alcanzado
el puntaje mínimo establecido en las bases : hasta 5 puntos
1.3.2 Actividad de de co-gobierno y/o integración de comisiones
en representación institucional o del servicio: hasta 3
puntos
1.3.3 Otros (anotaciones favorables en el legajo o debidamente
documentadas, presentación de proyectos avalados por la
máxima autoridad del servicio, relacionados con la función
y aplicados o puestos en práctica: hasta 2 puntos
Total : 10 puntos
NOTA
-Solamente serán considerados los antecedentes que estén
debidamente documentados.
-La presentación de los antecedentes deberá seguir
el orden establecido en las Bases.
-Los documentos deberán ser legibles, se entregarán
fotocopias que se autenticarán en el momento de la inscripción
con la presentación de los originales, éstos deberán
ser exhibidos en el mismo orden en que se presenten las copias.
-Las constancias referentes a cursos y talleres, deberán
acreditar, en lo posible, carga horaria y evaluación.
-En lo referente a la experiencia laboral técnico - profesional,
el concursante presentará una reseña de tareas expedida
por su superior inmediato, con datos del mismo para establecer
contacto.
PRUEBAS
1. Normativa
Ley Orgánica, Estatuto del Personal Docente " Título
I , Disposiciones Generales"y del Estatuto del Personal No
Docente" Capítulos del I al V" :hasta 20 puntos
2. Específica
En el momento de la inscripción deberá presentar
un trabajo escrito, de no más de diez hojas tamaño
carta, sobre el estudio y gestión para la suscripción
de convenios entre la UdelaR y otros actores. Éste contará
con una defensa oral ante el tribunal: hasta 60 puntos
3. Evaluación psico-aboral: hasta 20 puntos
Se evaluará la aptitud psicológica relacionada con
las competencias y habilidades requeridas para el cargo. Esta
prueba estará bajo la responsabilidad del equipo designado
por al Facultad de Psicología.
Total : hasta 100 puntos
Nota: El concursante que no obtenga el 50 %
del puntaje como mínimo, en cada prueba y en la evaluación
psicolaboral, quedará eliminado.
INFORMACIÓN GENERAL
1) NORMATIVA APLICABLE
Las instancias concursivas se realizaran en el marco de las disposiciones
generales existentes en la materia, particularmente lo establecido
en la Constitución Nacional, la Ley Orgánica de
la Universidad de la República, el Estatuto de los Funcionarios
No Docentes, la Reestructura Escalafonaria, la Ordenanza de Concursos
y la Ordenanza de Ascensos.
2) PRIMER ACTO DEL CONCURSO
2.1) En el momento de la inscripción los aspirantes serán
notificados de la fecha del primer acto del concurso.
En este acto se dará lectura publica de:
- la nómina de los miembros del tribunal
- la nómina de inscriptos que reúnan los requisitos
establecidos en las bases.
- la relación de antecedentes presentados por los aspirantes,
si algún aspirante así lo solicita.
2.2) Elección del representante:
Los concursantes podrán elegir a su representante, titular
y suplente, mediante voto no obligatorio, reservado y anónimo.
Los requisitos para ser representantes y el procedimiento electoral
seguirán lo establecido en los Arts.14,15 y 16 de la Ordenanza
de Concursos para la provisión de cargos no docentes
3) OBSERVACIONES E IMPUGNACIONES
3.1) Art.8 de la Ordenanza de Concursos para la provisión
de cargos no docentes - Primer acto de concurso ....."Los
concursantes podrán objetar los méritos presentados
por otros concursantes dentro de los dos días hábiles
siguientes a la realización del primer acto del concurso".
3.2) Art.19 de la Ordenanza de Concursos para la provisión
de cargos no docentes - Impugnación. "Los concursantes
podrán recusar a los integrantes del Tribunal ante el Rector
de la Universidad de la República quien resolverá
sin ulterior instancia en el concurso. Tal impugnación
podrá formularse dentro de los dos días hábiles
siguientes a la fecha de notificación a los concursantes
del acto de designación o elección, en su caso,
del miembro del Tribunal destinatario de la recusación.
3.3) Art.29 de la Ordenanza de Concursos para la provisión
de cargos no docentes - Inapelabilidad del Contenido. El
fallo definitivo del Tribunal será inapelable en cuanto
al contenido. Por vicios graves de procedimiento podrá
declararse la nulidad total o parcial.
3.4) Art.31 de la Ordenanza de Concursos para la provisión
de cargos no docentes - Plazo para su presentación.
Las observaciones que se formulen sin supuestos vicios de forma
de las pruebas o en la calificación de los antecedentes
deberá ser enviada al Tribunal. "Los estudiantes dispondrán
de dos días hábiles siguientes al acto impugnado
a fin de plantear tales observaciones".
3.5) Art.32 de la Ordenanza de Concursos para la provisión
de cargos no docentes - Procedimiento. " El Tribunal,
si lo considera pertinente, está habilitado para corregir
el vicio. En caso contrario, elevará inmediatamente todos
los antecedentes al Consejo Directivo Central, debiendo esperar
la resolución de éste antes de continuarse con el
concurso".
"El Consejo Directivo Central adoptará resolución
en el plazo estipulado en el Articulo 25".
Mediante esta resolución, el Consejo Directivo Central
podrá confirmar la actuación del Tribunal o declarar
la nulidad parcial del concurso. En este caso, deberán
complementarse las etapas o actuaciones correspondientes.
4) RESPONSABILIDAD DE LOS CONCURSANTES
4.1) Art.9 de la Ordenanza de Concursos para la provisión
de cargos no docentes - Carga de los concursantes- "Los
concursantes deberán concurrir a todos los actos del concurso"
4.2) Art.10 de la Ordenanza de Concursos para la provisión
de cargos no docentes - Notificaciones - "..... Los
concursantes imposibilitados de concurrir a algún acto
del concurso podrán tomar conocimiento de lo alli actuado
por quien los represente, siendo suficiente para ello la presentación
de una nota suscrita por el ausente"
4.3) Art.24 de la Ordenanza de Concursos para la provisión
de cargos no docentes - Inconducta de los concursantes -
"El Tribunal hará saber de inmediato al Consejo Directivo
Central de toda actuación de los concursantes que pueda
merecer sanción, y en tal caso el concurso quedará
interrumpido".
4.4) Art.25 de la Ordenanza de Concursos para la provisión
de cargos no docentes - Sanciones a los concursantes -
"El Consejo Directivo Central dispondrá de treinta
días para tomar resolución, plazo que se computará
a partir de la incorporación del punto en el Orden del
día".
"Las sanciones a los concursantes podrán consistir
en amonestación, eliminación del concurso o prohibición
de presentarse a nuevos concursos, pudiendo llegar ésta
hasta un límite de cinco años. Esta sanción
se aplicará en casos de inconductas de los concursantes
de especial gravedad".
"Tales sanciones se impondrán sin perjuicio de la
responsabilidad que tuvieran tratándose de universitarios.
En el caso que corresponda, se dejará constancia en el
legajo personal".
5) DESIGNACIONES
5.1) Previo a la designación del postulante, deberá
comprobar la aptitud moral mediante la presentación de
certificado de buena conducta y tener aptitud psico-física
certificada por la División Universitaria de la Salud (D.U.S).
5.2) Las designaciones se realizarán respetando el orden
de prelación y las necesidades de los servicios universitarios
bajo el régimen de circunscripción única.
5.3) Art.35 de la Ordenanza de Concursos para la provisión
de cargos no docentes- Vigencia del orden de prelación
- "El orden de prelación resultante de los concursos
de ingreso tendrá una vigencia por un único período
de dos años"...
5.4) Art.17 de la Ordenanza de ascensos de los funcionarios no
docentes de la Universidad de la República- Vigencia
- "El orden de prelación tendrá vigencia
por un único período que será improrrogable,
de acuerdo al siguiente detalle:
- Concursos de méritos para cargos de nivel operativo:
un año.
- Concursos de méritos y oposición para cargos de
nivel operativo: dos años.
Concursos de méritos y oposición para cargos de
nivel de conducción: tres años.
Formulario de Ingreso
LLAMADO A ORIENTADORES DE CAPACITACION
DEL
"ÁREA DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA"
DIVISIÓN CAPACITACIÓN Y FORMACIÓN CONTINUA,
"JOSÉ JORGE MARTÍNEZ" (DICAF) DE LA DIRECCIÓN
GENERAL DE PERSONAL
CANTIDAD DE ORIENTADORES: 12
1. PERFIL DE LOS ASPIRANTES
Podrán presentarse TODOS los funcionarios no docentes
de la UdelaR
Los aspirantes deberán demostrar conocimientos y experiencia
en Seguridad y Vigilancia; tanto en lo referente a la ejecución
del trabajo, como al diseño, organización y gestión
de Servicios de Seguridad y Vigilancia.
2. FUNCIONES
- Participar en el diseño de las actividades de capacitación
del Programa de Seguridad y Vigilancia con el equipo técnico-docente
de la División de Capacitación y Formación
Continua (DICAF).
- Actuar como orientador en la ejecución de las actividades
programadas.
- Colaborar en el diseño del material educativo.
- Participar en la evaluación de las actividades de
capacitación del área conjuntamente con la DICAF.
3. REQUISITOS:
- Ser funcionario no docente de la Udelar, y revistar en efectividad
en un cargo de nivel de conducción.
- Los aspirantes deberán presentar un trabajo escrito
(original y dos copias) con una extensión máxima
de 3 carillas, referido a su concepción sobre: La
Seguridad y Vigilancia en la UdelaR y su aplicación en
el marco de una actividad de capacitación de los funcionarios
del área.
Asimismo, deberán presentar una relación de méritos
(original y dos copias) siguiendo el órden establecido
en el numeral 6 y un juego de fotocopias de las constancias como
se detalla en la nota al pie.
4. CARGA HORARIA.
A determinar según la programación y diseño
de las actividades establecidas en el plan.
5. RETRIBUCIÓN:
Remuneración equivalente al escalafón docente,
grado 3, (Res. N°6 CED de fecha 16/6/03).
6. DURACION DE LA DESIGNACIÓN:
La nomina de seleccionados tendrá una vigencia de un año
con posibilidades de prórroga por iguales períodos,
según evaluación de actuación.
Los orientadores serán convocados a desepeñear su
función, según el plan de capacitación.
7. EVALUACIÒN DE MERITOS
La Comisión Asesora evaluará los méritos
de los aspirantres de acuerdo a la siguiente ponderación:
7.1 -Estudios cursados y títulos obtenidos
........
10%
7.2 -Experiencia y conocimiento en la función de Seguridad
y Vigilancia,
participación en trabajos sobre la temática.......................
25%
7.3 -Experiencia en supervisión directa y/o dirección
de Servicios de
Seguridad y Vigilancia
.
.................
30%
7.4 -Experiencia y/o conocimientos en metodología y técnicas
de
Enseñanza-aprendizaje
.
......
..
10%
7.5 -Otros méritos
........
..
..... 5%
7.6 - Presentación de trabajo.................................................
20%
La Comisión Asesora podrá solicitar el legajo personal
de los funcionarios inscriptos, efectuando detracciones en el
puntaje si se constatan deméritos.
NOTA
-Solamente serán considerados los antecedentes que
estén debidamente documentados.
-La presentación de los antecedentes deberá seguir
el orden establecido en las Bases.
-Los documentos deberán ser legibles, se entregarán
fotocopias que se autenticarán en el momento de la inscripción
con la presentación de los originales, éstos deberán
ser exhibidos en el mismo orden en que se presenten las copias.
-Las constancias referentes a cursos y talleres, deberán
acreditar, en lo posible, carga horaria y evaluación.
-En lo referente a la experiencia laboral técnico - profesional,
el concursante presentará una reseña de tareas expedida
por su superior inmediato.
Formulario Docente
UNIDAD DE RELACIONES Y COOPERACION CON EL SECTOR
PRODUCTIVO.
LLAMADO A ASPIRANTES PARA PROVISION DE CARGO DE COORDINADOR
1.Descripción del cargo.
Coordinador de la Unidad de Relaciones y Cooperación
con el Sector Productivo.
Deberá promover y coordinar relaciones de cooperación
científica y técnica de la Universidad de la República
con empresas, entidades cooperativas, sindicatos e instituciones
públicas y privadas vinculadas al sector productivo de
bienes y servicios, de acuerdo con los lineamientos y criterios
establecidos por la Ley Orgánica y por las autoridades
universitarias y administrar las partidas presupuestales que en
acuerdo con la Dirección General se destinen a esos fines.
Escalafón: G
Grado: 4
Carácter de la designación: interino.
Duración de la designación: Un año,
con posibilidades de prórroga anual por iguales períodos.
Cantidad de cargos: 1 cargo.
Carga horaria: 40 hs. semanales.
2. Funciones:
Ejecutar las políticas para el área, formuladas
por las autoridades universitarias, y las directivas que a tales
efectos disponga la Dirección General y proponer a éstas
proyectos en área de su competencia.
Comparecer en nombre de la Universidad de la República
ante organismos de gobierno, instituciones públicas, ONGs,
cámaras empresariales, sindicatos y empresas en el área
de la competencia de la Unidad de Relaciones y Cooperación
con el Sector Productivo.
Recepcionar demandas de estudios y de asesoramiento vinculadas
al sector productivo y organizar la asistencia universitaria a
las mismas.
Inducir y coordinar la elaboración de trabajos en común,
desarrollados en conjunto entre los distintos servicios universitarios,
empresas, entidades cooperativas, sindicatos e instituciones públicas
y privadas vinculadas al sector productivo. Especialmente, promover
programas interdisciplinarios que atiendan a la innovación
en cadenas productivas, redes de empresas e iniciativas de desarrollo
local, donde el conocimiento- en sus distintas vertientes y en
sus diversos orígenes- sea elemento determinante.
Coordinar el Observatorio de las Profesiones Universitarias y
Terciarias como ámbito de investigación e interacción
entre el sistema productivo y las instituciones educativas.
Promover y estimular el desarrollo de actividades de formación
y de capacitación de recursos humanos en áreas relacionadas
con la vinculación con el sector productivo de bienes y
servicios.
Promover la difusión de los resultados de los trabajos
realizados.
Coordinar la gestión de la Unidad de Relaciones y Cooperación
con el Sector Productivo.
Administrar las partidas presupuestales que en acuerdo con la
Dirección General se destinen a esos fines.
3. Perfil de los aspirantes al cargo :
El aspirante deberá demostrar aptitudes para promover
las relaciones entre unidades académicas de la Universidad
y el sector productivo en todas sus modalidades.
Conjugar antecedentes como docente o investigador, con el conocimiento
de la realidad del sector productivo, estatal o privado.
Poseer experiencia en la construcción y coordinación
de equipos interdisciplinarios de investigación y de asistencia
técnica.
4. Propuesta de trabajo:
Los aspirantes deberán presentar un trabajo con una extensión
no mayor de diez páginas, con ideas sobre las líneas
estratégicas de la Unidad, la organización de la
actividad a su cargo y metodología para promover las relaciones
entre la Universidad y el sector productivo. Este trabajo será
defendido en una entrevista con la Comisión Asesora.
5. A efectos de su trabajo, la Comisión Asesora
podrá apoyarse en los siguientes criterios de puntaje:
a) Estudios cursados y títulos académicos: 10
puntos
b) Propuesta de trabajo: 30 puntos
c) Idiomas: 10 puntos
d) Experiencia y conocimientos en el sector productivo: .25
puntos
e) Experiencia Universitaria: 15 puntos
f) Actividad Profesional: 5 puntos
g) Otros méritos: 5 puntos
6. La propuesta de la Comisión Asesora deberá
expresar sus fundamentos sobre las virtudes de los aspirantes,
respecto de sí mismos y también comparativamente
con el resto, teniendo en cuenta las funciones a desempeñar
y los conceptos establecidos en estas bases como méritos
a ponderar.
Podrá apoyarse internamente en valoraciones cuantitativas,
tabla de puntaje arriba señalada, pero estas no quedaran
expresadas en la propuesta elevada al Consejo Ejecutivo Delegado.
Formulario Docente
BASES DEL LLAMADO A ASPIRANTE PARA PROVISIÓN
DE UN CARGO DOCENTE EN EXTENSIÓN UNIVERSITARIA
1. El Centro Universitario de Paysandú, dependiente
del Servicio Central de Extensión y Actividades en el Medio
llama a aspirantes por oposición y meritos para la provisión
del cargo docente que se detalla a continuación:
Ayudante de Extensión. Provisión interina.
Escalafón G, Grado 1, 25 horas semanales con sede en el
Centro Universitario de Paysandú. Colaborará
en el diseño, la organización, el seguimiento y
la evaluación de proyectos y actividades de Extensión
Universitaria que se lleven a cabo en el ámbito del CUP.
Participará en la implementación y coordinación
de las propuestas de extensión aprobadas por la Comisión
Directiva del CUP en el área urbana.
2. Se dará preferente atención a los egresados
cuya formación y experiencia profesional tenga orientación
social, entendiéndose en estos casos, que sus respectivos
currícula deben indicar haber realizado actividades orientadas
al desarrollo comunitario local.
3. Cada aspirante deberá presentar por triplicado una
relación documentada de sus méritos y antecedentes
de los siguientes items:
a. Títulos o grados de avance en las carreras que cursen.
b. Formación y actuación en extensión y relaciones
con el medio.
c. Actuaciones en enseñanza e investigación.
d. Actuación Profesional.
e. Participación en el cogobierno universitario.
f. Otras actividades.
Se tendrá en cuenta especialmente los antecedentes relacionados
con la función de extensión y su experiencia específica
en diseño y evaluación de proyectos comunitarios,
así como títulos de grado, escolaridad y cursos
relacionados con extensión.
4. Cada aspirante deberá presentar por triplicado un documento
no mayor de ocho páginas, que se entregarán en el
momento de la inscripción, sobre los temas que se indican
a continuación:
Propuesta de trabajo para el desarrollo de la extensión
universitaria en el área urbana de Paysandú.
5. El Consejo Ejecutivo Delegado designará una Comisión
Asesora a propuesta del la Comisión Directiva del Centro
Universitario de Paysandú, refrendado por la Comisión
Sectorial de Extensión y Actividades en el Medio, integrada
por tres miembros de notoria competencia en temas de extensión
universitaria.
6. La Comisión Asesora deberá evaluar los méritos,
antecedentes y el documento de cada aspirante. Los aspirantes,
que a juicio de la Comisión Asesora, han presentado méritos
y antecedentes suficientes y un documento considerado satisfactorio,
serán entrevistados por la referida Comisión sobre
temas directamente vinculados al cargo que aspiran.
7. La Comisión Asesora emitirá un informe debidamente
fundamentado que quedará registrado en el acta respectiva.
El acta consignará el candidato propuesto para el cargo
y podrán proponer un listado ordenado de los restantes
aspirantes que a juicio de la Comisión Asesora reúnen
las condiciones necesarias para ejercer el cargo del llamado.
Estos listados tendrán vigencia por un año.
Formulario Docente
DESCRIPCIÓN DEL CARGO DE EXPERTO EN DEPORTE
DEL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN FÍSICA, DEPORTE, RECREACIÓN
Y CULTURA DEL SERVICIO CENTRAL DE BIENESTAR UNIVERSITARIO
ESCALAFÓN: R, Grado 13, 40 hs.
Considerado por la normativa universitaria como "sujeto a
renovación
permanente de conocimiento".
PROPÓSITO: Ejecutar las directivas recibidas del
Director del Departamento cuanto
al área de deporte respecta. Establecer las relaciones,
nexos necesarios
y canales de comunicación adecuados para estos efectos
con los
distintos servicios universitarios y extra universitarios relacionados
con
la actividad del Departamento.
REQUISITOS DEL CARGO
Requisitos psico-físicos: Aptitud psico-física
total certificada por al División Universitaria de la Salud.
PERSONALIDAD
Deberá contar con estabilidad emocional, juicio crítico,
dinamismo, ejecutividad, responsabilidad, confiabilidad y compromiso
organizacional.
Buen relacionamiento interpersonal, motivación por tratar
con otras personas e integrar grupos de trabajo.
Capacidad para analizar problemas, detectar las necesidades de
los usuarios, planificar a corto plazo y mantener una comunicación
fluida a todo nivel.
CALIFICACIONES
Educación
Egresado del Instituto Superior de Educación Física.
Conocimientos específicos
Conocimiento de los propósitos, la estructura de organización
y funciones del Servicio en cuanto a su área de desempeño.
Así como las necesidades, problemas y requerimientos de
las usuarios.
Experiencia
Experiencia documentada de no menos de cinco años en actividades
de deporte.
INTERRELACIONES JERÁRQUICAS
Supervisado por: el Director del Departamento de Educación,
Deporte, Recreación y
Cultrura del Servicio Central de Bienestar Universitario. (R 15,
Nivel
de Conducción II).
No tiene personal a cargo, eventualmente coordina o supervisa
técnicamente a otros funcionarios.
ACTIVIDADES
· Ejecutar en forma directa o en combinación con
los coordinadores de infraestructura, los planes y actividades
establecidos o encomendados por la Dirección del Departamento.
· Participa en la planificación de las variadas
actividades deportivas y programa la implementación de
la mismas.
· Actúa en coordinación directa con el Experto
en Cultura y otros de la misma línea.
· Coordina con los sectores relacionados, públicos
y privados las actividades deportivas y su correcta difusión.
· Procura la mejor utilización de los medios técnicos
y otros recursos necesarios.
BASES PARA EL LLAMADO PARA LA PROVISIÓN EFECTIVA DEL
CARGO DE EXPERTO EN DEPORTE DEL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN
FÍSICA, DEPORTE, RECREACIÓN Y CULTURA DEL SERVICIO
CENTRAL DE BIENESTAR UNIVERSITARIO
1. Requisitos para la inscripción
El postulante debe ser ciudadano uruguayo y presentar:
a) Cédula de Identidad.
b) Credencial Cívica o certificado de inscripción
en el Registro Cívico Nacional.
c) Egresado del Instituto Superior de Educación Física,
no menor a 5 años.
d) Relación de antecedentes, experiencia y conocimientos,
con las certificaciones que los
acrediten. Solamente serán considerados los antecedentes
que estén debidamente
documentados.
El Experto en Deporte del Departamento de Educación Física,
Deporte, Recreación y Cultura del Servicio Central de Bienestar
Universitario ocupa un cargo del Escalafón R, Grado 13,
40 horas, considerado por la normativa universitaria como sujeto
"sujeto a renovación permanente de conocimiento".
2. Normativa aplicable
La provisión del cargo se realizará de acuerdo
con lo establecido en al normativa universitaria, y de manera
particular en la "Ordenanza sobre cargos no docentes sujetos
a renovación permanente de conocimientos" en el "Estatuto
de los funcionarios que requieren renovación permanente
de conocimientos", y en el "Reglamento para la provisión
y renovación de cargos que requieren renovación
permanente de conocimientos".
3. Características del llamado
El cargo será provisto mediante llamado público
a aspiraciones y eventualmente mediante concurso de méritos
y pruebas. El concurso se realizará en la modalidad de
selección en base a puntaje.
4. Relativo a los méritos
Si corresponde realizar concurso de méritos y pruebas,
los puntajes asignados a los méritos serán los siguientes:
Experiencia
- Actuación en cargos de jefatura o responsabilidad técnica
en la Universidad de la República, relacionada con la temática
del cargo. Dicha actuación será evaluada por el
Tribunal, previo informe del o los jerarcas respectivos. Se indicará
cargos ocupados, período de ejecución de los mismos,
forma de ingreso o ascenso y breve descripción de las tareas
desempeñadas.
Hasta 23 puntos.
- Actuación en cargos de jefatura o responsabilidad técnica
en la administración pública (excluida Universidad)
y en la privada, relacionada con la temática del cargo
( con los mismos detalles requeridos para el numeral precedentes).
Hasta 27 puntos.
Conocimientos
- Títulos universitarios.
- Títulos y cursos aprobados, directamente relacionados
con el cargo.
- Premios, publicaciones y participación como delegado
oficial de la Universidad de la Universidad de la República
en el país y/o en el extranjero, sobre temas relacionados
con el cargo a proveer.
- Ideas, iniciativas, estudios y ejecución de programas
de significación, relacionados con el cargo, en cuyo desarrollo
haya participado el aspirante, de acuerdo con la documentación
presentada y con los informes de la autoridad correspondiente.
Hasta 50 puntos.
El concursante deberá superar el 50% del total del puntaje
de méritos para pasar a la etapa de pruebas.
6. Relativo a la prueba
Las pruebas serán dos, del tipo b) y d) (Artículo
6 del Reglamento para la provisión y renovación
de cargos que requieren renovación permanente de conocimientos).
En prueba de tipo d, la entrevista será con el Tribunal.
Los puntajes asignados a cada prueba serán los siguientes:
- tipo b) ........... hasta 50 puntos
- tipo d) ........... hasta 30 puntos
Aquel concursante que no alcanzare el 50% del puntaje máximo
total de las pruebas o el 40% del puntaje máximo de alguna
de ellas quedará eliminado.
Formulario Escalafón R
DESCRIPCIÓN DEL CARGO DE EXPERTO EN CULTURA
DEL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN FÍSICA, DEPORTE, RECREACIÓN
Y CULTURA DEL SERVICIO CENTRAL DE BIENESTAR UNIVERSITARIO
ESCALAFÓN: R, Grado 13, 40 hs.
Considerado por la normativa universitaria como "sujeto a
renovación
permanente de conocimiento".
PROPÓSITO: Ejecutar las directivas recibidas del
Director del Departamento
relacionadas al área de cultura respecta. Establecer las
relaciones, nexos
necesarios y canales de comunicación adecuados para estos
efectos con
los distintos servicios universitarios y extra universitarios
relacionados
con la actividad del Departamento.
REQUISITOS DEL CARGO
Requisitos psico-físicos: Aptitud psico-física
total certificada por al División Universitaria de la Salud.
PERSONALIDAD
Deberá contar con estabilidad emocional, juicio crítico,
dinamismo, ejecutividad, responsabilidad, confiabilidad y compromiso
organizacional.
Buen relacionamiento interpersonal, motivación por tratar
con otras personas e integrar grupos de trabajo.
Capacidad para analizar problemas, detectar las necesidades de
los usuarios, planificar a corto plazo y mantener una comunicación
fluida a todo nivel.
CALIFICACIONES
Educación
Formación que lo califique para desempeñarse en
los distintos aspectos de la cultura.
Conocimientos específicos
Conocimiento de los propósitos, la estructura de organización
y funciones del Servicio en cuanto a su área de desempeño.
Así como las necesidades, problemas y requerimientos de
las usuarios.
Experiencia
Experiencia documentada de no menos de cinco años en actividades
de cultura.
INTERRELACIONES JERÁRQUICAS
Supervisado por: el Director del Departamento de Educación,
Deporte, Recreación y
Cultrura del Servicio Central de Bienestar Universitario. (R 15,
Nivel de Conducción II).
No tiene personal a cargo, eventualmente coordina o supervisa
técnicamente a otros funcionarios.
ACTIVIDADES
-Ejecutar en forma directa o en combinación con los coordinadores
de infraestructura, los planes y actividades establecidos o encomendados
por la Dirección del Departamento.
-Participa en la planificación de las variadas actividades
culturales y programa la implementación de las mismas.
-Actúa en coordinación directa con el Experto en
Deporte y otros de la misma línea.
-Coordina con los sectores relacionados, públicos y privados
las actividades culturales y su correcta difusión.
-Procura la mejor utilización de los medios técnicos
y otros recursos necesarios.
BASES PARA EL LLAMADO PARA LA PROVISIÓN EFECTIVA DEL
CARGO DE EXPERTO EN CULTURA DEL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN
FÍSICA, DEPORTE, RECREACIÓN Y CULTURA DEL SERVICIO
CENTRAL DE BIENESTAR UNIVERSITARIO
1. Requisitos para la inscripción
El postulante debe ser ciudadano uruguayo y presentar:
a) Cédula de Identidad.
b) Credencial Cívica o certificado de inscripción
en el Registro Cívico Nacional.
c) Experiencia documentada de no menos de 5 años en actividades
de Cultura.
d) Relación de antecedentes, experiencia y conocimientos,
con las certificaciones
que los acrediten. Solamente serán considerados los antecedentes
que estén
debidamente documentados.
2. Denominación del cargo
El Experto en Cultura del Departamento de Educación Física,
Deporte, Recreación y Cultura del Servicio Central de Bienestar
Universitario ocupa un cargo del Escalafón R, Grado 13,
40 horas, considerado por la normativa universitaria como sujeto
"sujeto a renovación permanente de conocimiento".
3. Normativa aplicable
La provisión del cargo se realizará de acuerdo
con lo establecido en al normativa universitaria, y de manera
particular en la "Ordenanza sobre cargos no docentes sujetos
a renovación permanente de conocimientos" en el "Estatuto
de los funcionarios que requieren renovación permanente
de conocimientos", y en el "Reglamento para la provisión
y renovación de cargos que requieren renovación
permanente de conocimientos".
4. Características del llamado
El cargo será provisto mediante llamado público
a aspiraciones y eventualmente mediante concurso de méritos
y pruebas. El concurso se realizará en la modalidad de
selección en base a puntaje.
5. Relativo a los méritos
Si corresponde realizar concurso de méritos y pruebas,
los puntajes asignados a los méritos serán los siguientes:
Experiencia
a) Actuación en cargos de jefatura o responsabilidad técnica
en la Universidad de la República, relacionada con la temática
del cargo. Dicha actuación será evaluada por el
Tribunal, previo informe del o los jerarcas respectivos. Se indicará
cargos ocupados, período de ejecución de los mismos,
forma de ingreso o ascenso y breve descripción de las tareas
desempeñadas.
Hasta 22 puntos.
b) Actuación en cargos de jefatura o responsabilidad técnica
en la administración pública (excluida Universidad)
y en la privada, relacionada con la temática del cargo
( con los mismos detalles requeridos para el numeral precedentes).
Hasta 22 puntos.
c) Actuación universitaria. ( Se solicita una reseña
de todas las actuaciones que haya tenido o tenga el postulante
en Órganos de Gobierno Universitario, Comisiones o actuaciones
como delegado oficial a Congresos, Encuentros, etc., en el país
o en el extranjero).
Hasta 6 puntos.
Conocimientos
a) Títulos y cursos aprobados, directamente relacionados
con el cargo.
b) Premios, publicaciones y participación como delegado
oficial de la Universidad de la Universidad de la República
en el país y/o en el extranjero, sobre temas relacionados
con el cargo a proveer.
c) Ideas, iniciativas, estudios y ejecución de programas
de significación, relacionados con el cargo, en cuyo desarrollo
haya participado el aspirante, de acuerdo con la documentación
presentada y con los informes de la autoridad correspondiente.
Hasta 50 puntos.
El concursante deberá superar el 50% del total del puntaje
de méritos para pasar a la etapa de prueba.
6. Relativo a la prueba
Las pruebas serán dos, del tipo b) y d) (Artículo
6 del Reglamento para la provisión y renovación
de cargos que requieren renovación permanente de conocimientos).
En prueba de tipo d, la entrevista será con el
Tribunal.
Los puntajes asignados a cada prueba serán los siguientes:
- tipo b) ........... hasta 50 puntos
- tipo d) ........... hasta 30 puntos
Aquel concursante que no alcanzare el 50% del puntaje máximo
total de las pruebas o el 40% del puntaje máximo de alguna
de ellas quedará eliminado.
Formulario Escalafón R
DESCRIPCIÓN CARGO DE TÉCNICO
EN ADMINISTRACIÓN CON ORIENTACIÓN EN DESARROLLO DEL
PERSONAL Y ORGANIZACIONAL
DENOMINACIÓN: Técnico III, Técnico
en Administración
CARACTERÍSTICAS: Escalafón B, Sub escalafón
2, Grado 7
DESCRIPCIÓN GENERAL DEL CARGO
Participar en las áreas de desarrollo de la administración
de personal. Su función se vincula directamente al análisis,
descripción, evaluación y clasificación de
cargos, así como a la inserción del cargo dentro
de la estructura organizativa.
REQUISITOS DEL CARGO
Aptitud moral y psico-física - Comprobar aptitud
moral, y tener aptitud psico-física, certificada por la
División Universitaria de la Salud.
Competencias Básicas
· Poseer título de Técnico en Administración,
expedido por la Escuela de Administración de la Facultad
de Ciencias Económicas y Administración
Competencias intelectuales -metodológicas.
· Capacidad para planificar y organizar
· Capacidad analítica y actitud crítica y
constructiva para formular propuestas.
Competencias comportamentales/sociales/participativas
· Habilidades y aptitudes para desempeñarse en
áreas de Administración de Personal.
· Interés y condiciones para interactuar con los
funcionarios de diversos escalafones, con la finalidad de realizar
relevamientos y análisis de información
· Aptitudes para trabajar en equipo.
