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BASES PARA EL LLAMADO A PROVISIÓN INTERINA DE UN CARGO DE PROGRAMADOR / ADMINISTRADOR DEL PROYECTO "PORTAL DE LA UDELAR"

Esc. R G° 13 - 30 hs. Semanales (cargo que requiere renovación permanente de conocimientos)

REQUISITOS

Se podrán presentar al llamado, todos los ciudadanos uruguayos que acrediten poseer el Título hablitante de Analista en Computación o formación equivalente.

Además deberá poseer conocimientos y experiencia que a continuación se detallan:

Experiencia en el desarrollo de aplicaciones web que incluyan manejo de páginas dinámicas, base de datos, software libre, instalación y administración de servidores web, de disco y de aplicaciones. Experiencia de trabajo en equipos multidisciplinarios, relacionada con los temas anteriores.

El Consejo Directivo Central designará una Comisión Asesora integrada por miembros de reconocida trayectoria en las disciplinas directamente relacionadas con las funciones del cargo o afines al mismo.

MÉRITOS

Los méritos deberán estar debidamente documentados y serán considerados cuando tengan relación con el cargo por el cual se concursa, debiendo estar agrupados en dos grandes gurpos: Experiencia y Conocimientos.

Experiencia: incluirá los cargos desempañados en la actividad privada o en la Administración Pública, ya sea en la Universidad o fuera de ella. Se considerará entre otros elementos el carácter de los cargos ocupados, el período de ejercicio de los mismos, la forma de ingreso o ascenso, las calificaciones, evaluación o los legajos si los hubiere y una breve descripción de las tareas desempeñadas. También este rubro podrá incluir, entre otros aspectos, la actuación universitaria en órganos de gobierno universitario, comisiones u otros antecedentes.

Conocimientos: incluirá, los títulos, certificados de estudio y cursos de especialización relacionados con el cargo. Los premios, publicaciones y trabajos. La participación en Congresos teniendo en cuenta el carácter de dicha participación. Asimismo podrán incluirse, entre otros aspectos, las ideas, iniciativas, estudios y ejecución de programas de signinficación, en cuyo desarrollo haya participado el aspirante, de acuerdo a la documentación presentada y los informes de la autoridad correspondiente.

CARACTERÍSTICAS DEL CARGO Y REMUNERACIÓN

Escalafón R, Grado 13, 30 horas semanales. De acuerdo a la intensidad del trabajo, se podrán conceder extensiones horarias o el régimen de dedicación compensada.

NOTA

-Solamente serán considerados los antecedentes que estén debidamente documentados.

-La presentación de los antecedentes deberá seguir el orden establecido en las Bases.

-Los documentos deberán ser legibles, se entregarán fotocopias que se autenticarán en el momento de la inscripción con la presentación de los originales, éstos deberán ser exhibidos en el mismo orden en que se presentan las copias.

-Las constancias referentes a cursos y talleres, deberán acreditar, en lo posible, carga horaria y evaluación.

-En lo referente a la experiencia laboral. deberán presentar una constancia que acredite las funciones desempeñadas expedida por su superior inmediato.

DESCRIPCIÓN DEL CARGO PROGRAMADOR / ADMINISTRADOR DEL PROYECTO "PORTAL DE LA UDELAR"

PROPÓSITO:

Desarrollar actividades de análisis, diseño y programación del portal de la universidad, y de administración del servidor. Proponer soluciones informáticas y técnicas a los problemas que surjan en el funcionamiento del equipamiento informático destinado al proyecto. Definir aspectos relativos a la arquitectura informática del portal, seguridad, respaldos, entre otros.

REQUISITOS Y COMPETENCIAS PARA EL CARGO

Para ocupar el cargo se requerirá poseer capacidad probada e ideoneidad moral, así como aptitud psico física plena avalada por la División Universitaria de la Salud.

Competencias comportamentales/sociales/participativas

· Comunicación para relacionarse eficazmente con los integrantes del equipo multidisciplinario.

· Comprensión y consideración frente a los problemas que pudieren originarse en el trabajo diario.

· Responsabilidad en el desempeño de sus funciones dando cumplimiento a los objetivos trazados.

Competencias metodológicas/intelectuales

· Capacidad para proporcionar los soportes y formatos informáticos donde se volcarán los contenidos del portal.

· Capacidad para diseñar la estructura informática.

· Capacidad para administrar el equipamiento y software.

· Capacidad para crear mecanismos de control con referencia a la estructura o arquitectura informatica del portal.

FORMACIÓN Y EXPERIENCIA

Formación:

El aspirante deberá poseer Título habilitante de Analista en Computación o formación equivalente.

Experiencia:

Experiencia en el desarrollo de aplicaciones web que incluyan manejo de páginas dinámicas, base de datos, software libre, instalación y administración de servidores web, de disco y de aplicaciones. Experiencia de trabajo en equipos multidisciplinarios, relacionada con los temas anteriores.

FUNCIONES EN EL CARGO

· Instalar equipamiento (servidor, estaciones, impresora) y software (servidor web, base de datos, software de diseño, aplicaciones generales de trabajo) a ser utilizado por el proyecto.

· Colaborar en el relevamiento de la información, especialmente en aspectos relacionados con los soportes y formatos existentes, útiles para establecer los mecanismos de suministro de información al portal.

· Participar en la definición de la estructura básica del portal y los servicios a brindar.

· Diseñar una arquitectura informática del portal acorde a los requerimientos y a las prioridades de implementación.

· Desarrollar los aspectos informáticos de las aplicaciones del portal.

· Administrar equipamiento y software, en especial servidor web y base de datos, que estén directamente relacionados con el funcionamiento del portal.

· Generar documentación técnica sobre la arquitectura informática del portal, los flujos de información, las decisiones técnicas tomadas y su justificación.

· Participar en la realización actividades de control, seguimiento y la elaboración de informes de avance.

· Otras actividades que el coordinador del proyecto le encomiende relacionadas con la especialidad de su cargo.

CARACTERÍSTICAS DEL CARGO Y REMUNERACIÓN

Escalafón R, Grado 13, 30 horas semanales. De acuerdo a la intensidad del trabajo, se podrán conceder extensiones horarias o el régimen de dedicación compensada.


BASES PARA EL LLAMADO A PROVISIÓN INTERINA DE UN CARGO DE DISEÑADOR / PROGRAMADOR DEL PROYECTO "PORTAL DE LA UDELAR"

Esc. R G° 11 - 30 hs. Semanales (cargo que requiere renovación permanente de conocimientos)

REQUISITOS

Estudios y conocimientos en diseño gráfico o equivalente según su relacionamiento con el cargo. Conocimiento básico en programación de aplicaciones web.

Además deberá poseer la experiencia que a continuación se detalla:

Experiencia en el manejo de herramientas del diseño gráfico y conocimiento de desarrollo de aplicaciones web que incluyan manejo de páginas dinámicas, base de datos, software libre. Experiencia de trabajo en equipos multidisciplinarios, relacionada con los temas anteriores.

El Consejo Directivo Central designará una Comisión Asesora integrada por miembros de reconocida trayectoria en las disciplinas directamente relacionadas con las funciones del cargo o afines al mismo.

MÉRITOS

Los méritos deberán estar debidamente documentados y serán considerados cuando tengan relación con el cargo por el cual se concursa, debiendo estar agrupados en dos grandes gurpos: Experiencia y Conocimientos.

Experiencia: incluirá los cargos desempañados en la actividad privada o en la Administración Pública, ya sea en la Universidad o fuera de ella. Se considerará entre otros elementos el carácter de los cargos ocupados, el período de ejercicio de los mismos, la forma de ingreso o ascenso, las calificaciones, evaluación o los legajos si los hubiere y una breve descripción de las tareas desempeñadas. También este rubro podrá incluir, entre otros aspectos, la actuación universitaria en órganos de gobierno universitario, comisiones u otros antecedentes.

Conocimientos: incluirá, los títulos, certificados de estudio y cursos de especialización relacionados con el cargo. Los premios, publicaciones y trabajos. La participación en Congresos teniendo en cuenta el carácter de dicha participación. Asimismo podrán incluirse, entre otros aspectos, las ideas, iniciativas, estudios y ejecución de programas de signinficación, en cuyo desarrollo haya participado el aspirante, de acuerdo a la documentación presentada y los informes de la autoridad correspondiente.

CARACTERÍSTICAS DEL CARGO Y REMUNERACIÓN

Escalafón R, Grado 11, 30 horas semanales. De acuerdo a la intensidad del trabajo, se podrán conceder extensiones horarias o el régimen de dedicación compensada.

NOTA

-Solamente serán considerados los antecedentes que estén debidamente documentados.

-La presentación de los antecedentes deberá seguir el orden establecido en las Bases.

-Los documentos deberán ser legibles, se entregarán fotocopias que se autenticarán en el momento de la inscripción con la presentación de los originales, éstos deberán ser exhibidos en el mismo orden en que se presentan las copias.

-Las constancias referentes a cursos y talleres, deberán acreditar, en lo posible, carga horaria y evaluación.

-En lo referente a la experiencia laboral. deberán presentar una constancia que acredite las funciones desempeñadas expedida por su superior inmediato.

DESCRIPCIÓN DEL CARGO DISEÑADOR / PROGRAMADOR DEL PROYECTO "PORTAL DE LA UDELAR"

PROPÓSITO:

Desarrollar actividades de análisis, diseño y programación del portal de la universidad. Construir las bases funcionales y estéticas del portal. Proponer pautas gráficas para las dependencias de la Universidad procurando generar una coherencia entre estas y el organismo central.

REQUISITOS Y COMPETENCIAS PARA EL CARGO

Para ocupar el cargo se requerirá poseer capacidad probada e ideoneidad moral, así como aptitud psico física plena avalada por la División Universitaria de la Salud.

Competencias comportamentales/sociales/participativas

· Comunicación para relacionarse eficazmente con los integrantes del equipo multidisciplinario.

· Comprensión y consideración frente a los problemas que pudieren originarse en el trabajo diario.

· Responsabilidad en el desempeño de sus funciones dando cumplimiento a los objetivos trazados.

Competencias metodológicas/intelectuales

· Capacidad de crear el diseño gráfico del portal con sus funcionalidades y navegabilidad.

· Capacidad de colaborar en el relevamiento con referencia a los soportes y formatos existentes para lograr el suministro de información.

· Capacidad de elaboración de informes.

FORMACIÓN Y EXPERIENCIA

Formación:

Se evaluarán los estudios y conocimientos en diseño gráfico empleando herramientas informáticas y el conocimiento básico en programación de aplicaciones web.

Experiencia:

Experiencia en el manejo de herramientas del diseño gráfico y conocimiento de desarrollo de aplicaciones web que incluyan manejo de páginas dinámicas, base de datos, software libre. Experiencia de trabajo en equipos multidisciplinarios, relacionada con los temas anteriores.

FUNCIONES EN EL CARGO

· Colaborar en el relevamiento de la información, especialmente en aspectos relacionados con los soportes y formatos existentes, útiles para establecer los mecanismos de suministro de información al portal.

· Participar en la definición de la estructura básica del portal y los servicios a brindar.

· Diseñar la estructura gráfica del portal, sus funcionalidades y navegabilidad, acorde a los requerimientos relevados y a las prioridades de implementación.

· Apoyar el desarrollo de los aspectos informáticos de las aplicaciones del portal.

· Generar documentación sobre las decisiones técnicas tomadas y su justificación.

· Participar en la realización de actividades de control, seguimiento y elaboración de informes de avance.

· Otras actividades que el coordinador del proyecto le encomiende relacionadas con la especialidad de su cargo.

CARACTERÍSTICAS DEL CARGO Y REMUNERACIÓN:

R, Grado 11, 30 hs. De acuerdo a la intensidad del trabajo, se podrán conceder extensiones horarias o el régimen de dedicación compensada.


BASES PARA EL LLAMADO A PROVISIÓN INTERINA DE UN CARGO DE BIBLIOTECOLOGO DEL PROYECTO "PORTAL DE LA UDELAR"

Esc. R G° 11 - 30 hs. Semanales (cargo que requiere renovación permanente de conocimientos)

REQUISITOS

Se podrán presentar al llamado, todos los ciudadanos uruguayos que acrediten poseer el Título de Licenciado en Bibliotecología.

Además deberá poseer la experiencia que a continuación se detalla:

Experiencia en el desarrollo de canales de información. Desarrollo de sistemas de clasificación de la información. Manejo de herramientas aplicadas a Internet y de programas office. Experiencia en sistemas de documentación informatizados. Experiencia de trabajo en equipos multidisciplinarios, relacionada con los temas anteriores.

El Consejo Directivo Central designará una Comisión Asesora integrada por miembros de reconocida trayectoria en las disciplinas directamente relacionadas con las funciones del cargo o afines al mismo.

MÉRITOS

Los méritos deberán estar debidamente documentados y serán considerados cuando tengan relación con el cargo por el cual se concursa, debiendo estar agrupados en dos grandes gurpos: Experiencia y Conocimientos.

Experiencia: incluirá los cargos desempañados en la actividad privada o en la Administración Pública, ya sea en la Universidad o fuera de ella. Se considerará entre otros elementos el carácter de los cargos ocupados, el período de ejercicio de los mismos, la forma de ingreso o ascenso, las calificaciones, evaluación o los legajos si los hubiere y una breve descripción de las tareas desempeñadas. También este rubro podrá incluir, entre otros aspectos, la actuación universitaria en órganos de gobierno universitario, comisiones u otros antecedentes.

Conocimientos: incluirá, los títulos, certificados de estudio y cursos de especialización relacionados con el cargo. Los premios, publicaciones y trabajos. La participación en Congresos teniendo en cuenta el carácter de dicha participación. Asimismo podrán incluirse, entre otros aspectos, las ideas, iniciativas, estudios y ejecución de programas de signinficación, en cuyo desarrollo haya participado el aspirante, de acuerdo a la documentación presentada y los informes de la autoridad correspondiente.

CARACTERÍSTICAS DEL CARGO Y REMUNERACIÓN

Escalafón R, Grado 11, 30 horas semanales. De acuerdo a la intensidad del trabajo, se podrán conceder extensiones horarias o el régimen de dedicación compensada.

NOTA

-Solamente serán considerados los antecedentes que estén debidamente documentados.

-La presentación de los antecedentes deberá seguir el orden establecido en las Bases.

-Los documentos deberán ser legibles, se entregarán fotocopias que se autenticarán en el momento de la inscripción con la presentación de los originales, éstos deberán ser exhibidos en el mismo orden en que se presentan las copias.

-Las constancias referentes a cursos y talleres, deberán acreditar, en lo posible, carga horaria y evaluación.

-En lo referente a la experiencia laboral. deberán presentar una constancia que acredite las funciones desempeñadas expedida por su superior inmediato.