· Flexibilidad, disposición para adaptarse a diferentes
tareas y en diferentes ámbitos
· Capacidad e interés de aprender nuevos conocimientos
para el desarrollo de sus tareas
· Estabilidad emocional
· Aptitud para lograr una comunicación eficaz y
fluida
Competencias específicas
· Conocimiento
Conocimientos suficientes del marco normativo en que está
encuadrada la Universidad de la República (Constitución,
Ley Orgánica; otras leyes aplicables; Estatuto del Funcionario;
ordenanzas; normas diversas; resoluciones), especialmente las
que regulan la administración de personal en la institución.
· Experiencia
Se apreciará, aunque no es indispensable, la experiencia
calificada en Administración de Personal, en el ámbito
público preferentemente o privado.
INTERRELACIONES JERÁRQUICAS
· Supervisado por el jefe inmediato, Directores de Departamento
y/o División y/o
Director General.
· Habitualmente no tiene personal a su cargo.
FUNCIONES DEL CARGO
( La enumeración no es taxativa)
· Aplicar técnicas de Administración de
Personal para realizar análisis, descripción y clasificación
de cargos.
· Participar en la preparación de las bases de los
concursos.
· Análisis de procedimientos relacionados con la
gestión de personal.
· Estudiar normas vigentes, para realizar análisis
de documentación y confeccionar informes.
· Participar activa e interesadamente, en las diversas
actividades del área, aportando sus conocimientos técnicos
y opiniones personales.
· Participar en las actividades formativas que se le propongan
para su desempeño.
· Colaborar en trabajos técnicos sugeridos por su
supervisor.
· Crear herramientas o portadores de información
para relevamiento de datos.
BASES
CONCURSO PARA LA PROVISIÓN EN EFECTIVIDAD DE CARGOS
DE TÉCNICOS EN ADMINISTRACIÓN CON ORIENTACIÓN
EN DESARROLLO DEL PERSONAL Y ORGANIZACIONAL,
PARA LA DIRECCIÓN GENERAL DE PERSONAL Y OTRAS DEPENDENCIAS
UNIVERSITARIAS
DENOMINACIÓN: Técnico III, Técnico
en Administración
CARACTERÍSTICAS: Escalafón B, Sub escalafón
2, Grado 7
CARÁCTER DE LA DESIGNACIÓN: Efectivo
FORMA DE PROVISIÓN:
Por llamado a concurso entre todos los ciudadanos de la República
que cumplan con los siguientes requisitos:
a) no mayor de 30 años al momento de inscripción,
b)egresados de la Escuela de Administración dependiente
de la Facultad de Ciencias Económicas y Administración
de la Universidad de la República, con título de
Técnico en Administración Pública o Técnico
en Administración de Empresas.
En caso de que los inscriptos superen las cincuenta personas,
el Tribunal considerará solamente la postulación
de los cincuenta que reúnan el mayor puntaje de escolaridad
quedando los restantes excluidos del proceso del concurso.
Quedan exceptuados del límite de edad y de la preselección
por escolaridad los actuales funcionarios, becarios y pasantes
de la UdelaR.
Las personas convocadas a trabajar serán asignadas a las
áreas donde se requieran sus servicios, por resolución
unilateral de las autoridades de la Universidad de la República.
FORMA DE SELECCIÓN: Antecedentes, prueba y entrevista.
Total : 220 puntos.
1) ANTECEDENTES: .............................................................................Hasta
90 puntos
1.1 Educación formal de grado y post grado que exceda
a la requerida por el cargo y que guarde relación con éste.................................
hasta 35 puntos
Se ponderarán especialmente las notas de aprobación
de las
materias: Relaciones Humanas y Supervisión y de Administración
de Personal.
1.2 Capacitación y formación continua, seminarios
y talleres relacionados con el
cargo ............................................................
...........................hasta 20 puntos
1.3 Otros estudios (idiomas, informática, etc.) ...................hasta
10 puntos
1.4 Experiencia profesional ...................................................hasta
15 puntos
1.5 Otros méritos ...................................................................
hasta 10 puntos
(Aquellos que el concursante crea conveniente documentar
y tengan relación con el cargo.)
2) PRUEBAS: ....................................................................
Hasta 130 puntos
2.1 Prueba escrita ..... ............................................................hasta
90 puntos
La prueba escrita tendrá una duración de 4 horas
y tratará sobre asuntos (casos,
tema, cuestionarios, etc.) cuya modalidad será definida
por el tribunal y acorde a
las características del cargo.
2.2 Entrevista ..........................................................................hasta
40 puntos
La entrevista tendrá por objeto, evaluar la capacidad
del concursante de lograr un desempeño eficaz , de acuerdo
a las competencias especificadas en la descripción.
DISPOSICIONES GENERALES:
* Los méritos y antecedentes deben estar adecuadamente
documentados.
* Los aspirantes que no alcancen el 50% del puntaje en los ítem
2.1 y 2.2
quedarán eliminados, integrándose un cuadro con
vigencia por dos años
con quienes igualen o superen el porcentaje antes mencionado.
* La documentación que se presente acompañando la
inscripción deberá ser
retirada indefectiblemente dentro de los 30 días posteriores
a la notificación del fallo final. Vencido este plazo,
la Institución no se responsabiliza de los
documentos presentados.
INFORMACIÓN GENERAL
1) NORMATIVA APLICABLE
Las instancias concursivas se realizaran en el marco de las disposiciones
generales existentes en la materia, particularmente lo establecido
en la Constitución Nacional, la Ley Orgánica de
la Universidad de la República, el Estatuto de los Funcionarios
No Docentes, la Reestructura Escalafonaria, la Ordenanza de Concursos
y la Ordenanza de Ascensos.
2) PRIMER ACTO DEL CONCURSO
2.1) En el momento de la inscripción los aspirantes serán
notificados de la fecha del primer acto del concurso.
En este acto se dará lectura publica de:
- la nómina de los miembros del tribunal
- la nómina de inscriptos que reúnan los requisitos
establecidos en las bases.
- la relación de antecedentes presentados por los aspirantes,
si algún aspirante así lo solicita.
2.2) Elección del representante:
Los concursantes podrán elegir a su representante, titular
y suplente, mediante voto no obligatorio, reservado y anónimo.
Los requisitos para ser representantes y el procedimiento electoral
seguirán lo establecido en los Arts.14,15 y 16 de la Ordenanza
de Concursos para la provisión de cargos no docentes
3) OBSERVACIONES E IMPUGNACIONES
3.1) Art.8 de la Ordenanza de Concursos para la provisión
de cargos no docentes - Primer acto de concurso ....."Los
concursantes podrán objetar los méritos presentados
por otros concursantes dentro de los dos días hábiles
siguientes a la realización del primer acto del concurso".
3.2) Art.19 de la Ordenanza de Concursos para la provisión
de cargos no docentes - Impugnación. "Los concursantes
podrán recusar a los integrantes del Tribunal ante el Rector
de la Universidad de la República quien resolverá
sin ulterior instancia en el concurso. Tal impugnación
podrá formularse dentro de los dos días hábiles
siguientes a la fecha de notificación a los concursantes
del acto de designación o elección, en su caso,
del miembro del Tribunal destinatario de la recusación.
3.3) Art.29 de la Ordenanza de Concursos para la provisión
de cargos no docentes - Inapelabilidad del Contenido. El fallo
definitivo del Tribunal será inapelable en cuanto al contenido.
Por vicios graves de procedimiento podrá declararse la
nulidad total o parcial.
3.4) Art.31 de la Ordenanza de Concursos para la provisión
de cargos no docentes - Plazo para su presentación. Las
observaciones que se formulen sobre supuestos vicios de forma
de las pruebas o en la calificación de los antecedentes
deberá ser enviada al Tribunal. "Los concursantes
dispondrán de dos días hábiles, siguientes
a la terminación del acto impugnado, a fin de plantear
tales observaciones".
3.5) Art.32 de la Ordenanza de Concursos para la provisión
de cargos no docentes - Procedimiento. " El Tribunal, si
lo considera pertinente, está habilitado para corregir
el vicio. En caso contrario, elevará inmediatamente todos
los antecedentes al Consejo Directivo Central, debiendo esperar
la resolución de éste antes de continuarse con el
concurso.
El Consejo Directivo Central adoptará resolución
en el plazo estipulado en el Articulo 25".
Mediante esa resolución, el Consejo Directivo Central podrá
confirmar la actuación del Tribunal o declarar la nulidad
parcial del concurso. En este caso, deberán complementarse
las etapas o actuaciones correspondientes.
4) RESPONSABILIDAD DE LOS CONCURSANTES
4.1) Art.9 de la Ordenanza de Concursos para la provisión
de cargos no docentes - Carga de los concursantes- "Los concursantes
deberán concurrir a todos los actos del concurso"
4.2) Art.10 de la Ordenanza de Concursos para la provisión
de cargos no docentes - Notificaciones - "..... Los concursantes
imposibilitados de concurrir a algún acto del concurso,
podrán tomar conocimiento de lo allí actuado por
quien los represente, siendo suficiente para ello la presentación
de una nota suscrita por el ausente"
4.3) Art.24 de la Ordenanza de Concursos para la provisión
de cargos no docentes - Inconducta de los concursantes - "El
Tribunal hará saber de inmediato al Consejo Directivo Central
de toda actuación de los concursantes que pueda merecer
sanción, y en tal caso el concurso quedará interrumpido".
4.4) Art.25 de la Ordenanza de Concursos para la provisión
de cargos no docentes - Sanciones a los concursantes - "El
Consejo Directivo Central dispondrá de treinta días
para tomar resolución, plazo que se computará a
partir de la incorporación del punto en el Orden del día".
Las sanciones a los concursantes podrán consistir en amonestación,
eliminación del concurso o prohibición de presentarse
a nuevos concursos, pudiendo llegar ésta hasta un límite
de cinco años. Esta sanción se aplicará en
casos de inconductas de los concursantes de especial gravedad.
Tales sanciones se impondrán sin perjuicio de la responsabilidad
que tuvieren tratándose de universitarios. En el caso que
corresponda, se dejará constancia en el legajo personal".
5) DESIGNACIONES
5.1) Previo a la designación del postulante, deberá
comprobar la aptitud moral mediante la presentación de
certificado de buena conducta y tener aptitud psico-física
certificada por la División Universitaria de la Salud (D.U.S).
5.2) Las designaciones se realizarán respetando el orden
de prelación y las necesidades de los servicios universitarios
bajo el régimen de circunscripción única.
5.3) Art.35 de la Ordenanza de Concursos para la provisión
de cargos no docentes- Vigencia del orden de prelación
- "El orden de prelación resultante de los concursos
de ingreso tendrá una vigencia por un único período
de dos años"...
5.4) Art.17 de la Ordenanza de ascensos de los funcionarios no
docentes de la Universidad de la República- Vigencia -
"El orden de prelación tendrá vigencia por
un único período que será improrrogable,
de acuerdo al siguiente detalle:
- Concursos de méritos para cargos de nivel operativo:
un año.
- Concursos de méritos y oposición para cargos de
nivel operativo: dos años.
- Concursos de méritos y oposición para cargos de
nivel de conducción: tres años.
Formulario de Ingreso a Cargo No
Docente
DESCRIPCIÓN DEL CARGO
VIGILANTE
DENOMINACIÓN: Vigilante
CARACTERÍSTICAS: Escalafón E, Sub escalafón
1,
Grado 3, Oficial Práctico III
Grado 4, Oficial Práctico II
Grado 5, Oficial Práctico I
PROPÓSITO:
Garantizar la seguridad de las personas, del edificio y los bienes
de la Universidad de la República.
Observar y aplicar correctamente las normas e indicaciones atinentes
al funcionamiento del Servicio de Vigilancia en relación
con el mantenimiento del orden dentro del predio universitario,
prevenir riesgos, combatir incendios y velar por la seguridad
en general.
Atender e informar correctamente al público.
REQUISITOS Y COMPETENCIAS DEL CARGO :
Aptitud moral y psico-fìsica
Comprobar aptitud moral y tener aptitud psico-física certificada
por la División Universitaria de la Salud.
Requisitos físicos
· Resistencia física para permanecer de pie, subir
escaleras, eventualmente agacharse, levantar y trasladar pesos
propios de su actividad , desplazarse en áreas transitadas,
de mayor o menor extensión en las cuales se realizan actividades
de diversa índole.
· Estar en condiciones de someterse a ambientes ruidosos.
Competencias comportamentales/sociales/participativas
· Comunicación y facilidad verbal para comunicarse
eficazmente.
· Capacidad para trabajar en equipo (entre pares y entre
diferente niveles de la escala jerárquica).
· Comprensión y consideración frente a los
problemas que pudieren originarse en el trabajo diario con autoridades,
compañeros y usuarios.
· Cortesía y actitud respetuosa hacia los funcionarios,
estudiantes y público en general.
· Honradez.
· Buena presencia. Higiene y pulcritud personal.
· Responsabilidad en el desempeño de sus tareas
considerando el contexto universitario.
· Interés social que le permita asimilar los objetivos
de la Institución frente a la comunidad y a los usuarios.
· Estabilidad emocional e iniciativa para atender situaciones
de emergencia y/o eventuales contratiempos surgidos a lo largo
de la jornada.
· Flexibilidad, disposición para adaptarse a diferentes
tareas y en diferentes ámbitos.
· Disposición para cumplir tareas rutinarias en
cualquier sector.
Competencias metodológicas/intelectuales
· Capacidad para organizar y lograr los objetivos establecidos.
· Capacidad de análisis e interpretación
de la información.
· Capacidad de percepción y creatividad para hallar
y aplicar soluciones en las situaciones laborales cotidianas.
· Capacidad de respuesta rápida cuando la situación
lo requiera.
FORMACIÓN Y EXPERIENCIA:
Formación:
Primer Ciclo de Enseñanza Secundaria o UTU aprobado.
Este requisito es solamente para el llamado de ingreso
Experiencia:
Experiencia calificada en tareas similares.
INTERRELACIONES JERÁRQUICAS:
Supervisado por el Jefe de Vigilancia - Nivel de Conducción
I, en forma directa o por el responsable del servicio o Intendente.
No tiene personal a su cargo.-
COMPETENCIAS Y FUNCIONES DEL CARGO POR ÁREAS:
1. ÁREA - SEGURIDAD
1.1 CUSTODIAR Y VIGILAR, BIENES MUEBLES E INMUEBLES
· Custodiar y vigilar los bienes de la Universidad de
la República que se encuentran dentro del predio universitario.
· Cumplir inspecciones periódicas en las áreas
que le fueran asignadas.
· Intervenir dentro del marco de su competencia, en situaciones
de alteración del orden en el predio universitario, según
el procedimiento indicado para esa situación.
· Extinguir incendios cuando las dimensiones y/o origen
del fuego lo permitan, dando aviso inmediato a bomberos, a su
Jefe, Intendente u otra autoridad en caso de no localizar a los
anteriores.
· Cumplir con las normas de seguridad establecidas por
la Institución y darlas a conocer cuando corresponda.
· Encender y apagar luces, abrir y cerrar puertas al inicio,
durante y al término de la jornada de labor, de acuerdo
con las normas y procedimientos establecidos.
· Controlar permanentemente la entrega y recepción
de las llaves y objetos que le sean encomendados por las autoridades
competentes, llevando un registro.
· Manejar los sistemas tecnológicos de seguridad
instalados en el servicio.
1.2 CONTROLAR INGRESOS Y EGRESOS DE PERSONAS Y OBJETOS
· Controlar y denunciar la permanencia indebida de personas,
objetos y vehículos no autorizados.
· Controlar y vigilar, de acuerdo con las normas, procedimientos
y horarios establecidos, la entrada y salida de estudiantes, funcionarios,
docentes y público en general.
2. ÁREA INFORMACIÓN
2.1 INFORMAR AL SUPERIOR E INTEGRANTES DE SU GRUPO DE TRABAJO
· Comunicar de inmediato a su Supervisor sobre las irregularidades
que observe con referencia a conductas que atenten contra las
normas de seguridad establecidas.
· Informar por escrito a los funcionarios del turno siguiente
o si correspondiera al supervisor, las novedades o sucesos importantes
ocurridos durante su horario.
· Comunicar y/o registrar, los problemas o dificultades
encontrados, las soluciones aplicadas y sugerir medidas preventivas.
2.2 INFORMAR AL PÚBLICO EN GENERAL
· Brindar información y orientación sobre
los horarios de atención y ubicación de los sectores
del servicio.
3. OTRAS FUNCIONES
· Detectar y comunicar la existencia de desperfectos en
los equipos o instalaciones de su área de trabajo. Subsanar
aquellos que estén a su alcance y que sean imprescindibles.
· Atender el teléfono momentáneamente cuando
el personal de la Central Telefónica no se encuentre.
· Recibir la correspondencia fuera del horario de funcionamiento
de Mensajería.
· Asistir a los cursos de capacitación para los
cuales sea convocado.
· Asesorar en el correcto uso de los relojes y tarjetas
de registro de asistencia del personal.
· Dar cumplimiento a la normativa relativa a los Símbolos
Nacionales, realizando los procedimientos necesarios.
· Cumplir con otras tareas relacionadas con la función,
de acuerdo con las normas y procedimientos generales y específicos
de cada servicio.
BASES LLAMADO A CONCURSO ABIERTO Y CERRADO
PARA LA PROVISIÓN EFECTIVA DE CARGOS DE VIGILANTE
DENOMINACIÓN: Vigilante
CARACTERÍSTICAS: Escalafón E, Sub escalafón
1,
Grado 3, Oficial Práctico III
CARACTERÍSTICAS DE LA DESIGNACIÓN: Efectivo
Será de aplicación el Art. 5° del Estatuto de
los Funcionarios No Docentes de la Universidad de la República
y el cual se transcribe a continuación.
Art. 5º-Provisoriato- "Los funcionarios que ingresen
a la Universidad, cualquiera fuere la naturaleza del vínculo,
serán designados provisionalmente, pudiendo ser separados
por decreto fundado, dentro del plazo de seis meses contados a
partir de la toma de posesión, por la autoridad que los
nombró.
Transcurrido el plazo del inciso anterior, el funcionario adquiere
ipso jure, derecho al desempeño interino o efectivo del
cargo, quedando amparado por el presente Estatuto".
Cantidad de cargos a proveer : según la necesidad de personal
de los servicios.
TIPO, REQUISITOS Y CLASE DE CONCURSO
Tipo de concurso: Abierto y cerrado
Art. 34 de la Ordenanza para la provisión de cargos
no docentes..."Los concursos de ingreso para la provisión
de cargos no docentes en los escalafones C,D, E serán abiertos
y cerrados. Estos concursos se realizarán en forma simultánea"....
Inscripción condicional: Se realizará una inscripción
con carácter condicional, debiéndose completar una
declaración sobre el cumplimiento de los requisitos contenidos
en las Bases, y si está atendido por el Plan de Emergencia.
Si el número de aspirantes supera los 500 se realizará
un sorteo de acuerdo al art. 36 de la Ordenanza de Concursos y
a la resolución adoptada por la Comisión Sectorial
de Gestión Administrativa en fecha 3.05.05.
El sorteo constará de dos etapas: una primera en la que
del total de inscriptos se seleccionen 500 y una segunda solo
entre las personas que se encuentren atendidas por el Plan de
Emergencia y que no fueron seleccionadas por el anterior sorteo,
de la que resultarán 50 aspirantes más.
Luego del sorteo se realizará la inscripción definitiva
de quienes habiendo sido sorteados reúnan los requisitos
previstos en las Bases.
Quedarán exonerados del sorteo los funcionarios de la UdelaR.
Requisitos:
Para el llamado abierto:
· Podrán postularse todos los ciudadanos de la
República entre 18 y 45 años de edad, que hayan
aprobado el Primer Ciclo de Enseñanza Secundaria o UTU.
Las personas que se encuentren atendidas por el Plan de Emergencia
deberán exhibir recibo de cobro del titular en el momento
de la inscripción.
Asimismo, la Universidad de la República verificará
los datos con el Ministerio de Desarrollo Social.
· Los funcionarios interinos de la UdelaR, inscriptos en
el concurso " abierto" serán eximidos del sorteo
y del límite de edad.
Para el llamado cerrado:
· Podrán participar en el concurso cerrado todos
los funcionarios no docentes que ocupen cargos en efectividad
de cualquier escalafón y que posean Educación Primaria
completa.
Clase de concurso: Antecedentes y pruebas.
DOCUMENTOS QUE DEBEN ACOMPAÑAR LA SOLICITUD
DE INSCRIPCIÓN
Cédula de Identidad
Credencial Cívica
Relación de antecedentes (currículum vitae). Original
y copia
Certificados y constancias correspondientes. Original y copia
En caso de estar atendido por el plan de emergencia se deberá
presentar el recibo de cobro del titular (Original y copia)
1. ANTECEDENTES : hasta 30 puntos
1.1 Formación
1.1.1 Estudios y capacitación:
1.1.1.1 Superiores a los requeridos para la inscripción:
hasta 5 puntos
1.1.1.2 Relacionados con el cargo: hasta 10 puntos
1.2 Experiencia:
1.2.1 En tareas relacionadas con el cargo: hasta 15 puntos
Nota: El Tribunal evaluará la actuación
de los funcionarios de la UdelaR que intervengan en el llamado,
considerando los antecedentes y deméritos de los postulantes.
NOTA
-Solamente serán considerados los antecedentes que estén
debidamente documentados.
-La presentación de los antecedentes deberá seguir
el orden establecido en las Bases.
-Los documentos deberán ser legibles, se entregarán
fotocopias que se autenticarán en el momento de la inscripción
con la presentación de los originales, éstos deberán
ser exhibidos en el mismo orden en que se presentan las copias.
-Las constancias referentes a cursos y talleres, deberán
acreditar, en lo posible, carga horaria y evaluación.
-En lo referente a la experiencia laboral:
-los funcionarios de la Udelar deberán presentar una reseña
de tareas expedida por su superior inmediato.
-para el resto de los concursantes, deberán presentar en
lo posible una reseña de tareas expedida por su empleador,
con datos del mismo para establecer contacto.
2. PRUEBAS: hasta 70 puntos
2.1 Prueba Teórica: hasta 50 puntos
Los aspirantes responderán un cuestionario sobre un temario
que será
entregado a los concursantes al momento de comunicarles el resultado
de los antecedentes y resolverán algún caso aplicando
la normativa y
procedimientos que correspondan.
2.2 Entrevista: hasta 20 puntos
En la cual se apreciará la adecuación del aspirante
al perfil trazado en
la Descripción de Cargo. La entrevista será realizada
por los integrantes
del Tribunal.
TOTAL: hasta 100 puntos
PUNTAJE HABILITANTE: Integrará el cuadro el concursante
que alcance o supere el 50% del puntaje de cada una de las pruebas
( ítems: 2.1, 2.2)
Aquellos concursantes que obtengan el puntaje habilitante, conformarán
un cuadro general por orden de prelación según el
concurso que corresponda (abierto o cerrado).
A los efectos de la provisión de vacantes se procederá
a designar, de acuerdo a los requerimientos, a un ganador del
concurso abierto en primer término y un ganador del concurso
cerrado, en segundo término y así sucesivamente.
Para la designación deberá estar en las condiciones
establecidas por el literal D) del art. 2 del Estatuto de los
Funcionarios No Docentes de la Universidad de la República
... "Comprobar aptitud moral, tener aptitud psico-física,
certificada por la División Universitaria de la Salud"
INFORMACIÓN GENERAL
1) NORMATIVA APLICABLE
Las instancias concursivas se realizaran en el marco de las disposiciones
generales existentes en la materia, particularmente lo establecido
en la Constitución Nacional, la Ley Orgánica de
la Universidad de la República, el Estatuto de los Funcionarios
No Docentes, la Reestructura Escalafonaria, la Ordenanza de Concursos
y la Ordenanza de Ascensos.
2) PRIMER ACTO DEL CONCURSO
2.1) En el momento de la inscripción los aspirantes serán
notificados de la fecha del primer acto del concurso.
En este acto se dará lectura publica de:
- la nómina de los miembros del tribunal
- la nómina de inscriptos que reúnan los requisitos
establecidos en las bases.
- la relación de antecedentes presentados por los aspirantes,
si algún aspirante así lo solicita.
2.2) Elección del representante:
Los concursantes podrán elegir a su representante, titular
y suplente, mediante voto no obligatorio, reservado y anónimo.
Los requisitos para ser representantes y el procedimiento electoral
seguirán lo establecido en los Arts.14,15 y 16 de la Ordenanza
de Concursos para la provisión de cargos no docentes
3) OBSERVACIONES E IMPUGNACIONES
3.1) Art.8 de la Ordenanza de Concursos para la provisión
de cargos no docentes - Primer acto de concurso ....."Los
concursantes podrán objetar los méritos presentados
por otros concursantes dentro de los dos días hábiles
siguientes a la realización del primer acto del concurso".
3.2) Art.19 de la Ordenanza de Concursos para la provisión
de cargos no docentes - Impugnación. "Los concursantes
podrán recusar a los integrantes del Tribunal ante el Rector
de la Universidad de la República quien resolverá
sin ulterior instancia en el concurso. Tal impugnación
podrá formularse dentro de los dos días hábiles
siguientes a la fecha de notificación a los concursantes
del acto de designación o elección, en su caso,
del miembro del Tribunal destinatario de la recusación.
3.3) Art.29 de la Ordenanza de Concursos para la provisión
de cargos no docentes - Inapelabilidad del Contenido. El fallo
definitivo del Tribunal será inapelable en cuanto al contenido.
Por vicios graves de procedimiento podrá declararse la
nulidad total o parcial.
3.4) Art.31 de la Ordenanza de Concursos para la provisión
de cargos no docentes - Plazo para su presentación. Las
observaciones que se formulen sobre supuestos vicios de forma
de las pruebas o en la calificación de los antecedentes
deberá ser enviada al Tribunal. "Los concursantes
dispondrán de dos días hábiles, siguientes
a la terminación del acto impugnado, a fin de plantear
tales observaciones".
3.5) Art.32 de la Ordenanza de Concursos para la provisión
de cargos no docentes - Procedimiento. " El Tribunal, si
lo considera pertinente, está habilitado para corregir
el vicio. En caso contrario, elevará inmediatamente todos
los antecedentes al Consejo Directivo Central, debiendo esperar
la resolución de éste antes de continuarse con el
concurso.
El Consejo Directivo Central adoptará resolución
en el plazo estipulado en el Articulo 25".
Mediante esa resolución, el Consejo Directivo Central podrá
confirmar la actuación del Tribunal o declarar la nulidad
parcial del concurso. En este caso, deberán complementarse
las etapas o actuaciones correspondientes.
4) RESPONSABILIDAD DE LOS CONCURSANTES
4.1) Art.9 de la Ordenanza de Concursos para la provisión
de cargos no docentes - Carga de los concursantes- "Los concursantes
deberán concurrir a todos los actos del concurso"
4.2) Art.10 de la Ordenanza de Concursos para la provisión
de cargos no docentes - Notificaciones - "..... Los concursantes
imposibilitados de concurrir a algún acto del concurso,
podrán tomar conocimiento de lo allí actuado por
quien los represente, siendo suficiente para ello la presentación
de una nota suscrita por el ausente"
4.3) Art.24 de la Ordenanza de Concursos para la provisión
de cargos no docentes - Inconducta de los concursantes - "El
Tribunal hará saber de inmediato al Consejo Directivo Central
de toda actuación de los concursantes que pueda merecer
sanción, y en tal caso el concurso quedará interrumpido".
4.4) Art.25 de la Ordenanza de Concursos para la provisión
de cargos no docentes - Sanciones a los concursantes - "El
Consejo Directivo Central dispondrá de treinta días
para tomar resolución, plazo que se computará a
partir de la incorporación del punto en el Orden del día".
Las sanciones a los concursantes podrán consistir en amonestación,
eliminación del concurso o prohibición de presentarse
a nuevos concursos, pudiendo llegar ésta hasta un límite
de cinco años. Esta sanción se aplicará en
casos de inconductas de los concursantes de especial gravedad.
Tales sanciones se impondrán sin perjuicio de la responsabilidad
que tuvieren tratándose de universitarios. En el caso que
corresponda, se dejará constancia en el legajo personal".
5) DESIGNACIONES
5.1) Previo a la designación del postulante, deberá
comprobar la aptitud moral mediante la presentación de
certificado de buena conducta y tener aptitud psico-física
certificada por la División Universitaria de la Salud (D.U.S).
5.2) Las designaciones se realizarán respetando el orden
de prelación y las necesidades de los servicios universitarios
bajo el régimen de circunscripción única.
5.3) Art.35 de la Ordenanza de Concursos para la provisión
de cargos no docentes- Vigencia del orden de prelación
- "El orden de prelación resultante de los concursos
de ingreso tendrá una vigencia por un único período
de dos años"...
5.4) Art.17 de la Ordenanza de ascensos de los funcionarios no
docentes de la Universidad de la República- Vigencia -
"El orden de prelación tendrá vigencia por
un único período que será improrrogable,
de acuerdo al siguiente detalle:
- Concursos de méritos para cargos de nivel operativo:
un año.
- Concursos de méritos y oposición para cargos de
nivel operativo: dos años.
- Concursos de méritos y oposición para cargos de
nivel de conducción: tres años.

BASES DEL CONCURSO DE ASCENSO
EN LA CARRERA DE VIGILANTE
DENOMINACIÓN: Vigilante
CARACTERÍSTICAS: Escalafón E, Sub escalafón
1,
Grado 5 , Oficial Práctico I
CARACTERÍSTICAS DE LA DESIGNACIÓN: Efectivo
Art.2°-Principio General- de la Ordenanza de Ascensos
de los Funcionarios No Docentes de la Universidad de la República
... "Los cargos ocupados como consecuencia de un concursos
de ascenso, tendrán siempre carácter titular"..
TIPO, REQUISITOS Y CLASE DE CONCURSO
TIPO de concurso: Cerrado
REQUISITOS
A) Quienes participan:
Podrán participar en el concurso los funcionarios que
revistan en efectividad en cargos de grado 3 o 4 (Oficial Práctico
III y II respectivamente) del sub escalafón E1 en la carrera
de Vigilante y que tengan una antigüedad mínima de
2 años en la función de la carrera de vigilante.
B) Programa de Formación por Competencias en Seguridad
y Vigilancia
El mismo consta de los siguientes módulos:
MODULO 1 - Inducción y Normativa Universitaria
MODULO 2 - Calidad en el Servicio a Usuarios
MODULO 3 - Introducción a la Salud Ocupacional
MODULO 4 - Procesos de trabajo en Seguridad y Vigilancia
Los componentes de este programa serán detallados por
la DICAF al inicio de los módulos correspondientes.
Para confirmar la inscripción al concurso, los postulantes
deberán participar en el programa de capacitación
y contar con el 80% de asistencia y la aprobación del mismo.
El fallo de los cursos sera otorgado por un tribunal de orientadores
de capacitación.
C) Documentos que deben acompañar la solicitud de inscripción
En el momento de la inscripción será indispensable
acompañar la solicitud con la presentación de los
siguientes documentos:
- Cédula de identidad
- Certificados que acrediten:
* Actuación funcional, conteniendo: escalafón, grado,
período de ejercicio y carácter de los cargos que
ha desempeñado en la Universidad de la República.
Esta certificación debe ser expedida por la Sección
Personal y avalada por la máxima autoridad administrativa
del servicio.
* Reseña de tareas certificadas por el superior y avaladas
por la máxima autoridad administrativa del servicio.
En los casos en que el funcionario revistando en un cargo de otra
carrera haya desempeñado tareas de vigilancia, deberá
especificar período, lugar de desempeño y tareas
realizadas.
* Relación de antecedentes, siguiendo el orden establecido
en las Bases, con las certificaciones que los acrediten (certificados
de estudio, escolaridad, cursos, concursos y otros). La certificación
de los cursos deberá indicar: contenido, carga horaria,
forma de aprobación, e institución.
* Los documentos deberán ser legibles, se entregarán
fotocopias que deberán autentificarse en el momento de
la inscripción con la presentación de los originales,
exhibiéndose éstos en el mismo orden en que se presenten
las copias.
CLASE DE CONCURSO: Antecedentes y prueba
1. ANTECEDENTES: hasta 100 puntos
1.1 Formación
1.1.1 Educación formal (Secundaria, U.T.U. otros): hasta
20 puntos
1.1.2 Capacitación relacionada con el cargo: hasta 15
puntos
1.2 Experiencia
1.2.1 Actividad en la Universidad de la República
1.2.1.1 Antigüedad que exceda la requerida como requisito:
hasta 15 puntos
1.2.1.2 Carrera funcional en la UdelaR, evaluación del
Servicio, informe
sobre asistencia y puntualidad : hasta 15 puntos
1.2.1.3 Concursos y llamados a aspirantes: hasta 10 puntos
1.2.14. Trabajos especiales (informe del responsable): hasta
10 puntos
1.2.2 Actividad externa a la Universidad de la República
1.2.2.1 Actividad laboral en el ámbito privado o público
exceptuando la Universidad de la República en actividades
que guarden relación con el cargo a concursar : hasta
15 puntos
1.3 Deméritos
En la calificación de los antecedentes, el Tribunal descontará
los siguientes puntajes por cada falta sancionada que conste en
el legajo personal y haya sido dispuesta por autoridades legítimas.