DESCRIPCIÓN DEL CARGO BIBLIOTECÓLOGO DEL PROYECTO "PORTAL DE LA UDELAR"

PROPÓSITO:

Relevar y clasificar la información existente. Definir pautas de procesamiento y organización de la información, necesarias para el desarrollo del portal.

REQUISITOS Y COMPETENCIAS PARA EL CARGO

Para ocupar el cargo se requerirá poseer capacidad probada e ideoneidad moral, así como aptitud psico física plena avalada por la División Universitaria de la Salud.

Competencias comportamentales/sociales/participativas

· Creatividad para analizar la estructura del portal y realizar propuestas. · Comunicación para relacionarse eficazmente con los integrantes del equipo multidisciplinario.

· Comprensión y consideración frente a los problemas que pudieren originarse en el trabajo diario.

· Responsabilidad en el desempeño de sus funciones dando cumplimiento a los objetivos trazados.

Competencias metodológicas/intelectuales

· Capacidad de instrumentar un método de relevamiento con referencia a los soportes y formatos existentes y los canales que porporcionan la información.

· Capacidad de generar documentación técnica sobre la clasificación de la información.

· Capacidad para crear mecanismos de control con referencia al alcance del proyecto.

FORMACIÓN Y EXPERIENCIA

Formación:

El aspirante deberá poseer Título habilitante de Licenciado en Bibliotecología.

Experiencia:

Experiencia en el desarrollo de canales de información. Desarrollo de sistemas de clasificación de la información. Manejo de herramientas aplicadas a Internet y de programas office. Experiencia en sistemas de documentación informatizados. Experiencia de trabajo en equipos multidisciplinarios, relacionada con los temas anteriores.

FUNCIONES EN EL CARGO

· Relevar información, especialmente en aspectos relacionados con los soportes y formatos existentes, y los canales utilizados por las dependencias a cargo del suministro de información al portal.

· Asesorar en su área específica en lo relativo a los contenidos del portal y los servicios a brindar.

· Participar en el diseño de la estructura del portal y sus funcionalidades, acorde a los requerimientos relevados y a las prioridades de implementación.

· Generar documentación técnica sobre la estructura que suministra información al portal y su forma de clasificación, las decisiones técnicas tomadas y su justificación.

· Participar en la realización de actividades de control, seguimiento y la elaboración de informes de avance.

· Otras actividades que el coordinador del proyecto le encomiende relacionadas con la especialidad de su cargo.

CARACTERÍSTICAS DEL CARGO Y REMUNERACIÓN:

R, Grado 11, 30 hs. De acuerdo a la intensidad del trabajo, se podrán conceder extensiones horarias o el régimen de dedicación compensada.


BASES PARA EL LLAMADO A PROVISIÓN INTERINA DE UN CARGO DE COMUNICADOR DEL PROYECTO "PORTAL DE LA UDELAR"

Esc. R G° 13- 30 hs. Semanales (cargo que requiere renovación permanente de conocimientos)

REQUISITOS

Se podrán presentar al llamado, todos los ciudadanos uruguayos que acrediten poseer el Título de Licenciado en Ciencias de la Comunicación.

Además deberá poseer conocimientos y experiencia que a continuación se detallan:

Experiencia en producción de información y/o contenidos mediáticos. Antecedentes en el diseño e implementación de estrategias de comunicación institucional o de sistemas de información. Conocimiento de la estructura universitaria. Poseer manejo básico del idioma inglés. Participación en actividades en proyectos multidisciplinarios relacionados con los temas anteriores.

El Consejo Directivo Central designará una Comisión Asesora integrada por miembros de reconocida trayectoria en las disciplinas directamente relacionadas con las funciones del cargo o afines al mismo.

MÉRITOS

Los méritos deberán estar debidamente documentados y serán considerados cuando tengan relación con el cargo por el cual se concursa, debiendo estar agrupados en dos grandes gurpos: Experiencia y Conocimientos.

Experiencia: incluirá los cargos desempañados en la actividad privada o en la Administración Pública, ya sea en la Universidad o fuera de ella. Se considerará entre otros elementos el carácter de los cargos ocupados, el período de ejercicio de los mismos, la forma de ingreso o ascenso, las calificaciones, evaluación o los legajos si los hubiere y una breve descripción de las tareas desempeñadas. También este rubro podrá incluir, entre otros aspectos, la actuación universitaria en órganos de gobierno universitario, comisiones u otros antecedentes.

Conocimientos: incluirá, los títulos, certificados de estudio y cursos de especialización relacionados con el cargo. Los premios, publicaciones y trabajos. La participación en Congresos teniendo en cuenta el carácter de dicha participación. Asimismo podrán incluirse, entre otros aspectos, las ideas, iniciativas, estudios y ejecución de programas de signinficación, en cuyo desarrollo haya participado el aspirante, de acuerdo a la documentación presentada y los informes de la autoridad correspondiente.

CARACTERISTICAS DEL CARGO Y REMUNERACIÓN

Escalafón R, Grado 13, 30 horas semanales. De acuerdo a la intensidad del trabajo, se podrán conceder extensiones horarias o el régimen de dedicación compensada.

NOTA

-Solamente serán considerados los antecedentes que estén debidamente documentados.

-La presentación de los antecedentes deberá seguir el orden establecido en las Bases.

-Los documentos deberán ser legibles, se entregarán fotocopias que se autenticarán en el momento de la inscripción con la presentación de los originales, éstos deberán ser exhibidos en el mismo orden en que se presentan las copias.

-Las constancias referentes a cursos y talleres, deberán acreditar, en lo posible, carga horaria y evaluación.

-En lo referente a la experiencia laboral. deberán presentar una constancia que acredite las funciones desempeñadas expedida por su superior inmediato.

DESCRIPCIÓN DEL CARGO COMUNICADOR DEL PROYECTO "PORTAL DE LA UDELAR"

PROPÓSITO:

Asesorar sobre los contenidos del portal y coordinar técnicamente la instrumentación de los mismos. Establecer canales de comunicación con las dependencias universitarias responsables de la información

REQUISITOS Y COMPETENCIAS PARA EL CARGO

Para ocupar el cargo se requerirá poseer capacidad probada e ideoneidad moral, así como aptitud psico física plena avalada por la División Universitaria de la Salud.

Competencias comportamentales/sociales/participativas

· Creatividad para analizar los contenidos del portal y realizar propuestas.

· Comunicación y facilidad verbal y escrita, para comunicarse eficazmente con los integrantes del equipo multidisciplinario.

· Capacidad para coordinar actividades con los miembros del equipo asignado al proyecto y con los responsables de los diversos servicios universitarios involucrados en el proyecto.

· Comprensión y consideración frente a los problemas que pudieran originarse en el trabajo diario.

· Responsabilidad en el desempeño de sus funciones dando cumplimiento a los obejtivos trazados. Competencias metodológicas/intelectuales

· Capacidad para coordinar tecnicamente la instrumentación de los contenidos del portal.

· Capacidad de analizar, organizar y comunicar la información que integrará el portal.

FORMACIÓN Y EXPERIENCIA

Formación:

El aspirante deberá poseer Título habilitante de Licenciado en Ciencias de la comunicación.

Experiencia:

Experiencia en producción de información y/o contenidos mediáticos. Antecedentes en el diseño e implementación de estrategias de comunicación institucional o de sistemas de información. Poseer manejo básico del idioma inglés. Participación en actividades o proyectos multidisciplinarios relacionados con los temas anteriores.Conocimiento de la estructura universitaria.

FUNCIONES EN EL CARGO

· Asesorar sobre los contenidos del portal.

· Coordinar técnicamente la instrumentación de los contenidos.

· Participar en la definición de la estructura básica del portal y los servicios a brindar.

· Establecer estrategias de actualización de los contenidos.

· Generar documentación sobre las decisiones técnicas tomadas y su justificación.

· Colaborar en el relevamiento de la información, especialmente en aspectos relacionados con los contenidos, útiles para establecer los mecanismos de suministro de información al portal.

· Coordinar con los responsables de las dependencias universitarias las actividades que los involucren.

· Otras actividades que el coordinador le encomiende, relacionadas con la especialidad de su cargo.

CARACTERISITCAS DEL CARGO Y REMUNERACIÓN

Escalafón R, Grado 13, 30 horas semanales. De acuerdo a la intensidad del trabajo, se podrán conceder extensiones horarias o el régimen de dedicación compensada.


DIRECCIÓN GENERAL DE RELACIONES Y COOPERACION

UNIDAD DE RELACIONES Y COOPERACION CON EL SECTOR PRODUCTIVO

LLAMADO A ASPIRANTES PARA PROVISIÓN DE CARGO DE ASISTENTE, Gr.2

1. Descripción del cargo

Profesor Asistente de la Unidad de Relaciones y Cooperación con el Sector Productivo

Escalafón docente: Gr. 2

Carácter de la designación: Interina

Duración de la designación: Un año, con posibilidades de prórroga anual por iguales períodos.

Cantidad de cargos: Según disponibilidad de fondos

Carga horaria: mínimo de 20 hs. sem. y hasta 40 hs. sem., según elección por orden de prelación resultante de la evaluación del llamado.

2. Funciones: Participar como Asistente en:

  • Investigaciones de diagnóstico y rediseño de la organización productiva, del trabajo y de las relaciones laborales en la empresa.
  • Investigaciones de competencias laborales.
  • Gestión de las relaciones con las contrapartes internas y externas a la Universidad.

3. A efectos de su trabajo, la Comisión Asesora podrá apoyarse en los siguientes criterios de puntaje:

a) Estudios cursados y títulos académicos..........................................20 puntos

b) Actuación Académica (enseñanza, investigación y extensión).....30 puntos

c) Actividades de cooperación científica y técnica con el sector productivo..........................................................................40 puntos

d) Actividad Profesional............................................................................5 puntos

e) Otros méritos……....………………… ....……………......................5 puntos

4. La propuesta de la Comisión Asesora deberá expresar sus fundamentos sobre las virtudes de los aspirantes, respecto de sí mismos y también comparativamente con el resto y siempre teniendo en cuenta las funciones a desempeñar y los conceptos establecidos en estas bases como méritos a ponderar.

Podrá apoyarse internamente en valoraciones cuantitativas, tabla de puntaje arriba señalada, pero estas no quedaran expresadas en la propuesta elevada al Consejo Ejecutivo Delegado


BASES PARA EL CONCURSO DE ASCENSO EN LA CARRERA DE DOCTOR EN DERECHO

Título Genérico: Profesional A2

Título Específico: Doctor en Derecho

Escalafón: A, sub escalafón 2, grado 13

Requisitos y forma de provisión

La provisión será por concurso de antecedentes y prueba entre los funcionarios de la Universidad de la República que cumplan los siguientes requisitos:

a) revistar en forma titular en un cargo de grado 12 u 11 del escalafón profesional en la carrera Doctor en Derecho,

b) acreditar una antigüedad mínima de dos años, en la carrera y grado establecidos precedentemente, a la fecha de cierre de la inscripción.

Documentos que deben acompañar la solicitud de inscripción.

En el momento de la inscripción será indispensable acompañar la solicitud con la presentación de los siguientes documentos:

- Cédula de identidad

- Certificados que acrediten:

  • Actuación funcional, conteniendo: escalafón, grado, período de ejercicio y carácter de los cargos que ha desempeñado en la Universidad de la República. Esta certificación debe ser expedida por la Sección Personal pudiendo ser complementada y avalada por la máxima autoridad administrativa del servicio.
  • Relación de antecedentes, siguiendo el orden establecido en las Bases, con las certificaciones que los acrediten (certificados de estudio, escolaridad, cursos, concursos y otros). La certificación de los cursos deberá indicar: contenido, carga horaria, forma de aprobación, e institución.
  • Los documentos deberán ser legibles, se podrá entregar fotocopias, las que deberán ser autenticadas en el momento de la inscripción con la presentación de los originales, exhibiéndose éstos en el mismo orden en que se presenten las copias.

Los legajos serán solicitados por el Tribunal a las respectivas dependencias de personal

NOTIFICACIÓN Y PUBLICIDAD

En el momento de inscribirse, los aspirantes deberán notificarse de la fecha del primer acto del concurso.

Este consistirá en la lectura pública de los miembros que integran el Tribunal y de los inscriptos que reúnan los requisitos establecidos en las bases.

Sin perjuicio de lo anterior, a los efectos de facilitar la información a los concursantes, tales nóminas se publicarán en cartelera o estarán a su disposición.

También se dará lectura, si algún concursante así lo solicita, a la relación de antecedentes presentada por todos los aspirantes y se deberá elegir el representante de los concursantes para completar la integración del tribunal.

Los concursantes podrán objetar los méritos presentados por otros concursantes dentro de los dos días hábiles siguientes a la realización del primer acto del concurso.

Los concursantes deberán concurrir a todos los actos del concurso, Art.7°,8°,9° y 14°, de la Ordenanza de Concursos aprobada por el CDC en resolución N°16 del 26.10.1999.

NATURALEZA DEL CONCURSO

El concurso será de antecedentes y pruebas, , se realizará en la modalidad de puntajes y se regirá a todos los efectos por la Ordenanza de Concursos aprobada por el CDC en resolución N°16, del 26.10.1999 y publicada en el Diario Oficial el 12.11.1999.

A) ANTECEDENTES ...........................................................hasta 100 puntos

Estudios y formación ........................................................ hasta 15 puntos

-Cursos de especialización y post grado

-Otros estudios (informática, idiomas, etc.)

Actividad en la Universidad de la República .................. hasta 50 puntos

-Actuación funcional - Reseña de tareas desarrolladas, indicando el período y evaluación del desempeño, realizada por el supervisor.

Concursos, llamado a aspirantes.....................................hasta 10 puntos

Antigüedad que exceda la requerida como requisito...hasta 5 puntos

Actividad docente e investigación .................................hasta 10 puntos

-Cargos docentes especialmente vinculados al Derecho Público -Investigación, publicaciones, artículos, disertación en congresos, eventos, etc..

Participación en comisiones universitarias y otros órganos de cogobierno ................hasta 5 puntos

Otros méritos .............................................................hasta 5 puntos

Anotaciones favorables en el legajo o debidamente documentadas y otras que el concursante crea conveniente presentar y tengan relación con el cargo.

Deméritos

En la calificación de los antecedentes, el Tribunal descontará los siguientes puntajes por cada falta sancionada que conste en el legajo personal y haya sido dispuesta por autoridades legítimas.( Res. Nº65 CDC del 2.07.85.)

Sanciones y suspensiones - Detracciones

Más de 3 meses. ............................................................................. 30 puntos

Más de 2 meses hasta 3 meses ................................................... 28 puntos

Más de 1 mes hasta 2 meses .......................................................... 25 puntos

De 11 días a 1 mes ........................................................................... 15 puntos

De 4 a 10 días..................................................................................... 10 puntos

Hasta 3 días .......................................................................................... 6 puntos

Apercibimiento, Amonestación y Observación ................................ 3 puntos

Vigencia de los deméritos

- hasta 6 puntos, no serán considerados pasados 3 años de su aplicación,

- hasta 15 puntos, no serán considerados pasados los 5 años de su aplicación,

-superiores a 15 puntos no serán considerados pasados los 7 años de su aplicación.

Para los funcionarios de Hospital de Clínicas, no se tomarán en cuenta las sanciones aplicadas por incumplimiento a las obligaciones de : asistencia, puntualidad, presencia, cuando se trate de suspensiones menores o iguales a tres días.

B) PRUEBA ..................................................................... Hasta 40 puntos

Consistirá en la presentación de un trabajo escrito, con defensa oral, de carácter jurídico sobre un tema que el concursante eligirá de tres que serán propuestos por el Tribunal. Dicho trabajo versará sobre la normativa universitaria y el derecho público en general y no podrá superar las 10 carillas de extensión a doble espacio y en tamaño carta.

Los temas serán comunicados en oportunidad del acto de entrega del puntaje de méritos notificando del mismo a los participantes en ese acto, estos dispondrán de 20 días a partir de esa fecha para la entrega del trabajo.

Consideraciones generales:

-La presentación de los antecedentes deberá seguir el orden establecido en las Bases.

-Los documentos deberán ser legibles, se entregarán fotocopias que deberán autentificarse en el momento de la inscripción con la presentación de los originales, exhibiéndose éstos en el mismo orden en que se presenten las copias.

-Para la adjudicación de puntajes el Tribunal considerará especialmente los certificados relacionados con la temática del cargo.

-No serán tenidos en cuenta los cargos obtenidos durante el gobierno de facto Res. Nº65 CDC del 2.07.85.

-Las constancias referentes a cursos y talleres deberán acreditar carga horaria y evaluación si correspondiere.

-En lo referente a la actuación profesional y/o docente, el concursante presentará un informe de tareas expedido por su superior inmediato .

-El concursante que no alcance el 50 % del puntaje de la prueba quedará eliminado.


BASES PARA LA PROVISIÓN INTERINA DE CARGOS DOCENTES, ASISTENTES G° 2, 30 HS. SEMANALES.

Art. 1. Funciones del cargo:

- Asistencia a las tareas académicas vinculadas a los fines de la CSE.

- Colaborar en los trabajos preparatorios, elaboración de informes y documentos requeridos por la CSE y el Pro Rector de Enseñanza.

- Colaborar bajo la supervisión del coordinador de Unidad Académica con todas las tareas correspondientes a dicha unidad que le sean asignadas.

Art. 2. El llamado es abierto, considerándose de particular interés la acreditación en formación superior, titulación preferencial en Ciencias de la Educación, antecedentes docentes tanto en el campo de la enseñanza como de la investigación a nivel terciario y universitario y desempeño de funciones similares a las del cargo llamado.

Art. 3. Cada aspiración contendrá una relación documentada de méritos y antecedentes, y la presentación de un trabajo escrito de acuerdo al Artículo 5 de estas bases.

Art. 4. El llamado será estudiado por una Comisión Asesora integrada por tres miembros (requisito: ser o haber sido docente de la UdelaR de grado superior al cargo llamado). El informe de la Comisión Asesora será elevado a la Comisión Sectorial de Enseñanza y por ésta - con su recomendación - al Consejo Directivo Central, el que designará al aspirante en el cargo objeto del llamado.

Art. 5. La Comisión Asesora, teniendo en cuenta la jerarquía del servicio o institución donde se obtuvieron los títulos o se desempeñaron los cargos y el modo de acceso a los mismos, la relevancia de los editores de las publicaciones realizadas, etc. atenderá los siguientes puntos:

a. Estudios superiores y generales (especificar institución, fecha y duración).

- Títulos de grado.

- Títulos de Posgrado: Especialización, Maestría, Doctorado.

- Otros estudios de nivel superior.

b. Actuación en enseñanza.

Cargos docentes:

- Jerarquía, calificación y duración de los cargos desempeñados en la Universidad de la República o instituciones de nivel comparable.

- Proyectos de Enseñanza aprobados, financiados y ejecutados.

- Producción de informes, documentos o publicaciones relativos a la función de enseñanza.

- Actividad de enseñanza en instituciones no universitarias de nivel terciario.

- Elaboración de material educativo.

c. Actuación en investigación.

- Producción de conocimiento original - personal o como integrante de un equipo - y su difusión (especificando publicaciones, editoriales, fechas y ponencias en Congresos y eventos comparables).

- Proyectos de investigación aprobados, financiados y ejecutados.

- Integración de instituciones científico - académicas.

- Becas y premios obtenidos en concursos científicos o académicos.

d. Actuación en extensión.

- Proyectos de extensión aprobados, financiados y ejecutados.

- Producción de informes, documentos o publicaciones relativas a la función de extensión.

- Participación en programas o actividades de extensión.

e. Actividad profesional

- Cargos desempeñados o actividades cumplidas en la administración pública o en la actividad privada en el país o en el exterior.

f. Otros méritos.

Se evaluará otros méritos que no hayan sido contemplados en los anteriores ítems.

g. El aspirante deberá elaborar un trabajo escrito - de 10 carillas como extensión máxima (en hoja A 4, tamaño de letra 12, interlineado sencillo) - donde describa su visión de la función a desempeñar dentro de la unidad en ejercicio del cargo al que aspira.

Art. 6. La Comisión Asesora orientará su trabajo teniendo en cuenta para cada rubro la jerarquización relativa de los ítems según se indica:

Estudios universitarios : 30 %

Actuación en enseñanza : 25 %

Actuación en investigación : 15 %

Actuación en extensión :10 %

Actividad profesional : 5 %

Otros : 5 %

Trabajo escrito : 10 %

La tabla será orientadora del trabajo de la Comisión Asesora y no quedará expresada en la propuesta que estará fundamentada en forma cualitativa sobre las virtudes de los aspirantes, respecto de sí mismos y también comparativamente con el resto.


BASES PARA LA PROVISIÓN TITULAR DEL CARGO DE ADMINISTRATIVO EXPERTO Escalafón C, Grado 6

REQUISITOS Y FORMA DE PROVISIÓN

La provisión será por concurso de antecedentes y prueba entre los funcionarios de la Universidad de la República que cumplan los siguientes requisitos:

Revistar en forma titular en un cargo de grado 5 ó 4 del escalafón administrativo C con una antigüedad mínima de dos años a la fecha de cierre de la inscripción.

Documentos que deben acompañar la solicitud de inscripción

En el momento de la inscripción será indispensable acompañar la solicitud con la presentación de los siguientes documentos:

- Cédula de identidad

- Certificados que acrediten:

  • Actuación funcional, conteniendo: escalafón, grado, período de ejercicio y carácter de los cargos que ha desempeñado en la Universidad de la República.

Esta certificación debe ser expedida por la Sección Personal y avalada por la máxima autoridad administrativa del servicio.

  • Reseña de tareas certificadas por el superior y avaladas por la máxima autoridad del servicio.
  • Relación de antecedentes, siguiendo el orden establecido en las Bases, con las certificaciones que los acrediten (certificados de estudio, escolaridad, cursos, concursos y otros). La certificación de los cursos deberá indicar: contenido, carga horaria, forma de aprobación, e institución.
  • Los documentos deberán ser legibles, se entregarán fotocopias que deberán autentificarse en el momento de la inscripción con la presentación de los originales, exhibiéndose éstos en el mismo orden en que se presenten las copias.

Los legajos serán solicitados por el Tribunal a las respectivas dependencias de Personal

NOTIFICACIÓN Y PUBLICIDAD

En el momento de inscribirse, los aspirantes deberán notificarse de la fecha del primer acto del concurso.

Este consistirá en la lectura pública de los miembros que integran el Tribunal y de los inscriptos que reúnan los requisitos establecidos en las bases.

Sin perjuicio de lo anterior, a los efectos de facilitar la información a los concursantes, tales nóminas se publicarán en cartelera o estarán a su disposición.

También se dará lectura, si algún concursante así lo solicita, a la relación de antecedentes presentada por todos los aspirantes y se deberá elegir el representante de los concursantes para completar la integración del tribunal.

Los concursantes podrán objetar los méritos presentados por otros concursantes dentro de los dos días hábiles siguientes a la realización del primer acto del concurso.

Los concursantes deberán concurrir a todos los actos del concurso, Art.7°,8°,9° y 14°, de la Ordenanza de Concursos aprobada por el CDC en resolución N°16 del 26.10.1999.

NATURALEZA DEL CONCURSO

El concurso será de antecedentes y pruebas, se realizará en la modalidad de puntajes y se regirá a todos los efectos por la Ordenanza de Concursos aprobada por el CDC en resolución N°16, del 26.10.1999 y publicada en el Diario Oficial el 12.11.1999.

A) ANTECEDENTES : hasta 100 puntos

  • Estudios y formación : hasta 35 puntos
  • Estudios formales de carácter general (secundaria, tecnológica, terciaria, universitaria) : hasta 10 puntos
  • Formación en informática o conocimientos de manejo de PC y otros avalados por la autoridad competente : hasta 10 puntos
  • Cursos de capacitación relacionados con el cargo : hasta 10 puntos
  • Otros estudios que guarden cierta relación : hasta 5 puntos
  • Actividad en la Universidad de la República : hasta 65 puntos
  • · Antigüedad que exceda la requerida como requisito : hasta 20 puntos
  • Concursos, prueba de suficiencia : hasta 15 puntos
  • Asiduidad (informe de la Sección Personal) : hasta 10 puntos
  • Reseña de tareas, certificadas por el supervisor : hasta 10 puntos
  • Otros méritos (anotaciones favorables en el legajo o debidamente documentadas, actuaciones en órganos de cogobierno, presentación de proyectos avalados por la máxima autoridad del servicio, relacionados con la función y aplicados o puestos en práctica) : hasta 10 puntos

Nota: Para la adjudicación de puntajes el Tribunal considerará especialmente los certificados relacionados con la temática del cargo.

No serán tenidos en cuenta los cargos obtenidos durante el gobierno de facto Res. Nº65 CDC del 2.07.85.

Deméritos

En la calificación de los antecedentes, el Tribunal descontará los siguientes puntajes por cada falta sancionada que conste en el legajo personal y haya sido dispuesta por autoridades legítimas.( Res. Nº65 CDC del 2.07.85.)

Sanciones y suspensiones .......................................................Detracciones

  • Más de 3 meses............................................................................. 30 puntos
  • Más de 2 meses hasta 3 meses.................................................. 28 puntos
  • Más de 1 mes hasta 2 meses ..................................................... 25 puntos
  • 11 días a 1 mes............................................................................. 15 puntos
  • De 4 a 10 días................................................................................10 puntos
  • Hasta 3 días .................................................................................... 6 puntos
  • Apercibimiento, Amonestación y Observación........................... 3 puntos

Vigencia de los deméritos

- hasta 6 puntos, no serán considerados pasados 3 años de su aplicación,

- hasta 15 puntos, no serán considerados pasados los 5 años de su aplicación,

-superiores a 15 puntos no serán considerados pasados los 7 años de su aplicación.

Para los funcionarios de Hospital de Clínicas, no se tomarán en cuenta las sanciones aplicadas por incumplimiento a las obligaciones de : asistencia, puntualidad, presencia, cuando se trate de suspensiones menores o iguales a tres días.

B) PRUEBAS ........................................................................Hasta 150 puntos

El concurso contendrá dos pruebas en las cuales se evaluará la capacidad del concursante para desenvolverse en la administración y el conocimiento aplicado de la normativa en circunstancias concretas.

PRIMERA PRUEBA ..............................................................Hasta 80 puntos

Consistirá en la aplicación de la normativa universitaria en circunstancias concretas .

SEGUNDA PRUEBA ............................................................Hasta 70 puntos

Consistirá en una prueba sobre conceptos básicos de administración y de los sistemas horizontales de gestión administrativa .

Para esta prueba la División Capacitación y Formación Continua de la Dirección General de Personal confeccionará un manual, el cual será proporcionado a los concursantes con no menos de 30 días de anticipación.

Consideraciones generales:

Las pruebas serán escritas, consistirá en la resolución de casos de respuesta breve y/o cuestionarios y se basarán en la documentación que se indica en la bibliografía. Se apreciará el uso correcto del lenguaje, la capacidad de síntesis, claridad en la exposición y la trasmisión de las ideas. Se dispondrá de tres horas para la realización de cada prueba, requiriéndose para la aprobación de cada una la obtención del 50% del puntaje establecido.

Bibliografía e información previa a los concursantes

Los concursantes podrán durante las pruebas, disponer para eventuales consultas de los textos normativos, sin anotaciones.

Documentación básica para las pruebas:

Normativa

Ley Orgánica

Estatuto del Personal No Docente

Estatuto del Personal Docente Art.del 1 al 17

Ordenanza de Actos Administrativos

Ordenanza de Reglamentos Universitarios

Ordenanza de Licencias

Ordenanza de Asistencia

Sistemas Horizontales de Gestión - Conceptos Básicos

Bedelía

Gestión Económica Financiera - incluirá también art. seleccionados del TOCAF

Información y Gestión de Personal

Expe +

En este tema la División Capacitación y Formación Continua de la Dirección General de Personal confeccionará un manual.

Administración

Administración - Manual editado por la División Capacitación y Formación Continua de la Dirección General de Personal. Editado en 1990

Comunicación oral y escrita en la función administrativa

Manual editado por la División Capacitación y Formación Continua de la Dirección General de Personal. Impreso en 2001

Impugnaciones

Los concursantes podrán realizar observaciones sobre supuestos vicios de forma en el estudio y calificación de méritos o en las pruebas y su calificación, de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes. Los concursantes dispondrán de hasta dos días hábiles posteriores al acto observado, debiendo presentar por escrito su reclamo ante la Sección Concursos de la Dirección General de Personal.


DESCRIPCIÓN DEL CARGO DE ESCRIBANO PARA LA DIRECCIÓN GENERAL DE RELACIONES Y COOPERACIÓN

DENOMINACIÓN: Profesional III, Escribano

CARACTERÍSTICAS: Escalafón A, Subescalafón 2, Grado 11.

CARÁCTER DE LA DESIGNACIÓN: Efectivo

PROPÓSITO

Asesorar e informar sobre los aspectos formales de los convenios que suscribe la Universidad de la República con organismos públicos, paraestatales, empresas privadas, organizaciones no gubernamentales (ONG), asociaciones, fundaciones, de carácter nacional e internacional

REQUISITOS DEL CARGO

Aptitud moral y psico-física: Comprobar aptitud moral, y tener aptitud psico-física, certificada por la División Universitaria de la Salud.