( Res. Nº65 CDC del 2.07.85.)
Sanciones y suspensiones - Detracciones
Más de 3 meses: 30 puntos
Más de 2 meses hasta 3 meses: 28 puntos
Más de 1 mes hasta 2 meses: 25 puntos
De 11 días a 1 mes: 15 puntos
De 4 a 10 días: 10 puntos
Hasta 3 días: 6 puntos
Apercibimiento, Amonestación y Observación: 3 puntos
Vigencia de los deméritos
· hasta 6 puntos, no serán considerados pasados
3 años de su aplicación,
· hasta 15 puntos, no serán considerados pasados
los 5 años de su aplicación,
· superiores a 15 puntos no serán considerados pasados
los 7 años de su aplicación.
· Para los funcionarios de Hospital de Clínicas,
no se tomarán en cuenta las sanciones aplicadas por incumplimiento
a las obligaciones de : asistencia, puntualidad, presencia, cuando
se trate de suspensiones menores o iguales a tres días.
Nota
Solamente serán considerados los antecedentes que estén
debidamente documentados.
Los legajos serán solicitados por el Tribunal a las respectivas
dependencias de personal
El informe de asistencia y puntualidad (1.2.1.2) será considerado
en los tres últimos años de desempeño. Tomándose
como referencia los datos registrados en los legajos respectivos.
2. PRUEBA: . hasta 150 puntos
2.1 La prueba será tomada por el Tribunal del concurso
basándose en el contenido desarrollado en el programa de
capacitación y podrá solicitar el asesoramiento
de los orientadores de dicho programa.
Se exigirá un mínimo del 50 % del puntaje para
su aprobación
Formulario
Ascenso Cargo No Docente
INFORMACIÓN GENERAL
1) NORMATIVA APLICABLE
Las instancias concursivas se realizaran en el marco de las disposiciones
generales existentes en la materia, particularmente lo establecido
en la Constitución Nacional, la Ley Orgánica de
la Universidad de la República, el Estatuto de los Funcionarios
No Docentes, la Reestructura Escalafonaria, la Ordenanza de Concursos
y la Ordenanza de Ascensos.
2) PRIMER ACTO DEL CONCURSO
2.1) En el momento de la inscripción los aspirantes serán
notificados de la fecha del primer acto del concurso.
En este acto se dará lectura publica de:
- la nómina de los miembros del tribunal
- la nómina de inscriptos que reúnan los requisitos
establecidos en las bases.
- la relación de antecedentes presentados por los aspirantes,
si algún aspirante así lo solicita.
2.2) Elección del representante:
Los concursantes podrán elegir a su representante, titular
y suplente, mediante voto no obligatorio, reservado y anónimo.
Los requisitos para ser representantes y el procedimiento electoral
seguirán lo establecido en los Arts.14,15 y 16 de la Ordenanza
de Concursos para la provisión de cargos no docentes
3) OBSERVACIONES E IMPUGNACIONES
3.1) Art.8 de la Ordenanza de Concursos para la provisión
de cargos no docentes - Primer acto de concurso ....."Los
concursantes podrán objetar los méritos presentados
por otros concursantes dentro de los dos días hábiles
siguientes a la realización del primer acto del concurso".
3.2) Art.19 de la Ordenanza de Concursos para la provisión
de cargos no docentes - Impugnación. "Los concursantes
podrán recusar a los integrantes del Tribunal ante el Rector
de la Universidad de la República quien resolverá
sin ulterior instancia en el concurso. Tal impugnación
podrá formularse dentro de los dos días hábiles
siguientes a la fecha de notificación a los concursantes
del acto de designación o elección, en su caso,
del miembro del Tribunal destinatario de la recusación.
3.3) Art.29 de la Ordenanza de Concursos para la provisión
de cargos no docentes - Inapelabilidad del Contenido. El fallo
definitivo del Tribunal será inapelable en cuanto al contenido.
Por vicios graves de procedimiento podrá declararse la
nulidad total o parcial.
3.4) Art.31 de la Ordenanza de Concursos para la provisión
de cargos no docentes - Plazo para su presentación. Las
observaciones que se formulen sobre supuestos vicios de forma
de las pruebas o en la calificación de los antecedentes
deberá ser enviada al Tribunal. "Los concursantes
dispondrán de dos días hábiles, siguientes
a la terminación del acto impugnado, a fin de plantear
tales observaciones".
3.5) Art.32 de la Ordenanza de Concursos para la provisión
de cargos no docentes - Procedimiento. " El Tribunal, si
lo considera pertinente, está habilitado para corregir
el vicio. En caso contrario, elevará inmediatamente todos
los antecedentes al Consejo Directivo Central, debiendo esperar
la resolución de éste antes de continuarse con el
concurso.
El Consejo Directivo Central adoptará resolución
en el plazo estipulado en el Articulo 25".
Mediante esa resolución, el Consejo Directivo Central podrá
confirmar la actuación del Tribunal o declarar la nulidad
parcial del concurso. En este caso, deberán complementarse
las etapas o actuaciones correspondientes.
4) RESPONSABILIDAD DE LOS CONCURSANTES
4.1) Art.9 de la Ordenanza de Concursos para la provisión
de cargos no docentes - Carga de los concursantes- "Los concursantes
deberán concurrir a todos los actos del concurso"
4.2) Art.10 de la Ordenanza de Concursos para la provisión
de cargos no docentes - Notificaciones - "..... Los concursantes
imposibilitados de concurrir a algún acto del concurso,
podrán tomar conocimiento de lo allí actuado por
quien los represente, siendo suficiente para ello la presentación
de una nota suscrita por el ausente"
4.3) Art.24 de la Ordenanza de Concursos para la provisión
de cargos no docentes - Inconducta de los concursantes - "El
Tribunal hará saber de inmediato al Consejo Directivo Central
de toda actuación de los concursantes que pueda merecer
sanción, y en tal caso el concurso quedará interrumpido".
4.4) Art.25 de la Ordenanza de Concursos para la provisión
de cargos no docentes - Sanciones a los concursantes - "El
Consejo Directivo Central dispondrá de treinta días
para tomar resolución, plazo que se computará a
partir de la incorporación del punto en el Orden del día".
Las sanciones a los concursantes podrán consistir en amonestación,
eliminación del concurso o prohibición de presentarse
a nuevos concursos, pudiendo llegar ésta hasta un límite
de cinco años. Esta sanción se aplicará en
casos de inconductas de los concursantes de especial gravedad.
Tales sanciones se impondrán sin perjuicio de la responsabilidad
que tuvieren tratándose de universitarios. En el caso que
corresponda, se dejará constancia en el legajo personal".
5) DESIGNACIONES
5.1) Previo a la designación del postulante, deberá
comprobar la aptitud moral mediante la presentación de
certificado de buena conducta y tener aptitud psico-física
certificada por la División Universitaria de la Salud (D.U.S).
5.2) Las designaciones se realizarán respetando el orden
de prelación y las necesidades de los servicios universitarios
bajo el régimen de circunscripción única.
5.3) Art.35 de la Ordenanza de Concursos para la provisión
de cargos no docentes- Vigencia del orden de prelación
- "El orden de prelación resultante de los concursos
de ingreso tendrá una vigencia por un único período
de dos años"...
5.4) Art.17 de la Ordenanza de ascensos de los funcionarios no
docentes de la Universidad de la República- Vigencia -
"El orden de prelación tendrá vigencia por
un único período que será improrrogable,
de acuerdo al siguiente detalle:
- Concursos de méritos para cargos de nivel operativo:
un año.
- Concursos de méritos y oposición para cargos de
nivel operativo: dos años.
- Concursos de méritos y oposición para cargos de
nivel de conducción: tres años.

DESCRIPCIÓN DEL CARGO DE DIRECTOR DE
LA DIVISIÓN UNIVERSITARIA DE LA SALUD ( DUS)
ESCALAFÓN: R, Grado 30
Considerado por la normativa universitaria como "sujeto a
renovación
permanente de conocimiento".
PROPÓSITO:
Promover el desarrollo del Servicio desde lo profesional, técnica
y éticamente, planteando alternativas posibles o soluciones
para los diferentes usuarios, reales o potenciales, con iniciativa
y decisión en el campo de la Salud, muy especialmente en
el área ocupacional o laboral, así como en otras
áreas de su competencia y que obedecen a demandas de los
servicios educativos frente a estados de desequilibrio bio sico
social.
Capacitarse y capacitar a todos los involucrados en temas de salud
ocupacional, prevención, relaciones con el público
y otras áreas de interés para el servicio y su personal.
Mantener un contacto fluido con los servicio de mayor demanda
para conocer las causas que las originan y realizar acciones planificadas
con criterios comunes.
REQUISITOS DEL CARGO
Aptitud moral y psico-fìsica: Comprobar aptitud
moral, y tener aptitud psico-física, certificada por la
División Universitaria de la Salud.
Requisitos especiales:
Visión estratégica y capacidad de dirección
Habilidad para la toma de decisiones
Aptitudes de negociación
Capacidad de liderazgo
Aptitudes para operar en situaciones de presión
Capacidad para promover el trabajo en equipo
Capacidad para supervisar personal
Estabilidad emocional
Personalidad:
Se requiere de un profesional con estabilidad emocional, libre
de estereotipo o prejuicios, con gran sentido de responsabilidad
y creatividad, que pueda tener un manejo ético de las situaciones
médico - sociales para una tarea que requiere tener en
cuenta una multiplicidad de factores y actores que se ven afectados,
como son el propio usuario, su familia y el servicio de referencia
el cual se resiente y debe también ser objetivado en el
análisis.
Ubicación precisa de su rol, donde los problemas personales
no impidan una gestión competente y actúe con solvencia,
en especial en situaciones de emergencia.
CALIFICACIONES
Educación
Egresado universitario del Área de la Salud (Medicina,
Odontología, Psicología y Enfermería), con
especialidad en Administración, Administración en
Salud o Salud Pública.
INTERRELACIONES JERÁRQUICAS
Todo el personal de la División depende del Director a
través de los mandos medios y él a su vez dependerá
de la Dirección General del Servicio C. B. Universitario.
OBJETIVO GENERAL DEL CARGO
Dirigir, ejecutar, promover, administrar y evaluar las actividades
relacionadas en materia de Salud de estudiantes y funcionarios
de la Universidad de la República, así como participar
en la planificación y elaboración de estas políticas,
proponiendo a la Dirección General actividades y medidas
que estime necesarias para el logro de mayores oportunidades para
la calidad y modo de vida de los usuarios del Servicio Central
de Bienestar Universitario.
Funciones:
Sus funciones están delimitadas por la Ordenanza de la
División aprobada por el Consejo Directivo Central el 18/2/92,
que en su artículo 5 establece:
a)Administrar la División, adoptando las resoluciones
destinadas a cumplir los reglamentos y resoluciones de la Com.
Directiva, así como las Ordenanzas, reglamentaciones y
resoluciones de los órganos centrales, asegurando su eficiente
funcionamiento.
b)Adoptar en casos urgentes las resoluciones que a su juicio
sean necesarias para la buena marcha del Servicio dando cuenta
de inmediato a la Dirección General y estando a lo que
ella resuelva
c)Disponer las medidas tendientes a mantener un regular,
eficaz y decoroso funcionamiento.
d)Asistir con voz y voto a las sesiones de la Comisión
Asesora y convocarla extraordinariamente cuando lo estime necesario
e)Informar a la Dirección General periódicamente
cuando se le solicite sobre todos los aspectos del funcionamiento
de la División.
f)Proyectar planes de organización y funcionamiento,
promoviendo la sanción de los reglamentos que considere
necesario.
g)Preparar el anteproyecto de presupuesto de la División
y elevarlo a la Dirección General.
h)Realizar el contralor de gastos, consumos y adquisiciones,
autorizando los mismos dentro de los límites normativos.
i)Sancionar al personal de la División y en su caso
a los usuarios, proponiendo a la Dirección General la aplicación
de sanciones.
j)Organizar y desarrollar las relaciones públicas
participando en programas de educación, prevención
y difusión de la Salud en el ámbito Universitario.
k)Adoptar resoluciones atinentes a su competencia, salvo
las atribuidas a otros órganos universitarios.
BASES PARA LA PROVISIÓN EFECTIVA DEL CARGO DE DIRECTOR
DE LA DIVISIÓN UNIVERSITARIA DE LA SALUD
1. Requisitos para la inscripción
El postulante debe ser ciudadano uruguayo y presentar:
a)Cédula de Identidad.
b)Credencial Cívica o certificado de inscripción
en el Registro Cívico Nacional.
c) Egresado Universitario del Área de la Salud (Medicina,
Odontología, Psicología y Enfermería), con
especialidad en Administración, Administración en
Salud, o Salud Pública.
d)Relación de antecedentes, (experiencia y conocimientos),
con las certificaciones que los acrediten. Solamente serán
considerados los antecedentes que estén debidamente documentados.
2. Denominación del cargo
El Director de la División Universitaria de la Salud ocupa
un cargo del Escalafón R, Grado 30, considerado por la
normativa universitaria como sujeto "sujeto a renovación
permanente de conocimiento".
3. Normativa aplicable
La provisión del cargo se realizará de acuerdo
con lo establecido en al normativa universitaria, y de manera
particular en: a) la "Ordenanza sobre cargos no docentes
sujetos a renovación permanente de conocimientos"
en el "Estatuto de los funcionarios que requieren renovación
permanente de conocimientos", y en el "Reglamento para
la provisión y renovación de cargos que requieren
renovación permanente de conocimientos",
b) lo dispuesto en la resolución N°46 del Consejo Ejecutivo
Delegado de fecha 22 de agosto de 2005, donde se establece la
realización de un llamado a aspirantes en primera instancia.
Si corresponde un llamado a concurso éste se realizará
en las condiciones establecidas en el literal "c",
c) lo dispuesto por la Resolución Nº9 del Consejo
Directivo Central de la Universidad de la República en
su sesión ordinaria de fecha 31 de julio de 2001.
El cargo será provisto mediante llamado público
a concurso de méritos y pruebas. El concurso se realizará
en la modalidad de selección en base a puntaje.
4. Relativo a los méritos
Méritos
Los puntajes asignados tendrán un máximo de cien
puntos (100) asignados de la siguiente manera:
a) Experiencia : 50 puntos
b) Conocimientos: 50 puntos
Experiencia:
Cargos desempeñados en la Universidad de la República:
20 puntos
Cargos desempeñados en la actividad pública exceptuando
la Universidad de la República: 14 puntos
Cargos desempeñados en la actividad privada: 12 puntos
El puntaje considerará en cada caso, tipo de cargo, forma
de ingreso,
responsabilidad técnica, ascenso, período de ejercicio,
calificaciones,
evaluaciones, tipo de tarea, programas o proyectos a su cargo.
Actuación universitaria en órganos de cogobierno:
4 puntos
Conocimientos:
Títulos de grado de la UDELAR según su relacionamiento
con el cargo: hasta 20 puntos
Otros títulos según su relacionamiento con el cargo:
hasta 14 puntos
Cursos aprobados según su relacionamiento con el cargo:
hasta 5 puntos
Publicaciones trabajos y premios: hasta 8 puntos
Becas ganadas y usufructuadas: hasta 3 puntos
PRUEBAS:
Serán de tipo b) c) y d) de acuerdo al artículo
6 del Reglamento para la provisión y renovación
de cargos que requieren renovación permanente de conocimientos.
La prueba de tipo c) contará con una defensa oral ante
el Tribunal y la de tipo d)consistirá en una prueba psico-laboral
Los puntajes asignados a cada prueba serán los siguientes:
Tipo b) : hasta 30 puntos
Tipo c) : hasta 50 puntos
Tipo d) : hasta 30 puntos
Aquel concursante que no alcance el 50% del puntaje máximo
total de las pruebas o el 40% del puntaje máximo de alguna
de ellas quedará eliminado (Art. 7 del Reglamento para
la provisión y renovación de cargos que requieren
renovación permanente de conocimientos).
Formulario Escalafón R
DESCRIPCIÓN DEL CARGO
DE LICENCIADO EN NUTRICIÓN PARA REGIONAL NORTE - SALTO
DENOMINACIÓN: Licenciado en Nutrición
CARACTERÍSTICAS: Escalafón A, Sub escalafón
2, Grado 10, Profesional III
CARÁCTER DE LA DESIGNACIÓN: Interino
PROPÓSITO
Administrar los recursos asignados, asegurando una correcta prestación
alimentaria a los usuarios de Comedores y/o Programa de Cantinas
Alejadas en los turnos correspondientes.
Participar en actividades de planificación e instrumentación
de políticas diseñadas por la Dirección General
de Bienestar Universitario en relación al funcionamiento
de los comedores.
Supervisar y evaluar el cumplimiento de los planes establecidos.
Sugerir las medidas necesarias para lograr una mayor equidad en
la atención de los estudiantes radicados en el interior.
REQUISITOS DEL CARGO
Aptitud moral y psico-física -Comprobar aptitud
moral y tener aptitud psico- física, certificada por la
División Universitaria de la Salud.
Requisitos especiales
· Radicación en el Departamento de Salto.
· Deberá contar con tiempo disponible para orientación
en el Servicio de Asistencia Alimentaria del SCBU en Montevideo.
· Condiciones físicas necesarias para desplazarse
en las diversas áreas del Servicio, con suficiente desarrollo
en los sentidos de la vista, el olfato y el gusto para apreciar
calidad, estado y presentación de los alimentos, así
como audición normal o con corrección adecuada para
establecer una comunicación eficaz.
FORMACIÓN
Básica
· Egresado de la Escuela de Nutrición y Dietética
de la Universidad de la República con título registrado
y habilitado ante el Ministerio de Salud Pública.
Conocimientos específicos
Conocimientos de Administración de Recursos Humanos y
Materiales.
Conocimientos de administración de alimentos, elaboración
de planes de menú y guías de consumo.
Competencias comportamentales/sociales/participativas
· Capacidad para establecer interrelaciones armónicas
y dinámicas creando un buen clima de trabajo.
· Interés social que lo motive a cumplir los objetivos
de la Universidad de la República y del Servicio Central
de Bienestar Universitario frente a la comunidad.
· Estabilidad emocional en sus relaciones laborales.
· Iniciativa para introducir mejoras en el trabajo diario
y solucionar situaciones de emergencias.
Competencias metodológicas/intelectuales
· Capacidad de determinar métodos de trabajo demostrando
integridad y ecuanimidad con los funcionarios a su cargo.
· Capacidad para organizar e integrar grupos de trabajo
y obtener la colaboración del personal con que trabaje,
así como integrar el equipo interdisciplinario del SCBU.
· Interés por la labor científica, docente
y técnico-administrativa.
· Interés en la actualización permanente
de conocimientos, que permitará elevar el nivel de prestación
en las áreas inherentes al cargo.
· Capacidad de realizar cálculos porcentuales sobre
su Servicio a prestar.
INTERRELACIONES JERÁRQUICAS
Depende del Director de Comedores, Jefe de Servicio o Jefe de
Sección. Si bien su dependencia directa es del Servicio
Central de Bienestar Universitario y será controlado funcional
y administrativamente por el Director de la Regional Norte.
Supervisa a los funcionarios encargados de la preparación
o servicio de la comida.
PRINCIPALES FUNCIONES
· Participa en la programación del menú,
determinando número y tamaño de las porciones.
· Dirigir y supervisar la elaboración y el servicio
de los menú de acuerdo a las normas preestablecidas.
· Mantener información actualizada sobre la calidad
del menú.
· Orientar al personal de su sector para el desempeño
de sus funciones.
· Instruir específicamente al personal, con la periodicidad
que se estime conveniente, sobre el significado e importancia
del valor nutricional de los alimentos y presentación de
los mismos, enfatizando lo relativo a la higiene personal y ambiental,
y demás puntos que fueren considerados de interés
en su oportunidad.
· Supervisar la higiene personal de los responsables del
servicio y el cuidado en higiene del local, de los equipos y materiales.
· Promover buenas relaciones entre los responsables del
sistema y los usuarios.
· Programar las tareas de los responsables del sector entregándoles
rutinas escritas y supervisar su cumplimiento.
· Evaluar el desempeño de los responsables de brindar
la prestación.
· Informar sobre la actuación del funcionamiento
del servicio a requerimiento de las autoridades o cuando se considere
oportuno.
· Realizar y/o disponer y supervisar la realización
de las tareas administrativas necesarias para el desempeño
de sus funciones.
· Realizar los trámites administrativos relativos
a los usuarios del servicio, instrumentando los controles correspondientes
a la existencia de los becarios y el cumplimiento del reglamento
respectivo.
· Controlar la entrada y almacenamiento de víveres,
existencia de equipos, utensilios, vajilla y demás útiles.
· Coordinar con el Jefe de Cocina la ejecución del
trabajo impartiéndole instrucciones acerca de los procedimientos
técnicos a seguir.
· Proponer a la Dirección de Comedores la revisión
o adaptación y estandarización de recetas culinarias,
con objeto de lograr el mayor rendimiento de los alimentos.
· Participar en las reuniones del cuerpo técnico
tendientes a unificar criterios de funcionamiento, y evaluación
integrando equipos interdisciplinarios especialmente con técnico
y funcionarios asignados a la unidad del SCBU a los efectos de
coordinar todas las acciones.
· Preparar informes y estadísticas; y realizar investigaciones
que sean de interés para el Servicio.
· Realizar tareas relacionadas y aquellas que se le deleguen.
BASES PARA LA PROVISIÓN INTERINA DEL CARGO
DE
LICENCIADO EN NUTRICIÓN PARA REGIONAL NORTE - SALTO
DENOMINACIÓN: Licenciado en Nutrición
CARACTERÍSTICAS: Escalafón A, Sub escalafón
2, Grado 10, Profesional III
CARACTERÍSTICAS DE LA DESIGNACIÓN: Interino
TIPO, REQUISITOS Y CLASE DE LLAMADO
Tipo de concurso: Abierto
Requisitos:
Podrán participar en el concurso todos los ciudadanos
que reúnan los siguientes requisitos:
a) egresados de la Escuela de Nutrición y Dietética
con título de Licenciado en Nutrición o reválida
correspondiente, registrado y habilitado ante el Ministerio de
Salud Pública,
b) para tomar posesión del cargo deberá residir
en el Departamento de Salto
Documentos que deben acompañar la solicitud de inscripción
En el momento de la inscripción será indispensable
acompañar la solicitud con la presentación de los
siguientes documentos:
- Cédula de identidad
- Credencial Cívica
- Título de Licenciado en Nutrición, registrado
y habilitado por el MSP
- Certificados que acrediten:
* Actividad laboral en otras instituciones públicas o privadas
con determinación de cargos, carácter de los mismos
y período de ejercicio con firma del responsable.
Reseña de tareas desempeñadas por el concursante
en la o las dependencias donde presto servicios. La misma será
expedida por sus superior inmediato con datos del mismo para establecer
contacto.
* Relación de antecedentes, siguiendo el orden establecido
en las Bases, con las certificaciones que los acrediten (certificados
de estudio, escolaridad, cursos, concursos y otros). La certificación
de los cursos deberá indicar: contenido, carga horaria,
forma de aprobación, e institución.
Los documentos deberán ser legibles, se podrá
entregar fotocopias, las que deberán ser autenticadas en
el momento de la inscripción con la presentación
de los originales, exhibiéndose éstos en el mismo
orden en que se presenten las copias.
CLASE DEL LLAMADO
Llamado a aspirantes: Antecedentes y entrevista
1. ANTECEDENTES: Hasta 50 puntos
1.1 Formación: hasta 35 puntos
1.1.1 Escolaridad: hasta 15 puntos
1.1.2 Cursos de postgrado: hasta 10 puntos
1.1.3 Otros cursos: hasta 5 puntos
1.1.4 Otros méritos: hasta 5 puntos
1.2 Experiencia : hasta 15 puntos
1.2.1 Actuación en la Universidad de la República
en cargo similar y forma de ingreso: hasta 5 puntos
1.2.2 Actuación en entidades públicas o privadas
en cargos en cargos similares, y forma de ingreso: hasta 3 puntos
1.2.3 Actividad docente: hasta 5 puntos
1.2.4 Actuación en el Cogobierno Universitario: hasta 2
puntos
NOTA
-Solamente serán considerados los antecedentes que estén
debidamente documentados.
-La presentación de los antecedentes deberá seguir
el orden establecido en las Bases.
-Las constancias referentes a cursos y talleres, deberán
acreditar, en lo posible, carga horaria y evaluación.
2. Entrevista: Hasta 50 puntos
Comisión Asesora: Ing. Agrónomo Aníbal Nuñez,
Director de la Regional Norte, Lic .Nutrición Daisy García,
Directora del Servicio de Alimentación y Lic. Alicia Rodríguez
de Comedores Universitarios. Alterno de integración automática,
Dr. Jorge Venegas Presidente de la Comisión Directiva del
SCBU.
Deberá tomarse en cuenta actuaciones de trabajo posibles
lineas a desarrollar desde las características del cargo
a posible resolución a situaciones de problemas.
Nota: La no obtención de un mínimo del 50%
del puntaje de los ítems 1 y 2 así como la no concurrencia
a la entrevista será causal eliminatoria.
Formulario de Ingreso
DESCRIPCIÓN CARGO DE AUXILIAR DE ODONTÓLOGO.
DENOMINACIÓN: Auxiliar de Odontólogo.
CARACTERÍSTICAS: Escalafón B, sub escalafón
1, Nivel Operativo
Técnico III, Grado 6
Técnico II, Grado 7
Técnico I, Grado 8
PROPÓSITO
Realiza funciones de instrumentista, apoyo y administración
(asistencia al paciente).
Contribuye con el Odontólogo o estudiante, en la preparación
y suministro de materiales, instrumentos, equipos y otros.
REQUISITOS Y COMPETENCIAS DEL CARGO
Requisitos psico-físicos - Comprobar aptitud moral,
y tener aptitud psico-física, certificada por la División
Universitaria de la Salud.
Requsitos físicos - Aptitud para permanecer la
mayor parte de la jornada de pie.
Competencias comportamentales/sociales/participativas
· Habilidades y aptitudes para desempeñarse durante
la consulta.
· Capacidad para trabajar en equipo demostrando habilidades
para mantener relaciones formales y personales.
· Flexibilidad, disposición para adaptarse a diferentes
tareas según la situación planteada.
· Capacidad e interés de aprender nuevos conocimientos
para el desarrollo de sus tareas.
· Aptitud para lograr una comunicación eficaz y
fluida con personas de diferentes niveles intelectuales y culturales.
· Estabilidad emocional e iniciativa para atender situaciones
de emergencia.
· Responsabilidad en el desempeño de sus tareas.
· Iniciativa para aportar soluciones actuando en forma
preventiva ante la posible falta de instrumental u otro material
necesario para el correcto funcionamiento del servicio.
Competencias intelectuales-metodológicas.
· Velocidad de percepción para hacerse cargo rápidamente
de las diferentes situaciones que pueden plantearse.
· Aptitud y actitud para mantenerse actualizado con referencia
a los avances tecnológicos.
· Capacidad analítica y actitud crítica y
constructiva para formular propuestas.
· Memoria visual y específicamente, de ubicación
de objetos en un espacio, para una mejor colaboración con
odontólogos, tanto en la clínica como en cirugía.
FORMACIÓN Y EXPERIENCIA
Formación:
Título habilitante de Asistente Dental, expedido por la
Escuela de Tecnología Odontológica de la Facultad
de Odontología.
Experiencia:
Experiencia calificada en tareas similares.
INTERRELACIONES JERÁRQUICAS
· Supervisado jerárquicamente por el Jefe de Asistentes
Dentales y técnicamente por el odontólogo al cual
está asistiendo.
· No tiene personal a su cargo.
FUNCIONES DEL CARGO
· Atender al paciente, brindándole la información
que le solicite y realizar el fichado del mismo. Si el paciente
debiere ser intervenido quirúrgicamente, deberá
realizar la preparación del mismo, confeccionando su ficha
clínica y de registro, así como el control de presión
arterial y temperatura luego de la intervención.
· Entregar el material para biopsias en la Cátedra
de Anatomía Patológica.
· Realizar los pedidos de materiales odontológicos
en Suministros, distribuirlos y controlar su uso durante la atención
en las clínicas.
· Aprovisionar cada Farmacia con el material impreso correspondiente
a cada Clínica.
· Cumplir las normas de bioseguridad e higiene.
· Preparar antes del comienzo de la clínica y mantenerlos
durante el desarrollo de ésta todos los materiales e instrumental
necesarios para permitir su normal funcionamiento, dejando el
mismo con el acondicionamiento necesario al culminar la actividad
de ésta.
· Preparar gasas y agujas de sutura, así como picetas
con antiséptico.
· Preparar materiales odontológicos durante la clínica.
· Preparar porciones de alginato, yesos y otros materiales,
así como hipoclorito para sus diferentes usos.
· Preparar la ropa, enviando la sucia al lavadero y retirando
la limpia y esterilizada del Centro de Materiales.
· Proporcionar al Odontólogo todo lo necesario para
la atención al paciente.
· Entregar el material e instrumental en calidad de préstamo
a docentes y estudiantes, realizando el control del mismo al ser
entregados y devueltos.
· Entregar y controlar los modelos de estudio de Ortopedia
y Ortodoncia a docentes y estudiantes.
· Esterilizar el instrumental perteneciente a los estudiantes.
· Realizar el préstamo y control de homosuctores
y lámparas de fotocurado a docentes y estudiantes.
· Realizar el inventario de materiales e instrumental,
siempre que le sea solicitado por el Jefe del Sector.
· Descontaminar, lavar y esterilizar el instrumental utilizado
en la clínica.
· Poner en conocimiento de los encargados de los distintos
sectores (Mantenimiento, Servicios Generales y otros) de situaciones
surgidas en el correr de la clínica que puedan alterar
el normal desarrollo de las mismas.
· Realizar actividades relacionadas y aquellas que se le
encomendaren.
BASES PARA LA PROVISIÓN EN EFECTIVIDAD DE CARGOS DE
AUXILIAR DE ODONTÓLOGO
DENOMINACIÓN: Auxiliar de Odontólogo
CARACTERÍSTICAS:Escalafón B, Sub escalafón
1, Grado 6, Técnico III
CARACTER DE LA DESIGNACIÓN: Efectivo
Será de aplicación el Art. 5° del Estatuto
de los Funcionarios No Docentes de la Universidad de la República
y el cual se transcribe a continuación.
Art. 5º-Provisoriato- "Los funcionarios que ingresen
a la Universidad, cualquiera fuere la naturaleza del vínculo,
serán designados provisionalmente, pudiendo ser separados
por decreto fundado, dentro del plazo de seis meses contados a
partir de la toma de posesión, por la autoridad que los
nombró.
Transcurrido el plazo del inciso anterior, el funcionario adquiere
ipso jure, derecho al desempeño interino o efectivo del
cargo, quedando amparado por el presente Estatuto".
Cantidad de cargos a proveer : según la necesidad de personal
de los servicios.
TIPO, REQUISITOS Y CLASE DE CONCURSO
Tipo de concurso: Abierto
Requisitos:
· Podrán postularse todos los ciudadanos de la
República, que posean el título habilitante de Asistente
Dental, expedido por la Escuela de Tecnología Odontológica
de la Facultad de Odontología.
Clase de concurso: Antecedentes y pruebas.
DOCUMENTOS QUE DEBEN ACOMPAÑAR LA SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN
· Cédula de Identidad
· Credencial Cívica
· Título habilitante de Asistente Dental, expedido
por la Escuela de Tecnología Odontológica de la
Facultad de Odontología. Original y copia
· Relación de antecedentes (currículum vitae).
Original y copia
· Certificados y constancias correspondientes. Original
y copia
En caso de que los inscriptos superen las cincuenta personas,
el Tribunal considerará solamente la postulación
de los cincuenta que reúnan el mayor puntaje de escolaridad
quedando los restantes excluidos del proceso del concurso.
Quedan exceptuados de la preselección por escolaridad los
actuales funcionarios, becarios y pasantes de la UdelaR.