Competencias comportamentales/sociales/participativas

  • Capacidad de síntesis para comunicarse eficazmente con los diferentes actores.
  • Capacidad para trabajar en equipo (entre pares y entre diferente niveles de la escala jerárquica).
  • Comprensión y consideración frente a los problemas imprevistos que pudieren originarse en el trabajo diario.
  • Responsabilidad en el desempeño de sus tareas cumpliendo con la normativa universitaria y los requisitos notariales.
  • Estabilidad emocional para atender situaciones de emergencia y/o eventuales. contratiempos surgidos a lo largo de la jornada.
  • Flexibilidad, disposición para adaptarse a diferentes tareas y en diferentes ámbitos.

Competencias metodológicas/intelectuales

  • Capacidad para organizar y lograr los objetivos establecidos.
  • Capacidad analítica y de manejo de información.
  • Capacidad de percepción y creatividad para hallar y aplicar soluciones.


FORMACIÓN Y EXPERIENCIA

Formación

Poseer título habilitante de Escribano Público.

Experiencia

Experiencia en asesoramiento sobre los aspectos formales en convenios entre la UdelaR y organizaciones públicas y privadas.
Poseer conocimiento sobre el manejo de base de datos.


INTERRELACIONES JERÁRQUICAS

Supervisado por el Director General de la Dirección General de Relaciones y Cooperación, o el nivel jerárquico del Área.
No tiene personal a cargo.

PRINCIPALES FUNCIONES

  • Asesorar a los servicios universitarios sobre los aspectos formales a efectos de suscribir convenios.
  • Realizar los controles notariales correspondientes según la naturaleza de la contraparte.
  • Asesorar sobre la posibilidad de la suscripción del convenio y las obligaciones a asumir por la UdelaR, observando que no colidan con la normativa vigente.
  • Informar sobre la existencia de convenios y sus antecedentes.
  • Controlar que se cumplan todos los procedimientos establecidos en cada caso.
  • Realizar informes y derivar las actuaciones a donde correspondan, según las observaciones.
  • Revisar el texto definitivo y corregir los originales.
  • Concurrir a la firma de los convenios cuando no se realizan en despacho.
  • Realizar el seguimiento y derivación de los convenios internacionales en contacto con la Comisión Central de Convenios
  • Supervisar la base de datos, controlando el ingreso de la información en la misma y supervisar la actualización del registro de los usuarios, de tal modo que se facilite la consulta inmediata y veraz de los datos requeridos.
  • Participar en las instancias que la Dirección de Relaciones y Cooperación lo entienda conveniente.
  • Mantener una fluida y constante comunicación con los diferentes servicios universitarios de acuerdo a las actividades definidas por la Dirección.


BASES

CONCURSO PARA LA PROVISIÓN EN EFECTIVIDAD DEL CARGO DE ESCRIBANO DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RELACIONES Y COOPERACIÓN

DENOMINACIÓN: Profesional III , Escribano

CARACTERÍSTICAS: A2- Grado 11

CARÁCTER DE LA DESIGNACIÓN: Efectivo

Será de aplicación el Art. 5° del Estatuto de los Funcionarios No Docentes de la Universidad de la República y el cual se transcribe a continuación.

Art. 5º-Provisoriato- "Los funcionarios que ingresen a la Universidad, cualquiera fuere la naturaleza del vínculo, serán designados provisionalmente, pudiendo ser separados por decreto fundado, dentro del plazo de seis meses contados a partir de la toma de posesión, por la autoridad que los nombró.
Transcurrido el plazo del inciso anterior, el funcionario adquiere ipso jure, derecho al desempeño interino o efectivo del cargo, quedando amparado por el presente Estatuto".

Cargos a proveer - 1 (un cargo)

REQUISITOS, CLASE Y TIPO DE CONCURSO

Requisitos

Podrán inscribirse los ciudadanos con título habilitante de Escribano Público.


Clase de concurso

Antecedentes y Pruebas

Tipos de concurso

Abierto- Art. 34 de la Ordenanza de Concursos para la Provisión de Cargos No Docentes

DOCUMENTOS QUE DEBEN ACOMPAÑAR LA SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN


Cédula de Identidad
Credencial Cívica
Título habilitante de Escribano.
Relación de méritos (curriculum vitae) Original y copia
Certificados y constancias correspondientes Original y copia
Presentación del trabajo escrito establecido en la prueba Nº 2 - Específica

1. ANTECEDENTES
1.1 Formación
1.1.1 Educación formal de grado y post grado que exceda a la requerida por el cargo y que guarde relación con éste : hasta 30 puntos
1.1.2 Capacitación y formación continua, seminarios y talleres relacionados con el cargo :hasta 15 puntos
1.1.3 Otros estudios (idiomas, informática, etc.): hasta 10 puntos
1.1.4 Investigación, premios,publicaciones,expositor en eventos, seminarios, congresos, otros : hasta 5 puntos
Total : 60 puntos

1.2 Experiencia laboral
1.2.1 Cargos y funciones desempeñados en la UdelaR que guarden relación con el cargo : hasta 15 puntos
1.2.2 Cargos y funciones ejercidos en otras Instituciones Públicas que guarden relación con el cargo a concursar : hasta 6 puntos
1.2.3 Experiencia en el ejercicio liberal de la profesión : hasta 5 puntos
1.2.4 Docencia en materias relacionadas con el cargo: hasta 4 puntos
Total : 30 puntos

1.3 Otros méritos
1.3.1 Llamado a aspirantes o concursos en donde se hubiera alcanzado el puntaje mínimo establecido en las bases : hasta 5 puntos
1.3.2 Actividad de de co-gobierno y/o integración de comisiones en representación institucional o del servicio: hasta 3 puntos
1.3.3 Otros (anotaciones favorables en el legajo o debidamente documentadas, presentación de proyectos avalados por la máxima autoridad del servicio, relacionados con la función y aplicados o puestos en práctica: hasta 2 puntos
Total : 10 puntos

NOTA
-Solamente serán considerados los antecedentes que estén debidamente documentados.
-La presentación de los antecedentes deberá seguir el orden establecido en las Bases.
-Los documentos deberán ser legibles, se entregarán fotocopias que se autenticarán en el momento de la inscripción con la presentación de los originales, éstos deberán ser exhibidos en el mismo orden en que se presenten las copias.
-Las constancias referentes a cursos y talleres, deberán acreditar, en lo posible, carga horaria y evaluación.
-En lo referente a la experiencia laboral técnico - profesional, el concursante presentará una reseña de tareas expedida por su superior inmediato, con datos del mismo para establecer contacto.


PRUEBAS
1. Normativa
Ley Orgánica, Estatuto del Personal Docente " Título I , Disposiciones Generales"y del Estatuto del Personal No Docente" Capítulos del I al V" :hasta 20 puntos

2. Específica
En el momento de la inscripción deberá presentar un trabajo escrito, de no más de diez hojas tamaño carta, sobre el estudio y gestión para la suscripción de convenios entre la UdelaR y otros actores. Éste contará con una defensa oral ante el tribunal: hasta 60 puntos

3. Evaluación psico-aboral: hasta 20 puntos
Se evaluará la aptitud psicológica relacionada con las competencias y habilidades requeridas para el cargo. Esta prueba estará bajo la responsabilidad del equipo designado por al Facultad de Psicología.

Total : hasta 100 puntos

Nota: El concursante que no obtenga el 50 % del puntaje como mínimo, en cada prueba y en la evaluación psicolaboral, quedará eliminado.


INFORMACIÓN GENERAL
1) NORMATIVA APLICABLE

Las instancias concursivas se realizaran en el marco de las disposiciones generales existentes en la materia, particularmente lo establecido en la Constitución Nacional, la Ley Orgánica de la Universidad de la República, el Estatuto de los Funcionarios No Docentes, la Reestructura Escalafonaria, la Ordenanza de Concursos y la Ordenanza de Ascensos.
2) PRIMER ACTO DEL CONCURSO

2.1) En el momento de la inscripción los aspirantes serán notificados de la fecha del primer acto del concurso.
En este acto se dará lectura publica de:
- la nómina de los miembros del tribunal
- la nómina de inscriptos que reúnan los requisitos establecidos en las bases.
- la relación de antecedentes presentados por los aspirantes, si algún aspirante así lo solicita.
2.2) Elección del representante:
Los concursantes podrán elegir a su representante, titular y suplente, mediante voto no obligatorio, reservado y anónimo.
Los requisitos para ser representantes y el procedimiento electoral seguirán lo establecido en los Arts.14,15 y 16 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes
3) OBSERVACIONES E IMPUGNACIONES
3.1) Art.8 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes - Primer acto de concurso ....."Los concursantes podrán objetar los méritos presentados por otros concursantes dentro de los dos días hábiles siguientes a la realización del primer acto del concurso".
3.2) Art.19 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes - Impugnación. "Los concursantes podrán recusar a los integrantes del Tribunal ante el Rector de la Universidad de la República quien resolverá sin ulterior instancia en el concurso. Tal impugnación podrá formularse dentro de los dos días hábiles siguientes a la fecha de notificación a los concursantes del acto de designación o elección, en su caso, del miembro del Tribunal destinatario de la recusación.
3.3) Art.29 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes - Inapelabilidad del Contenido. El fallo definitivo del Tribunal será inapelable en cuanto al contenido. Por vicios graves de procedimiento podrá declararse la nulidad total o parcial.
3.4) Art.31 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes - Plazo para su presentación. Las observaciones que se formulen sin supuestos vicios de forma de las pruebas o en la calificación de los antecedentes deberá ser enviada al Tribunal. "Los estudiantes dispondrán de dos días hábiles siguientes al acto impugnado a fin de plantear tales observaciones".
3.5) Art.32 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes - Procedimiento. " El Tribunal, si lo considera pertinente, está habilitado para corregir el vicio. En caso contrario, elevará inmediatamente todos los antecedentes al Consejo Directivo Central, debiendo esperar la resolución de éste antes de continuarse con el concurso".
"El Consejo Directivo Central adoptará resolución en el plazo estipulado en el Articulo 25".
Mediante esta resolución, el Consejo Directivo Central podrá confirmar la actuación del Tribunal o declarar la nulidad parcial del concurso. En este caso, deberán complementarse las etapas o actuaciones correspondientes.
4) RESPONSABILIDAD DE LOS CONCURSANTES
4.1) Art.9 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes - Carga de los concursantes- "Los concursantes deberán concurrir a todos los actos del concurso"
4.2) Art.10 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes - Notificaciones - "..... Los concursantes imposibilitados de concurrir a algún acto del concurso podrán tomar conocimiento de lo alli actuado por quien los represente, siendo suficiente para ello la presentación de una nota suscrita por el ausente"
4.3) Art.24 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes - Inconducta de los concursantes - "El Tribunal hará saber de inmediato al Consejo Directivo Central de toda actuación de los concursantes que pueda merecer sanción, y en tal caso el concurso quedará interrumpido".
4.4) Art.25 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes - Sanciones a los concursantes - "El Consejo Directivo Central dispondrá de treinta días para tomar resolución, plazo que se computará a partir de la incorporación del punto en el Orden del día".
"Las sanciones a los concursantes podrán consistir en amonestación, eliminación del concurso o prohibición de presentarse a nuevos concursos, pudiendo llegar ésta hasta un límite de cinco años. Esta sanción se aplicará en casos de inconductas de los concursantes de especial gravedad".
"Tales sanciones se impondrán sin perjuicio de la responsabilidad que tuvieran tratándose de universitarios. En el caso que corresponda, se dejará constancia en el legajo personal".
5) DESIGNACIONES
5.1) Previo a la designación del postulante, deberá comprobar la aptitud moral mediante la presentación de certificado de buena conducta y tener aptitud psico-física certificada por la División Universitaria de la Salud (D.U.S).
5.2) Las designaciones se realizarán respetando el orden de prelación y las necesidades de los servicios universitarios bajo el régimen de circunscripción única.
5.3) Art.35 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes- Vigencia del orden de prelación - "El orden de prelación resultante de los concursos de ingreso tendrá una vigencia por un único período de dos años"...
5.4) Art.17 de la Ordenanza de ascensos de los funcionarios no docentes de la Universidad de la República- Vigencia - "El orden de prelación tendrá vigencia por un único período que será improrrogable, de acuerdo al siguiente detalle:
- Concursos de méritos para cargos de nivel operativo: un año.
- Concursos de méritos y oposición para cargos de nivel operativo: dos años.
Concursos de méritos y oposición para cargos de nivel de conducción: tres años.

Formulario de Ingreso




LLAMADO A ORIENTADORES DE CAPACITACION DEL
"ÁREA DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA"

DIVISIÓN CAPACITACIÓN Y FORMACIÓN CONTINUA, "JOSÉ JORGE MARTÍNEZ" (DICAF) DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE PERSONAL

CANTIDAD DE ORIENTADORES: 12

1. PERFIL DE LOS ASPIRANTES

Podrán presentarse TODOS los funcionarios no docentes de la UdelaR

Los aspirantes deberán demostrar conocimientos y experiencia en Seguridad y Vigilancia; tanto en lo referente a la ejecución del trabajo, como al diseño, organización y gestión de Servicios de Seguridad y Vigilancia.


2. FUNCIONES

  • Participar en el diseño de las actividades de capacitación del Programa de Seguridad y Vigilancia con el equipo técnico-docente de la División de Capacitación y Formación Continua (DICAF).
  • Actuar como orientador en la ejecución de las actividades programadas.
  • Colaborar en el diseño del material educativo.
  • Participar en la evaluación de las actividades de capacitación del área conjuntamente con la DICAF.

3. REQUISITOS:

  • Ser funcionario no docente de la Udelar, y revistar en efectividad en un cargo de nivel de conducción.
  • Los aspirantes deberán presentar un trabajo escrito (original y dos copias) con una extensión máxima de 3 carillas, referido a su concepción sobre: La Seguridad y Vigilancia en la UdelaR y su aplicación en el marco de una actividad de capacitación de los funcionarios del área.

Asimismo, deberán presentar una relación de méritos (original y dos copias) siguiendo el órden establecido en el numeral 6 y un juego de fotocopias de las constancias como se detalla en la nota al pie.


4. CARGA HORARIA.

A determinar según la programación y diseño de las actividades establecidas en el plan.

5. RETRIBUCIÓN:

Remuneración equivalente al escalafón docente, grado 3, (Res. N°6 CED de fecha 16/6/03).

6. DURACION DE LA DESIGNACIÓN:

La nomina de seleccionados tendrá una vigencia de un año con posibilidades de prórroga por iguales períodos, según evaluación de actuación.
Los orientadores serán convocados a desepeñear su función, según el plan de capacitación.

7. EVALUACIÒN DE MERITOS
La Comisión Asesora evaluará los méritos de los aspirantres de acuerdo a la siguiente ponderación:

7.1 -Estudios cursados y títulos obtenidos……........…… 10%
7.2 -Experiencia y conocimiento en la función de Seguridad y Vigilancia,
participación en trabajos sobre la temática....................... 25%
7.3 -Experiencia en supervisión directa y/o dirección de Servicios de
Seguridad y Vigilancia…………….……………................. 30%
7.4 -Experiencia y/o conocimientos en metodología y técnicas de
Enseñanza-aprendizaje……….………………......……….. 10%
7.5 -Otros méritos………………………………........….. ..... 5%
7.6 - Presentación de trabajo................................................. 20%

La Comisión Asesora podrá solicitar el legajo personal de los funcionarios inscriptos, efectuando detracciones en el puntaje si se constatan deméritos.

NOTA

-Solamente serán considerados los antecedentes que estén debidamente documentados.
-La presentación de los antecedentes deberá seguir el orden establecido en las Bases.
-Los documentos deberán ser legibles, se entregarán fotocopias que se autenticarán en el momento de la inscripción con la presentación de los originales, éstos deberán ser exhibidos en el mismo orden en que se presenten las copias.
-Las constancias referentes a cursos y talleres, deberán acreditar, en lo posible, carga horaria y evaluación.
-En lo referente a la experiencia laboral técnico - profesional, el concursante presentará una reseña de tareas expedida por su superior inmediato.

Formulario Docente


UNIDAD DE RELACIONES Y COOPERACION CON EL SECTOR PRODUCTIVO.

LLAMADO A ASPIRANTES PARA PROVISION DE CARGO DE COORDINADOR

1.Descripción del cargo.

Coordinador de la Unidad de Relaciones y Cooperación con el Sector Productivo.

Deberá promover y coordinar relaciones de cooperación científica y técnica de la Universidad de la República con empresas, entidades cooperativas, sindicatos e instituciones públicas y privadas vinculadas al sector productivo de bienes y servicios, de acuerdo con los lineamientos y criterios establecidos por la Ley Orgánica y por las autoridades universitarias y administrar las partidas presupuestales que en acuerdo con la Dirección General se destinen a esos fines.

Escalafón: G
Grado: 4
Carácter de la designación: interino.
Duración de la designación: Un año, con posibilidades de prórroga anual por iguales períodos.
Cantidad de cargos: 1 cargo.
Carga horaria: 40 hs. semanales.


2. Funciones:

Ejecutar las políticas para el área, formuladas por las autoridades universitarias, y las directivas que a tales efectos disponga la Dirección General y proponer a éstas proyectos en área de su competencia.

Comparecer en nombre de la Universidad de la República ante organismos de gobierno, instituciones públicas, ONGs, cámaras empresariales, sindicatos y empresas en el área de la competencia de la Unidad de Relaciones y Cooperación con el Sector Productivo.

Recepcionar demandas de estudios y de asesoramiento vinculadas al sector productivo y organizar la asistencia universitaria a las mismas.

Inducir y coordinar la elaboración de trabajos en común, desarrollados en conjunto entre los distintos servicios universitarios, empresas, entidades cooperativas, sindicatos e instituciones públicas y privadas vinculadas al sector productivo. Especialmente, promover programas interdisciplinarios que atiendan a la innovación en cadenas productivas, redes de empresas e iniciativas de desarrollo local, donde el conocimiento- en sus distintas vertientes y en sus diversos orígenes- sea elemento determinante.

Coordinar el Observatorio de las Profesiones Universitarias y Terciarias como ámbito de investigación e interacción entre el sistema productivo y las instituciones educativas.

Promover y estimular el desarrollo de actividades de formación y de capacitación de recursos humanos en áreas relacionadas con la vinculación con el sector productivo de bienes y servicios.

Promover la difusión de los resultados de los trabajos realizados.

Coordinar la gestión de la Unidad de Relaciones y Cooperación con el Sector Productivo.

Administrar las partidas presupuestales que en acuerdo con la Dirección General se destinen a esos fines.

3. Perfil de los aspirantes al cargo :

El aspirante deberá demostrar aptitudes para promover las relaciones entre unidades académicas de la Universidad y el sector productivo en todas sus modalidades.
Conjugar antecedentes como docente o investigador, con el conocimiento de la realidad del sector productivo, estatal o privado.
Poseer experiencia en la construcción y coordinación de equipos interdisciplinarios de investigación y de asistencia técnica.

4. Propuesta de trabajo:

Los aspirantes deberán presentar un trabajo con una extensión no mayor de diez páginas, con ideas sobre las líneas estratégicas de la Unidad, la organización de la actividad a su cargo y metodología para promover las relaciones entre la Universidad y el sector productivo. Este trabajo será defendido en una entrevista con la Comisión Asesora.

5. A efectos de su trabajo, la Comisión Asesora podrá apoyarse en los siguientes criterios de puntaje:
a) Estudios cursados y títulos académicos: 10 puntos
b) Propuesta de trabajo: 30 puntos
c) Idiomas: 10 puntos
d) Experiencia y conocimientos en el sector productivo: .25 puntos
e) Experiencia Universitaria: 15 puntos
f) Actividad Profesional: 5 puntos
g) Otros méritos: 5 puntos

6. La propuesta de la Comisión Asesora deberá expresar sus fundamentos sobre las virtudes de los aspirantes, respecto de sí mismos y también comparativamente con el resto, teniendo en cuenta las funciones a desempeñar y los conceptos establecidos en estas bases como méritos a ponderar.
Podrá apoyarse internamente en valoraciones cuantitativas, tabla de puntaje arriba señalada, pero estas no quedaran expresadas en la propuesta elevada al Consejo Ejecutivo Delegado.


Formulario Docente


BASES DEL LLAMADO A ASPIRANTE PARA PROVISIÓN DE UN CARGO DOCENTE EN EXTENSIÓN UNIVERSITARIA


1. El Centro Universitario de Paysandú, dependiente del Servicio Central de Extensión y Actividades en el Medio llama a aspirantes por oposición y meritos para la provisión del cargo docente que se detalla a continuación:

Ayudante de Extensión. Provisión interina. Escalafón G, Grado 1, 25 horas semanales con sede en el Centro Universitario de Paysandú. Colaborará en el diseño, la organización, el seguimiento y la evaluación de proyectos y actividades de Extensión Universitaria que se lleven a cabo en el ámbito del CUP. Participará en la implementación y coordinación de las propuestas de extensión aprobadas por la Comisión Directiva del CUP en el área urbana.

2. Se dará preferente atención a los egresados cuya formación y experiencia profesional tenga orientación social, entendiéndose en estos casos, que sus respectivos currícula deben indicar haber realizado actividades orientadas al desarrollo comunitario local.

3. Cada aspirante deberá presentar por triplicado una relación documentada de sus méritos y antecedentes de los siguientes items:
a. Títulos o grados de avance en las carreras que cursen.
b. Formación y actuación en extensión y relaciones con el medio.
c. Actuaciones en enseñanza e investigación.
d. Actuación Profesional.
e. Participación en el cogobierno universitario.
f. Otras actividades.

Se tendrá en cuenta especialmente los antecedentes relacionados con la función de extensión y su experiencia específica en diseño y evaluación de proyectos comunitarios, así como títulos de grado, escolaridad y cursos relacionados con extensión.

4. Cada aspirante deberá presentar por triplicado un documento no mayor de ocho páginas, que se entregarán en el momento de la inscripción, sobre los temas que se indican a continuación:

Propuesta de trabajo para el desarrollo de la extensión universitaria en el área urbana de Paysandú.

5. El Consejo Ejecutivo Delegado designará una Comisión Asesora a propuesta del la Comisión Directiva del Centro Universitario de Paysandú, refrendado por la Comisión Sectorial de Extensión y Actividades en el Medio, integrada por tres miembros de notoria competencia en temas de extensión universitaria.

6. La Comisión Asesora deberá evaluar los méritos, antecedentes y el documento de cada aspirante. Los aspirantes, que a juicio de la Comisión Asesora, han presentado méritos y antecedentes suficientes y un documento considerado satisfactorio, serán entrevistados por la referida Comisión sobre temas directamente vinculados al cargo que aspiran.

7. La Comisión Asesora emitirá un informe debidamente fundamentado que quedará registrado en el acta respectiva. El acta consignará el candidato propuesto para el cargo y podrán proponer un listado ordenado de los restantes aspirantes que a juicio de la Comisión Asesora reúnen las condiciones necesarias para ejercer el cargo del llamado. Estos listados tendrán vigencia por un año.

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DESCRIPCIÓN DEL CARGO DE EXPERTO EN DEPORTE DEL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN FÍSICA, DEPORTE, RECREACIÓN Y CULTURA DEL SERVICIO CENTRAL DE BIENESTAR UNIVERSITARIO


ESCALAFÓN: R, Grado 13, 40 hs.
Considerado por la normativa universitaria como "sujeto a renovación
permanente de conocimiento".

PROPÓSITO: Ejecutar las directivas recibidas del Director del Departamento cuanto
al área de deporte respecta. Establecer las relaciones, nexos necesarios
y canales de comunicación adecuados para estos efectos con los
distintos servicios universitarios y extra universitarios relacionados con
la actividad del Departamento.

REQUISITOS DEL CARGO

Requisitos psico-físicos: Aptitud psico-física total certificada por al División Universitaria de la Salud.

PERSONALIDAD

Deberá contar con estabilidad emocional, juicio crítico, dinamismo, ejecutividad, responsabilidad, confiabilidad y compromiso organizacional.
Buen relacionamiento interpersonal, motivación por tratar con otras personas e integrar grupos de trabajo.
Capacidad para analizar problemas, detectar las necesidades de los usuarios, planificar a corto plazo y mantener una comunicación fluida a todo nivel.

CALIFICACIONES

Educación

Egresado del Instituto Superior de Educación Física.

Conocimientos específicos

Conocimiento de los propósitos, la estructura de organización y funciones del Servicio en cuanto a su área de desempeño.
Así como las necesidades, problemas y requerimientos de las usuarios.

Experiencia

Experiencia documentada de no menos de cinco años en actividades de deporte.



INTERRELACIONES JERÁRQUICAS

Supervisado por: el Director del Departamento de Educación, Deporte, Recreación y
Cultrura del Servicio Central de Bienestar Universitario. (R 15, Nivel
de Conducción II).

No tiene personal a cargo, eventualmente coordina o supervisa técnicamente a otros funcionarios.

ACTIVIDADES

· Ejecutar en forma directa o en combinación con los coordinadores de infraestructura, los planes y actividades establecidos o encomendados por la Dirección del Departamento.

· Participa en la planificación de las variadas actividades deportivas y programa la implementación de la mismas.

· Actúa en coordinación directa con el Experto en Cultura y otros de la misma línea.

· Coordina con los sectores relacionados, públicos y privados las actividades deportivas y su correcta difusión.

· Procura la mejor utilización de los medios técnicos y otros recursos necesarios.


BASES PARA EL LLAMADO PARA LA PROVISIÓN EFECTIVA DEL CARGO DE EXPERTO EN DEPORTE DEL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN FÍSICA, DEPORTE, RECREACIÓN Y CULTURA DEL SERVICIO CENTRAL DE BIENESTAR UNIVERSITARIO


1. Requisitos para la inscripción

El postulante debe ser ciudadano uruguayo y presentar:
a) Cédula de Identidad.
b) Credencial Cívica o certificado de inscripción en el Registro Cívico Nacional.
c) Egresado del Instituto Superior de Educación Física, no menor a 5 años.
d) Relación de antecedentes, experiencia y conocimientos, con las certificaciones que los
acrediten. Solamente serán considerados los antecedentes que estén debidamente
documentados.


El Experto en Deporte del Departamento de Educación Física, Deporte, Recreación y Cultura del Servicio Central de Bienestar Universitario ocupa un cargo del Escalafón R, Grado 13, 40 horas, considerado por la normativa universitaria como sujeto "sujeto a renovación permanente de conocimiento".


2. Normativa aplicable

La provisión del cargo se realizará de acuerdo con lo establecido en al normativa universitaria, y de manera particular en la "Ordenanza sobre cargos no docentes sujetos a renovación permanente de conocimientos" en el "Estatuto de los funcionarios que requieren renovación permanente de conocimientos", y en el "Reglamento para la provisión y renovación de cargos que requieren renovación permanente de conocimientos".


3. Características del llamado

El cargo será provisto mediante llamado público a aspiraciones y eventualmente mediante concurso de méritos y pruebas. El concurso se realizará en la modalidad de selección en base a puntaje.


4. Relativo a los méritos

Si corresponde realizar concurso de méritos y pruebas, los puntajes asignados a los méritos serán los siguientes:

Experiencia

- Actuación en cargos de jefatura o responsabilidad técnica en la Universidad de la República, relacionada con la temática del cargo. Dicha actuación será evaluada por el Tribunal, previo informe del o los jerarcas respectivos. Se indicará cargos ocupados, período de ejecución de los mismos, forma de ingreso o ascenso y breve descripción de las tareas desempeñadas.

Hasta 23 puntos.

- Actuación en cargos de jefatura o responsabilidad técnica en la administración pública (excluida Universidad) y en la privada, relacionada con la temática del cargo ( con los mismos detalles requeridos para el numeral precedentes).

Hasta 27 puntos.


Conocimientos

- Títulos universitarios.
- Títulos y cursos aprobados, directamente relacionados con el cargo.
- Premios, publicaciones y participación como delegado oficial de la Universidad de la Universidad de la República en el país y/o en el extranjero, sobre temas relacionados con el cargo a proveer.
- Ideas, iniciativas, estudios y ejecución de programas de significación, relacionados con el cargo, en cuyo desarrollo haya participado el aspirante, de acuerdo con la documentación presentada y con los informes de la autoridad correspondiente.

Hasta 50 puntos.

El concursante deberá superar el 50% del total del puntaje de méritos para pasar a la etapa de pruebas.

6. Relativo a la prueba

Las pruebas serán dos, del tipo b) y d) (Artículo 6 del Reglamento para la provisión y renovación de cargos que requieren renovación permanente de conocimientos).

En prueba de tipo d, la entrevista será con el Tribunal.
Los puntajes asignados a cada prueba serán los siguientes:
- tipo b) ........... hasta 50 puntos
- tipo d) ........... hasta 30 puntos

Aquel concursante que no alcanzare el 50% del puntaje máximo total de las pruebas o el 40% del puntaje máximo de alguna de ellas quedará eliminado.