1. ANTECEDENTES: hasta 100 puntos
1.1Formación: hasta 50 puntos
1.1.1 Títulos, escolaridad y otra formación relacionada
con el cargo: hasta 20 puntos
1.1.2 Actualización técnica específica (cursos
de capacitación, congresos, seminarios y otros eventos
): hasta 20 puntos
1.1.3 Otros estudios (informática, idiomas y otra capacitación
general que repercuta en un mejor desempeño del cargo ):
hasta 10 puntos
1.2Experiencia laboral relacionada con el cargo: hasta 40 puntos
1.2.1 En la Universidad de la República: hasta 20 puntos
1.2.2 En otros organismos públicos: hasta 10 puntos
1.2.3 En cargos privados de asistencia colectiva y o particular:
hasta 10 puntos
1.3 Otros méritos: hasta 10 puntos
1.3.1 Participación en proyectos de investigación,
extensión, académicos y/o
asistenciales; participación en actividades educativas
y otras relacionadas
con las funciones del cargo, no ponderadas en los ítems
anteriores: hasta 10 puntos
NOTA
-Solamente serán considerados los antecedentes que estén
debidamente documentados.
-La presentación de los antecedentes deberá seguir
el orden establecido en las Bases.
-Los documentos deberán ser legibles, se entregarán
fotocopias que se autenticarán en el momento de la inscripción
con la presentación de los originales, éstos deberán
ser exhibidos en el mismo orden en que se presentan las copias.
-Las constancias referentes a cursos y talleres, deberán
acreditar, en lo posible, carga horaria y evaluación.
-En lo referente a la experiencia laboral:
-los funcionarios de la Udelar deberán presentar una reseña
de tareas expedida por su superior inmediato.
-para el resto de los concursantes, deberán presentar en
lo posible una reseña de tareas expedida por su empleador,
con datos del mismo para establecer contacto.
2.PRUEBAS: hasta 150 puntos
2.1 Prueba teórica: hasta 75 puntos
Consistirá en una prueba escrita (múltiple opción
) sobre los siguientes temas:
a) Concepto de Salud y Atención Primaria de la Salud.
Concepto de Equipo de Salud. Delegación de Tareas.
Personal Auxiliar en Odontología
b) Funciones del Auxiliar de Odontología en el control
microbiológico del instrumental, materiales y medio ambiente
odontológico.
c) Normas de bioseguridad, concepto, elementos y mecanismos de
protección. Antisépticos y Desinfectantes.
e) Preparación de distintos materiales de uso odontológico.
Nociones sobre características y composición de
los mismos.
2.2 Prueba práctica : hasta 75 puntos
Mediante sorteo, entre el temario abajo indicado, se le asignará
al postulante la prueba a realizar.
a) Reconocimiento de instrumental de uso odontológico.
b) Preparación de una mesa de trabajo. Sorteándose
si será de: Operatoria Dental, Endodoncia, Cirugía,
Prótesis, Ortodoncia o Periodoncia.
c) Preparación de un material de restauración y
uno de impresión.
NOTA:
El concursante que no alcance el 50% del puntaje de cada una de
las pruebas quedará eliminado.
INFORMACIÓN GENERAL
1) NORMATIVA APLICABLE
Las instancias concursivas se realizaran en el marco de las disposiciones
generales existentes en la materia, particularmente lo establecido
en la Constitución Nacional, la Ley Orgánica de
la Universidad de la República, el Estatuto de los Funcionarios
No Docentes, la Reestructura Escalafonaria, la Ordenanza de Concursos
y la Ordenanza de Ascensos.
2) PRIMER ACTO DEL CONCURSO
2.1) En el momento de la inscripción los aspirantes serán
notificados de la fecha del primer acto del concurso.
En este acto se dará lectura publica de:
- la nómina de los miembros del tribunal
- la nómina de inscriptos que reúnan los requisitos
establecidos en las bases.
- la relación de antecedentes presentados por los aspirantes,
si algún aspirante así lo solicita.
2.2) Elección del representante:
Los concursantes podrán elegir a su representante, titular
y suplente, mediante voto no obligatorio, reservado y anónimo.
Los requisitos para ser representantes y el procedimiento electoral
seguirán lo establecido en los Arts.14,15 y 16 de la Ordenanza
de Concursos para la provisión de cargos no docentes
3) OBSERVACIONES E IMPUGNACIONES
3.1) Art.8 de la Ordenanza de Concursos para la provisión
de cargos no docentes - Primer acto de concurso ....."Los
concursantes podrán objetar los méritos presentados
por otros concursantes dentro de los dos días hábiles
siguientes a la realización del primer acto del concurso".
3.2) Art.19 de la Ordenanza de Concursos para la provisión
de cargos no docentes - Impugnación. "Los concursantes
podrán recusar a los integrantes del Tribunal ante el Rector
de la Universidad de la República quien resolverá
sin ulterior instancia en el concurso. Tal impugnación
podrá formularse dentro de los dos días hábiles
siguientes a la fecha de notificación a los concursantes
del acto de designación o elección, en su caso,
del miembro del Tribunal destinatario de la recusación.
3.3) Art.29 de la Ordenanza de Concursos para la provisión
de cargos no docentes - Inapelabilidad del Contenido. El fallo
definitivo del Tribunal será inapelable en cuanto al contenido.
Por vicios graves de procedimiento podrá declararse la
nulidad total o parcial.
3.4) Art.31 de la Ordenanza de Concursos para la provisión
de cargos no docentes - Plazo para su presentación. Las
observaciones que se formulen sobre supuestos vicios de forma
de las pruebas o en la calificación de los antecedentes
deberá ser enviada al Tribunal. "Los concursantes
dispondrán de dos días hábiles, siguientes
a la terminación del acto impugnado, a fin de plantear
tales observaciones".
3.5) Art.32 de la Ordenanza de Concursos para la provisión
de cargos no docentes - Procedimiento. " El Tribunal, si
lo considera pertinente, está habilitado para corregir
el vicio. En caso contrario, elevará inmediatamente todos
los antecedentes al Consejo Directivo Central, debiendo esperar
la resolución de éste antes de continuarse con el
concurso.
El Consejo Directivo Central adoptará resolución
en el plazo estipulado en el Articulo 25".
Mediante esa resolución, el Consejo Directivo Central podrá
confirmar la actuación del Tribunal o declarar la nulidad
parcial del concurso. En este caso, deberán complementarse
las etapas o actuaciones correspondientes.
4) RESPONSABILIDAD DE LOS CONCURSANTES
4.1) Art.9 de la Ordenanza de Concursos para la provisión
de cargos no docentes - Carga de los concursantes- "Los concursantes
deberán concurrir a todos los actos del concurso"
4.2) Art.10 de la Ordenanza de Concursos para la provisión
de cargos no docentes - Notificaciones - "..... Los concursantes
imposibilitados de concurrir a algún acto del concurso,
podrán tomar conocimiento de lo allí actuado por
quien los represente, siendo suficiente para ello la presentación
de una nota suscrita por el ausente"
4.3) Art.24 de la Ordenanza de Concursos para la provisión
de cargos no docentes - Inconducta de los concursantes - "El
Tribunal hará saber de inmediato al Consejo Directivo Central
de toda actuación de los concursantes que pueda merecer
sanción, y en tal caso el concurso quedará interrumpido".
4.4) Art.25 de la Ordenanza de Concursos para la provisión
de cargos no docentes - Sanciones a los concursantes - "El
Consejo Directivo Central dispondrá de treinta días
para tomar resolución, plazo que se computará a
partir de la incorporación del punto en el Orden del día".
Las sanciones a los concursantes podrán consistir en amonestación,
eliminación del concurso o prohibición de presentarse
a nuevos concursos, pudiendo llegar ésta hasta un límite
de cinco años. Esta sanción se aplicará en
casos de inconductas de los concursantes de especial gravedad.
Tales sanciones se impondrán sin perjuicio de la responsabilidad
que tuvieren tratándose de universitarios. En el caso que
corresponda, se dejará constancia en el legajo personal".
5) DESIGNACIONES
5.1) Previo a la designación del postulante, deberá
comprobar la aptitud moral mediante la presentación de
certificado de buena conducta y tener aptitud psico-física
certificada por la División Universitaria de la Salud (D.U.S).
5.2) Las designaciones se realizarán respetando el orden
de prelación y las necesidades de los servicios universitarios
bajo el régimen de circunscripción única.
5.3) Art.35 de la Ordenanza de Concursos para la provisión
de cargos no docentes- Vigencia del orden de prelación
- "El orden de prelación resultante de los concursos
de ingreso tendrá una vigencia por un único período
de dos años"...
5.4) Art.17 de la Ordenanza de ascensos de los funcionarios no
docentes de la Universidad de la República- Vigencia -
"El orden de prelación tendrá vigencia por
un único período que será improrrogable,
de acuerdo al siguiente detalle:
- Concursos de méritos para cargos de nivel operativo:
un año.
- Concursos de méritos y oposición para cargos de
nivel operativo: dos años.
- Concursos de méritos y oposición para cargos de
nivel de conducción: tres años.
Formulario de Ingreso
DESCRIPCIÓN DEL CARGO DE CARPINTERO
DENOMINACIÓN: Carpintero
CARACTERÍSTICAS: Escalafón E, sub escalafón
2, Grado 6, Oficial Intermedio I
Grado 5, Oficial Intermedio II
Grado 4, Oficial Intermedio III
PROPÓSITO:
Esta capacitado para construir y mantener la carpintería,
mobiliario, equipo e instalaciones de madera y efectuar tareas
relacionadas.
REQUISITOS Y COMPETENCIAS DEL CARGO
Aptitud moral y psicofísica - Comprobar aptitud
moral y tener aptitud psico-física, certificada por la
División Universitaria de la Salud.
Requisitos físicos - Debe poseer las condiciones
físicas necesarias para permanecer de pie, subir y bajar
escaleras, agacharse, levantar y trasladar pesos.
Formación básica
Diploma/Certificado habilitante de Carpintero de UTU, o certificado
de idoneidad expedido por la misma.
Experiencia
Se tomara en cuenta , la experiencia en cargos similares.
Se valorará poseer conocimientos de los métodos
de seguridad en su trabajo.
Competencias
· Capacidad de mantener una eficaz y fluida comunicación.
· Responsabilidad en el desempeño de sus tareas.
· Flexibilidad y disposición de adaptación
a las diferentes situaciones.
· Capacidad para trabajar en equipo.
· Facilidad numérica para realizar cálculos
sencillos.
· Capacidad para realizar razonamientos simples de tipo
inductivo o deductivo.
· Visualización espacial para interpretar planos
de construcción o instalaciones.
INTERRELACIONES JERÁRQUICAS
Supervisado por el Jefe de Sección (Nivel de Conducción
I), o en caso de ausencia de éste por el Nivel de Conducción
superiores.
No tiene personal a su cargo.
FUNCIONES DEL CARGO:
· Construir y mantener la carpintería estructural,
mobiliario, equipo e instalaciones de madera.
· Reponer los regatones y tornillos del mobiliario de carpintería
metálica, así como el engrase de aquellas piezas
móviles que lo requieran (muebles de desplazamiento horizontal
y sillas de altura ajustables).
· Modificar aquellos muebles que por su naturaleza se adapten
a distintos requerimientos.
· Preservar el metal y la madera mediante la protección
y pinturas.
· Detectar y reparar el descolado, destornillado, etc.
que generen un progresivo deterioro del mueble.
· Realizar el ajustes de aberturas y de los sistemas de
cerradura.
· Reparar, sustituir los herrajes (bisagras, pomelas, cerraduras)
y mantenerlos lubricados.
· Utilizar adecuadamente: herramientas, instrumentos, equipo
y materiales utilizados en su oficio.
· Ejecutar los trabajos en forma limpia, ordenada, con
buena terminación y uso adecuado y económico de
los materiales llevando registro de trabajo en los formularios
o fichas que se adopten.
· Utilizar elementos de protección en la vestimenta,
herramientas y material
· Realizar otras tareas relacionadas con su oficio.
BASES CONCURSO DE ASCENSO EN LA CARRERA DE CARPINTERO
DENOMINACIÓN: Carpintero
CARACTERÍSTICAS: Escalafón E, Sub escalafón
2, Grado 6 , Oficial Intermedio I
CARACTERÍSTICAS DE LA DESIGNACIÓN: Efectivo
Art.2°-Principio General- de la Ordenanza de Ascensos
de los Funcionarios No Docentes de la Universidad de la República
... "Los cargos ocupados como consecuencia de un concursos
de ascenso, tendrán siempre carácter titular"..
TIPO, REQUISITOS Y CLASE DE CONCURSO
Tipo de concurso: Cerrado
Requisitos
A) Quienes participan:
Podrán participar en el concurso los funcionarios que
revistan en efectividad en cargos de grado 4 o 5 (Oficial Intermedio
III y II respectivamente) del sub escalafón E2 en la carrera
de Carpintero y que tengan una antigüedad mínima de
2 años en la carrera de Carpintero.
(Res. N°40 del Consejo Directivo Central de fecha 22 de
febrero de 2005)
B) Documentos que deben acompañar la solicitud de inscripción
En el momento de la inscripción será indispensable
acompañar la solicitud con la presentación de los
siguientes documentos:
- Cédula de identidad
- Certificados que acrediten:
· Actuación funcional, conteniendo: escalafón,
grado, período de ejercicio y carácter de los cargos
que ha desempeñado en la Universidad de la República.
Esta certificación debe ser expedida por la Sección
Personal y avalada por la máxima
autoridad administrativa del servicio.
· Reseña de tareas certificadas por el superior
y avaladas por la máxima autoridad administrativa del servicio.
En los casos en que el funcionario revistando en un cargo de otra
carrera haya desempeñado
tareas de carpintero, deberá especificar período,
lugar de desempeño y tareas realizadas.
· Relación de antecedentes, siguiendo el orden establecido
en las Bases, con las certificaciones que los acrediten (certificados
de estudio, escolaridad, cursos, concursos y otros). La certificación
de los cursos deberá indicar: contenido, carga horaria,
forma de aprobación, e institución.
· Los documentos deberán ser legibles, se entregarán
fotocopias que deberán autentificarse en el momento de
la inscripción con la presentación de los originales,
exhibiéndose éstos en el mismo orden en que se presenten
las copias.
Clase de concurso: Antecedentes y prueba
1. ANTECEDENTES :hasta 100 puntos
1.1 Formación
1.1.1 Educación formal (Secundaria, certificado o diploma
relacionado con el cargo y expedido por UTU,o por Instituciones
habilitadas ) :hasta 20 puntos
1.1.2 Capacitación relacionada con el cargo : hasta 10
puntos
1.2 Experiencia
1.2.1 Actividad en la Universidad de la República
1.2.1.1 Antigüedad que exceda la requerida como requisito
: hasta 15 puntos
1.2.1.2 Carrera funcional en la UdelaR, evaluación del
Servicio, informe
sobre asistencia y puntualidad :hasta 15 puntos
1.2.1.3 Concursos y llamados a aspirantes :hasta 10 puntos
1.2.14. Trabajos especiales (informe del responsable) :hasta 10
puntos
1.2.2 Actividad externa a la Universidad de la República
1.2.2.1 Actividad laboral en el ámbito privado o público
exceptuando la Universidad de la República en actividades
que guarden relación con el cargo a concursar :hasta 15
puntos
1.2.2.2 Docencia :hasta 5 puntos
1.3 Deméritos
En la calificación de los antecedentes, el Tribunal descontará
los siguientes puntajes por cada falta sancionada que conste en
el legajo personal y haya sido dispuesta por autoridades legítimas.
( Res. Nº65 CDC del 2.07.85.)
Sanciones y suspensiones Detracciones
Más de 3 meses : 30 puntos
Más de 2 meses hasta 3 meses : 28 puntos
Más de 1 mes hasta 2 meses : 25 puntos
De 11 días a 1 mes : 15 puntos
De 4 a 10 días: 10 puntos
Hasta 3 días: 6 puntos
Apercibimiento, Amonestación y Observación: 3 puntos
Vigencia de los deméritos
· hasta 6 puntos, no serán considerados pasados
3 años de su aplicación,
· hasta 15 puntos, no serán considerados pasados
los 5 años de su aplicación, · superiores
a 15 puntos no serán considerados pasados los 7 años
de su aplicación.
· Para los funcionarios de Hospital de Clínicas,
no se tomarán en cuenta las sanciones aplicadas por incumplimiento
a las obligaciones de : asistencia, puntualidad, presencia, cuando
se trate de suspensiones menores o iguales a tres días.
Nota
Solamente serán considerados los antecedentes que estén
debidamente documentados.
Los legajos serán solicitados por el Tribunal a las respectivas
dependencias de personal
El informe de asistencia y puntualidad (1.2.1.2) será considerado
en los tres últimos años de desempeño. Tomándose
como referencia los datos registrados en los legajos respectivos.
2. PRUEBA : hasta 150 puntos
2.1 Prueba específica: hasta 120 puntos
La prueba será la que el Tribunal juzgue necesaria para
comprobar la destreza en las tareas propias de las funciones de
Carpintero. Asimismo, se tomará en cuenta la aplicación
de medidas de prevención y protección de Salud en
el Trabajo.
2.2 Prueba sobre Normativa : hasta 30 puntos
Ley Orgánica: Capítulos; I Arts. 1,2,3,4,5
II Art. 6
VIII Arts. 48,49,50,51;
IX Arts. 56,57,60;
Estatuto del Personal no docente, Ordenanza de Licencias y Ordenanza
de Asistencia
Nota: Para seguir en el proceso concursivo deberá
contar con el 50% del puntaje en cada uno de los items 2.1 y 2.2
Quienes culminen el proceso conformarán un cuadro por orden
de prelación.
INFORMACIÓN GENERAL
1) NORMATIVA APLICABLE
Las instancias concursivas se realizaran en el marco de las disposiciones
generales existentes en la materia, particularmente lo establecido
en la Constitución Nacional, la Ley Orgánica de
la Universidad de la República, el Estatuto de los Funcionarios
No Docentes, la Reestructura Escalafonaria, la Ordenanza de Concursos
y la Ordenanza de Ascensos.
2) PRIMER ACTO DEL CONCURSO
2.1) En el momento de la inscripción los aspirantes serán
notificados de la fecha del primer acto del concurso.
En este acto se dará lectura publica de:
- la nómina de los miembros del tribunal
- la nómina de inscriptos que reúnan los requisitos
establecidos en las bases.
- la relación de antecedentes presentados por los aspirantes,
si algún aspirante así lo solicita.
2.2) Elección del representante:
Los concursantes podrán elegir a su representante, titular
y suplente, mediante voto no obligatorio, reservado y anónimo.
Los requisitos para ser representantes y el procedimiento electoral
seguirán lo establecido en los Arts.14,15 y 16 de la Ordenanza
de Concursos para la provisión de cargos no docentes
3) OBSERVACIONES E IMPUGNACIONES
3.1) Art.8 de la Ordenanza de Concursos para la provisión
de cargos no docentes - Primer acto de concurso ....."Los
concursantes podrán objetar los méritos presentados
por otros concursantes dentro de los dos días hábiles
siguientes a la realización del primer acto del concurso".
3.2) Art.19 de la Ordenanza de Concursos para la provisión
de cargos no docentes - Impugnación. "Los concursantes
podrán recusar a los integrantes del Tribunal ante el Rector
de la Universidad de la República quien resolverá
sin ulterior instancia en el concurso. Tal impugnación
podrá formularse dentro de los dos días hábiles
siguientes a la fecha de notificación a los concursantes
del acto de designación o elección, en su caso,
del miembro del Tribunal destinatario de la recusación.
3.3) Art.29 de la Ordenanza de Concursos para la provisión
de cargos no docentes - Inapelabilidad del Contenido. El fallo
definitivo del Tribunal será inapelable en cuanto al contenido.
Por vicios graves de procedimiento podrá declararse la
nulidad total o parcial.
3.4) Art.31 de la Ordenanza de Concursos para la provisión
de cargos no docentes - Plazo para su presentación. Las
observaciones que se formulen sobre supuestos vicios de forma
de las pruebas o en la calificación de los antecedentes
deberá ser enviada al Tribunal. "Los concursantes
dispondrán de dos días hábiles, siguientes
a la terminación del acto impugnado, a fin de plantear
tales observaciones".
3.5) Art.32 de la Ordenanza de Concursos para la provisión
de cargos no docentes - Procedimiento. " El Tribunal, si
lo considera pertinente, está habilitado para corregir
el vicio. En caso contrario, elevará inmediatamente todos
los antecedentes al Consejo Directivo Central, debiendo esperar
la resolución de éste antes de continuarse con el
concurso.
El Consejo Directivo Central adoptará resolución
en el plazo estipulado en el Articulo 25".
Mediante esa resolución, el Consejo Directivo Central podrá
confirmar la actuación del Tribunal o declarar la nulidad
parcial del concurso. En este caso, deberán complementarse
las etapas o actuaciones correspondientes.
4) RESPONSABILIDAD DE LOS CONCURSANTES
4.1) Art.9 de la Ordenanza de Concursos para la provisión
de cargos no docentes - Carga de los concursantes- "Los concursantes
deberán concurrir a todos los actos del concurso"
4.2) Art.10 de la Ordenanza de Concursos para la provisión
de cargos no docentes - Notificaciones - "..... Los concursantes
imposibilitados de concurrir a algún acto del concurso,
podrán tomar conocimiento de lo allí actuado por
quien los represente, siendo suficiente para ello la presentación
de una nota suscrita por el ausente"
4.3) Art.24 de la Ordenanza de Concursos para la provisión
de cargos no docentes - Inconducta de los concursantes - "El
Tribunal hará saber de inmediato al Consejo Directivo Central
de toda actuación de los concursantes que pueda merecer
sanción, y en tal caso el concurso quedará interrumpido".
4.4) Art.25 de la Ordenanza de Concursos para la provisión
de cargos no docentes - Sanciones a los concursantes - "El
Consejo Directivo Central dispondrá de treinta días
para tomar resolución, plazo que se computará a
partir de la incorporación del punto en el Orden del día".
Las sanciones a los concursantes podrán consistir en amonestación,
eliminación del concurso o prohibición de presentarse
a nuevos concursos, pudiendo llegar ésta hasta un límite
de cinco años. Esta sanción se aplicará en
casos de inconductas de los concursantes de especial gravedad.
Tales sanciones se impondrán sin perjuicio de la responsabilidad
que tuvieren tratándose de universitarios. En el caso que
corresponda, se dejará constancia en el legajo personal".
5) DESIGNACIONES
5.1) Previo a la designación del postulante, deberá
comprobar la aptitud moral mediante la presentación de
certificado de buena conducta y tener aptitud psico-física
certificada por la División Universitaria de la Salud (D.U.S).
5.2) Las designaciones se realizarán respetando el orden
de prelación y las necesidades de los servicios universitarios
bajo el régimen de circunscripción única.
5.3) Art.35 de la Ordenanza de Concursos para la provisión
de cargos no docentes- Vigencia del orden de prelación
- "El orden de prelación resultante de los concursos
de ingreso tendrá una vigencia por un único período
de dos años"...
5.4) Art.17 de la Ordenanza de ascensos de los funcionarios no
docentes de la Universidad de la República- Vigencia -
"El orden de prelación tendrá vigencia por
un único período que será improrrogable,
de acuerdo al siguiente detalle:
- Concursos de méritos para cargos de nivel operativo:
un año.
- Concursos de méritos y oposición para cargos de
nivel operativo: dos años.
-Concursos de méritos y oposición para cargos de
nivel de conducción: tres años.
Formulario
Ascenso Cargo No Docente
DESCRIPCIÓN DEL CARGO DE PRACTICANTE
DE LABORATORIO QUÍMICO DEL DEPARTAMENTO DE DESARROLLO BIOTECNOLÓGICO
Y DIVISIÓN PRODUCCIÓN DEL INSTITUTO DE HIGIENE
TÍTULO GENÉRICO: Técnico B2
TÍTULO ESPECÍFICO: Practicante de Laboratorio
Químico
ESCALAFÓN: B sub escalafón 2, grado 7, Técnico
III
PROPÓSITO
Contribuir al logro de los objetivos del Departamento de Desarrollo
Biotecnológico y División Producción, mediante
el desarrollo y aplicación de técnicas químicas
e instrumentales al control de productos inmunobiológicos.
Colaborar en la elaboración y mentenimiento del Plan de
Seguridad del Departamento.
REQUISITOS DEL CARGO
Aptitud moral y psico-fìsica Comprobar aptitud
moral, y tener aptitud psico-física, certificada por la
División Universitaria de la Salud.
Condiciones personales
Capacidad de organización.
Capacidad analítica.
Creatividad.
Flexibilidad.
Aptitudes de comunicación.
Capacidad para trabajar en equipo.
Estabilidad emocional y reacción apropiada para atender
situaciones de emergencia.
Buena coordinación y destreza manual para el manejo del
instrumental de la especialidad.
Ética en el manejo de la información confidencial
relacionada a las técnicas en uso y en desarrollo.
Dinamismo e iniciativa para aportar ideas y solucionar problemas
imprevistos de trabajo.
Interés social por la comunidad y aspectos relacionados
con el propósito del cargo.
FORMACIÓN
Educación
Título habilitante de Bachiller en Química (expedido
por Facultad de Química) o formación equivalente.
INTERRELACIONES JERÁRQUICAS
Supervisado por el Director y Subdirector del Departamento de
Desarrollo Biotecnológico y División Producción.
No tiene personal a su cargo.
FUNCIONES DEL CARGO
Realizar las técnicas y procedimientos propios del área,
que le sean asignados por su supervisor.
Mantener un registro claro de la secuencia de operaciones y seguir
los protocolos establecidos.
Controlar y mantener en buenas condiciones los equipos y materiales
de trabajo.
Utilizar los materiales de trabajo en forma adecuada y económica.
Conservar el orden en su lugar de trabajo.
Participar en reuniones de discusión, evaluación
y coordinación de tareas de su sector.
Colaborar en tareas de investigación y enseñanza
de la especialidad.
Realizar tareas relacionadas y aquellas que se le indique.
BASES DEL CONCURSO PARA LA PROVISIÓN EN EFECTIVIDAD
DEL CARGO DE PRACTICANTE DE LABORATORIO QUÍMICO DEL DEPARTAMENTO
DE DESARROLLO BIOTECNOLÓGICO Y DIVISIÓN PRODUCCIÓN
DEL INSTITUTO DE HIGIENE
TÍTULO GENÉRICO: Técnico B2
TÍTULO ESPECÍFICO: Practicante de Laboratorio
Químico
ESCALAFÓN: B sub escalafón 2, grado 7, Técnico
III
REQUISITOS Y FORMA DE PROVISIÓN
Por llamado a concurso de antecedentes y pruebas para la provisión
en efectividad del cargo de Practicante de Laboratorio Químico
a realizarse, entre todos los ciudadanos de la República
que posean título habilitante de Bachiller en Química
( expedido por Facultad de Química ) o formación
equivalente.
Será de aplicación el Art. 5° del Estatuto
de los Funcionarios No Docentes de la Universidad de la República
y el cual se transcribe a continuación.
Art. 5º-Provisoriato- Los funcionarios que ingresen
a la Universidad, cualquiera fuere la naturaleza del vínculo,
serán designados provisoriamente, pudiendo ser separados
por decreto fundado, dentro del plazo de seis meses contados a
partir de la toma de posesión, por la autoridad que los
nombró.
Transcurrido el plazo del inciso anterior, el funcionario adquiere
ipso jure, derecho al desempeño interino o efectivo del
cargo, quedando amparado por el presente Estatuto.
NATURALEZA DEL CONCURSO
El concurso será de antecedentes y pruebas, se realizará
en la modalidad de puntajes y se regirá a todos sus efectos
por la Ordenanza de Concursos aprobada por el CDC en resolución
Nro, 16 del 26.10.1999 y publicada en el Diario Oficial el 12.11.1999.
DOCUMENTOS QUE DEBEN ACOMPAÑAR LA SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN
En el momento de la inscripción será indispensable
acompañar la solicitud con la presentación de los
siguientes documentos:
- Cédula de identidad
- Credencial Cívica
- Título de Bachiller en Química ( expedido por
Facultad de Química ) o formación equivalente.
- Relación de méritos, con las certificaciones que
los acrediten (certificados de estudio, escolaridad, cursos, concursos
y otros), los mismos deberán mantener el órden establecido
en el ítem antecedentes de las Bases.
FORMA DE SELECCIÓN
Antecedentes, pruebas y evaluación psiciológica
ANTECEDENTES : Hasta 100 puntos
Los antecedentes debidamente documentados, se evaluarán
de acuerdo al siguiente detalle:
· Cargos desempeñados en relación con la
función a cumplir,
jerarquizando los correspondientes a la Universidad de la
República, obtenidos por concurso: hasta 40 puntos
· Capacitación, formación técnica,
títulos, cursos, idiomas,
computación : hasta 20 puntos
· Participación en publicaciones, congresos, proyectos,
becas : hasta 20 puntos
· Otros méritos: aquellos que el concursante crea
conveniente
documentar y tengan relación con el cargo : hasta 20 puntos
Nota:
-Solamente serán considerados los antecedentes que
estén debidamente documentados.
-La presentación de los antecedentes deberá seguir
el orden establecido en las Bases.
-Los documentos deberán ser legibles, se entregarán
fotocopias que deberán autentificarse en el momento de
la inscripción con la presentación de los originales,
exhibiendose éstos en el mismo órden en que se presenten
las copias.
-Las constancias referentes a cursos y talleres, deberán
en lo posible, acreditar carga horaria y evaluación si
correspondiere.
-En lo referente a la experiencia laboral técnico profesional,
el concursante presentará una reseña de tareas expedida
por su superior inmediato con datos del mismo para establecer
contacto.
PRUEBAS Y EVALUACIÓN PSICOLABORAL : Hasta 150 puntos
PRUEBA ESCRITA: hasta 60 puntos
La prueba consistirá en el desarrollo escrito de uno de
los temas seleccionado por sorteo entre la totalidad de los que
figuran en el temario adjunto.
Tendrá una duración máxima de 3 horas.
PRUEBA PRÁCTICA : hasta 60 puntos
La prueba consistirá en el desarrollo de una práctica,
seleccionada por sorteo entre las que figuran en el temario adjunto.
El tribunal podrá realizar un sorteo restringido sobre
un mínimo de 5 prácticas debidamente preparadas.
Tendrá una duración máxima de 4 horas.
EVALUACIÓN PSICOLABORAL: hasta 30 puntos
Nota: El concursante que no obtenga el 50% del puntaje como
mínimo, en cada prueba y en la evaluación psicolaboral,
quedará eliminado.
NOTIFICACIONES Y PUBLICIDAD
En el momento de inscribirse, los aspirantes deberán notificarse
de la fecha del primer acto del concurso.
Este consistirá en la lectura pública de los miembros
que integran el Tribunal y de los inscriptos que reúnan
los requisitos establecidos en las bases.
Sin perjuicio de lo anterior, a los efectos de facilitar la información
a los concursantes, tales nóminas se publicarán
en cartelera y estarán a su disposición.
También se dará lectura si algún concursante
así lo solicita, a la relación de antecedentes presentados
por los aspirantes y se deberá elegir el representante
de los concursantes.
Los concursantes podrán objetar los méritos presentados
por otros concursantes dentro de los dos días hábiles
siguientes a la realización del primer acto del concurso.
Los concursantes deberán concurrir a todos los actos del
concurso (Art.7°, 8°, 9° y 14° de la Ordenanza
de Concursos aprobada por el CDC en resolución N°16
del 26.10.1999).
TEMARIO PARA LAS PRUEBAS DEL CONCURSO PARA LA PROVISIÓN
EN EFECTIVIDAD DEL CARGO DE PRACTICANTE DE LABORATORIO QUÍMICO
DEL DEPARTAMENTO DE DESARROLLO BIOTECNOLÓGICO Y DIVISIÓN
PRODUCCIÓN DEL INSTITUTO DE HIGIENE
Temario Teórico
1. Preparación de reactivos y soluciones tamponad as.
Precauciones y formas de cálculo.
2. Técnicas instrumentales de aplicación más
común en el laboratorio: Espectrofotometría, valoraciónes
ácido-base y complejometría.
3. Agentes físicos, químicos y biológicos
de control de microorganismos.
4. Principales tipos de antígenos bacterianos y su empleo
en inmunización.
5. Preparación de vacunas y sueros terapéuticos.
Nociones generales.
6. Adyuvantes. Principales tipos (Adyuvante de Freund, hidróxido
de aluminio, adyuvante oleoso) y mecanismo de acción.
7. Controles químicos de sueros hiperinmunes.
8. Elaboración de protocolos de análisis de productos
inmunobiológicos.
9. Principios de seguridad en el laboratorio.
Temario Práctico
1. Preparación de soluciones tampón y calibración
de un pH-metro.
2. Determinación del contenido de formol en un preparado
biológico.
3. Preparación de un medio de cultivo sintético.
4. Determinación de proteínas de una muestra por
dos métodos distintos.
5. Determinación de mercurio en una muestra.
6. Aplicación del método de Elisa para la determinación
de títulos de anticuerpos.
7. Aplicación de una técnica de látex para
la titulación de polisacáridos.
8. Electroforesis SDS-PAGE para el análisis de proteínas
en una muestra.
Formulario de Ingreso
Servicio Central de Extensión y Actividades
en el Medio
BASES DEL LLAMADO A ASPIRANTES PARA LA PROVISION
DE UN CARGO DOCENTE EN EXTENSION UNIVERSITARIA
El Servicio Central de Extensión y Actividades en el Medio
llama a aspirantes por oposición y méritos para
la provisión del cargo docente que se detalla a continuación:
Asistente de Relaciones con el Interior - Provisión
titular. Escalafón G, Grado 2, treinta (30) horas semanales,
con sede en el SCEAM, Montevideo y un período de designacion
inicial de dos años.
Participará en el diseño, seguimiento, apoyo y
evaluación de las actividades de extensión universitaria
en el ámbito de la Comisión Sectorial de Extensión
y Actividades en el Medio (CSEAM) y el Servicio Central de Extensión
y Actividades en el Medio (SCEAM) y de las sedes universitarias
del interior del país.
Dependerá del Coordinador de Relaciones con el Interior
del SCEAM y coordinará con las demás Unidades de
dicho Servicio.
Se dará preferente atención a los egresados universitarios
cuya formación y experiencia profesional tenga orientación
en extensión, que demuestren antecedentes de trabajos con
organizaciones sociales urbanas o rurales del interior, así
como en docencia de nivel universitario
Cada aspirante deberá presentar por triplicado un documento
no mayor de diez (10) páginas, que entregará en
el momento de la inscripción, sobre el tema que se indica
a continuación:
"La función de Extensión Universitaria
y su aporte al proceso de descentralización territorial
de la Universidad de la República."
El Consejo Ejecutivo Delegado designará una Comisión
Asesora a propuesta de la Comisión Sectorial de Extensión
y Actividades en el Medio, integrada por tres miembros de notoria
competencia en temas de extensión universitaria.
La Comisión Asesora deberá evaluar los méritos,
antecedentes y el documento de cada aspirante. Los aspirantes,
que a juicio de la Comisión Asesora, presenten méritos
y antecedentes suficientes y un documento considerado satisfactorio,
serán entrevistados por la referida Comisión sobre
temas directamente vinculados al cargo que aspiran.
La Comisión Asesora emitirá un informe debidamente
fundamentado que quedará registrado en el acta respectiva.
El acta consignará el candidato propuesto para el cargo
y podrá proponer un cuadro con los aspirantes que a juicio
de la Comisión Asesora también reúnen las
condiciones necesarias para ejercer el cargo del llamado.
Este cuadro tendrá vigencia por un año.
Aprobadas por Res. N°34 del Consejo Ejecutivo Delegado
de fecha 19 de setiembre de 2005, ampliada por Res. N°39 del
Consejo Ejecutivo Delegado de fecha 3 de octubre de 2005.
Formulario Docente
BASES LLAMADO A CONCURSO ABIERTO Y CERRADO
PARA LA PROVISIÓN EFECTIVA DE CARGOS DE ESPECIALISTA EN
EL ÁREA TECNOLÓGICA
DENOMINACIÓN: Especialista Área Tecnológica
CARACTERÍSTICAS: Escalafón D, Sub escalafón
3,
Grado 5, Especialista Superior III
CARACTERÍSTICAS DE LA DESIGNACIÓN: Efectivo
Será de aplicación el Art. 5° del Estatuto
de los Funcionarios No Docentes de la Universidad de la República
y el cual se transcribe a continuación.
Art. 5º-Provisoriato- "Los funcionarios que ingresen
a la Universidad, cualquiera fuere la naturaleza del vínculo,
serán designados provisionalmente, pudiendo ser separados
por decreto fundado, dentro del plazo de seis meses contados a
partir de la toma de posesión, por la autoridad que los
nombró.
Transcurrido el plazo del inciso anterior, el funcionario adquiere
ipso jure, derecho al desempeño interino o efectivo del
cargo, quedando amparado por el presente Estatuto".
Cantidad de cargos a proveer : según la necesidad de personal
de los servicios.
TIPO, REQUISITOS Y CLASE DE CONCURSO
Tipo de concurso: Abierto y cerrado
Art. 34 de la Ordenanza para la provisión de cargos
no docentes..."Los concursos de ingreso para la provisión
de cargos no docentes en los escalafones C,D, E serán abiertos
y cerrados. Estos concursos se realizarán en forma simultánea"....
Inscripción condicional: Se realizará una inscripción
con carácter condicional. Si el número de aspirantes
supera los 20 se realizará un sorteo de acuerdo al art.
36 de la Ordenanza de Concursos, continuando en el proceso concursivo
aquellos que integren la nómina de sorteados.
Quedarán exonerados del sorteo los funcionarios de la
UdelaR.
Requisitos:
Para el llamado abierto:
· Podrán postularse todos los ciudadanos de la
República entre 18 y 35 años de edad, que cumplan
con los siguientes requisitos educativos:
· ser estudiante avanzado o egresado de la carrera de Tecnólogo
Mecánico, comprobables por la ficha de escolaridad,
· Los funcionarios interinos de la UdelaR, inscriptos
en el concurso " abierto" serán eximidos del
sorteo y del límite de edad.
Para el llamado cerrado:
· Podrán participar en el concurso cerrado todos
los funcionarios no docentes que ocupen cargos en efectividad
de cualquier escalafón y que posean los requisitos educativos
establecidos para el llamado abierto.
Clase de concurso: Antecedentes y pruebas.
DOCUMENTOS QUE DEBEN ACOMPAÑAR LA SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN
Cédula de Identidad
Credencial Cívica
Certificado de Estudio. Original y copia
Relación de antecedentes (currículum vitae). Original
y copia
Certificados y constancias correspondientes. Original y copia
1. ANTECEDENTES : hasta 100 puntos
1.1 Formación
1.1.1 Estudios y capacitación:
1.1.1.1 Nivel de estudios técnicos cursados: hasta 35 puntos
1.2 Experiencia:
1.2.1 Laboral previa en actividades directamente relacionadas
con el cargo: hasta 35 puntos
En este ítem se ponderará período de desempeño,
responsabilidades ejercidas y tipo de funciones.
1.2.2 Apreciación del desempeño por parte del supervisor
responsable: hasta 15 puntos
1.3 Otros méritos
1.3.1 Méritos relacionados con el cargo y no contemplados
en los ítems anteriores: hasta15 puntos
Deméritos
(Sólo serán aplicados para concurso cerrado)
En la calificación de los antecedentes, el Tribunal descontará
los siguientes puntajes por cada falta sancionada que conste en
el legajo personal y haya sido dispuesta por autoridades legítimas.(
Res. Nº65 CDC del 2.07.85.)
Sanciones y suspensiones - Detracciones
Más de 3 meses: 30 puntos
Más de 2 meses hasta 3 meses: 28 puntos
Más de 1 mes hasta 2 meses : 25 puntos
De 11 días a 1 mes: 15 puntos
De 4 a 10 días: 10 puntos
Hasta 3 días : 6 puntos
Apercibimiento, Amonestación y Observación: 3 puntos
Vigencia de los deméritos
- hasta 6 puntos, no serán considerados pasados 3 años
de su aplicación,
- hasta 15 puntos, no serán considerados pasados los 5
años de su aplicación,
-superiores a 15 puntos no serán considerados pasados los
7 años de su
aplicación.
Para los funcionarios de Hospital de Clínicas, no se tomarán
en cuenta las sanciones aplicadas por incumplimiento a las obligaciones
de : asistencia, puntualidad, presencia, cuando se trate de suspensiones
menores o iguales a tres días.
NOTA
-Solamente serán considerados los antecedentes que estén
debidamente documentados.
-La presentación de los antecedentes deberá seguir
el orden establecido en las Bases.
-Los documentos deberán ser legibles, se entregarán
fotocopias que se autenticarán en el momento de la inscripción
con la presentación de los originales, éstos deberán
ser exhibidos en el mismo orden en que se presentan las copias.
-Las constancias referentes a cursos y talleres, deberán
acreditar, en lo posible, carga horaria y evaluación.
-En lo referente a la experiencia laboral:
-los funcionarios de la Udelar deberán presentar una reseña
de tareas expedida por su superior inmediato.
-para el resto de los concursantes, deberán presentar en
lo posible una reseña de tareas expedida por su empleador,
con datos del mismo para establecer contacto.
2. PRUEBAS: hasta 150 puntos
2.1 Prueba teórica: hasta 75 puntos
Consistirá en una prueba escrita que haga referencia a
los conocimientos
necesarios para:
-participar en la construcción de modelos físicos,
diseño y construcciones de
instalaciones para operar modelos físicos.
-asistir en la realización de ensayos en modelos físicos
en la Facultad de Ingeniería.
- operar, reparar y mantener instrumentos del túnel de
viento.
- participar de procesos de compra de materiales.
- colaborar en el diseño de partes mecánicas a ser
utilizados en instalaciones del
laboratorio en la Facultad de Ingeniería.
-asistir en la reparación, mantenimiento y puesta en marcha
de instalaciones
utilizadas en el dictado de clases.
2.2 Prueba práctica : hasta 75 puntos
La que juzgue el tribunal para evaluar los conocimientos y habilidades
necesarios para el desempeño del cargo.
Nota: Para seguir en el proceso concursivo deberá
contar con el 50 % del puntaje en cada uno de los items (2.1 y
2.2)
Quienes culminen el proceso conformarán un cuadro por orden
de prelación para el concurso abierto y otro cuadro para
el concurso cerrado.
A los efectos de la provisión de vacantes se procederá
a designar, de acuerdo a los requerimientos, a un ganador del
concurso abierto en primer término y un ganador del concurso
cerrado, en segundo término y así sucesivamente.
INFORMACIÓN GENERAL
1) NORMATIVA APLICABLE
Las instancias concursivas se realizaran en el marco de las disposiciones
generales existentes en la materia, particularmente lo establecido
en la Constitución Nacional, la Ley Orgánica de
la Universidad de la República, el Estatuto de los Funcionarios
No Docentes, la Reestructura Escalafonaria, la Ordenanza de Concursos
y la Ordenanza de Ascensos.
2) PRIMER ACTO DEL CONCURSO
2.1) En el momento de la inscripción los aspirantes serán
notificados de la fecha del primer acto del concurso.
En este acto se dará lectura publica de:
- la nómina de los miembros del tribunal
- la nómina de inscriptos que reúnan los requisitos
establecidos en las bases.
- la relación de antecedentes presentados por los aspirantes,
si algún aspirante así lo solicita.
2.2) Elección del representante:
Los concursantes podrán elegir a su representante, titular
y suplente, mediante voto no obligatorio, reservado y anónimo.
Los requisitos para ser representantes y el procedimiento electoral
seguirán lo establecido en los Arts.14,15 y 16 de la Ordenanza
de Concursos para la provisión de cargos no docentes
3) OBSERVACIONES E IMPUGNACIONES
3.1) Art.8 de la Ordenanza de Concursos para la provisión
de cargos no docentes - Primer acto de concurso ....."Los
concursantes podrán objetar los méritos presentados
por otros concursantes dentro de los dos días hábiles
siguientes a la realización del primer acto del concurso".
3.2) Art.19 de la Ordenanza de Concursos para la provisión
de cargos no docentes - Impugnación. "Los concursantes
podrán recusar a los integrantes del Tribunal ante el Rector
de la Universidad de la República quien resolverá
sin ulterior instancia en el concurso. Tal impugnación
podrá formularse dentro de los dos días hábiles
siguientes a la fecha de notificación a los concursantes
del acto de designación o elección, en su caso,
del miembro del Tribunal destinatario de la recusación.
3.3) Art.29 de la Ordenanza de Concursos para la provisión
de cargos no docentes - Inapelabilidad del Contenido. El fallo
definitivo del Tribunal será inapelable en cuanto al contenido.
Por vicios graves de procedimiento podrá declararse la
nulidad total o parcial.
3.4) Art.31 de la Ordenanza de Concursos para la provisión
de cargos no docentes - Plazo para su presentación. Las
observaciones que se formulen sobre supuestos vicios de forma
de las pruebas o en la calificación de los antecedentes
deberá ser enviada al Tribunal. "Los concursantes
dispondrán de dos días hábiles, siguientes
a la terminación del acto impugnado, a fin de plantear
tales observaciones".
3.5) Art.32 de la Ordenanza de Concursos para la provisión
de cargos no docentes - Procedimiento. " El Tribunal, si
lo considera pertinente, está habilitado para corregir
el vicio. En caso contrario, elevará inmediatamente todos
los antecedentes al Consejo Directivo Central, debiendo esperar
la resolución de éste antes de continuarse con el
concurso.
El Consejo Directivo Central adoptará resolución
en el plazo estipulado en el Articulo 25".
Mediante esa resolución, el Consejo Directivo Central podrá
confirmar la actuación del Tribunal o declarar la nulidad
parcial del concurso. En este caso, deberán complementarse
las etapas o actuaciones correspondientes.
4) RESPONSABILIDAD DE LOS CONCURSANTES
4.1) Art.9 de la Ordenanza de Concursos para la provisión
de cargos no docentes - Carga de los concursantes- "Los concursantes
deberán concurrir a todos los actos del concurso"
4.2) Art.10 de la Ordenanza de Concursos para la provisión
de cargos no docentes - Notificaciones - "..... Los concursantes
imposibilitados de concurrir a algún acto del concurso,
podrán tomar conocimiento de lo allí actuado por
quien los represente, siendo suficiente para ello la presentación
de una nota suscrita por el ausente"
4.3) Art.24 de la Ordenanza de Concursos para la provisión
de cargos no docentes - Inconducta de los concursantes - "El
Tribunal hará saber de inmediato al Consejo Directivo Central
de toda actuación de los concursantes que pueda merecer
sanción, y en tal caso el concurso quedará interrumpido".
4.4) Art.25 de la Ordenanza de Concursos para la provisión
de cargos no docentes - Sanciones a los concursantes - "El
Consejo Directivo Central dispondrá de treinta días
para tomar resolución, plazo que se computará a
partir de la incorporación del punto en el Orden del día".
Las sanciones a los concursantes podrán consistir en amonestación,
eliminación del concurso o prohibición de presentarse
a nuevos concursos, pudiendo llegar ésta hasta un límite
de cinco años. Esta sanción se aplicará en
casos de inconductas de los concursantes de especial gravedad.
Tales sanciones se impondrán sin perjuicio de la responsabilidad
que tuvieren tratándose de universitarios. En el caso que
corresponda, se dejará constancia en el legajo personal".
5) DESIGNACIONES
5.1) Previo a la designación del postulante, deberá
comprobar la aptitud moral mediante la presentación de
certificado de buena conducta y tener aptitud psico-física
certificada por la División Universitaria de la Salud (D.U.S).
5.2) Las designaciones se realizarán respetando el orden
de prelación y las necesidades de los servicios universitarios
bajo el régimen de circunscripción única.
5.3) Art.35 de la Ordenanza de Concursos para la provisión
de cargos no docentes- Vigencia del orden de prelación
- "El orden de prelación resultante de los concursos
de ingreso tendrá una vigencia por un único período
de dos años"...
5.4) Art.17 de la Ordenanza de ascensos de los funcionarios no
docentes de la Universidad de la República- Vigencia -
"El orden de prelación tendrá vigencia por
un único período que será improrrogable,
de acuerdo al siguiente detalle:
- Concursos de méritos para cargos de nivel operativo:
un año.
- Concursos de méritos y oposición para cargos de
nivel operativo: dos años.
- Concursos de méritos y oposición para cargos de
nivel de conducción: tres años.
Formulario de Ingreso
BASES LLAMADO A CONCURSO ABIERTO Y CERRADO
PARA LA PROVISIÓN EFECTIVA DE CARGOS DE ESPECIALISTA EN
EL ÁREA TECNOLÓGICA PARA LA FACULTAD DE AGRONOMÍA
Para desempeñarse en la Estación Experimental
Mario A. Cassinoni - Paysandú
DENOMINACIÓN: Especialista Área Tecnológica
CARACTERÍSTICAS: Escalafón D, Sub escalafón
3,
Grado 5, Especialista Superior III
CARACTERÍSTICAS DE LA DESIGNACIÓN: Efectivo
Será de aplicación el Art. 5° del Estatuto
de los Funcionarios No Docentes de la Universidad de la República
y el cual se transcribe a continuación.
Art. 5º-Provisoriato- "Los funcionarios que ingresen
a la Universidad, cualquiera fuere la naturaleza del vínculo,
serán designados provisionalmente, pudiendo ser separados
por decreto fundado, dentro del plazo de seis meses contados a
partir de la toma de posesión, por la autoridad que los
nombró.
Transcurrido el plazo del inciso anterior, el funcionario adquiere
ipso jure, derecho al desempeño interino o efectivo del
cargo, quedando amparado por el presente Estatuto".
Cantidad de cargos a proveer : según la necesidad de personal
de los servicios.
TIPO, REQUISITOS Y CLASE DE CONCURSO
Tipo de concurso: Abierto y cerrado
Art. 34 de la Ordenanza para la provisión de cargos
no docentes..."Los concursos de ingreso para la provisión
de cargos no docentes en los escalafones C,D, E serán abiertos
y cerrados. Estos concursos se realizarán en forma simultánea"....
Inscripción condicional: Se realizará una inscripción
con carácter condicional. Si el número de aspirantes
supera los 20 se realizará un sorteo de acuerdo al art.
36 de la Ordenanza de Concursos, continuando en el proceso concursivo
aquellos que integren la nómina de sorteados.
Quedarán exonerados del sorteo los funcionarios de la
UdelaR.
Requisitos:
Para el llamado abierto:
· Podrán postularse todos los ciudadanos de la
República entre 18 y 35 años de edad, que cumplan
con los siguientes requisitos educativos:
· ser estudiante universitario, con 2 años de estudio
de Facultad de Agronomía o Facultad de Química,
comprobables por la ficha de escolaridad,
· experiencia / aprendizaje inicial: 3 años, constancia
de trabajo en laboratorio de análisis bromatológico
y/o clínicos (humana o veterinaria) y/o suelos / fertilizantes;
con formación y experiencia necesaria para desempeñarse
en el perfil que acompaña a estas Bases y que describen
las actividades típicas de los Laboratorios de Nutrición
Animal.
· Los funcionarios interinos de la UdelaR, inscriptos
en el concurso " abierto" serán eximidos del
sorteo y del límite de edad.
Para el llamado cerrado:
· Podrán participar en el concurso cerrado todos
los funcionarios no docentes que ocupen cargos en efectividad
de cualquier escalafón y que posean los requisitos educativos
establecidos para el llamado abierto.
Clase de concurso: Antecedentes y pruebas.
DOCUMENTOS QUE DEBEN ACOMPAÑAR LA SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN
Cédula de Identidad
Credencial Cívica
Relación de antecedentes (currículum vitae). Original
y copia
Certificados y constancias correspondientes. Original y copia
1. ANTECEDENTES : hasta 100 puntos
1.1 Formación
1.1.1 Estudios y capacitación:
1.1.1.1 Nivel de estudios técnicos cursados: hasta 35 puntos
1.2 Experiencia:
1.2.1 Laboral previa en actividades directamente relacionadas
con el cargo: hasta 35 puntos
En este ítem se ponderará período de desempeño,
responsabilidades ejercidas y tipo de funciones.
1.2.2 Apreciación del desempeño por parte del supervisor
responsable: hasta 15 puntos
1.3 Otros méritos
1.3.1 Méritos relacionados con el cargo y no contemplados
en los ítems anteriores: hasta15 puntos
Deméritos
(Sólo serán aplicados para concurso cerrado)
En la calificación de los antecedentes, el Tribunal descontará
los siguientes puntajes por cada falta sancionada que conste en
el legajo personal y haya sido dispuesta por autoridades legítimas.(
Res. Nº65 CDC del 2.07.85.)
Sanciones y suspensiones - Detracciones
Más de 3 meses: 30 puntos
Más de 2 meses hasta 3 meses: 28 puntos
Más de 1 mes hasta 2 meses: 25 puntos
De 11 días a 1 mes: 15 puntos
De 4 a 10 días: 10 puntos
Hasta 3 días : 6 puntos
Apercibimiento, Amonestación y Observación: 3 puntos
Vigencia de los deméritos
- hasta 6 puntos, no serán considerados pasados 3 años
de su aplicación,
- hasta 15 puntos, no serán considerados pasados los 5
años de su aplicación,
-superiores a 15 puntos no serán considerados pasados los
7 años de su
aplicación.
Para los funcionarios de Hospital de Clínicas, no se tomarán
en cuenta las sanciones aplicadas por incumplimiento a las obligaciones
de : asistencia, puntualidad, presencia, cuando se trate de suspensiones
menores o iguales a tres días.
NOTA
-Solamente serán considerados los antecedentes que estén
debidamente documentados.
-La presentación de los antecedentes deberá seguir
el orden establecido en las Bases.
-Los documentos deberán ser legibles, se entregarán
fotocopias que se autenticarán en el momento de la inscripción
con la presentación de los originales, éstos deberán
ser exhibidos en el mismo orden en que se presentan las copias.
-Las constancias referentes a cursos y talleres, deberán
acreditar, en lo posible, carga horaria y evaluación.
-En lo referente a la experiencia laboral:
-los funcionarios de la Udelar deberán presentar una reseña
de tareas expedida por su superior inmediato.
-para el resto de los concursantes, deberán presentar en
lo posible una reseña de tareas expedida por su empleador,
con datos del mismo para establecer contacto.
2. PRUEBAS: hasta 150 puntos
2.1 Prueba teórica: hasta 75 puntos
Consistirá en una prueba escrita corta, que haga referencia
a los conocimientos
definidos en el perfil que acompaña a ésta, (por
ejemplo elaboración de una planilla
de registro de ingreso de muestras al laboratorio o de registro
de resultados de una rutina
específica, fundamentos de alguna técnica de rutina,
descripción de la preparación de
una solución valorada o del acondicionamiento y almacenamiento
de muestras)
2.2 Prueba práctica: hasta 75 puntos
Consistirá en la realización de una rutina típica
de un Laboratorio de Nutrición
Animal a determinar por el Tribunal, culminando con la presentación
de los
resultados del análisis realizado.
Nota: Para seguir en el proceso concursivo deberá
contar con el 50 % del puntaje en cada uno de los items (2.1 y
2.2)
Quienes culminen el proceso conformarán un cuadro por orden
de prelación para el concurso abierto y otro cuadro para
el concurso cerrado.
A los efectos de la provisión de vacantes se procederá
a designar, de acuerdo a los requerimientos, a un ganador del
concurso abierto en primer término y un ganador del concurso
cerrado, en segundo término y así sucesivamente.
INFORMACIÓN GENERAL
1) NORMATIVA APLICABLE
Las instancias concursivas se realizaran en el marco de las disposiciones
generales existentes en la materia, particularmente lo establecido
en la Constitución Nacional, la Ley Orgánica de
la Universidad de la República, el Estatuto de los Funcionarios
No Docentes, la Reestructura Escalafonaria, la Ordenanza de Concursos
y la Ordenanza de Ascensos.
2) PRIMER ACTO DEL CONCURSO
2.1) En el momento de la inscripción los aspirantes serán
notificados de la fecha del primer acto del concurso.
En este acto se dará lectura publica de:
- la nómina de los miembros del tribunal
- la nómina de inscriptos que reúnan los requisitos
establecidos en las bases.
- la relación de antecedentes presentados por los aspirantes,
si algún aspirante así lo solicita.
2.2) Elección del representante:
Los concursantes podrán elegir a su representante, titular
y suplente, mediante voto no obligatorio, reservado y anónimo.
Los requisitos para ser representantes y el procedimiento electoral
seguirán lo establecido en los Arts.14,15 y 16 de la Ordenanza
de Concursos para la provisión de cargos no docentes
3) OBSERVACIONES E IMPUGNACIONES
3.1) Art.8 de la Ordenanza de Concursos para la provisión
de cargos no docentes - Primer acto de concurso ....."Los
concursantes podrán objetar los méritos presentados
por otros concursantes dentro de los dos días hábiles
siguientes a la realización del primer acto del concurso".
3.2) Art.19 de la Ordenanza de Concursos para la provisión
de cargos no docentes - Impugnación. "Los concursantes
podrán recusar a los integrantes del Tribunal ante el Rector
de la Universidad de la República quien resolverá
sin ulterior instancia en el concurso. Tal impugnación
podrá formularse dentro de los dos días hábiles
siguientes a la fecha de notificación a los concursantes
del acto de designación o elección, en su caso,
del miembro del Tribunal destinatario de la recusación.
3.3) Art.29 de la Ordenanza de Concursos para la provisión
de cargos no docentes - Inapelabilidad del Contenido. El fallo
definitivo del Tribunal será inapelable en cuanto al contenido.
Por vicios graves de procedimiento podrá declararse la
nulidad total o parcial.
3.4) Art.31 de la Ordenanza de Concursos para la provisión
de cargos no docentes - Plazo para su presentación. Las
observaciones que se formulen sobre supuestos vicios de forma
de las pruebas o en la calificación de los antecedentes
deberá ser enviada al Tribunal. "Los concursantes
dispondrán de dos días hábiles, siguientes
a la terminación del acto impugnado, a fin de plantear
tales observaciones".
3.5) Art.32 de la Ordenanza de Concursos para la provisión
de cargos no docentes - Procedimiento. " El Tribunal, si
lo considera pertinente, está habilitado para corregir
el vicio. En caso contrario, elevará inmediatamente todos
los antecedentes al Consejo Directivo Central, debiendo esperar
la resolución de éste antes de continuarse con el
concurso.
El Consejo Directivo Central adoptará resolución
en el plazo estipulado en el Articulo 25".
Mediante esa resolución, el Consejo Directivo Central podrá
confirmar la actuación del Tribunal o declarar la nulidad
parcial del concurso. En este caso, deberán complementarse
las etapas o actuaciones correspondientes.
4) RESPONSABILIDAD DE LOS CONCURSANTES
4.1) Art.9 de la Ordenanza de Concursos para la provisión
de cargos no docentes - Carga de los concursantes- "Los concursantes
deberán concurrir a todos los actos del concurso"
4.2) Art.10 de la Ordenanza de Concursos para la provisión
de cargos no docentes - Notificaciones - "..... Los concursantes
imposibilitados de concurrir a algún acto del concurso,
podrán tomar conocimiento de lo allí actuado por
quien los represente, siendo suficiente para ello la presentación
de una nota suscrita por el ausente"
4.3) Art.24 de la Ordenanza de Concursos para la provisión
de cargos no docentes - Inconducta de los concursantes - "El
Tribunal hará saber de inmediato al Consejo Directivo Central
de toda actuación de los concursantes que pueda merecer
sanción, y en tal caso el concurso quedará interrumpido".
4.4) Art.25 de la Ordenanza de Concursos para la provisión
de cargos no docentes - Sanciones a los concursantes - "El
Consejo Directivo Central dispondrá de treinta días
para tomar resolución, plazo que se computará a
partir de la incorporación del punto en el Orden del día".
Las sanciones a los concursantes podrán consistir en amonestación,
eliminación del concurso o prohibición de presentarse
a nuevos concursos, pudiendo llegar ésta hasta un límite
de cinco años. Esta sanción se aplicará en
casos de inconductas de los concursantes de especial gravedad.
Tales sanciones se impondrán sin perjuicio de la responsabilidad
que tuvieren tratándose de universitarios. En el caso que
corresponda, se dejará constancia en el legajo personal".
5) DESIGNACIONES
5.1) Previo a la designación del postulante, deberá
comprobar la aptitud moral mediante la presentación de
certificado de buena conducta y tener aptitud psico-física
certificada por la División Universitaria de la Salud (D.U.S).
5.2) Las designaciones se realizarán respetando el orden
de prelación y las necesidades de los servicios universitarios
bajo el régimen de circunscripción única.
5.3) Art.35 de la Ordenanza de Concursos para la provisión
de cargos no docentes- Vigencia del orden de prelación
- "El orden de prelación resultante de los concursos
de ingreso tendrá una vigencia por un único período
de dos años"...
5.4) Art.17 de la Ordenanza de ascensos de los funcionarios no
docentes de la Universidad de la República- Vigencia -
"El orden de prelación tendrá vigencia por
un único período que será improrrogable,
de acuerdo al siguiente detalle:
- Concursos de méritos para cargos de nivel operativo:
un año.
- Concursos de méritos y oposición para cargos de
nivel operativo: dos años.
- Concursos de méritos y oposición para cargos de
nivel de conducción: tres años.
Formulario de Ingreso
BASES PARA EL LLAMADO A PROVISIÓN EFECTIVA
DE 1 CARGO DE: DIRECTOR DE DEPARTAMENTO - ASESOR ( Nivel de Conducción
II) en: ACONDICIONAMIENTO ACUSTICO.
Esc. R G° 15 20 hs. Semanales
(cargo que requiere renovación permanente de conocimientos)
correspondientes a la DIRECCIÓN GENERAL DE ARQUITECTURA
1. REQUISITOS
Llamado a Aspirantes entre todos los ciudadanos uruguayos que
posean título habilitante, expedido por todas las instituciones
nacionales que lo otorguen, de Arquitecto o Ingeniero, deberá
poseer una probada y vasta trayectoria proyectual en la disciplina
de Acondicionamiento Acústico de Edificios.
Podran también inscribirse al llamado aquellas personas
que sin poseer los títulos universitarios habilitantes,
presenten antecedentes (probados mediante las correspondientes
certificaciones) que los acrediten como consultores expertos en
la disciplina de Acondicionamiento Acústico de edificios.
2. NORMATIVA APLICABLE
La provisión del cargo se realizará de acuerdo
con lo establecido en la normativa universitaria, y de manera
particular en la "Ordenanza sobre cargos no docentes sujetos
a renovación de conocimientos", en el "Estatuto
de los funcionarios que requieren renovación permanente
de conocimientos" y en el "Reglamento para la provisión
y renovación de cargos que requiren renovación permanente
de conocimientos".
De acuerdo con dicha normativa el CDC (con la finalidad de contar
con un asesoramiento técnico sobre los meritos presentados
por los aspirantes) designará una Comisión Asesora
integrada por 3 miembros de reconocida trayectoria en las disciplinas
directamente relacionadas con las funciones del cargo o afines
al mismo.
La Comisión Asesora, que dispondrá de un plazo
de 45 días para expedirse informará sobre los meritos
presentados por los aspirantes de acuerdo a lo establecido en
la normativa en la descripción del cargo y en las bases
del concurso.
3. DESIGNACIÓN Y CONDICIONES DE TRABAJO
La Comisión Asesora elevara un informe al CDC para que
este considere la designación. El Consejo Directivo Central
luego de concluidas las deliberaciones procederá a la votación
nominal y fundada sobre las aspiraciones de acuerdo a lo dispuesto
por la normativa vigente.
La designación será realizada con carácter
definitivo, por períodos renovables de 3 años, de
acuerdo al reglamento de cargos del Escalafón R (cargos
que requieren renovación permanente de conocimientos) y
procedimiento de re-elección en él establecido.
En caso de que el CDC decrete concurso éste será
de MERITOS Y PRUEBAS. Para actuar en el mismo designará
un Tribunal de 5 miembros, el que evaluará en primer término
los méritos de los concursantes según lo establecido
en el Art. 5 del Reglamento para la provisión de cargos
que requieren renovación permanente de conocimientos, y
en segundo lugar, de acuerdo al Art. 6 del mismo Reglamento, propondrá
y evaluará las pruebas que se determinan en las presente
BASES, otorgando los puntajes respectivos.
En función de lo dispuesto por el Art. 5 del Estatuto
de los Funcionarios que desempeñan tareas que requieren
renovación permanente de conocimientos, en caso que quedara
decretada la provisión por concurso de méritos y
pruebas, el Consejo Directivo Central resolverá si dicho
concurso será limitado a todos o parte de los aspirantes
presentados (con méritos francamente superiores al resto)
o abierto.
4. CARACTERÍSTICAS DEL LLAMADO
El cargo será provisto mediante llamado público
a aspiraciones y eventualmente mediante concurso de méritos
y pruebas. El concurso se realizará en la modalidad de
selección en base a puntajes.
5. RELATIVO A LOS MÉRITOS
Los méritos deberán estar debidamente documentados
y serán considerados cuando tengan relación con
el cargo por el cual se concursa, siendo calificados en función
de los puntajes que se establecen en las presente BASES.
Si corresponde realizar concurso de meritos y pruebas los puntajes
asignados a los méritos serán los siguientes.
El puntaje máximo global de los méritos será
de 100 pts. y estarán agrupados en 2 grandes rubros:
Experiencia: máximo 50 puntos
Conocimientos: máximo 50 puntos.