Formulario Escalafón R


DESCRIPCIÓN DEL CARGO DE EXPERTO EN CULTURA DEL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN FÍSICA, DEPORTE, RECREACIÓN Y CULTURA DEL SERVICIO CENTRAL DE BIENESTAR UNIVERSITARIO


ESCALAFÓN: R, Grado 13, 40 hs.
Considerado por la normativa universitaria como "sujeto a renovación
permanente de conocimiento".

PROPÓSITO: Ejecutar las directivas recibidas del Director del Departamento
relacionadas al área de cultura respecta. Establecer las relaciones, nexos
necesarios y canales de comunicación adecuados para estos efectos con
los distintos servicios universitarios y extra universitarios relacionados
con la actividad del Departamento.

REQUISITOS DEL CARGO

Requisitos psico-físicos: Aptitud psico-física total certificada por al División Universitaria de la Salud.

PERSONALIDAD

Deberá contar con estabilidad emocional, juicio crítico, dinamismo, ejecutividad, responsabilidad, confiabilidad y compromiso organizacional.
Buen relacionamiento interpersonal, motivación por tratar con otras personas e integrar grupos de trabajo.
Capacidad para analizar problemas, detectar las necesidades de los usuarios, planificar a corto plazo y mantener una comunicación fluida a todo nivel.

CALIFICACIONES

Educación

Formación que lo califique para desempeñarse en los distintos aspectos de la cultura.

Conocimientos específicos

Conocimiento de los propósitos, la estructura de organización y funciones del Servicio en cuanto a su área de desempeño.
Así como las necesidades, problemas y requerimientos de las usuarios.

Experiencia

Experiencia documentada de no menos de cinco años en actividades de cultura.


INTERRELACIONES JERÁRQUICAS

Supervisado por: el Director del Departamento de Educación, Deporte, Recreación y
Cultrura del Servicio Central de Bienestar Universitario. (R 15, Nivel de Conducción II).

No tiene personal a cargo, eventualmente coordina o supervisa técnicamente a otros funcionarios.

ACTIVIDADES

-Ejecutar en forma directa o en combinación con los coordinadores de infraestructura, los planes y actividades establecidos o encomendados por la Dirección del Departamento.

-Participa en la planificación de las variadas actividades culturales y programa la implementación de las mismas.

-Actúa en coordinación directa con el Experto en Deporte y otros de la misma línea.

-Coordina con los sectores relacionados, públicos y privados las actividades culturales y su correcta difusión.

-Procura la mejor utilización de los medios técnicos y otros recursos necesarios.

 

BASES PARA EL LLAMADO PARA LA PROVISIÓN EFECTIVA DEL CARGO DE EXPERTO EN CULTURA DEL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN FÍSICA, DEPORTE, RECREACIÓN Y CULTURA DEL SERVICIO CENTRAL DE BIENESTAR UNIVERSITARIO

1. Requisitos para la inscripción

El postulante debe ser ciudadano uruguayo y presentar:
a) Cédula de Identidad.
b) Credencial Cívica o certificado de inscripción en el Registro Cívico Nacional.
c) Experiencia documentada de no menos de 5 años en actividades de Cultura.
d) Relación de antecedentes, experiencia y conocimientos, con las certificaciones
que los acrediten. Solamente serán considerados los antecedentes que estén
debidamente documentados.

2. Denominación del cargo

El Experto en Cultura del Departamento de Educación Física, Deporte, Recreación y Cultura del Servicio Central de Bienestar Universitario ocupa un cargo del Escalafón R, Grado 13, 40 horas, considerado por la normativa universitaria como sujeto "sujeto a renovación permanente de conocimiento".

3. Normativa aplicable

La provisión del cargo se realizará de acuerdo con lo establecido en al normativa universitaria, y de manera particular en la "Ordenanza sobre cargos no docentes sujetos a renovación permanente de conocimientos" en el "Estatuto de los funcionarios que requieren renovación permanente de conocimientos", y en el "Reglamento para la provisión y renovación de cargos que requieren renovación permanente de conocimientos".

4. Características del llamado

El cargo será provisto mediante llamado público a aspiraciones y eventualmente mediante concurso de méritos y pruebas. El concurso se realizará en la modalidad de selección en base a puntaje.

5. Relativo a los méritos

Si corresponde realizar concurso de méritos y pruebas, los puntajes asignados a los méritos serán los siguientes:


Experiencia

a) Actuación en cargos de jefatura o responsabilidad técnica en la Universidad de la República, relacionada con la temática del cargo. Dicha actuación será evaluada por el Tribunal, previo informe del o los jerarcas respectivos. Se indicará cargos ocupados, período de ejecución de los mismos, forma de ingreso o ascenso y breve descripción de las tareas desempeñadas.

Hasta 22 puntos.

b) Actuación en cargos de jefatura o responsabilidad técnica en la administración pública (excluida Universidad) y en la privada, relacionada con la temática del cargo ( con los mismos detalles requeridos para el numeral precedentes).

Hasta 22 puntos.

c) Actuación universitaria. ( Se solicita una reseña de todas las actuaciones que haya tenido o tenga el postulante en Órganos de Gobierno Universitario, Comisiones o actuaciones como delegado oficial a Congresos, Encuentros, etc., en el país o en el extranjero).

Hasta 6 puntos.


Conocimientos

a) Títulos y cursos aprobados, directamente relacionados con el cargo.
b) Premios, publicaciones y participación como delegado oficial de la Universidad de la Universidad de la República en el país y/o en el extranjero, sobre temas relacionados con el cargo a proveer.
c) Ideas, iniciativas, estudios y ejecución de programas de significación, relacionados con el cargo, en cuyo desarrollo haya participado el aspirante, de acuerdo con la documentación presentada y con los informes de la autoridad correspondiente.

Hasta 50 puntos.


El concursante deberá superar el 50% del total del puntaje de méritos para pasar a la etapa de prueba.

6. Relativo a la prueba

Las pruebas serán dos, del tipo b) y d) (Artículo 6 del Reglamento para la provisión y renovación de cargos que requieren renovación permanente de conocimientos).

En prueba de tipo d, la entrevista será con el Tribunal.
Los puntajes asignados a cada prueba serán los siguientes:
- tipo b) ........... hasta 50 puntos
- tipo d) ........... hasta 30 puntos

Aquel concursante que no alcanzare el 50% del puntaje máximo total de las pruebas o el 40% del puntaje máximo de alguna de ellas quedará eliminado.


Formulario Escalafón R


DESCRIPCIÓN CARGO DE TÉCNICO EN ADMINISTRACIÓN CON ORIENTACIÓN EN DESARROLLO DEL PERSONAL Y ORGANIZACIONAL


DENOMINACIÓN: Técnico III, Técnico en Administración

CARACTERÍSTICAS: Escalafón B, Sub escalafón 2, Grado 7

DESCRIPCIÓN GENERAL DEL CARGO

Participar en las áreas de desarrollo de la administración de personal. Su función se vincula directamente al análisis, descripción, evaluación y clasificación de cargos, así como a la inserción del cargo dentro de la estructura organizativa.

REQUISITOS DEL CARGO

Aptitud moral y psico-física - Comprobar aptitud moral, y tener aptitud psico-física, certificada por la División Universitaria de la Salud.

Competencias Básicas

· Poseer título de Técnico en Administración, expedido por la Escuela de Administración de la Facultad de Ciencias Económicas y Administración

Competencias intelectuales -metodológicas.

· Capacidad para planificar y organizar
· Capacidad analítica y actitud crítica y constructiva para formular propuestas.

Competencias comportamentales/sociales/participativas

· Habilidades y aptitudes para desempeñarse en áreas de Administración de Personal.
· Interés y condiciones para interactuar con los funcionarios de diversos escalafones, con la finalidad de realizar relevamientos y análisis de información
· Aptitudes para trabajar en equipo.
· Flexibilidad, disposición para adaptarse a diferentes tareas y en diferentes ámbitos
· Capacidad e interés de aprender nuevos conocimientos para el desarrollo de sus tareas
· Estabilidad emocional
· Aptitud para lograr una comunicación eficaz y fluida

Competencias específicas

· Conocimiento
Conocimientos suficientes del marco normativo en que está encuadrada la Universidad de la República (Constitución, Ley Orgánica; otras leyes aplicables; Estatuto del Funcionario; ordenanzas; normas diversas; resoluciones), especialmente las que regulan la administración de personal en la institución.

· Experiencia
Se apreciará, aunque no es indispensable, la experiencia calificada en Administración de Personal, en el ámbito público preferentemente o privado.

INTERRELACIONES JERÁRQUICAS

· Supervisado por el jefe inmediato, Directores de Departamento y/o División y/o
Director General.
· Habitualmente no tiene personal a su cargo.

FUNCIONES DEL CARGO
( La enumeración no es taxativa)

· Aplicar técnicas de Administración de Personal para realizar análisis, descripción y clasificación de cargos.
· Participar en la preparación de las bases de los concursos.
· Análisis de procedimientos relacionados con la gestión de personal.
· Estudiar normas vigentes, para realizar análisis de documentación y confeccionar informes.
· Participar activa e interesadamente, en las diversas actividades del área, aportando sus conocimientos técnicos y opiniones personales.
· Participar en las actividades formativas que se le propongan para su desempeño.
· Colaborar en trabajos técnicos sugeridos por su supervisor.
· Crear herramientas o portadores de información para relevamiento de datos.


BASES

CONCURSO PARA LA PROVISIÓN EN EFECTIVIDAD DE CARGOS DE TÉCNICOS EN ADMINISTRACIÓN CON ORIENTACIÓN EN DESARROLLO DEL PERSONAL Y ORGANIZACIONAL,
PARA LA DIRECCIÓN GENERAL DE PERSONAL Y OTRAS DEPENDENCIAS UNIVERSITARIAS

DENOMINACIÓN: Técnico III, Técnico en Administración

CARACTERÍSTICAS: Escalafón B, Sub escalafón 2, Grado 7

CARÁCTER DE LA DESIGNACIÓN: Efectivo

FORMA DE PROVISIÓN:

Por llamado a concurso entre todos los ciudadanos de la República que cumplan con los siguientes requisitos:
a) no mayor de 30 años al momento de inscripción,
b)egresados de la Escuela de Administración dependiente de la Facultad de Ciencias Económicas y Administración de la Universidad de la República, con título de Técnico en Administración Pública o Técnico en Administración de Empresas.

En caso de que los inscriptos superen las cincuenta personas, el Tribunal considerará solamente la postulación de los cincuenta que reúnan el mayor puntaje de escolaridad quedando los restantes excluidos del proceso del concurso.
Quedan exceptuados del límite de edad y de la preselección por escolaridad los actuales funcionarios, becarios y pasantes de la UdelaR.

Las personas convocadas a trabajar serán asignadas a las áreas donde se requieran sus servicios, por resolución unilateral de las autoridades de la Universidad de la República.

FORMA DE SELECCIÓN: Antecedentes, prueba y entrevista.
Total : 220 puntos.

1) ANTECEDENTES: .............................................................................Hasta 90 puntos

1.1 Educación formal de grado y post grado que exceda a la requerida por el cargo y que guarde relación con éste................................. hasta 35 puntos
Se ponderarán especialmente las notas de aprobación de las
materias: Relaciones Humanas y Supervisión y de Administración
de Personal.
1.2 Capacitación y formación continua, seminarios y talleres relacionados con el
cargo ............................................................ ...........................hasta 20 puntos
1.3 Otros estudios (idiomas, informática, etc.) ...................hasta 10 puntos
1.4 Experiencia profesional ...................................................hasta 15 puntos
1.5 Otros méritos ................................................................... hasta 10 puntos
(Aquellos que el concursante crea conveniente documentar
y tengan relación con el cargo.)

2) PRUEBAS: .................................................................... Hasta 130 puntos

2.1 Prueba escrita ..... ............................................................hasta 90 puntos

La prueba escrita tendrá una duración de 4 horas y tratará sobre asuntos (casos,
tema, cuestionarios, etc.) cuya modalidad será definida por el tribunal y acorde a
las características del cargo.

2.2 Entrevista ..........................................................................hasta 40 puntos

La entrevista tendrá por objeto, evaluar la capacidad del concursante de lograr un desempeño eficaz , de acuerdo a las competencias especificadas en la descripción.

DISPOSICIONES GENERALES:

* Los méritos y antecedentes deben estar adecuadamente documentados.
* Los aspirantes que no alcancen el 50% del puntaje en los ítem 2.1 y 2.2
quedarán eliminados, integrándose un cuadro con vigencia por dos años
con quienes igualen o superen el porcentaje antes mencionado.
* La documentación que se presente acompañando la inscripción deberá ser
retirada indefectiblemente dentro de los 30 días posteriores a la notificación del fallo final. Vencido este plazo, la Institución no se responsabiliza de los
documentos presentados.


INFORMACIÓN GENERAL


1) NORMATIVA APLICABLE
Las instancias concursivas se realizaran en el marco de las disposiciones generales existentes en la materia, particularmente lo establecido en la Constitución Nacional, la Ley Orgánica de la Universidad de la República, el Estatuto de los Funcionarios No Docentes, la Reestructura Escalafonaria, la Ordenanza de Concursos y la Ordenanza de Ascensos.


2) PRIMER ACTO DEL CONCURSO
2.1) En el momento de la inscripción los aspirantes serán notificados de la fecha del primer acto del concurso.
En este acto se dará lectura publica de:
- la nómina de los miembros del tribunal
- la nómina de inscriptos que reúnan los requisitos establecidos en las bases.
- la relación de antecedentes presentados por los aspirantes, si algún aspirante así lo solicita.
2.2) Elección del representante:
Los concursantes podrán elegir a su representante, titular y suplente, mediante voto no obligatorio, reservado y anónimo.
Los requisitos para ser representantes y el procedimiento electoral seguirán lo establecido en los Arts.14,15 y 16 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes


3) OBSERVACIONES E IMPUGNACIONES
3.1) Art.8 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes - Primer acto de concurso ....."Los concursantes podrán objetar los méritos presentados por otros concursantes dentro de los dos días hábiles siguientes a la realización del primer acto del concurso".
3.2) Art.19 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes - Impugnación. "Los concursantes podrán recusar a los integrantes del Tribunal ante el Rector de la Universidad de la República quien resolverá sin ulterior instancia en el concurso. Tal impugnación podrá formularse dentro de los dos días hábiles siguientes a la fecha de notificación a los concursantes del acto de designación o elección, en su caso, del miembro del Tribunal destinatario de la recusación.
3.3) Art.29 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes - Inapelabilidad del Contenido. El fallo definitivo del Tribunal será inapelable en cuanto al contenido. Por vicios graves de procedimiento podrá declararse la nulidad total o parcial.
3.4) Art.31 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes - Plazo para su presentación. Las observaciones que se formulen sobre supuestos vicios de forma de las pruebas o en la calificación de los antecedentes deberá ser enviada al Tribunal. "Los concursantes dispondrán de dos días hábiles, siguientes a la terminación del acto impugnado, a fin de plantear tales observaciones".
3.5) Art.32 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes - Procedimiento. " El Tribunal, si lo considera pertinente, está habilitado para corregir el vicio. En caso contrario, elevará inmediatamente todos los antecedentes al Consejo Directivo Central, debiendo esperar la resolución de éste antes de continuarse con el concurso.
El Consejo Directivo Central adoptará resolución en el plazo estipulado en el Articulo 25".
Mediante esa resolución, el Consejo Directivo Central podrá confirmar la actuación del Tribunal o declarar la nulidad parcial del concurso. En este caso, deberán complementarse las etapas o actuaciones correspondientes.