El rubro Experiencia comprende los siguientes subrubros:
a) Experiencia en actividades directamente relacionadas con el
cargo que incluye:
Cargos y actividades desempeñados en el ámbito privado
o en la Administración Pública (incluida la Universidad)
teniéndose en cuenta entre otros, los siguientes factores:
Carácter de los cargos, período de ejercicio de
los mismos; forma de ingreso y de ascenso, calificaciones, evaluaciones
o legajos (el aspirante podrá presentar una breve descripción
de tareas desempeñadas).
Para este ítem se establece un puntaje máximo de
40 pts.
b) Actuación universitaria en órganos de cogobierno,
comisiones u otros instancias de gobierno universitario.
Puntaje máximo: 5 pts.
c) Experiencia en actividades no directamente relacionadas con
el cargo:
Cargos y actividades desempeñados en el ámbito privado
o en la Administración Pública (incluida la Universidad)
que no guarden relación con el perfil técnico-profesional
ni con las funciones propias del cargo.
Puntaje máximo 5 pts.
El rubro Conocimientos incluirá los siguientes subrubros:
a)Conocimientos directamente relacionados con el cargo: 45 pts.
que incluye:
a.1) Títulos habilitante de grado.Se evaluará la
calidad de la formación recibida: 10pts.
a.2)Títulos y estudios o cursos de especialización
debidamente certificados. Se evaluará la calidad de la
formación recibida 15 pts.
a.3) Actividades de investigación, extensión y enseñanza
o ejecución de programas o proyectos de significación
en disciplinas afines, 10 pts
a.4) Premios, publicaciones y participación en congresos,
teniendo en cuenta el carácter de dicha participación,
10 pts.
b) Conocimientos no directamente relacionados con el cargo: 5
pts.
Se dará particular importancia a los títulos y
estudios extracurriculares que guardaren relación directa
con el cargo a desempeñar y a la experiencia profesional
en diseño y cálculo de acondicionamiento acústico
de edificios, existentes o a construir, o de locales específicos
de los mismos, que por su uso, requieren tratamientos para mejorar
o modificar sus condiciones acústicas, incluyendo también
la evaluación de costos de las obras, en los rubros de
su especialidad.
Se jerarquizarán los antecedentes relacionados a la actuación
como asesor en proyectos de arquitectura de alta complejidad funcional
y tecnológica, habiendo integrado equipos multidisciplinarios
.
6. RELATIVO A LAS PRUEBAS
Se realizará una prueba que tendra un puntaje máximo
de 50 puntos. La prueba será del tipo b) (Articulo 6 del
Reglamento para la provisión y renovación de cargos
que requieren renovación de conocimientos).
Aquel concursante que no alcanzare el 50% del puntaje máximo
de la prueba (25 pts.) quedará eliminado.
Los profesionales designados serán asignados al AREA DE
EJECUCIÓN DE PROYECTOS Y OBRAS DE LA DGA, constituyendo
el Equipo de Asesores, uno de cuyos integrantes asumirá
con carácter rotativo, por períodos de 2 años.
La función de coordinador del equipo, que supone para este
profesional ocupar con carácter de subrogación -
por el período señalado - el cargo de Director de
División Profesional - Coordinador del Equipo de Asesores,
Esc. R, G° 00, 30 hs semanales, previsto en la Estructura
de Cargos aprobada.
Para acceder a este cargo (subrogación) los aspirantes
al presente llamado, podrán incluir en sus antecedentes,
la experiencia en organización y supervisión de
equipos de profesionales y/o colaboradores, siendo designados
por el Consejo Ejecutivo Delegado.
La carga horaria semanal de 25 horas podrá ampliarse por
medio de Extensiones Horarias (hasta un máximo de 40 horas)
autorizadas por el Consejo Ejecutivo Delegado, a solicitud fundamentada
de la Dirección General de Arquitectura, en atención
a lo dispuesto en el documento conjunto de las Comisiones Comisión
Sectorial de Gestión Administrativa y Comisión Asesora
Permanente de Planes y proyectos de Arquitectura aprobado por
el C.D.C y en función de la disponibilidad de rubros reservados
a tales efectos.
DESCRIPCIÓN DEL CARGO:
DIRECTOR DE DEPARTAMENTO - ASESOR ( Nivel de Conducción
II) en: ACONDICIONAMIENTO ACUSTICO.
Esc. R G° 15
1. PROPOSITO
Contribuir al logro de los objetivos de la Dirección General
de Arquitectura de la Universidad de la República, de acuerdo
a los lineamientos establecidos en su nueva Estructura Orgánica
y de Funcionamiento, aprobada por resolución del Consejo
Directivo Central de fecha : 20.08.2002.
Dicha estructura prevé un Area de Ejecución de
proyectos y Obras, constituida por dos equipos técnicos.:
· EQUIPO DE ARQUITECTOS
· EQUIPO DE ASESORES
El cargo objeto del presente llamado, corresponden a integrantes
del EQUIPO DE ASESORES en la especialidad de Acondicionamiento
Acústico.
2. REQUISITOS
Para ocupar el cargo se requerirá poseer capacidad probada
e idoneidad moral, así como aptitud psico - física
plena, avalada por la Dirección Universitaria de la Salud
(D.U.S.).
3. CALIFICACIONES
Formación:
Título habilitante, expedido por todas las instituciones
nacionales que lo otorguen, de Arquitecto o Ingeniero, o Consultores
expertos en la disciplina de Acondicionamiento Acústico
de Edificios
El aspirante deberá poseer una probada y vasta trayectoria
proyectual en la disciplina.
4. INTERRELACION JERARQUICA
Depende de la Dirección General de Arquitectura.
Depende del Asesor que realice la función de coordinación
y supervisión del EQUIPO DE ASESORES al que pertenece,
en calidad de responsable del mismo (cargo de Director de División
Profesional Esc. R; G° 00).
Se relaciona estrechamente con el EQUIPO DE ARQUITECTOS.
Eventualmente tendrá a su cargo personal de apoyo gráfico
perteneciente a la DGA y/o practicantes (becarios estudiantes
universitarios) en régimen de pasantías.
5. ACTIVIDADES DEL CARGO
Asesora a los arquitectos responsables de las acciones sobre
la infraestructura física y territorial de la Universidad
de la República o directamente a la propia Dirección
General, desarrollando las siguientes actividades:
· Proyectos de acondicionamiento acústico, en edificaciones
existentes que no lo disponen o en proyectos arquitectónicos
de edificios a construir.
· Diagnóstico de situación de las condiciones
de aislamiento de ruidos de los cerramientos (interior - interior
o interior - exterior) en los edificios existentes así
como de la calidad y eficacia de los dispositivos de acondicionamiento
acústico de locales existentes, que los disponen y lo requieren.
· Directivas para su mejoramiento o sustitución.
· Realización de mediciones de las condiciones
acústicas de locales.
· Formular conjuntamente con el Arquitecto proyectista
y con la asistencia de la UGPO, estimaciones de costos, plazos
de ejecución e inclusión en los cronogramas físico
- financieros de las obras.
· Eventualmente, concurrir a las obras, para brindar asistencia
in situ a la Dirección de Obra, participando de la supervisión
técnica de la ejecución de los trabajos específicos.
· Elevará informes periódicos de su gestión,
al Asesor responsable del EQUIPO DE ASESORES, quien a su vez mantendrá
informada a la Dirección General, sobre las actuaciones
del referido equipo técnico.
Escalafón R
BASES PARA EL LLAMADO A PROVISIÓN INTERINA
DE 1 CARGO DE: BIBLIOTECOLOGO DEL PROYECTO "PORTAL DE LA UDELAR"
Esc. R G° 11 - 30 hs. Semanales
(cargo que requiere renovación permanente de conocimientos)
REQUISITOS
Se podrán presentar al llamado, todos los ciudadanos uruguayos
que acrediten poseer el Título de Licenciado en Bibliotecología.
Además deberá poseer la experiencia que a continuación
se detalla:
Experiencia en el desarrollo de canales de información.
Desarrollo de sistemas de clasificación de la información.
Manejo de herramientas aplicadas a Internet y de programas office.
Experiencia en sistemas de documentación informatizados.
Experiencia de trabajo en equipos multidisciplinarios, relacionada
con los temas anteriores.
El Consejo Directivo Central designará una Comisión
Asesora integrada por miembros de reconocida trayectoria en las
disciplinas directamente relacionadas con las funciones del cargo
o afines al mismo.
MÉRITOS
Los méritos deberán estar debidamente documentados
y serán considerados cuando tengan relación con
el cargo por el cual se concursa, debiendo estar agrupados en
dos grandes gurpos: Experiencia y Conocimientos.
Experiencia: incluirá los cargos desempañados
en la actividad privada o en la Administración Pública,
ya sea en la Universidad o fuera de ella. Se considerará
entre otros elementos el carácter de los cargos ocupados,
el período de ejercicio de los mismos, la forma de ingreso
o ascenso, las calificaciones, evaluación o los legajos
si los hubiere y una breve descripción de las tareas desempeñadas.
También este rubro podrá incluir, entre otros aspectos,
la actuación universitaria en órganos de gobierno
universitario, comisiones u otros antecedentes.
Conocimientos: incluirá, los títulos, certificados
de estudio y cursos de especialización relacionados con
el cargo. Los premios, publicaciones y trabajos. La participación
en Congresos teniendo en cuenta el carácter de dicha participación.
Asimismo podrán incluirse, entre otros aspectos, las ideas,
iniciativas, estudios y ejecución de programas de signinficación,
en cuyo desarrollo haya participado el aspirante, de acuerdo a
la documentación presentada y los informes de la autoridad
correspondiente.
CARACTERÍSTICAS DEL CARGO Y REMUNERACIÓN
Escalafón R, Grado 11, 30 horas semanales. De acuerdo
a la intensidad del trabajo, se podrán conceder extensiones
horarias o el régimen de dedicación compensada.
NOTA
-Solamente serán considerados los antecedentes que estén
debidamente documentados.
-La presentación de los antecedentes deberá seguir
el orden establecido en las Bases.
-Los documentos deberán ser legibles, se entregarán
fotocopias que se autenticarán en el momento de la inscripción
con la presentación de los originales, éstos deberán
ser exhibidos en el mismo orden en que se presentan las copias.
-Las constancias referentes a cursos y talleres, deberán
acreditar, en lo posible, carga horaria y evaluación.
-En lo referente a la experiencia laboral. deberán presentar
una constancia que acredite las funciones desempeñadas
expedida por su superior inmediato.
Escalafón R
DESCRIPCIÓN DEL CARGO BIBLIOTECÓLOGO DEL PROYECTO
"PORTAL DE LA UDELAR"
PROPÓSITO:
Relevar y clasificar la información existente. Definir
pautas de procesamiento y organización de la información,
necesarias para el desarrollo del portal.
REQUISITOS Y COMPETENCIAS PARA EL CARGO
Para ocupar el cargo se requerirá poseer capacidad probada
e ideoneidad moral, así como aptitud psico física
plena avalada por la División Universitaria de la Salud.
Competencias comportamentales/sociales/participativas
· Creatividad para analizar la estructura del portal y
realizar propuestas.
· Comunicación para relacionarse eficazmente con
los integrantes del equipo multidisciplinario.
· Comprensión y consideración frente a los
problemas que pudieren originarse en el trabajo diario.
· Responsabilidad en el desempeño de sus funciones
dando cumplimiento a los objetivos trazados.
Competencias metodológicas/intelectuales
· Capacidad de instrumentar un método de relevamiento
con referencia a los soportes y formatos existentes y los canales
que porporcionan la información.
· Capacidad de generar documentación técnica
sobre la clasificación de la información.
· Capacidad para crear mecanismos de control con referencia
al alcance del proyecto.
FORMACIÓN Y EXPERIENCIA
Formación:
El aspirante deberá poseer Título habilitante de
Licenciado en Bibliotecología.
Experiencia:
Experiencia en el desarrollo de canales de información.
Desarrollo de sistemas de clasificación de la información.
Manejo de herramientas aplicadas a Internet y de programas office.
Experiencia en sistemas de documentación informatizados.
Experiencia de trabajo en equipos multidisciplinarios, relacionada
con los temas anteriores.
FUNCIONES EN EL CARGO
· Relevar información, especialmente en aspectos
relacionados con los soportes y formatos existentes, y los canales
utilizados por las dependencias a cargo del suministro de información
al portal.
· Asesorar en su área específica en lo relativo
a los contenidos del portal y los servicios a brindar.
· Participar en el diseño de la estructura del portal
y sus funcionalidades, acorde a los requerimientos relevados y
a las prioridades de implementación.
· Generar documentación técnica sobre la
estructura que suministra información al portal y su forma
de clasificación, las decisiones técnicas tomadas
y su justificación.
· Participar en la realización de actividades de
control, seguimiento y la elaboración de informes de avance.
· Otras actividades que el coordinador del proyecto le
encomiende relacionadas con la especialidad de su cargo.
CARACTERÍSTICAS DEL CARGO Y REMUNERACIÓN:
R, Grado 11, 30 hs. De acuerdo a la intensidad del trabajo, se
podrán conceder extensiones horarias o el régimen
de dedicación compensada.
Escalafón R
BASES PARA LA PROVISIÓN EN EFECTIVIDAD
DE CARGOS DE ADMINISTRATIVO I (EXPERTO) RESERVADO A FUNCIONARIOS
CON DISCAPACIDADES
Escalafón C, Grado 6
Forma de provisión y requisitos del cargo
La provisión será por concurso de antecedentes
y pruebas entre los funcionarios de la Universidad de la República
que tengan discapacidades motrices, auditivas y/o visuales
y que revistan en forma titular, en un cargo de grado 5 ó
4 del escalafón administrativo C, con una antigüedad
mínima de dos años a la fecha de cierre de la inscripción.
La División Universitaria de la Salud realizará
la evaluación de la aptitud psicofísica, pudiendo
solicitar informes especializados.
Posteriormente a la evaluación se procederá a dar
cumplimiento de los Artículos 4 y 5 de la Ordenanza para
el Ingreso y Ascenso de Personas con Discapacidad a Cargos No
Docentes de la Universidad de la República.
A saber:
Artículo 4° Una vez cerrado el período de inscripción
del llamado a que se refiere el artículo anterior, la División
Universitaria de la Salud informará, de acuerdo a lo establecido
en las bases respectivas, acerca de las discapacidades e idoneidad
de los inscriptos; a tal efecto se tomará en consideración
los dictámenes emitidos por organismos especializados,
públicos o privados, y autoridades competentes.
Artículo 5° El Consejo Directivo Central procederá
a eliminar del registro de postulantes a todos aquellos que no
adolescieran de alguna discapacidad, o que no cuenten con condiciones
mínimas de idoneidad, conforme al dictamen de la División
Universitaria de la Salud.
Documentos que deben acompañar la solicitud de inscripción
En el momento de la inscripción será indispensable
acompañar la solicitud con la presentación de los
siguientes documentos:
- Cédula de identidad
- Certificados que acrediten:
o Actuación funcional, conteniendo: escalafón, grado,
período de ejercicio y carácter de los cargos que
ha desempeñado en la Universidad de la República.
Esta certificación debe ser expedida por la Sección
Personal y avalada por la máxima autoridad administrativa
del servicio.
o Reseña de tareas certificadas por el superior y avaladas
por la máxima autoridad del servicio.
o Relación de antecedentes, siguiendo el orden establecido
en las Bases, con las certificaciones que los acrediten (certificados
de estudio, escolaridad, cursos, concursos y otros). La certificación
de los cursos deberá indicar: contenido, carga horaria,
forma de aprobación, e institución.
o Los documentos deberán ser legibles, se entregarán
fotocopias que deberán autentificarse en el momento de
la inscripción con la presentación de los originales,
exhibiéndose éstos en el mismo orden en que se presenten
las copias.
Los legajos serán solicitados por el Tribunal a
las respectivas dependencias de personal
Notificación y publicidad
En el momento de inscribirse, los aspirantes deberán notificarse
de la fecha del primer acto del concurso.
Este consistirá en la lectura pública de los miembros
que integran el Tribunal y de los inscriptos que reúnan
los requisitos establecidos en las bases.
Sin perjuicio de lo anterior, a los efectos de facilitar la información
a los concursantes, tales nóminas se publicarán
en cartelera o estarán a su disposición.
También se dará lectura, si algún concursante
así lo solicita, a la relación de antecedentes presentada
por todos los aspirantes y se deberá elegir el representante
de los concursantes para completar la integración del tribunal.
Los concursantes podrán objetar los méritos presentados
por otros concursantes dentro de los dos días hábiles
siguientes a la realización del primer acto del concurso.
Los concursantes deberán concurrir a todos los actos del
concurso, Art.7°,8°,9° y 14°, de la Ordenanza
de Concursos aprobada por el CDC en resolución N°16
del 26.10.1999.
Naturaleza del concurso
El concurso será de antecedentes y pruebas, se realizará
en la modalidad de puntajes y se regirá a todos los efectos
por la Ordenanza de Concursos aprobada por el CDC en resolución
N°16, del 26.10.1999 y publicada en el Diario Oficial el 12.11.1999.
A) ANTECEDENTES : Hasta 100 puntos
Estudios y formación : hasta 35 puntos
· Estudios formales de carácter general (secundaria,
tecnológica, terciaria, universitaria): hasta 10 puntos
· Formación en informática o conocimientos
de manejo de PC y otros avalados por la autoridad competente :
hasta 10 puntos
· Cursos de capacitación relacionados con el cargo:
hasta 10 puntos
· Otros estudios que guarden cierta relación: hasta
5 puntos
Actividad en la Universidad de la República: hasta
65 puntos
· Antigüedad que exceda la requerida como requisito:
hasta 20 puntos
· Concursos, prueba de suficiencia: hasta 15 puntos
· Asiduidad (informe de la Sección Personal): hasta
10 puntos
· Reseña de tareas, certificadas por el supervisor:
hasta 10 puntos
· Otros méritos (anotaciones favorables en el legajo
o debidamente documentadas, actuaciones en órganos de cogobierno,
presentación de proyectos avalados por la máxima
autoridad del servicio, relacionados con la función y aplicados
o puestos en práctica): hasta 10 puntos
Nota: Para la adjudicación de puntajes el Tribunal
considerará especialmente los certificados relacionados
con la temática del cargo.
No serán tenidos en cuenta los cargos obtenidos durante
el gobierno de facto Res. Nº65 CDC del 2.07.85.
Deméritos
En la calificación de los antecedentes, el Tribunal descontará
los siguientes puntajes por cada falta sancionada que conste en
el legajo personal y haya sido dispuesta por autoridades legítimas.(
Res. Nº65 CDC del 2.07.85.)
Sanciones y suspensiones - Detracciones
Más de 3 meses: 30 puntos
Más de 2 meses hasta 3 meses: 28 puntos
Más de 1 mes hasta 2 meses: 25 puntos
De 11 días a 1 mes: 15 puntos
De 4 a 10 días: 10 puntos
Hasta 3 días : 6 puntos
Apercibimiento, Amonestación y Observación: 3 puntos
Vigencia de los deméritos
- hasta 6 puntos, no serán considerados pasados 3 años
de su
aplicación,
- hasta 15 puntos, no serán considerados pasados los 5
años de su aplicación,
-superiores a 15 puntos no serán considerados
pasados los 7 años de su aplicación.
Para los funcionarios de Hospital de Clínicas, no se tomarán
en cuenta las sanciones aplicadas por incumplimiento a las obligaciones
de : asistencia, puntualidad, presencia, cuando se trate de suspensiones
menores o iguales a tres días.
B) PRUEBAS: Hasta 150 puntos
El concurso contendrá dos pruebas en las cuales se evaluará
la capacidad del concursante para desenvolverse en la administración
y el conocimiento aplicado de la normativa en circunstancias concretas.
Dada la naturaleza del concurso, el tribunal estudiará
la forma más apropiada para que los concursantes rindan
las pruebas. Pudiendo extender el tiempo dedicado a la realización
de las mismas.
PRIMERA PRUEBA : Hasta 80 puntos
Consistirá en la aplicación de la normativa universitaria
en circunstancias concretas .
SEGUNDA PRUEBA : Hasta 70 puntos
Consistirá en una prueba sobre conceptos básicos
de administración y de los sistemas horizontales de gestión
administrativa .
Para esta prueba la División Capacitación y Formación
Continua de la Dirección General de Personal confeccionó
un manual, el cual será proporcionado a los concursantes
con no menos de 30 días de anticipación.
Consideraciones generales:
Las pruebas, consistirán en la resolución de casos
de respuesta breve y/o cuestionarios y se basarán en la
documentación que se indica en la bibliografía.
Se apreciará el uso correcto del lenguaje, la capacidad
de síntesis, claridad en la exposición y la trasmisión
de las ideas.
Se dispondrá de tres horas para la realización de
cada prueba, requiriéndose para la aprobación de
cada una la obtención del 50% del puntaje establecido.
Bibliografía e información previa a los concursantes
Los concursantes podrán durante las pruebas, disponer
para eventuales consultas de los textos normativos, sin anotaciones.
Documentación básica para las pruebas:
Normativa
Ley Orgánica
Estatuto del Personal No Docente
Estatuto del Personal Docente Art.del 1 al 17
Ordenanza de Actos Administrativos
Ordenanza de Reglamentos Universitarios
Ordenanza de Licencias
Ordenanza de Asistencia
Sistemas Horizontales de Gestión - Conceptos Básicos
Bedelía
Gestión Económica Financiera - incluirá también
art. seleccionados del TOCAF
Información y Gestión de Personal
Expe +
Temas contenidos en el manual editado por División Capacitación
y Formación
Continua de la Dirección General de Personal en marzo de
2005.
Administración
Administración - Manual editado por la División
Capacitación y Formación
Continua de la Dirección General de Personal. Editado en
1990
Comunicación oral y escrita en la función administrativa
Manual editado por la División Capacitación y
Formación
Continua de la Dirección General de Personal. Impreso en
2001
Impugnaciones
Los concursantes podrán realizar observaciones sobre supuestos
vicios de forma en el estudio y calificación de méritos
o en las pruebas y su calificación, de acuerdo a lo establecido
en la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos
no docentes.
Los concursantes dispondrán de hasta dos días hábiles
posteriores al acto observado, debiendo presentar por escrito
su reclamo ante la Sección Concursos de la Dirección
General de Personal.
Formulario
Ascenso Cargo No Docente
BASES PARA EL LLAMADO A PROVISIÓN INTERINA
DE 1 CARGO DE: PROGRAMADOR / ADMINISTRADOR DEL PROYECTO "PORTAL
DE LA UDELAR"
Esc. R G° 13 - 30 hs. Semanales
(cargo que requiere renovación permanente de conocimientos)
REQUISITOS
Se podrán presentar al llamado, todos los ciudadanos uruguayos
que acrediten poseer el Título hablitante de Analista en
Computación o formación equivalente.
Además deberá poseer conocimientos y experiencia
que a continuación se detallan:
Experiencia en el desarrollo de aplicaciones web que incluyan
manejo de páginas dinámicas, base de datos, software
libre, instalación y administración de servidores
web, de disco y de aplicaciones. Experiencia de trabajo en equipos
multidisciplinarios, relacionada con los temas anteriores.
El Consejo Directivo Central designará una Comisión
Asesora integrada por miembros de reconocida trayectoria en las
disciplinas directamente relacionadas con las funciones del cargo
o afines al mismo.
MÉRITOS
Los méritos deberán estar debidamente documentados
y serán considerados cuando tengan relación con
el cargo por el cual se concursa, debiendo estar agrupados en
dos grandes gurpos: Experiencia y Conocimientos.
Experiencia: incluirá los cargos desempañados
en la actividad privada o en la Administración Pública,
ya sea en la Universidad o fuera de ella. Se considerará
entre otros elementos el carácter de los cargos ocupados,
el período de ejercicio de los mismos, la forma de ingreso
o ascenso, las calificaciones, evaluación o los legajos
si los hubiere y una breve descripción de las tareas desempeñadas.
También este rubro podrá incluir, entre otros aspectos,
la actuación universitaria en órganos de gobierno
universitario, comisiones u otros antecedentes.
Conocimientos: incluirá, los títulos, certificados
de estudio y cursos de especialización relacionados con
el cargo. Los premios, publicaciones y trabajos. La participación
en Congresos teniendo en cuenta el carácter de dicha participación.
Asimismo podrán incluirse, entre otros aspectos, las ideas,
iniciativas, estudios y ejecución de programas de signinficación,
en cuyo desarrollo haya participado el aspirante, de acuerdo a
la documentación presentada y los informes de la autoridad
correspondiente.
CARACTERÍSTICAS DEL CARGO Y REMUNERACIÓN
Escalafón R, Grado 13, 30 horas semanales. De acuerdo
a la intensidad del trabajo, se podrán conceder extensiones
horarias o el régimen de dedicación compensada.
NOTA
-Solamente serán considerados los antecedentes que estén
debidamente documentados.
-La presentación de los antecedentes deberá seguir
el orden establecido en las Bases.
-Los documentos deberán ser legibles, se entregarán
fotocopias que se autenticarán en el momento de la inscripción
con la presentación de los originales, éstos deberán
ser exhibidos en el mismo orden en que se presentan las copias.
-Las constancias referentes a cursos y talleres, deberán
acreditar, en lo posible, carga horaria y evaluación.
-En lo referente a la experiencia laboral. deberán presentar
una constancia que acredite las funciones desempeñadas
expedida por su superior inmediato.
DESCRIPCIÓN DEL CARGO PROGRAMADOR / ADMINISTRADOR DEL
PROYECTO "PORTAL DE LA UDELAR"
PROPÓSITO:
Desarrollar actividades de análisis, diseño y programación
del portal de la universidad, y de administración del servidor.
Proponer soluciones informáticas y técnicas a los
problemas que surjan en el funcionamiento del equipamiento informático
destinado al proyecto. Definir aspectos relativos a la arquitectura
informática del portal, seguridad, respaldos, entre otros.
REQUISITOS Y COMPETENCIAS PARA EL CARGO
Para ocupar el cargo se requerirá poseer capacidad probada
e ideoneidad moral, así como aptitud psico física
plena avalada por la División Universitaria de la Salud.
Competencias comportamentales/sociales/participativas
· Comunicación para relacionarse eficazmente con
los integrantes del equipo multidisciplinario.
· Comprensión y consideración frente a los
problemas que pudieren originarse en el trabajo diario.
· Responsabilidad en el desempeño de sus funciones
dando cumplimiento a los objetivos trazados.
Competencias metodológicas/intelectuales
· Capacidad para proporcionar los soportes y formatos
informáticos donde se volcarán los contenidos del
portal.
· Capacidad para diseñar la estructura informática.
· Capacidad para administrar el equipamiento y software.
· Capacidad para crear mecanismos de control con referencia
a la estructura o arquitectura informatica del portal.
FORMACIÓN Y EXPERIENCIA
Formación:
El aspirante deberá poseer Título habilitante de
Analista en Computación o formación equivalente.
Experiencia:
Experiencia en el desarrollo de aplicaciones web que incluyan
manejo de páginas dinámicas, base de datos, software
libre, instalación y administración de servidores
web, de disco y de aplicaciones. Experiencia de trabajo en equipos
multidisciplinarios, relacionada con los temas anteriores.
FUNCIONES EN EL CARGO
· Instalar equipamiento (servidor, estaciones, impresora)
y software (servidor web, base de datos, software de diseño,
aplicaciones generales de trabajo) a ser utilizado por el proyecto.
· Colaborar en el relevamiento de la información,
especialmente en aspectos relacionados con los soportes y formatos
existentes, útiles para establecer los mecanismos de suministro
de información al portal.
· Participar en la definición de la estructura básica
del portal y los servicios a brindar.
· Diseñar una arquitectura informática del
portal acorde a los requerimientos y a las prioridades de implementación.
· Desarrollar los aspectos informáticos de las aplicaciones
del portal.
· Administrar equipamiento y software, en especial servidor
web y base de datos, que estén directamente relacionados
con el funcionamiento del portal.
· Generar documentación técnica sobre la
arquitectura informática del portal, los flujos de información,
las decisiones técnicas tomadas y su justificación.
· Participar en la realización actividades de control,
seguimiento y la elaboración de informes de avance.
· Otras actividades que el coordinador del proyecto le
encomiende relacionadas con la especialidad de su cargo.
CARACTERÍSTICAS DEL CARGO Y REMUNERACIÓN
Escalafón R, Grado 13, 30 horas semanales. De acuerdo
a la intensidad del trabajo, se podrán conceder extensiones
horarias o el régimen de dedicación compensada.
Escalafón R
BASES PARA EL LLAMADO A
ASPIRANTES GRADO 2, 30 HORAS, EN CARÁCTER EFECTIVO
Art. 1. Funciones del cargo
- Colaborar en tareas de gestión académica asociadas
a las unidades de trabajo y los programas de la Comisión
Sectorial de Enseñanza (CSE) En particular, colaborar
en la implementación de líneas de trabajo en el
marco de los proyectos institucionales de responsabilidad de
la CSE.
- Participar en la organización de la información
generada a partir de la gestión académica de la
CSE y, en colaboración con el conjunto de la Unidad Académica,
apoyar la preparación de publicaciones periódicas
informes.
- Integrar equipos interdisciplinarios y cooperar en el desarrollo
de líneas de investigación aprobadas por la CSE.
- Apoyar la difusión de la actividad de la CSE a través
de la organización de eventos propios de la CSE, como
mediante la asistencia a Seminarios, talleres, etc. en los que
se presenten resultados de investigación, evaluación
de actividades, etc.
Art. 2. Forma de provisión.
Se realizará un llamado abierto a Concurso de Méritos
y Pruebas. Se considerará en particular la acreditación
en formación superior con titulación preferencial
en Ciencias de la Educación, antecedentes docentes tanto
en el campo de la enseñanza como de la investigación
en el ámbito terciario y universitario.
Los aspirantes deberán presentar una relación documentada
de méritos y antecedentes. Se realizará una prueba
escrita y su defensa oral.
Art. 3. Requisitos
- Ser graduado universitario de cualquier carrera o acreditar
formación equivalente.
- Acreditar formación en el manejo fluido de procesadores
de texto, búsqueda experta a través de Internet,
planillas electrónicas, bases de datos y programas informáticos
de análisis de datos cualitativos y cuantitativos.
Art. 4. Evaluación de los Aspirantes
El Llamado comprende la presentación documentada de méritos
y antecedentes, la elaboración de una prueba escrita sobre
un tema relacionado con el perfil del cargo y su defensa oral.
La valoración de los méritos se hará de
acuerdo a los siguientes criterios:
4.1. Estudios superiores
4.1.1. Escolaridad
4.1.2. Títulos de grado
4.1.3. Títulos de Postgrado (Especialización, Maestría,
Doctorado)
4.1.4. Otros estudios de nivel superior
4.2. Experiencia docente y participación en equipos
de trabajo vinculados a la función de enseñanza.
4.2.1. Grado y duración de los cargos desempeñados
en la UdelaR o instituciones de nivel comparable.
4.2.2. Participación en la producción de informes,
documentos o publicaciones relativos a la función de enseñanza.
4.2.3. Participación en Proyectos de Enseñanza.
4.2.4. Elaboración de materiales educativos.
4.2.5. Actividades de enseñanza en instituciones no universitarias
de nivel terciario.
4.3. Experiencia en investigación de temas de enseñanza.
4.3.1. Participación en la elaboración de materiales
de difusión de resultados de investigación.
4.3.2. Participación en Proyectos de investigación
de temas de enseñanza.
4.3.2. Becas y premios obtenidos en concursos científicos
o académicos.
4.4. Actuación en extensión
4.4.1. Participación en Proyectos de extensión.
4.5. Otros méritos
4.5.1.Participación en órganos de cogobierno, comisiones,
etc.
4.5.2. Participación en eventos, congresos y seminarios
relacionados con el llamado.
4.5. La valoración de los méritos se llevará
a cabo de acuerdo a los siguientes puntajes:
a) Estudios superiores : 18 p
b) Experiencia docente y participación en equipos de trabajo
vinculados a la función de enseñanza: 12 p
c) Experiencia en investigación de temas de enseñanza:
8 p
d) Actuación en extensión: 8 p
e) Otros méritos: 4 p
Total: 50 p
4.6. Pruebas
Se realizará una prueba escrita sobre un tema sorteado
del programa de concurso para lo que se dispondrá de tres
horas.
Se realizará la defensa oral de la misma ante el Tribunal
para lo que se dispondrá de 30 minutos.
Total: 50 p
TOTAL: 100 puntos.
Se requiere alcanzar el 50% del puntaje en cada instancia (méritos
- pruebas) como mínimo de aprobación, en consecuencia
sólo pasarán a la etapa de pruebas quienes hayan
aprobado la instancia de méritos.
Art. 5. Sobre la base de los criterios expuestos en el
apartado 4.5. el Tribunal adjudicará un puntaje debidamente
fundamentado a cada Aspirante, estableciendo como conclusión
un orden de prelación de aquellos aspirantes que aprueben
el concurso y elevará su dictamen al Consejo Directivo
Central.