4) RESPONSABILIDAD DE LOS CONCURSANTES
4.1) Art.9 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes - Carga de los concursantes- "Los concursantes deberán concurrir a todos los actos del concurso"
4.2) Art.10 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes - Notificaciones - "..... Los concursantes imposibilitados de concurrir a algún acto del concurso, podrán tomar conocimiento de lo allí actuado por quien los represente, siendo suficiente para ello la presentación de una nota suscrita por el ausente"
4.3) Art.24 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes - Inconducta de los concursantes - "El Tribunal hará saber de inmediato al Consejo Directivo Central de toda actuación de los concursantes que pueda merecer sanción, y en tal caso el concurso quedará interrumpido".
4.4) Art.25 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes - Sanciones a los concursantes - "El Consejo Directivo Central dispondrá de treinta días para tomar resolución, plazo que se computará a partir de la incorporación del punto en el Orden del día".
Las sanciones a los concursantes podrán consistir en amonestación, eliminación del concurso o prohibición de presentarse a nuevos concursos, pudiendo llegar ésta hasta un límite de cinco años. Esta sanción se aplicará en casos de inconductas de los concursantes de especial gravedad.
Tales sanciones se impondrán sin perjuicio de la responsabilidad que tuvieren tratándose de universitarios. En el caso que corresponda, se dejará constancia en el legajo personal".


5) DESIGNACIONES
5.1) Previo a la designación del postulante, deberá comprobar la aptitud moral mediante la presentación de certificado de buena conducta y tener aptitud psico-física certificada por la División Universitaria de la Salud (D.U.S).
5.2) Las designaciones se realizarán respetando el orden de prelación y las necesidades de los servicios universitarios bajo el régimen de circunscripción única.
5.3) Art.35 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes- Vigencia del orden de prelación - "El orden de prelación resultante de los concursos de ingreso tendrá una vigencia por un único período de dos años"...
5.4) Art.17 de la Ordenanza de ascensos de los funcionarios no docentes de la Universidad de la República- Vigencia - "El orden de prelación tendrá vigencia por un único período que será improrrogable, de acuerdo al siguiente detalle:
- Concursos de méritos para cargos de nivel operativo: un año.
- Concursos de méritos y oposición para cargos de nivel operativo: dos años.
- Concursos de méritos y oposición para cargos de nivel de conducción: tres años.


Formulario de Ingreso a Cargo No Docente

 


DESCRIPCIÓN DEL CARGO VIGILANTE

DENOMINACIÓN: Vigilante

CARACTERÍSTICAS: Escalafón E, Sub escalafón 1,
Grado 3, Oficial Práctico III
Grado 4, Oficial Práctico II
Grado 5, Oficial Práctico I


PROPÓSITO:

Garantizar la seguridad de las personas, del edificio y los bienes de la Universidad de la República.
Observar y aplicar correctamente las normas e indicaciones atinentes al funcionamiento del Servicio de Vigilancia en relación con el mantenimiento del orden dentro del predio universitario, prevenir riesgos, combatir incendios y velar por la seguridad en general.
Atender e informar correctamente al público.

REQUISITOS Y COMPETENCIAS DEL CARGO :

Aptitud moral y psico-fìsica

Comprobar aptitud moral y tener aptitud psico-física certificada por la División Universitaria de la Salud.

Requisitos físicos

· Resistencia física para permanecer de pie, subir escaleras, eventualmente agacharse, levantar y trasladar pesos propios de su actividad , desplazarse en áreas transitadas, de mayor o menor extensión en las cuales se realizan actividades de diversa índole.
· Estar en condiciones de someterse a ambientes ruidosos.

Competencias comportamentales/sociales/participativas

· Comunicación y facilidad verbal para comunicarse eficazmente.
· Capacidad para trabajar en equipo (entre pares y entre diferente niveles de la escala jerárquica).
· Comprensión y consideración frente a los problemas que pudieren originarse en el trabajo diario con autoridades, compañeros y usuarios.
· Cortesía y actitud respetuosa hacia los funcionarios, estudiantes y público en general.
· Honradez.
· Buena presencia. Higiene y pulcritud personal.
· Responsabilidad en el desempeño de sus tareas considerando el contexto universitario.
· Interés social que le permita asimilar los objetivos de la Institución frente a la comunidad y a los usuarios.
· Estabilidad emocional e iniciativa para atender situaciones de emergencia y/o eventuales contratiempos surgidos a lo largo de la jornada.
· Flexibilidad, disposición para adaptarse a diferentes tareas y en diferentes ámbitos.
· Disposición para cumplir tareas rutinarias en cualquier sector.

Competencias metodológicas/intelectuales

· Capacidad para organizar y lograr los objetivos establecidos.
· Capacidad de análisis e interpretación de la información.
· Capacidad de percepción y creatividad para hallar y aplicar soluciones en las situaciones laborales cotidianas.
· Capacidad de respuesta rápida cuando la situación lo requiera.


FORMACIÓN Y EXPERIENCIA:

Formación:

Primer Ciclo de Enseñanza Secundaria o UTU aprobado.
Este requisito es solamente para el llamado de ingreso

Experiencia:

Experiencia calificada en tareas similares.

INTERRELACIONES JERÁRQUICAS:

Supervisado por el Jefe de Vigilancia - Nivel de Conducción I, en forma directa o por el responsable del servicio o Intendente.
No tiene personal a su cargo.-

COMPETENCIAS Y FUNCIONES DEL CARGO POR ÁREAS:

1. ÁREA - SEGURIDAD

1.1 CUSTODIAR Y VIGILAR, BIENES MUEBLES E INMUEBLES

· Custodiar y vigilar los bienes de la Universidad de la República que se encuentran dentro del predio universitario.
· Cumplir inspecciones periódicas en las áreas que le fueran asignadas.
· Intervenir dentro del marco de su competencia, en situaciones de alteración del orden en el predio universitario, según el procedimiento indicado para esa situación.
· Extinguir incendios cuando las dimensiones y/o origen del fuego lo permitan, dando aviso inmediato a bomberos, a su Jefe, Intendente u otra autoridad en caso de no localizar a los anteriores.
· Cumplir con las normas de seguridad establecidas por la Institución y darlas a conocer cuando corresponda.
· Encender y apagar luces, abrir y cerrar puertas al inicio, durante y al término de la jornada de labor, de acuerdo con las normas y procedimientos establecidos.
· Controlar permanentemente la entrega y recepción de las llaves y objetos que le sean encomendados por las autoridades competentes, llevando un registro.
· Manejar los sistemas tecnológicos de seguridad instalados en el servicio.

1.2 CONTROLAR INGRESOS Y EGRESOS DE PERSONAS Y OBJETOS

· Controlar y denunciar la permanencia indebida de personas, objetos y vehículos no autorizados.
· Controlar y vigilar, de acuerdo con las normas, procedimientos y horarios establecidos, la entrada y salida de estudiantes, funcionarios, docentes y público en general.

2. ÁREA INFORMACIÓN

2.1 INFORMAR AL SUPERIOR E INTEGRANTES DE SU GRUPO DE TRABAJO

· Comunicar de inmediato a su Supervisor sobre las irregularidades que observe con referencia a conductas que atenten contra las normas de seguridad establecidas.
· Informar por escrito a los funcionarios del turno siguiente o si correspondiera al supervisor, las novedades o sucesos importantes ocurridos durante su horario.
· Comunicar y/o registrar, los problemas o dificultades encontrados, las soluciones aplicadas y sugerir medidas preventivas.

2.2 INFORMAR AL PÚBLICO EN GENERAL

· Brindar información y orientación sobre los horarios de atención y ubicación de los sectores del servicio.

3. OTRAS FUNCIONES

· Detectar y comunicar la existencia de desperfectos en los equipos o instalaciones de su área de trabajo. Subsanar aquellos que estén a su alcance y que sean imprescindibles.
· Atender el teléfono momentáneamente cuando el personal de la Central Telefónica no se encuentre.
· Recibir la correspondencia fuera del horario de funcionamiento de Mensajería.
· Asistir a los cursos de capacitación para los cuales sea convocado.
· Asesorar en el correcto uso de los relojes y tarjetas de registro de asistencia del personal.
· Dar cumplimiento a la normativa relativa a los Símbolos Nacionales, realizando los procedimientos necesarios.
· Cumplir con otras tareas relacionadas con la función, de acuerdo con las normas y procedimientos generales y específicos de cada servicio.

BASES LLAMADO A CONCURSO ABIERTO Y CERRADO PARA LA PROVISIÓN EFECTIVA DE CARGOS DE VIGILANTE

DENOMINACIÓN: Vigilante

CARACTERÍSTICAS: Escalafón E, Sub escalafón 1,
Grado 3, Oficial Práctico III

CARACTERÍSTICAS DE LA DESIGNACIÓN: Efectivo


Será de aplicación el Art. 5° del Estatuto de los Funcionarios No Docentes de la Universidad de la República y el cual se transcribe a continuación.

Art. 5º-Provisoriato- "Los funcionarios que ingresen a la Universidad, cualquiera fuere la naturaleza del vínculo, serán designados provisionalmente, pudiendo ser separados por decreto fundado, dentro del plazo de seis meses contados a partir de la toma de posesión, por la autoridad que los nombró.
Transcurrido el plazo del inciso anterior, el funcionario adquiere ipso jure, derecho al desempeño interino o efectivo del cargo, quedando amparado por el presente Estatuto".

Cantidad de cargos a proveer : según la necesidad de personal de los servicios.


TIPO, REQUISITOS Y CLASE DE CONCURSO

Tipo de concurso: Abierto y cerrado

Art. 34 de la Ordenanza para la provisión de cargos no docentes..."Los concursos de ingreso para la provisión de cargos no docentes en los escalafones C,D, E serán abiertos y cerrados. Estos concursos se realizarán en forma simultánea"....

Inscripción condicional: Se realizará una inscripción con carácter condicional, debiéndose completar una declaración sobre el cumplimiento de los requisitos contenidos en las Bases, y si está atendido por el Plan de Emergencia. Si el número de aspirantes supera los 500 se realizará un sorteo de acuerdo al art. 36 de la Ordenanza de Concursos y a la resolución adoptada por la Comisión Sectorial de Gestión Administrativa en fecha 3.05.05.
El sorteo constará de dos etapas: una primera en la que del total de inscriptos se seleccionen 500 y una segunda solo entre las personas que se encuentren atendidas por el Plan de Emergencia y que no fueron seleccionadas por el anterior sorteo, de la que resultarán 50 aspirantes más.
Luego del sorteo se realizará la inscripción definitiva de quienes habiendo sido sorteados reúnan los requisitos previstos en las Bases.
Quedarán exonerados del sorteo los funcionarios de la UdelaR.

Requisitos:

Para el llamado abierto:

· Podrán postularse todos los ciudadanos de la República entre 18 y 45 años de edad, que hayan aprobado el Primer Ciclo de Enseñanza Secundaria o UTU. Las personas que se encuentren atendidas por el Plan de Emergencia deberán exhibir recibo de cobro del titular en el momento de la inscripción.
Asimismo, la Universidad de la República verificará los datos con el Ministerio de Desarrollo Social.
· Los funcionarios interinos de la UdelaR, inscriptos en el concurso " abierto" serán eximidos del sorteo y del límite de edad.

Para el llamado cerrado:

· Podrán participar en el concurso cerrado todos los funcionarios no docentes que ocupen cargos en efectividad de cualquier escalafón y que posean Educación Primaria completa.

Clase de concurso: Antecedentes y pruebas.

DOCUMENTOS QUE DEBEN ACOMPAÑAR LA SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN

Cédula de Identidad
Credencial Cívica
Relación de antecedentes (currículum vitae). Original y copia
Certificados y constancias correspondientes. Original y copia
En caso de estar atendido por el plan de emergencia se deberá presentar el recibo de cobro del titular (Original y copia)

1. ANTECEDENTES : hasta 30 puntos

1.1 Formación
1.1.1 Estudios y capacitación:
1.1.1.1 Superiores a los requeridos para la inscripción: hasta 5 puntos
1.1.1.2 Relacionados con el cargo: hasta 10 puntos

1.2 Experiencia:
1.2.1 En tareas relacionadas con el cargo: hasta 15 puntos

Nota: El Tribunal evaluará la actuación de los funcionarios de la UdelaR que intervengan en el llamado, considerando los antecedentes y deméritos de los postulantes.

NOTA
-Solamente serán considerados los antecedentes que estén debidamente documentados.
-La presentación de los antecedentes deberá seguir el orden establecido en las Bases.
-Los documentos deberán ser legibles, se entregarán fotocopias que se autenticarán en el momento de la inscripción con la presentación de los originales, éstos deberán ser exhibidos en el mismo orden en que se presentan las copias.
-Las constancias referentes a cursos y talleres, deberán acreditar, en lo posible, carga horaria y evaluación.
-En lo referente a la experiencia laboral:
-los funcionarios de la Udelar deberán presentar una reseña de tareas expedida por su superior inmediato.
-para el resto de los concursantes, deberán presentar en lo posible una reseña de tareas expedida por su empleador, con datos del mismo para establecer contacto.

2. PRUEBAS: hasta 70 puntos

2.1 Prueba Teórica: hasta 50 puntos
Los aspirantes responderán un cuestionario sobre un temario que será
entregado a los concursantes al momento de comunicarles el resultado
de los antecedentes y resolverán algún caso aplicando la normativa y
procedimientos que correspondan.

2.2 Entrevista: hasta 20 puntos
En la cual se apreciará la adecuación del aspirante al perfil trazado en
la Descripción de Cargo. La entrevista será realizada por los integrantes
del Tribunal.

TOTAL: hasta 100 puntos

PUNTAJE HABILITANTE: Integrará el cuadro el concursante que alcance o supere el 50% del puntaje de cada una de las pruebas ( ítems: 2.1, 2.2)

Aquellos concursantes que obtengan el puntaje habilitante, conformarán un cuadro general por orden de prelación según el concurso que corresponda (abierto o cerrado).
A los efectos de la provisión de vacantes se procederá a designar, de acuerdo a los requerimientos, a un ganador del concurso abierto en primer término y un ganador del concurso cerrado, en segundo término y así sucesivamente.