(5 en 5)
1. Rectificar las Resoluciones referentes a las renovaciones
del cargo del Lic. Martín Koolhaas (G° 1) y de la Lic.
Sylvia De Bellis (G° 2) incluyendo: y no más
allá de la renovación efectiva de los cargos.
(5 en 5)
19. - Aprobar lo actuado por el Sr. Pro Rector de Enseñanza,
Prof. Dr. Pablo Julio Pebé, que en base al acuerdo alcanzado
el 18.10.05 procedió a extender hasta el viernes 11 de
noviembre de 2005, el cierre del Llamado a Proyectos de elaboración
de pruebas diagnósticas al ingreso a la Universidad.
- Encomendar a la Unidad Administrativa comunique la presente
Resolución a los distintos Servicios Universitarios.
(5 en 5)
20. Tomar conocimiento de la invitación realizada
por la Prof. Consejera Lilián D'elía a las jornadas
que se llevarán a cabo en el marco del Seminario Internacional
"La Educación Media: ¿en qué está
y a donde va?, a realizarse los días 27, 28 y 29 de octubre
en la Sala Hugo Balzo del SODRE.
(5 en 5)
(Siendo la hora 18:15 se levanta la Sesión).
Formulario Docente
CONCURSO PARA LA PROVISIÓN
EN EFECTIVIDAD DE CARGOS DE ESCRIBANO
DENOMINACIÓN: Escribano, Profesional III,
CARACTERÍSTICAS: Escalafón A, Sub escalafón
2,
Código: A.2.08 100 Grado 11
CARÁCTER DE LA DESIGNACIÓN: Efectivo
FORMA DE PROVISIÓN:
Por llamado a concurso entre todos los ciudadanos de la República
que cumplan con los siguientes requisitos:
poseer Título habilitante de Escribano Público
expedido por la Facultad de Derecho de la Universidad de la República.
En caso de que los inscriptos superen las cincuenta personas,
el Tribunal considerará solamente la postulación
de los cincuenta que reúnan el mayor puntaje de escolaridad
quedando los restantes excluidos del proceso del concurso.
Quedan exceptuados de la preselección por escolaridad los
actuales funcionarios de la UdelaR.
Documentos que deben acompañar la solicitud de inscripción
En el momento de la inscripción será indispensable
acompañar la solicitud con la presentación de los
siguientes documentos:
- Cédula de identidad
- Credencial Cívica
- Título habilitante de Escribano Público expedido
por la Facultad de Derecho de la
Universidad de la República.(original y fotocopia)
- Certificados:
· Relación de antecedentes, siguiendo el orden establecido
en las Bases, con las certificaciones que los acrediten (certificados
de estudio, escolaridad, cursos, concursos y otros). La certificación
de los cursos deberá indicar: contenido, carga horaria,
forma de aprobación, e institución.
· Actividad laboral en otras instituciones públicas
o privadas con determinación de cargos, carácter
de los mismos y período de ejercicio con firma del responsable
y datos del mismo para establecer contacto.
· Actuación funcional en la UdelaR, conteniendo:
escalafón, grado, período de ejercicio y carácter
de los cargos que ha desempeñado en la Universidad de la
República.
Esta certificación debe ser expedida por la Sección
Personal pudiendo ser complementada y avalada por la máxima
autoridad administrativa del servicio.
· Reseña de tareas desempeñadas por el concursante
en la o las dependencias donde hubiere prestado servicios. La
misma será expedida por su superior inmediato con datos
del mismo para establecer contacto.
Los documentos deberán ser legibles, se podrá entregar
fotocopias, las que deberán ser autenticadas en el momento
de la inscripción con la presentación de los originales,
exhibiéndose éstos en el mismo orden en que se presenten
las copias.
Sólo se considerarán los antecedentes que estén
debidamente documentados.
Los legajos de los funcionarios de la UdelaR que se inscriban,
serán solicitados por el Tribunal a las respectivas dependencias
de personal
Clase de concurso: Antecedentes y pruebas.
El concurso se realizará en la modalidad de puntajes y
se regirá a todos los efectos por la Ordenanza de Concursos
aprobada por el CDC en resolución N°16, del 26.10.1999
y publicada en el Diario Oficial el 12.11.1999.
Notificación y Publicidad
En el momento de inscribirse, los aspirantes deberán notificarse
de la fecha del primer acto del concurso.
Este consistirá en la lectura pública de los miembros
que integran el Tribunal y de los inscriptos que reúnan
los requisitos establecidos en las bases.
Sin perjuicio de lo anterior, a los efectos de facilitar la información
a los concursantes, tales nóminas se publicarán
en cartelera o estarán a su disposición.
También se dará lectura, si algún concursante
así lo solicita, a la relación de antecedentes presentada
por todos los aspirantes. Se deberá elegir el representante
de los concursantes para completar la integración del tribunal.
Los concursantes podrán objetar los méritos presentados
por otros concursantes dentro de los dos días hábiles
siguientes a la realización del primer acto del concurso.
Los concursantes deberán concurrir a todos los actos del
concurso, Art.7°,8°,9° y 14°, de la Ordenanza
de Concursos aprobada por el CDC en resolución N°16
del 26.10.1999.
I) ANTECEDENTES: Hasta 100 puntos
1) EDUCACIÓN FORMAL : Hasta 30 puntos
1.1 Formación : hasta 20 puntos
El promedio de escolaridad se obtendrá dividiendo el total
de
exámenes rendidos, considerando los no aprobados.
Las reprobaciones en Derecho Constitucional, Administrativo o
Derecho Público I, II y III , así como en las Técnicas
Notariales y
Clínica Notarial supondrán una quita de 4 (cuatro)
puntos en
cada caso.
A todos los efectos, se tomarán en cuenta las expresiones
numéricas de las
calificaciones respectivas.
1.2 Formación profesional complementaria: hasta 6 puntos
(Otros títulos, cursos para graduados, congresos y
seminarios, etc)
1.3 Otros estudios (idiomas, informática, etc) : hasta
4 puntos
2) ACTUACIÓN PROFESIONAL : Hasta 68 puntos
2.1 Cargos y funciones desempeñadas en la Universidad
de la República, que guarden relación con el cargo
a ocupar. El concursante presentará una reseña de
las tareas cumplidas que guarden relación con el cargo
a ocupar, acreditada mediante documentación fehaciente
: hasta 38 puntos
2.2 Experiencia en el manejo de normativa universitaria acreditada
mediante documentación fehaciente: hasta 5 puntos
2.3 Antigüedad en el desempeño de funciones en la
Universidad de la República que guarden relación
con el cargo a ocupar, acreditada mediante constancia fehaciente
de la oficina de personal correspondiente: hasta 10 puntos
2.4 Cargos y funciones ejercidas en otras instituciones públicas
que guarden relación con el cargo a ocupar de Escribano:
hasta 4 puntos
2.5 Experiencia profesional en la actividad privada que guarde
relación con el cargo a ocupar de Escribano : hasta 3 puntos
2.6 Docencia en la Universidad de la República en materias
notariales y/o
jurídicas : hasta 3 puntos
2.7 Concursos o llamados a aspirantes ganados en la Universidad
de República: hasta 5 puntos
3) OTROS MÉRITOS : Hasta 2 puntos
II) PRUEBA: Hasta 40 puntos
A) El concursante deberá presentar un trabajo escrito de
carácter notarial sobre uno de los 3 temas que le serán
propuestos por el Tribunal, que deberán versar sobre normativa
universitaria, y no podrán superar las 10 carillas de extensión
a doble espacio y en tamaño A4 Letra Arial tamaño
12: hasta 30 puntos
Nota. En el momento de la notificación de puntaje
de antecedentes, se proporcionará los temas a desarrollar
por los concursantes y contarán con 20 días para
su entrega.
B) Consistirá en una entrevista con los miembros del Tribunal
con la finalidad de que el concursante pueda realizar la defensa
oral de la prueba y se pueda evaluar su adecuación al perfil
del cargo: hasta 10 puntos
Se deberá obtener un puntaje mínimo del 50% en
cada una de las partes de la prueba ( A y B)
Quienes culminen el proceso concursivo conformarán un
cuadro por orden de prelación, con vigencia por dos años
con quienes igualen o superen el porcentaje antes mencionado.
Los integrantes de los cuadros serán convocados para trabajar
según el orden de prelación, a solicitud de los
Servicios universitarios y de acuerdo al informe de disponibilidad.
INFORMACIÓN GENERAL
1) NORMATIVA APLICABLE
Las instancias concursivas se realizaran en el marco de las disposiciones
generales existentes en la materia, particularmente lo establecido
en la Constitución Nacional, la Ley Orgánica de
la Universidad de la República, el Estatuto de los Funcionarios
No Docentes, la Reestructura Escalafonaria, la Ordenanza de Concursos
y la Ordenanza de Ascensos.
2) PRIMER ACTO DEL CONCURSO
2.1) En el momento de la inscripción los aspirantes serán
notificados de la fecha del primer acto del concurso.
En este acto se dará lectura publica de:
- la nómina de los miembros del tribunal
- la nómina de inscriptos que reúnan los requisitos
establecidos en las bases.
- la relación de antecedentes presentados por los aspirantes,
si algún aspirante así lo solicita.
2.2) Elección del representante:
Los concursantes podrán elegir a su representante, titular
y suplente, mediante voto no obligatorio, reservado y anónimo.
Los requisitos para ser representantes y el procedimiento electoral
seguirán lo establecido en los Arts.14,15 y 16 de la Ordenanza
de Concursos para la provisión de cargos no docentes
3) OBSERVACIONES E IMPUGNACIONES
3.1) Art.8 de la Ordenanza de Concursos para la provisión
de cargos no docentes - Primer acto de concurso ....."Los
concursantes podrán objetar los méritos presentados
por otros concursantes dentro de los dos días hábiles
siguientes a la realización del primer acto del concurso".
3.2) Art.19 de la Ordenanza de Concursos para la provisión
de cargos no docentes - Impugnación. "Los concursantes
podrán recusar a los integrantes del Tribunal ante el Rector
de la Universidad de la República quien resolverá
sin ulterior instancia en el concurso. Tal impugnación
podrá formularse dentro de los dos días hábiles
siguientes a la fecha de notificación a los concursantes
del acto de designación o elección, en su caso,
del miembro del Tribunal destinatario de la recusación.
3.3) Art.29 de la Ordenanza de Concursos para la provisión
de cargos no docentes - Inapelabilidad del Contenido. El fallo
definitivo del Tribunal será inapelable en cuanto al contenido.
Por vicios graves de procedimiento podrá declararse la
nulidad total o parcial.
3.4) Art.31 de la Ordenanza de Concursos para la provisión
de cargos no docentes - Plazo para su presentación. Las
observaciones que se formulen sobre supuestos vicios de forma
de las pruebas o en la calificación de los antecedentes
deberá ser enviada al Tribunal. "Los concursantes
dispondrán de dos días hábiles, siguientes
a la terminación del acto impugnado, a fin de plantear
tales observaciones".
3.5) Art.32 de la Ordenanza de Concursos para la provisión
de cargos no docentes - Procedimiento. " El Tribunal, si
lo considera pertinente, está habilitado para corregir
el vicio. En caso contrario, elevará inmediatamente todos
los antecedentes al Consejo Directivo Central, debiendo esperar
la resolución de éste antes de continuarse con el
concurso.
El Consejo Directivo Central adoptará resolución
en el plazo estipulado en el Articulo 25".
Mediante esa resolución, el Consejo Directivo Central podrá
confirmar la actuación del Tribunal o declarar la nulidad
parcial del concurso. En este caso, deberán complementarse
las etapas o actuaciones correspondientes.
4) RESPONSABILIDAD DE LOS CONCURSANTES
4.1) Art.9 de la Ordenanza de Concursos para la provisión
de cargos no docentes - Carga de los concursantes- "Los concursantes
deberán concurrir a todos los actos del concurso"
4.2) Art.10 de la Ordenanza de Concursos para la provisión
de cargos no docentes - Notificaciones - "..... Los concursantes
imposibilitados de concurrir a algún acto del concurso,
podrán tomar conocimiento de lo allí actuado por
quien los represente, siendo suficiente para ello la presentación
de una nota suscrita por el ausente"
4.3) Art.24 de la Ordenanza de Concursos para la provisión
de cargos no docentes - Inconducta de los concursantes - "El
Tribunal hará saber de inmediato al Consejo Directivo Central
de toda actuación de los concursantes que pueda merecer
sanción, y en tal caso el concurso quedará interrumpido".
4.4) Art.25 de la Ordenanza de Concursos para la provisión
de cargos no docentes - Sanciones a los concursantes - "El
Consejo Directivo Central dispondrá de treinta días
para tomar resolución, plazo que se computará a
partir de la incorporación del punto en el Orden del día".
Las sanciones a los concursantes podrán consistir en amonestación,
eliminación del concurso o prohibición de presentarse
a nuevos concursos, pudiendo llegar ésta hasta un límite
de cinco años. Esta sanción se aplicará en
casos de inconductas de los concursantes de especial gravedad.
Tales sanciones se impondrán sin perjuicio de la responsabilidad
que tuvieren tratándose de universitarios. En el caso que
corresponda, se dejará constancia en el legajo personal".
5) DESIGNACIONES
5.1) Previo a la designación del postulante, deberá
comprobar la aptitud moral mediante la presentación de
certificado de buena conducta y tener aptitud psico-física
certificada por la División Universitaria de la Salud (D.U.S).
5.2) Las designaciones se realizarán respetando el orden
de prelación y las necesidades de los servicios universitarios
bajo el régimen de circunscripción única.
5.3) Art.35 de la Ordenanza de Concursos para la provisión
de cargos no docentes- Vigencia del orden de prelación
- "El orden de prelación resultante de los concursos
de ingreso tendrá una vigencia por un único período
de dos años"...
5.4) Art.17 de la Ordenanza de ascensos de los funcionarios no
docentes de la Universidad de la República- Vigencia -
"El orden de prelación tendrá vigencia por
un único período que será improrrogable,
de acuerdo al siguiente detalle:
Concursos de méritos para cargos de nivel operativo: un
año.- Concursos de méritos y oposición para
cargos de nivel operativo: dos años.- Concursos de méritos
y oposición para cargos de nivel de conducción:
tres años.
Formulario No Docente
DESCRIPCIÓN DEL CARGO
DE COCINERO - DESPENSERO
DENOMINACIÓN: Cocinero - Despensero
CARACTERÍSTICAS: Escalafón E, sub escalfón
2 , grado 4, 5 y 6.
PROPÓSITO DEL CARGO:
Contribuir al logro de los objetivos del Servicio, realizando
las preparaciones culinarias que le encomienden, de acuerdo a
las técnicas establecidas y el tipo, calidad y cantidad
de ingredientes señalados.
REQUISITOS DEL CARGO :
Aptitud moral
-En grado de ingreso, comprobada mediante el certificado de buena
conducta.
-En grados de ascenso, se verificará la existencia de anotaciones
en el legajo que impliquen un juicio negativo sobre la moral del
aspirante.
Requisitos psico-físicos
-Aptitud psico-física, total certificada por la División
Universitaria de la Salud.
Aptitud física específica
-Debe poseer las condiciones físicas necesarias para permanecer
de pie, agacharse, levantar y trasladar pesos, recorrer el área
de la cocina central y sus dependencias durante la mayor parte
de la jornada de trabajo.
-Debe estar en condiciones de someterse transitoriamente a ambientes
de alta temperatura (zonas de cocción) o baja (zona de
refrigeración).
-Debe tener suficientemente desarrollados los sentidos de vista,
olfato y gusto para cumplir con su labor de selección de
alimentos, apreciación de calidad, estado, preparación,
presentación y condimentación.
-Habilidad manual para el manejo de los alimentos y equipos de
trabajo.
Competencias Básicas:
Debe poseer Enseñanza Primaria completa y cursos de UTU
de primer nivel o nivel intermedio en el oficio, u otros estudios
realizados en instituciones privadas reconocidas y que guarden
relación con el cargo.
Competencias intelectuales -metodológicas.
-Facilidad numérica para realizar cálculos sencillos
necesarios para el desempeño de algunas funciones del cargo.
-Saber interpretar las tareas que le encomienda su superior.
Competencias comportamentales/sociales/participativas
-Capacidad de mantener una eficaz y fluida comunicación
con compañeros y superiores.
-Responsabilidad en el desempeño de sus tareas, individuales
y colectivas.
-Estabilidad emocional e iniciativa para atender situaciones de
emergencia. -Flexibilidad y disposición de adaptación
a las diferentes situaciones.
-Capacidad y disposición para trabajar en equipo.
-Espíritu de cooperación.
-Prolijidad y minuciosidad para una eficiente selección,
elaboración y presentación de los alimentos.
-Pulcritud e higiene personal para evitar riesgos en la manipulación
de alimentos.
Competencias complementarias:
Conocimiento
Conocimientos básicos de los principios de higiene.
Tratamiento adecuado en la manipulación de los alimentos.
Conocimiento de la normativa y disposiciones sanitarias en cocinas
institucionales.
Los funcionarios que ocupen cargos en el nivel Oficial Intermedio
I (grado 6) deberá tener conocimiento de la secuencia de
trabajo en una cocina institucional.
Experiencia
Experiencia en cargos similares, ya sea en el ámbito público
como en el privado.
INTERRELACIONES JERÁRQUICAS:
Supervisado por cocineros de grado superior (Jefe de Sección,
Grado 9 ) y por la Nutricionista.
No tiene personal a su cargo, eventualmente quien reviste en Grado
6, en ausencia del Jefe de Sección Grado 9, y a solicitud
de la autoridad superior del servicio, puede supervisar el funcionamiento
de la cocina.
FUNCIONES DEL CARGO:
· -Realizar la elaboración del menú planificado
con preparaciones: dieta normal, dietoterápicas y sus variantes,
de acuerdo a las técnicas establecidas, tipo y cantidad
de ingredientes señalados por la Nutricionista.
· -Realiza las preparaciones de las comidas en todas las
etapas: limpieza, corte, preparación propiamente dicha
y cocción de los alimentos.
· - Hacer uso adecuado y económico de los alimentos
para lograr el máximo rendimiento de los mismos.
· -Solicitar a su superior la aprobación de las
distintas preparaciones antes de proceder a su distribución
y servicio, cumpliendo con el número de porciones establecidas
por planilla.
· - Participar en el servicio de los carros termo y la
presentación, higiene y adecuación del pedido.
· - Dar buen uso a los materiales y equipos que se le
confíen, mediante la limpieza, mantenimiento adecuado y
ordenamiento de los mismos.
· - Recepcionar y almacenar mercadería y controlar
el retiro de víveres de la cámara o depósitos.
· -Entregar los ingredientes necesarios para la preparación
del menú, de acuerdo a la planilla proporcionada, pesando
los alimentos extraídos de la cámara o depósito.
· -Cumplir en forma estricta las normas de higiene y manipulación
segura de alimentos y preparaciones.
· Responsabilidad en el manejo e higiene adecuado de los
equipos: cámara, heladera, hornos, cocina, carros termo
y equipamiento de cocina en general.
· -Controlar diariamente el stock de alimentos por turno
y cada ves que su superior o nutricionista lo solicite.
· -Realizar la limpieza e higiene de los depósitos,
despensa, cámaras, otros.
· -Cooperar en el adiestramiento del personal.
· -Realizar las tarea que le sean asignadas, relacionada
con su cargo.
BASES PARA EL CONCURSO DE ASCENSO A
OFICIAL INTERMEDIO I, COCINERO - DESPENSERO
DENOMINACIÓN: Cocinero- Despensero
CARACTERÍSTICAS: Escalafón E, Sub escalafón
2,
Oficial Intermedio I, Grado 6
CARACTERÍSTICAS DE LA DESIGNACIÓN: Efectivo
Art.2° de la Ordenanza de ascensos de los funcionarios no
docentes de la Universidad de la República ... "Los
cargos ocupados como consecuencia de un concursos de ascenso,
tendrán siempre carácter titular"..
TIPO, REQUISITOS Y CLASE DE CONCURSO
Tipo de concurso: Cerrado
Requisitos:
Podrán participar en el concurso los funcionarios que
revistan en efectividad en cargos de la carrera Cocinero Despensero,
Oficial Intermedio III y II, sub-escalafón E2, grados 4
y 5 respectivamente y que tengan una antigüedad mínima
de 2 años en el cargo.
Documentos que deben acompañar la solicitud de inscripción
En el momento de la inscripción será indispensable
acompañar la solicitud con la presentación de los
siguientes documentos:
- Cédula de identidad
- Certificados que acrediten:
- Actuación funcional, conteniendo: escalafón,
grado, período de ejercicio y carácter de los
cargos que ha desempeñado en la Universidad de la República.
Esta certificación debe ser expedida por la Sección
Personal y avalada por la máxima autoridad administrativa
del servicio.
- Reseña de tareas certificadas por el superior y avaladas
por la máxima autoridad administrativa del servicio.
- Relación de antecedentes, siguiendo el orden establecido
en las Bases, con las certificaciones que los acrediten (certificados
de estudio, escolaridad, cursos, concursos y otros). La certificación
de los cursos deberá indicar: contenido, carga horaria,
forma de aprobación, e institución.
- Los documentos deberán ser legibles, se entregarán
fotocopias que deberán autentificarse en el momento de
la inscripción con la presentación de los originales,
exhibiéndose éstos en el mismo orden en que se
presenten las copias.
Clase de concurso: Antecedentes y prueba
1. ANTECEDENTES : hasta 100 puntos
1.1 Formación : hasta 35 puntos
1.1.1 Educación formal (Primaria ,Secundaria, UTU, certificados
de oficios relacionados con el cargo. ) : hasta 20 puntos
1.1.2 Capacitación relacionada con el cargo : hasta 15
puntos
1.2 Experiencia : hasta 65 puntos
1.2.1 Actividad en la Universidad de la República
1.2.1.1 Antigüedad que exceda la requerida como requisito:
hasta 15 puntos
1.2.1.2 Carrera funcional en la UdelaR, evaluación del
Servicio, informe
sobre asistencia y puntualidad : hasta 15 puntos
1.2.1.3 Concursos y llamados a aspirantes : hasta 10 puntos
1.2.1.4. Trabajos especiales (informe del responsable) : hasta
10 puntos
1.2.2 Actividad externa a la Universidad de la República
1.2.2.1 Actividad laboral en el ámbito privado o público
exceptuando la Universidad de la República en actividades
que guarden relación con el cargo a concursar : hasta 15
puntos
Nota
Solamente serán considerados los antecedentes que estén
debidamente documentados.
Los legajos serán solicitados por el Tribunal a las respectivas
dependencias de personal
El informe de asistencia y puntualidad (1.2.1.2) será considerado
en los tres últimos años de desempeño. Tomándose
como referencia los datos registrados en los legajos respectivos.
1.4 Deméritos
En la calificación de los antecedentes, el Tribunal descontará
los siguientes puntajes por cada falta sancionada que conste en
el legajo personal y haya sido dispuesta por autoridades legítimas.
( Res. Nº65 CDC del 2.07.85.)
Sanciones y suspensiones - Detracciones
Más de 3 meses. : 30 puntos
Más de 2 meses hasta 3 meses : 28 puntos
Más de 1 mes hasta 2 meses: 25 puntos
De 11 días a 1 mes : 15 puntos
De 4 a 10 días : 10 puntos
Hasta 3 días : 6 puntos
Apercibimiento, Amonestación y Observación: 3 puntos
Vigencia de los deméritos
· hasta 6 puntos, no serán considerados pasados
3 años de su aplicación,
· hasta 15 puntos, no serán considerados pasados
los 5 años de su aplicación,
· superiores a 15 puntos no serán considerados pasados
los 7 años de su aplicación.
· Para los funcionarios de Hospital de Clínicas,
no se tomarán en cuenta las sanciones aplicadas por incumplimiento
a las obligaciones de : asistencia, puntualidad, presencia, cuando
se trate de suspensiones menores o iguales a tres días.
2. PRUEBA: hasta 150 puntos
2.1 Prueba específica : hasta 120 puntos
Consistirá en la respuesta a preguntas sobre temas relacionados
con las funciones del cargo y, una preparación culinaria
dentro de las que integran la dieta normal. Asimismo, se tomará
en cuenta la aplicación de medidas de prevención
y protección de Salud en el Trabajo.
2.2 Prueba sobre Normativa : hasta 30 puntos
Ley Orgánica: Capítulos; I Arts. 1,2,3,4,5
II Art. 6
VIII Arts. 48,49,50,51;
IX Arts. 56,57,60;
Estatuto del Personal no docente, Ordenanza de Licencias y Ordenanza
de Asistencia
Nota: Para seguir en el proceso concursivo deberá
contar con el 50% del puntaje en cada uno de los items 2.1 y 2.2
.
Quienes culminen el proceso conformarán un cuadro por orden
de prelación.
INFORMACIÓN GENERAL
1) NORMATIVA APLICABLE
Las instancias concursivas se realizaran en el marco de las disposiciones
generales existentes en la materia, particularmente lo establecido
en la Constitución Nacional, la Ley Orgánica de
la Universidad de la República, el Estatuto de los Funcionarios
No Docentes, la Reestructura Escalafonaria, la Ordenanza de Concursos
y la Ordenanza de Ascensos.
2) PRIMER ACTO DEL CONCURSO
2.1) En el momento de la inscripción los aspirantes serán
notificados de la fecha del primer acto del concurso.
En este acto se dará lectura publica de:
- la nómina de los miembros del tribunal
- la nómina de inscriptos que reúnan los requisitos
establecidos en las bases.
- la relación de antecedentes presentados por los aspirantes,
si algún aspirante así lo solicita.
2.2) Elección del representante:
Los concursantes podrán elegir a su representante, titular
y suplente, mediante voto no obligatorio, reservado y anónimo.
Los requisitos para ser representantes y el procedimiento electoral
seguirán lo establecido en los Arts.14,15 y 16 de la Ordenanza
de Concursos para la provisión de cargos no docentes
3) OBSERVACIONES E IMPUGNACIONES
3.1) Art.8 de la Ordenanza de Concursos para la provisión
de cargos no docentes - Primer acto de concurso ....."Los
concursantes podrán objetar los méritos presentados
por otros concursantes dentro de los dos días hábiles
siguientes a la realización del primer acto del concurso".
3.2) Art.19 de la Ordenanza de Concursos para la provisión
de cargos no docentes - Impugnación. "Los concursantes
podrán recusar a los integrantes del Tribunal ante el Rector
de la Universidad de la República quien resolverá
sin ulterior instancia en el concurso. Tal impugnación
podrá formularse dentro de los dos días hábiles
siguientes a la fecha de notificación a los concursantes
del acto de designación o elección, en su caso,
del miembro del Tribunal destinatario de la recusación.
3.3) Art.29 de la Ordenanza de Concursos para la provisión
de cargos no docentes - Inapelabilidad del Contenido. El fallo
definitivo del Tribunal será inapelable en cuanto al contenido.
Por vicios graves de procedimiento podrá declararse la
nulidad total o parcial.
3.4) Art.31 de la Ordenanza de Concursos para la provisión
de cargos no docentes - Plazo para su presentación. Las
observaciones que se formulen sobre supuestos vicios de forma
de las pruebas o en la calificación de los antecedentes
deberá ser enviada al Tribunal. "Los concursantes
dispondrán de dos días hábiles, siguientes
a la terminación del acto impugnado, a fin de plantear
tales observaciones".
3.5) Art.32 de la Ordenanza de Concursos para la provisión
de cargos no docentes - Procedimiento. " El Tribunal, si
lo considera pertinente, está habilitado para corregir
el vicio. En caso contrario, elevará inmediatamente todos
los antecedentes al Consejo Directivo Central, debiendo esperar
la resolución de éste antes de continuarse con el
concurso.
El Consejo Directivo Central adoptará resolución
en el plazo estipulado en el Articulo 25".
Mediante esa resolución, el Consejo Directivo Central podrá
confirmar la actuación del Tribunal o declarar la nulidad
parcial del concurso. En este caso, deberán complementarse
las etapas o actuaciones correspondientes.
4) RESPONSABILIDAD DE LOS CONCURSANTES
4.1) Art.9 de la Ordenanza de Concursos para la provisión
de cargos no docentes - Carga de los concursantes- "Los concursantes
deberán concurrir a todos los actos del concurso"
4.2) Art.10 de la Ordenanza de Concursos para la provisión
de cargos no docentes - Notificaciones - "..... Los concursantes
imposibilitados de concurrir a algún acto del concurso,
podrán tomar conocimiento de lo allí actuado por
quien los represente, siendo suficiente para ello la presentación
de una nota suscrita por el ausente"
4.3) Art.24 de la Ordenanza de Concursos para la provisión
de cargos no docentes - Inconducta de los concursantes - "El
Tribunal hará saber de inmediato al Consejo Directivo Central
de toda actuación de los concursantes que pueda merecer
sanción, y en tal caso el concurso quedará interrumpido".
4.4) Art.25 de la Ordenanza de Concursos para la provisión
de cargos no docentes - Sanciones a los concursantes - "El
Consejo Directivo Central dispondrá de treinta días
para tomar resolución, plazo que se computará a
partir de la incorporación del punto en el Orden del día".
Las sanciones a los concursantes podrán consistir en amonestación,
eliminación del concurso o prohibición de presentarse
a nuevos concursos, pudiendo llegar ésta hasta un límite
de cinco años. Esta sanción se aplicará en
casos de inconductas de los concursantes de especial gravedad.
Tales sanciones se impondrán sin perjuicio de la responsabilidad
que tuvieren tratándose de universitarios. En el caso que
corresponda, se dejará constancia en el legajo personal".
5) DESIGNACIONES
5.1) Previo a la designación del postulante, deberá
comprobar la aptitud moral mediante la presentación de
certificado de buena conducta y tener aptitud psico-física
certificada por la División Universitaria de la Salud (D.U.S).
5.2) Las designaciones se realizarán respetando el orden
de prelación y las necesidades de los servicios universitarios
bajo el régimen de circunscripción única.
5.3) Art.35 de la Ordenanza de Concursos para la provisión
de cargos no docentes- Vigencia del orden de prelación
- "El orden de prelación resultante de los concursos
de ingreso tendrá una vigencia por un único período
de dos años"...
5.4) Art.17 de la Ordenanza de ascensos de los funcionarios no
docentes de la Universidad de la República- Vigencia -
"El orden de prelación tendrá vigencia por
un único período que será improrrogable,
de acuerdo al siguiente detalle:
- Concursos de méritos para cargos de nivel operativo:
un año.
- Concursos de méritos y oposición para cargos de
nivel operativo: dos años.
- Concursos de méritos y oposición para cargos de
nivel de conducción: tres años.
Formulario de Ascenso
CONCURSO PARA LA PROVISIÓN
EN EFECTIVIDAD DE CARGOS DE DOCTOR EN DERECHO.
DENOMINACIÓN: Doctor en Derecho, Profesional III,
CARACTERÍSTICAS: Escalafón A, Sub escalafón
2,
Código: A.2.09 100 Grado 11
CARÁCTER DE LA DESIGNACIÓN: Efectivo
FORMA DE PROVISIÓN:
Por llamado a concurso entre todos los ciudadanos de la República
que cumplan con los siguientes requisitos:
poseer Título habilitante de Doctor en Derecho y Ciencias
Sociales o Abogado expedido por la Facultad
de Derecho de la Universidad de la República.
En caso de que los inscriptos superen las cincuenta personas,
el Tribunal considerará solamente la postulación
de los cincuenta que reúnan el mayor puntaje de escolaridad
quedando los restantes excluidos del proceso del concurso.
Quedan exceptuados de la preselección por escolaridad los
actuales funcionarios de la UdelaR.
Documentos que deben acompañar la solicitud de inscripción
En el momento de la inscripción será indispensable
acompañar la solicitud con la presentación de los
siguientes documentos:
- Cédula de identidad
- Credencial Cívica
- Título habilitante de Doctor en Derecho y Ciencias Sociales
o Abogado
expedido por la Facultad de Derecho de la Universidad de la República.
(Original y fotocopia).
- Certificados:
· Relación de antecedentes, siguiendo el orden establecido
en las Bases, con las certificaciones que los acrediten (certificados
de estudio, escolaridad, cursos, concursos y otros). La certificación
de los cursos deberá indicar: contenido, carga horaria,
forma de aprobación e institución.
· Actividad laboral en otras instituciones públicas
o privadas con determinación de cargos, carácter
de los mismos y período de ejercicio con firma del responsable
y datos del mismo para establecer contacto.
· Actuación funcional en la UdelaR, conteniendo:
escalafón, grado, período de ejercicio y carácter
de los cargos que ha desempeñado en la Universidad de la
República.
Esta certificación debe ser expedida por la Sección
Personal pudiendo ser complementada y avalada por la máxima
autoridad administrativa del servicio.
· Reseña de tareas desempeñadas por el concursante
en la o las dependencias donde hubiere prestado servicios. La
misma será expedida por su superior inmediato con datos
del mismo para establecer contacto.
Los documentos deberán ser legibles, se podrá entregar
fotocopias, las que deberán ser autenticadas en el momento
de la inscripción con la presentación de los originales,
exhibiéndose éstos en el mismo orden en que se presenten
las copias.
Sólo se considerarán los antecedentes que estén
debidamente documentados.
Los legajos de los funcionarios de la UdelaR que se inscriban,
serán solicitados por el Tribunal a las respectivas dependencias
de personal
Clase de concurso: Antecedentes y pruebas.
El concurso se realizará en la modalidad de puntajes y
se regirá a todos los efectos por la Ordenanza de Concursos
aprobada por el CDC en resolución N°16, del 26.10.1999
y publicada en el Diario Oficial el 12.11.1999.
Notificación y Publicidad
En el momento de inscribirse, los aspirantes deberán notificarse
de la fecha del primer acto del concurso.
Este consistirá en la lectura pública de los miembros
que integran el Tribunal y de los inscriptos que reúnan
los requisitos establecidos en las bases.
Sin perjuicio de lo anterior, a los efectos de facilitar la información
a los concursantes, tales nóminas se publicarán
en cartelera o estarán a su disposición.
También se dará lectura, si algún concursante
así lo solicita, a la relación de antecedentes presentada
por todos los aspirantes. Se deberá elegir el representante
de los concursantes para completar la integración del tribunal.
Los concursantes podrán objetar los méritos presentados
por otros concursantes dentro de los dos días hábiles
siguientes a la realización del primer acto del concurso.
Los concursantes deberán concurrir a todos los actos del
concurso, Art.7°,8°,9° y 14°, de la Ordenanza
de Concursos aprobada por el CDC en resolución N°16
del 26.10.1999.
I) ANTECEDENTES: Hasta 100 puntos
1) EDUCACIÓN FORMAL: Hasta 30 puntos
1.1 Formación : hasta 20 puntos
El promedio de escolaridad se obtendrá dividiendo el total
de exámenes rendidos, considerando los no aprobados.
Las reprobaciones en Derecho Constitucional, Administrativo o
Derecho Público I, II y III , supondrán una quita
de 4 (cuatro) puntos
en cada caso.
A todos los efectos, se tomarán en cuenta las expresiones
numéricas de las calificaciones respectivas.
1.2 Formación profesional complementaria :. hasta 6 puntos
(Otros títulos, cursos para graduados, congresos y
seminarios, etc)
1.3 Otros estudios (idiomas, informática, etc) : hasta
4 puntos
2) ACTUACIÓN PROFESIONAL :. Hasta 68 puntos
2.1 Cargos y funciones desempeñadas en la Universidad
de la República, que guarden relación con el cargo
a ocupar. El concursante presentará una reseña de
las tareas cumplidas que guarden relación con el cargo
a ocupar, acreditada mediante documentación fehaciente:
hasta 38 puntos
2.2 Experiencia en el manejo de normativa universitaria
acreditada mediante documentación fehaciente : hasta 5
puntos
2.3 Antigüedad en el desempeño de funciones en la
Universidad de la República que guarden relación
con el cargo a ocupar, acreditada mediante constancia fehaciente
de la oficina de personal correspondiente: hasta 10 puntos
2.4 Cargos y funciones ejercidas en otras instituciones públicas
que guarden relación con el cargo a ocupar de Doctor en
Derecho y Ciencias Sociales, Doctor en Derecho o Abogado : hasta
4 puntos
2.5 Experiencia profesional en la actividad privada que guarde
relación con el cargo a ocupar. de Doctor en Derecho y
Ciencias Sociales, Doctor en Derecho o Abogado:. hasta 3 puntos
2.6 Docencia en la Universidad de la República en materia
jurídica: hasta 3 puntos
2.7 Concursos o llamados a aspirantes ganados en la Universidad
de República: hasta 5 puntos
3.- OTROS MÉRITOS : Hasta 2 puntos
II) PRUEBA: Hasta 40 puntos
A) El concursante deberá presentar un trabajo escrito de
carácter jurídico sobre uno de los 3 temas que le
serán propuestos por el Tribunal, que deberán versar
sobre normativa universitaria y no podrán superar las 10
carillas de extensión a doble espacio y en tamaño
A4 Letra Arial tamaño 12: hasta 30 puntos
Nota: En el momento de la notificación de puntaje
de antecedentes, se proporcionará los temas a desarrollar
por los concursantes y contarán con 20 días para
su entrega.
B) Consistirá en una entrevista con los miembros del Tribunal
con la finalidad de que el concursante pueda realizar la defensa
oral de la prueba y se pueda evaluar su adecuación al perfil
del cargo: hasta 10 puntos
Se deberá obtener un puntaje mínimo del 50% en
cada una de las partes de la prueba ( A y B)
Quienes culminen el proceso concursivo conformarán un
cuadro por orden de prelación, con vigencia por dos años
con quienes igualen o superen el porcentaje antes mencionado.
Los integrantes de los cuadros serán convocados para trabajar
según el orden de prelación, a solicitud de los
Servicios universitarios y de acuerdo al informe de disponibilidad.
INFORMACIÓN GENERAL
1) NORMATIVA APLICABLE
Las instancias concursivas se realizaran en el marco de las disposiciones
generales existentes en la materia, particularmente lo establecido
en la Constitución Nacional, la Ley Orgánica de
la Universidad de la República, el Estatuto de los Funcionarios
No Docentes, la Reestructura Escalafonaria, la Ordenanza de Concursos
y la Ordenanza de Ascensos.
2) PRIMER ACTO DEL CONCURSO
2.1) En el momento de la inscripción los aspirantes serán
notificados de la fecha del primer acto del concurso.
En este acto se dará lectura publica de:
- la nómina de los miembros del tribunal
- la nómina de inscriptos que reúnan los requisitos
establecidos en las bases.
- la relación de antecedentes presentados por los aspirantes,
si algún aspirante así lo solicita.
2.2) Elección del representante:
Los concursantes podrán elegir a su representante, titular
y suplente, mediante voto no obligatorio, reservado y anónimo.
Los requisitos para ser representantes y el procedimiento electoral
seguirán lo establecido en los Arts.14,15 y 16 de la Ordenanza
de Concursos para la provisión de cargos no docentes
3) OBSERVACIONES E IMPUGNACIONES
3.1) Art.8 de la Ordenanza de Concursos para la provisión
de cargos no docentes - Primer acto de concurso ....."Los
concursantes podrán objetar los méritos presentados
por otros concursantes dentro de los dos días hábiles
siguientes a la realización del primer acto del concurso".
3.2) Art.19 de la Ordenanza de Concursos para la provisión
de cargos no docentes - Impugnación. "Los concursantes
podrán recusar a los integrantes del Tribunal ante el Rector
de la Universidad de la República quien resolverá
sin ulterior instancia en el concurso. Tal impugnación
podrá formularse dentro de los dos días hábiles
siguientes a la fecha de notificación a los concursantes
del acto de designación o elección, en su caso,
del miembro del Tribunal destinatario de la recusación.
3.3) Art.29 de la Ordenanza de Concursos para la provisión
de cargos no docentes - Inapelabilidad del Contenido. El fallo
definitivo del Tribunal será inapelable en cuanto al contenido.
Por vicios graves de procedimiento podrá declararse la
nulidad total o parcial.
3.4) Art.31 de la Ordenanza de Concursos para la provisión
de cargos no docentes - Plazo para su presentación. Las
observaciones que se formulen sobre supuestos vicios de forma
de las pruebas o en la calificación de los antecedentes
deberá ser enviada al Tribunal. "Los concursantes
dispondrán de dos días hábiles, siguientes
a la terminación del acto impugnado, a fin de plantear
tales observaciones".
3.5) Art.32 de la Ordenanza de Concursos para la provisión
de cargos no docentes - Procedimiento. " El Tribunal, si
lo considera pertinente, está habilitado para corregir
el vicio. En caso contrario, elevará inmediatamente todos
los antecedentes al Consejo Directivo Central, debiendo esperar
la resolución de éste antes de continuarse con el
concurso.
El Consejo Directivo Central adoptará resolución
en el plazo estipulado en el Articulo 25".
Mediante esa resolución, el Consejo Directivo Central podrá
confirmar la actuación del Tribunal o declarar la nulidad
parcial del concurso. En este caso, deberán complementarse
las etapas o actuaciones correspondientes.
4) RESPONSABILIDAD DE LOS CONCURSANTES
4.1) Art.9 de la Ordenanza de Concursos para la provisión
de cargos no docentes - Carga de los concursantes- "Los concursantes
deberán concurrir a todos los actos del concurso"
4.2) Art.10 de la Ordenanza de Concursos para la provisión
de cargos no docentes - Notificaciones - "..... Los concursantes
imposibilitados de concurrir a algún acto del concurso,
podrán tomar conocimiento de lo allí actuado por
quien los represente, siendo suficiente para ello la presentación
de una nota suscrita por el ausente"
4.3) Art.24 de la Ordenanza de Concursos para la provisión
de cargos no docentes - Inconducta de los concursantes - "El
Tribunal hará saber de inmediato al Consejo Directivo Central
de toda actuación de los concursantes que pueda merecer
sanción, y en tal caso el concurso quedará interrumpido".
4.4) Art.25 de la Ordenanza de Concursos para la provisión
de cargos no docentes - Sanciones a los concursantes - "El
Consejo Directivo Central dispondrá de treinta días
para tomar resolución, plazo que se computará a
partir de la incorporación del punto en el Orden del día".
Las sanciones a los concursantes podrán consistir en amonestación,
eliminación del concurso o prohibición de presentarse
a nuevos concursos, pudiendo llegar ésta hasta un límite
de cinco años. Esta sanción se aplicará en
casos de inconductas de los concursantes de especial gravedad.
Tales sanciones se impondrán sin perjuicio de la responsabilidad
que tuvieren tratándose de universitarios. En el caso que
corresponda, se dejará constancia en el legajo personal".
5) DESIGNACIONES
5.1) Previo a la designación del postulante, deberá
comprobar la aptitud moral mediante la presentación de
certificado de buena conducta y tener aptitud psico-física
certificada por la División Universitaria de la Salud (D.U.S).
5.2) Las designaciones se realizarán respetando el orden
de prelación y las necesidades de los servicios universitarios
bajo el régimen de circunscripción única.
5.3) Art.35 de la Ordenanza de Concursos para la provisión
de cargos no docentes- Vigencia del orden de prelación
- "El orden de prelación resultante de los concursos
de ingreso tendrá una vigencia por un único período
de dos años"...
5.4) Art.17 de la Ordenanza de ascensos de los funcionarios no
docentes de la Universidad de la República- Vigencia -
"El orden de prelación tendrá vigencia por
un único período que será improrrogable,
de acuerdo al siguiente detalle:
- Concursos de méritos para cargos de nivel operativo:
un año.- Concursos de méritos y oposición
para cargos de nivel operativo: dos años.- Concursos de
méritos y oposición para cargos de nivel de conducción:
tres años.
Formulario de Ingreso
DESCRIPCIÓN DEL CARGO DE CHOFER
DENOMINACIÓN: Chofer
CARACTERÍSTICAS: Escalafón E, sub escalfón
2 ,
Oficial Intermedio III, grado 4, Código E.2.21 107
Oficial Intermedio II, grado 5 Código E.2.21 207
Oficial Intermedio I, grado 6 Código E.2.21 307
PROPÓSITO DEL CARGO:
Conducir los vehículos que componen la flota automotriz
de la Universidad compuesto por: autos, camionetas, camiones,
micros, ómnibus y ambulancias. Asegurar la integridad de
las personas que trasladan y la custodia de los bienes que transportan.
El área de desempeño puede abarcar el territorio
nacional o parte de países limítrofes.
REQUISITOS DEL CARGO :
Aptitud moral y psico-física
Comprobada aptitud moral, y tener aptitud psico-física
certificada por la División Universitaria de la Salud.
Aptitud física específica
-Debe poseer las condiciones físicas necesarias para permanecer
sentado, agacharse, levantar, trasladar, acomodar objetos y paquetes
en los vehículos.
-Habilidad manual para el manejo de herramientas, para subsanar
situaciones de emergencia en los vehículos.
Aptitud para cooperar con los pacientes en el ascenso y descenso
de las ambulancias.
Requisito especial
-Licencia para conducir Categoría F o 2Eb
Formación Básicas:
-Debe poseer Primer Ciclo de Enseñanza Secundaria o UTU.
Conocimiento complementario
Conocimientos básicos de mecánica y electricidad
automotriz.
Experiencia
Experiencia en cargos similares, ya sea en el ámbito público
o privado.
Competencias
-Facilidad numérica para realizar cálculos sencillos
necesarios para el desempeño de algunas funciones del cargo.
- Manejar con precaución utilizando métodos adecuados
de prevención de accidentes, cuidado de las personas, el
vehículo y su rendimiento.
-Capacidad de mantener una comunicación fluida con compañeros,
superiores y usuarios del servicio de transporte.
-Responsabilidad en el desempeño de sus tareas, individuales
y colectivas.
-Estabilidad emocional e iniciativa para atender situaciones de
emergencia. -Flexibilidad y disposición de adaptación
a las diferentes situaciones.
-Capacidad y disposición para trabajar en equipo.
-Espíritu de cooperación.
-Especial consideración en el traslado de pacientes.
-Prolijidad, adecuado control y mantenimiento de la unidad que
le sea encomendada.
-Pulcritud e higiene personal.
INTERRELACIONES JERÁRQUICAS:
Supervisado por el Jefe de Sección, o por el Encargado
del Sector Transporte o Locomoción.
Puesto de nivel operativo, sin personal a cargo.
FUNCIONES DEL CARGO:
· Conducir vehículos varios; autos, camionetas,
camiones, micros, ómnibus y ambulancias.
· Conducir los vehículos de la UdelaR según
programación y/o indicaciones del Jefe o del Encargado
del Sector Transporte o Locomoción, respetando y cumpliendo
las normas de tránsito, velando por la seguridad del vehículo
y de las personas que lo ocupen.
· Recibir y trasladar autoridades universitarias, nacionales
y extranjeros, invitados, funcionarios, estudiantes y pacientes
en viajes cortos medianos y largos.
· En el Hospital de Clínicas, al conducir la ambulancia,
debe cooperar en el ascenso y descenso de pacientes, actuando
en forma responsable y respetuosa con los mismos.
· Recibir, trasladar y entregar en forma ágil, correcta
y responsable los documentos, objetos, cargas y bienes que le
sean encomendados.
· Llevar de acuerdo a los procedimientos establecidos;
planillas de control, kilometraje, gastos mensuales o diarios,
y servicios realizados en los vehículos utilizados.
· Detectar desperfectos de funcionamiento, solucionarlo
momentáneamente si fuera posible e informar a su superior.
· Realizar el mantenimiento y las revisiones diarias de
la unidad asignada a efecto de entregarla en buenas condiciones
de higiene y funcionamiento, previendo pérdida de tiempo
o accidentes.
· Realizar otras tareas relacionadas con el cargo y aquellas
que se le encomienden.
BASES LLAMADO A CONCURSO ABIERTO Y CERRADO
PARA LA PROVISIÓN EFECTIVA DE CARGOS DE CHOFER
DENOMINACIÓN: Chofer
CARACTERÍSTICAS: Escalafón E, Sub escalafón
2,
Grado 4, Oficial Intermedio III, Código E.2.21 107
CARACTERÍSTICAS DE LA DESIGNACIÓN: Efectivo
Será de aplicación el Art. 5° del Estatuto
de los Funcionarios No Docentes de la Universidad de la República
y el cual se transcribe a continuación.
Art. 5º-Provisoriato- "Los funcionarios que ingresen
a la Universidad, cualquiera fuere la naturaleza del vínculo,
serán designados provisionalmente, pudiendo ser separados
por decreto fundado, dentro del plazo de seis meses contados a
partir de la toma de posesión, por la autoridad que los
nombró.
Transcurrido el plazo del inciso anterior, el funcionario adquiere
ipso jure, derecho al desempeño interino o efectivo del
cargo, quedando amparado por el presente Estatuto".
Cantidad de cargos a proveer: según la necesidad de personal
de los servicios y su disponibilidad presupuestal.
TIPO, REQUISITOS Y CLASE DE CONCURSO
Tipo de concurso: Abierto y cerrado
Art. 34 de la Ordenanza para la provisión de cargos
no docentes..."Los concursos de ingreso para la provisión
de cargos no docentes en los escalafones C,D, E serán abiertos
y cerrados. Estos concursos se realizarán en forma simultánea"....
Preinscripción:Si el número de inscriptos al concurso
abierto, supera los 50 se realizará un sorteo de carácter
público entre los aspirantes, para establecer en carácter
definitivo quienes concursarán dentro de ese cupo de 50
personas, de acuerdo al art. 36 de la Ordenanza de Concursos de
funcionarios no docentes.
Los funcionarios interinos de la UdelaR, inscriptos en el concurso
" abierto" quedarán exonerados del sorteo y límite
de edad.
Requisitos:
Para el llamado abierto
· Ser ciudadanos uruguayo y tener entre 23 y 40 años
de edad,
· Licencia para conducir Categoría F o 2Eb
· Tener aprobado el Primer Ciclo de Enseñanza Secundaria
o UTU.
Para el llamado cerrado:
· Podrán participar en el concurso cerrado todos
los funcionarios no docentes que ocupen cargos en efectividad
de cualquier escalafón, que cumplan con los siguientes
requisitos:
* poseer licencia de conducir categoría E o F,
* tener aprobado Primer Ciclo de Enseñanza Secundaria o
UTU, quedando exonerados del límite de edad y sorteo.
Clase de concurso: Antecedentes y pruebas.
DOCUMENTOS QUE DEBEN ACOMPAÑAR LA SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN
Cédula de Identidad
Credencial Cívica.
Licencia para conducir según corresponda al llamado abierto
o cerrado
Certificado de escolaridad
Relación de antecedentes (currículum vitae). Original
y copia
Certificados y constancias correspondientes. Original y copia
Constancia del Departamento o Sección Personal (funcionarios
efectivos o interinos)
-Solamente serán considerados los antecedentes que
estén debidamente documentados.
-La presentación de los antecedentes deberá seguir
el orden establecido en las Bases.
-Los documentos deberán ser legibles, se entregarán
fotocopias que se autenticarán en el momento de la inscripción
con la presentación de los originales, éstos deberán
ser exhibidos en el mismo orden en que se presentan las copias.
-Las constancias referentes a cursos y talleres, deberán
acreditar, en lo posible, carga horaria y evaluación.
-En lo referente a la experiencia laboral:
-los funcionarios de la Udelar deberán presentar una reseña
de tareas expedida por su superior inmediato.
-Para el resto de los concursantes, deberán presentar una
reseña de tareas expedida por su empleador, con datos del
mismo para establecer contacto.
1. ANTECEDENTES : hasta 100 puntos
1.1 Formación
1.1.1 Estudios formales superiores a los requeridos para la inscripción:
hasta 20 puntos
1.1.2 Capacitación relacionada con el cargo: hasta 30 puntos
1.2 Experiencia:
1.2.1 En tareas relacionadas con el cargo: hasta 50 puntos
El Tribunal evaluará la actuación de los postulantes
que intervengan en el llamado, considerando los antecedentes (méritos
y deméritos).
Deméritos
1- Detracción para los funcionarios de la UdelaR
En la calificación de los antecedentes, el Tribunal descontará
los siguientes puntajes por cada falta sancionada que conste en
el legajo personal y haya sido dispuesta por autoridades legítimas.(
Res. Nº65 CDC del 2.07.85.)
Sanciones y suspensiones Detracciones
Más de 3 meses: 30 puntos
Más de 2 meses hasta 3 meses: 28 puntos
Más de 1 mes hasta 2 meses: 25 puntos
De 11 días a 1 mes: 15 puntos
De 4 a 10 días: 10 puntos
Hasta 3 días: 6 puntos
Apercibimiento, Amonestación y Observación: 3 puntos
Vigencia de los deméritos
- hasta 6 puntos, no serán considerados pasados 3 años
de su aplicación,
- hasta 15 puntos, no serán considerados pasados los 5
años de su aplicación,
-superiores a 15 puntos no serán considerados pasados los
7 años de su aplicación.
Para los funcionarios de Hospital de Clínicas, no se tomarán
en cuenta las sanciones aplicadas por incumplimiento a las obligaciones
de : asistencia, puntualidad, presencia, cuando se trate de suspensiones
menores o iguales a tres días.
2- Detracción para los postulante externos a la UdelaR
En el caso de postulantes externos podrán realizarse las
detracciones que entienda el Tribunal, de acuerdo a las referencias
o informes fehacientes de actuaciones que las ameriten.
2. PRUEBAS: hasta 150 puntos
2.1 Normativa : hasta 20 puntos
Ley Orgánica: Capítulos; I Arts. 1,2,3,4,5
II Art. 6
VIII Arts. 48,49,50,51;
Estatuto del Personal no docente, Capítulos I, II y III
2.2Teórico/Práctico: hasta 100 puntos
El Tribunal determinará un temario que le será
entregado a los concursantes en el momento de comunicar el puntaje
de antecedentes y que se relacionará con los siguientes
aspectos: servicios de auxilio automotriz, actualización
de normas que regulan el tránsito y manejo preventivo.
La prueba podrá consistir en la respuesta a un cuestionario,
resolución de situaciones y/o evaluación práctica.
2.3Entrevista: hasta 30 puntos
En la cual se apreciará la adecuación del concursante
al perfil trazado en la Descripción de Cargo, mediante
la ponderación de factores relacionados con la apariencia,
actitud, capacidad de comprensión y expresión correcta
de conceptos e ideas relacionadas con las peculiaridades del desempeño
de sus obligaciones.
Nota: Para calificar en el concurso el concursante
deberá contar con el 50 % del puntaje en cada uno de los
items (2.1 , 2.2 y 2.3)
Aquellos concursantes que culminen el proceso concursivo,conformarán
un cuadro por orden de
prelación para el concurso abierto y otro cuadro para el
concurso cerrado.
A los efectos de la provisión de vacantes se procederá
a designar, de acuerdo a los requerimientos,
a un ganador del concurso abierto en primer término y un
ganador del concurso cerrado, en
segundo término y así sucesivamente.
INFORMACIÓN GENERAL
1) NORMATIVA APLICABLE
Las instancias concursivas se realizaran en el marco de las disposiciones
generales existentes en la materia, particularmente lo establecido
en la Constitución Nacional, la Ley Orgánica de
la Universidad de la República, el Estatuto de los Funcionarios
No Docentes, la Reestructura Escalafonaria, la Ordenanza de Concursos
y la Ordenanza de Ascensos.
2) PRIMER ACTO DEL CONCURSO
2.1) En el momento de la inscripción los aspirantes serán
notificados de la fecha del primer acto del concurso.
En este acto se dará lectura publica de:
- la nómina de los miembros del tribunal
- la nómina de inscriptos que reúnan los requisitos
establecidos en las bases.
- la relación de antecedentes presentados por los aspirantes,
si algún aspirante así lo solicita.
2.2) Elección del representante:
Los concursantes podrán elegir a su representante, titular
y suplente, mediante voto no obligatorio, reservado y anónimo.
Los requisitos para ser representantes y el procedimiento electoral
seguirán lo establecido en los Arts.14,15 y 16 de la Ordenanza
de Concursos para la provisión de cargos no docentes
3) OBSERVACIONES E IMPUGNACIONES
3.1) Art.8 de la Ordenanza de Concursos para la provisión
de cargos no docentes - Primer acto de concurso ....."Los
concursantes podrán objetar los méritos presentados
por otros concursantes dentro de los dos días hábiles
siguientes a la realización del primer acto del concurso".
3.2) Art.19 de la Ordenanza de Concursos para la provisión
de cargos no docentes - Impugnación. "Los concursantes
podrán recusar a los integrantes del Tribunal ante el Rector
de la Universidad de la República quien resolverá
sin ulterior instancia en el concurso. Tal impugnación
podrá formularse dentro de los dos días hábiles
siguientes a la fecha de notificación a los concursantes
del acto de designación o elección, en su caso,
del miembro del Tribunal destinatario de la recusación.
3.3) Art.29 de la Ordenanza de Concursos para la provisión
de cargos no docentes - Inapelabilidad del Contenido. El fallo
definitivo del Tribunal será inapelable en cuanto al contenido.
Por vicios graves de procedimiento podrá declararse la
nulidad total o parcial.
3.4) Art.31 de la Ordenanza de Concursos para la provisión
de cargos no docentes - Plazo para su presentación. Las
observaciones que se formulen sobre supuestos vicios de forma
de las pruebas o en la calificación de los antecedentes
deberá ser enviada al Tribunal. "Los concursantes
dispondrán de dos días hábiles, siguientes
a la terminación del acto impugnado, a fin de plantear
tales observaciones".
3.5) Art.32 de la Ordenanza de Concursos para la provisión
de cargos no docentes - Procedimiento. " El Tribunal, si
lo considera pertinente, está habilitado para corregir
el vicio. En caso contrario, elevará inmediatamente todos
los antecedentes al Consejo Directivo Central, debiendo esperar
la resolución de éste antes de continuarse con el
concurso.
El Consejo Directivo Central adoptará resolución
en el plazo estipulado en el Articulo 25".
Mediante esa resolución, el Consejo Directivo Central podrá
confirmar la actuación del Tribunal o declarar la nulidad
parcial del concurso. En este caso, deberán complementarse
las etapas o actuaciones correspondientes.
4) RESPONSABILIDAD DE LOS CONCURSANTES
4.1) Art.9 de la Ordenanza de Concursos para la provisión
de cargos no docentes - Carga de los concursantes- "Los concursantes
deberán concurrir a todos los actos del concurso"
4.2) Art.10 de la Ordenanza de Concursos para la provisión
de cargos no docentes - Notificaciones - "..... Los concursantes
imposibilitados de concurrir a algún acto del concurso,
podrán tomar conocimiento de lo allí actuado por
quien los represente, siendo suficiente para ello la presentación
de una nota suscrita por el ausente"
4.3) Art.24 de la Ordenanza de Concursos para la provisión
de cargos no docentes - Inconducta de los concursantes - "El
Tribunal hará saber de inmediato al Consejo Directivo Central
de toda actuación de los concursantes que pueda merecer
sanción, y en tal caso el concurso quedará interrumpido".
4.4) Art.25 de la Ordenanza de Concursos para la provisión
de cargos no docentes - Sanciones a los concursantes - "El
Consejo Directivo Central dispondrá de treinta días
para tomar resolución, plazo que se computará a
partir de la incorporación del punto en el Orden del día".
Las sanciones a los concursantes podrán consistir en amonestación,
eliminación del concurso o prohibición de presentarse
a nuevos concursos, pudiendo llegar ésta hasta un límite
de cinco años. Esta sanción se aplicará en
casos de inconductas de los concursantes de especial gravedad.
Tales sanciones se impondrán sin perjuicio de la responsabilidad
que tuvieren tratándose de universitarios. En el caso que
corresponda, se dejará constancia en el legajo personal".
5) DESIGNACIONES
5.1) Previo a la designación del postulante, deberá
comprobar la aptitud moral mediante la presentación de
certificado de buena conducta y tener aptitud psico-física
certificada por la División Universitaria de la Salud (D.U.S).
5.2) Las designaciones se realizarán respetando el orden
de prelación y las necesidades de los servicios universitarios
bajo el régimen de circunscripción única.
5.3) Art.35 de la Ordenanza de Concursos para la provisión
de cargos no docentes- Vigencia del orden de prelación
- "El orden de prelación resultante de los concursos
de ingreso tendrá una vigencia por un único período
de dos años"...
5.4) Art.17 de la Ordenanza de ascensos de los funcionarios no
docentes de la Universidad de la República- Vigencia -
"El orden de prelación tendrá vigencia por
un único período que será improrrogable,
de acuerdo al siguiente detalle:
- Concursos de méritos para cargos de nivel operativo:
un año.
- Concursos de méritos y oposición para cargos de
nivel operativo: dos años.
- Concursos de méritos y oposición para cargos de
nivel de conducción: tres años.
Formulario de Ingreso
CONCURSO PARA LA PROVISIÓN EN EFECTIVIDAD
DE CARGOS DE DIRECTOR DE DEPARTAMENTO CONTADOR
DENOMINACIÓN: Director de Departamento
- Contador
CARACTERÍSTICAS: Escalafón A, Sub escalafón
2, Grado 15,
Director de Departamento Código: A.2.04 500
CARACTERÍSTICAS DE LA DESIGNACIÓN: Efectivo
TIPO, REQUISITOS Y CLASE DE CONCURSO
Tipo de concurso: Abierto
Requisitos:
Podrán participar en el concurso los ciudadanos que posean
título habilitante de: Contador Público y/o Licenciado
en Administración.
Aptitud moral y psico-física: Comprobar aptitud
moral, y tener aptitud psico-física, certificada por la
División Universitaria de la Salud.
Documentos que deben acompañar la solicitud de inscripción
En el momento de la inscripción será indispensable
acompañar la solicitud con la presentación de los
siguientes documentos:
- Cédula de identidad
- Credencial Cívica
- Título habilitante de Contador Público y/o Licenciado
en Administración (original y fotocopia)
- Certificados:
* Reseña de tareas desempeñadas por el concursante
en la o las dependencias o empresas donde hubiere prestado servicios.
La misma será expedida por su superior inmediato con datos
del mismo para establecer contacto.
* Relación de antecedentes, siguiendo el orden establecido
en las Bases, con las certificaciones que los acrediten (certificados
de estudio, escolaridad de egreso, cursos, concursos y otros).
La certificación de los cursos deberá indicar: contenido,
carga horaria, forma de aprobación, e institución.
* Los documentos deberán ser legibles, se podrán
entregar fotocopias, las que deberán ser autenticadas en
el momento de la inscripción con la presentación
de los originales, exhibiéndose éstos en el mismo
orden en que se presenten las copias.
* Actuación funcional en la UdelaR, conteniendo: escalafón,
grado, período de ejercicio y carácter de los cargos
que ha desempeñado en la Universidad de la República.
Esta certificación debe ser expedida por la Sección
Personal pudiendo ser complementada y avalada por la máxima
autoridad administrativa del Servicio.
Los legajos de los funcionarios inscriptos, serán solicitados
por el Tribunal a las respectivas dependencias de personal.
* Actividad laboral en otras instituciones públicas o privadas
con determinación de cargos, carácter de los mismos
y período de ejercicio con firma del responsable con datos
para su ubicación.
* No se tomarán en cuenta los antecedentes que no estén
debidamente documentados.
En caso de que los inscriptos superen las cincuenta personas,
el Tribunal considerará solamente la postulación
de los cincuenta que reúnan las mejores escolaridades,
quedando los restantes excluidos del proceso del concurso.
Quedan exceptuados de la preselección por escolaridad los
actuales funcionarios de la UdelaR.
Clase de concurso
Modalidad: Antecedentes, pruebas y evaluación psicológica.
El concurso se realizará en la modalidad de puntajes y
se regirá a todos los efectos por la Ordenanza de Concursos
aprobada por el CDC en resolución N°16, del 26.10.1999
y publicada en el Diario Oficial el 12.11.1999.
Notificaciones:
En el momento de inscribirse, los aspirantes deberán notificarse
de la fecha del primer acto del concurso.
En este primer acto se procederá a:
· Dar lectura pública de los nombres de los miembros
que integran el Tribunal
· Elegir el representante de los postulantes para completar
la integración del Tribunal
· Comunicar la nómina de los inscriptos que reúnan
los requisitos establecidos en las bases. Sin perjuicio de lo
anterior, a los efectos de facilitar la información a los
concursantes, tales nóminas se publicarán en cartelera
y estarán a disposición de los interesados.
· Dar lectura, si algún concursante así lo
solicita, a la relación de antecedentes presentada por
todos los aspirantes.
· Proporcionar el temario para la prueba
Los concursantes podrán objetar los méritos presentados
por otros concursantes dentro de los dos días hábiles
siguientes a la realización del primer acto del concurso.
Los concursantes deberán concurrir a todos los actos del
concurso, Art.7°,8°,9° y 14°, de la Ordenanza
de Concursos aprobada por el CDC en resolución N°16
del 26.10.1999.
1. ANTECEDENTES : Hasta 100 puntos
Los antecedentes serán calificados por el Tribunal antes
de la iniciación de la primera prueba y el resultado de
dicha calificación será notificado a los concursantes
por lo menos con diez (10) días hábiles de anticipación
a la misma. Corresponderá un máximo de 100 puntos
conforme al detalle explicitado a continuación.
1.1 Formación profesional complementaria: hasta 20 puntos
Se consideran sólo los relacionados con el cargo a ocupar.
Por cursos realizados deberá acreditarse carga horaria
y en su caso evaluación, así como datos que permitan
corroborar su contenido.
1.1.1 Formación |