Para la designación deberá estar en las condiciones establecidas por el literal D) del art. 2 del Estatuto de los Funcionarios No Docentes de la Universidad de la República ... "Comprobar aptitud moral, tener aptitud psico-física, certificada por la División Universitaria de la Salud"


INFORMACIÓN GENERAL

1) NORMATIVA APLICABLE
Las instancias concursivas se realizaran en el marco de las disposiciones generales existentes en la materia, particularmente lo establecido en la Constitución Nacional, la Ley Orgánica de la Universidad de la República, el Estatuto de los Funcionarios No Docentes, la Reestructura Escalafonaria, la Ordenanza de Concursos y la Ordenanza de Ascensos.
2) PRIMER ACTO DEL CONCURSO
2.1) En el momento de la inscripción los aspirantes serán notificados de la fecha del primer acto del concurso.
En este acto se dará lectura publica de:
- la nómina de los miembros del tribunal
- la nómina de inscriptos que reúnan los requisitos establecidos en las bases.
- la relación de antecedentes presentados por los aspirantes, si algún aspirante así lo solicita.
2.2) Elección del representante:
Los concursantes podrán elegir a su representante, titular y suplente, mediante voto no obligatorio, reservado y anónimo.
Los requisitos para ser representantes y el procedimiento electoral seguirán lo establecido en los Arts.14,15 y 16 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes
3) OBSERVACIONES E IMPUGNACIONES
3.1) Art.8 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes - Primer acto de concurso ....."Los concursantes podrán objetar los méritos presentados por otros concursantes dentro de los dos días hábiles siguientes a la realización del primer acto del concurso".
3.2) Art.19 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes - Impugnación. "Los concursantes podrán recusar a los integrantes del Tribunal ante el Rector de la Universidad de la República quien resolverá sin ulterior instancia en el concurso. Tal impugnación podrá formularse dentro de los dos días hábiles siguientes a la fecha de notificación a los concursantes del acto de designación o elección, en su caso, del miembro del Tribunal destinatario de la recusación.
3.3) Art.29 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes - Inapelabilidad del Contenido. El fallo definitivo del Tribunal será inapelable en cuanto al contenido. Por vicios graves de procedimiento podrá declararse la nulidad total o parcial.
3.4) Art.31 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes - Plazo para su presentación. Las observaciones que se formulen sobre supuestos vicios de forma de las pruebas o en la calificación de los antecedentes deberá ser enviada al Tribunal. "Los concursantes dispondrán de dos días hábiles, siguientes a la terminación del acto impugnado, a fin de plantear tales observaciones".
3.5) Art.32 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes - Procedimiento. " El Tribunal, si lo considera pertinente, está habilitado para corregir el vicio. En caso contrario, elevará inmediatamente todos los antecedentes al Consejo Directivo Central, debiendo esperar la resolución de éste antes de continuarse con el concurso.
El Consejo Directivo Central adoptará resolución en el plazo estipulado en el Articulo 25".
Mediante esa resolución, el Consejo Directivo Central podrá confirmar la actuación del Tribunal o declarar la nulidad parcial del concurso. En este caso, deberán complementarse las etapas o actuaciones correspondientes.
4) RESPONSABILIDAD DE LOS CONCURSANTES
4.1) Art.9 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes - Carga de los concursantes- "Los concursantes deberán concurrir a todos los actos del concurso"
4.2) Art.10 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes - Notificaciones - "..... Los concursantes imposibilitados de concurrir a algún acto del concurso, podrán tomar conocimiento de lo allí actuado por quien los represente, siendo suficiente para ello la presentación de una nota suscrita por el ausente"
4.3) Art.24 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes - Inconducta de los concursantes - "El Tribunal hará saber de inmediato al Consejo Directivo Central de toda actuación de los concursantes que pueda merecer sanción, y en tal caso el concurso quedará interrumpido".
4.4) Art.25 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes - Sanciones a los concursantes - "El Consejo Directivo Central dispondrá de treinta días para tomar resolución, plazo que se computará a partir de la incorporación del punto en el Orden del día".
Las sanciones a los concursantes podrán consistir en amonestación, eliminación del concurso o prohibición de presentarse a nuevos concursos, pudiendo llegar ésta hasta un límite de cinco años. Esta sanción se aplicará en casos de inconductas de los concursantes de especial gravedad.
Tales sanciones se impondrán sin perjuicio de la responsabilidad que tuvieren tratándose de universitarios. En el caso que corresponda, se dejará constancia en el legajo personal".
5) DESIGNACIONES

5.1) Previo a la designación del postulante, deberá comprobar la aptitud moral mediante la presentación de certificado de buena conducta y tener aptitud psico-física certificada por la División Universitaria de la Salud (D.U.S).
5.2) Las designaciones se realizarán respetando el orden de prelación y las necesidades de los servicios universitarios bajo el régimen de circunscripción única.
5.3) Art.35 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes- Vigencia del orden de prelación - "El orden de prelación resultante de los concursos de ingreso tendrá una vigencia por un único período de dos años"...
5.4) Art.17 de la Ordenanza de ascensos de los funcionarios no docentes de la Universidad de la República- Vigencia - "El orden de prelación tendrá vigencia por un único período que será improrrogable, de acuerdo al siguiente detalle:
- Concursos de méritos para cargos de nivel operativo: un año.
- Concursos de méritos y oposición para cargos de nivel operativo: dos años.
- Concursos de méritos y oposición para cargos de nivel de conducción: tres años.


BASES DEL CONCURSO DE ASCENSO EN LA CARRERA DE VIGILANTE

DENOMINACIÓN: Vigilante

CARACTERÍSTICAS: Escalafón E, Sub escalafón 1,
Grado 5 , Oficial Práctico I

CARACTERÍSTICAS DE LA DESIGNACIÓN: Efectivo

Art.2°-Principio General- de la Ordenanza de Ascensos de los Funcionarios No Docentes de la Universidad de la República ... "Los cargos ocupados como consecuencia de un concursos de ascenso, tendrán siempre carácter titular"..

TIPO, REQUISITOS Y CLASE DE CONCURSO

TIPO de concurso: Cerrado

REQUISITOS

A) Quienes participan:

Podrán participar en el concurso los funcionarios que revistan en efectividad en cargos de grado 3 o 4 (Oficial Práctico III y II respectivamente) del sub escalafón E1 en la carrera de Vigilante y que tengan una antigüedad mínima de 2 años en la función de la carrera de vigilante.

B) Programa de Formación por Competencias en Seguridad y Vigilancia

El mismo consta de los siguientes módulos:

MODULO 1 - Inducción y Normativa Universitaria
MODULO 2 - Calidad en el Servicio a Usuarios
MODULO 3 - Introducción a la Salud Ocupacional
MODULO 4 - Procesos de trabajo en Seguridad y Vigilancia

Los componentes de este programa serán detallados por la DICAF al inicio de los módulos correspondientes.
Para confirmar la inscripción al concurso, los postulantes deberán participar en el programa de capacitación y contar con el 80% de asistencia y la aprobación del mismo.
El fallo de los cursos sera otorgado por un tribunal de orientadores de capacitación.

C) Documentos que deben acompañar la solicitud de inscripción

En el momento de la inscripción será indispensable acompañar la solicitud con la presentación de los siguientes documentos:
- Cédula de identidad
- Certificados que acrediten:
* Actuación funcional, conteniendo: escalafón, grado, período de ejercicio y carácter de los cargos que ha desempeñado en la Universidad de la República.
Esta certificación debe ser expedida por la Sección Personal y avalada por la máxima autoridad administrativa del servicio.
* Reseña de tareas certificadas por el superior y avaladas por la máxima autoridad administrativa del servicio.
En los casos en que el funcionario revistando en un cargo de otra carrera haya desempeñado tareas de vigilancia, deberá especificar período, lugar de desempeño y tareas realizadas.
* Relación de antecedentes, siguiendo el orden establecido en las Bases, con las certificaciones que los acrediten (certificados de estudio, escolaridad, cursos, concursos y otros). La certificación de los cursos deberá indicar: contenido, carga horaria, forma de aprobación, e institución.
* Los documentos deberán ser legibles, se entregarán fotocopias que deberán autentificarse en el momento de la inscripción con la presentación de los originales, exhibiéndose éstos en el mismo orden en que se presenten las copias.

CLASE DE CONCURSO: Antecedentes y prueba

1. ANTECEDENTES: hasta 100 puntos

1.1 Formación

1.1.1 Educación formal (Secundaria, U.T.U. otros): hasta 20 puntos
1.1.2 Capacitación relacionada con el cargo: hasta 15 puntos

1.2 Experiencia

1.2.1 Actividad en la Universidad de la República

1.2.1.1 Antigüedad que exceda la requerida como requisito: hasta 15 puntos
1.2.1.2 Carrera funcional en la UdelaR, evaluación del Servicio, informe
sobre asistencia y puntualidad : hasta 15 puntos
1.2.1.3 Concursos y llamados a aspirantes: hasta 10 puntos
1.2.14. Trabajos especiales (informe del responsable): hasta 10 puntos

1.2.2 Actividad externa a la Universidad de la República

1.2.2.1 Actividad laboral en el ámbito privado o público exceptuando la Universidad de la República en actividades que guarden relación con el cargo a concursar : hasta 15 puntos

1.3 Deméritos

En la calificación de los antecedentes, el Tribunal descontará los siguientes puntajes por cada falta sancionada que conste en el legajo personal y haya sido dispuesta por autoridades legítimas. ( Res. Nº65 CDC del 2.07.85.)

Sanciones y suspensiones - Detracciones

Más de 3 meses: 30 puntos
Más de 2 meses hasta 3 meses: 28 puntos
Más de 1 mes hasta 2 meses: 25 puntos
De 11 días a 1 mes: 15 puntos
De 4 a 10 días: 10 puntos
Hasta 3 días: 6 puntos

Apercibimiento, Amonestación y Observación: 3 puntos

Vigencia de los deméritos

· hasta 6 puntos, no serán considerados pasados 3 años de su aplicación,
· hasta 15 puntos, no serán considerados pasados los 5 años de su aplicación,
· superiores a 15 puntos no serán considerados pasados los 7 años de su aplicación.
· Para los funcionarios de Hospital de Clínicas, no se tomarán en cuenta las sanciones aplicadas por incumplimiento a las obligaciones de : asistencia, puntualidad, presencia, cuando se trate de suspensiones menores o iguales a tres días.

Nota
Solamente serán considerados los antecedentes que estén debidamente documentados.
Los legajos serán solicitados por el Tribunal a las respectivas dependencias de personal
El informe de asistencia y puntualidad (1.2.1.2) será considerado en los tres últimos años de desempeño. Tomándose como referencia los datos registrados en los legajos respectivos.


2. PRUEBA: . hasta 150 puntos

2.1 La prueba será tomada por el Tribunal del concurso basándose en el contenido desarrollado en el programa de capacitación y podrá solicitar el asesoramiento de los orientadores de dicho programa.
Se exigirá un mínimo del 50 % del puntaje para su aprobación

Formulario Ascenso Cargo No Docente

INFORMACIÓN GENERAL
1) NORMATIVA APLICABLE
Las instancias concursivas se realizaran en el marco de las disposiciones generales existentes en la materia, particularmente lo establecido en la Constitución Nacional, la Ley Orgánica de la Universidad de la República, el Estatuto de los Funcionarios No Docentes, la Reestructura Escalafonaria, la Ordenanza de Concursos y la Ordenanza de Ascensos.
2) PRIMER ACTO DEL CONCURSO
2.1) En el momento de la inscripción los aspirantes serán notificados de la fecha del primer acto del concurso.
En este acto se dará lectura publica de:
- la nómina de los miembros del tribunal
- la nómina de inscriptos que reúnan los requisitos establecidos en las bases.
- la relación de antecedentes presentados por los aspirantes, si algún aspirante así lo solicita.
2.2) Elección del representante:
Los concursantes podrán elegir a su representante, titular y suplente, mediante voto no obligatorio, reservado y anónimo.
Los requisitos para ser representantes y el procedimiento electoral seguirán lo establecido en los Arts.14,15 y 16 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes
3) OBSERVACIONES E IMPUGNACIONES
3.1) Art.8 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes - Primer acto de concurso ....."Los concursantes podrán objetar los méritos presentados por otros concursantes dentro de los dos días hábiles siguientes a la realización del primer acto del concurso".
3.2) Art.19 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes - Impugnación. "Los concursantes podrán recusar a los integrantes del Tribunal ante el Rector de la Universidad de la República quien resolverá sin ulterior instancia en el concurso. Tal impugnación podrá formularse dentro de los dos días hábiles siguientes a la fecha de notificación a los concursantes del acto de designación o elección, en su caso, del miembro del Tribunal destinatario de la recusación.
3.3) Art.29 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes - Inapelabilidad del Contenido. El fallo definitivo del Tribunal será inapelable en cuanto al contenido. Por vicios graves de procedimiento podrá declararse la nulidad total o parcial.
3.4) Art.31 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes - Plazo para su presentación. Las observaciones que se formulen sobre supuestos vicios de forma de las pruebas o en la calificación de los antecedentes deberá ser enviada al Tribunal. "Los concursantes dispondrán de dos días hábiles, siguientes a la terminación del acto impugnado, a fin de plantear tales observaciones".
3.5) Art.32 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes - Procedimiento. " El Tribunal, si lo considera pertinente, está habilitado para corregir el vicio. En caso contrario, elevará inmediatamente todos los antecedentes al Consejo Directivo Central, debiendo esperar la resolución de éste antes de continuarse con el concurso.
El Consejo Directivo Central adoptará resolución en el plazo estipulado en el Articulo 25".
Mediante esa resolución, el Consejo Directivo Central podrá confirmar la actuación del Tribunal o declarar la nulidad parcial del concurso. En este caso, deberán complementarse las etapas o actuaciones correspondientes.
4) RESPONSABILIDAD DE LOS CONCURSANTES
4.1) Art.9 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes - Carga de los concursantes- "Los concursantes deberán concurrir a todos los actos del concurso"
4.2) Art.10 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes - Notificaciones - "..... Los concursantes imposibilitados de concurrir a algún acto del concurso, podrán tomar conocimiento de lo allí actuado por quien los represente, siendo suficiente para ello la presentación de una nota suscrita por el ausente"
4.3) Art.24 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes - Inconducta de los concursantes - "El Tribunal hará saber de inmediato al Consejo Directivo Central de toda actuación de los concursantes que pueda merecer sanción, y en tal caso el concurso quedará interrumpido".
4.4) Art.25 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes - Sanciones a los concursantes - "El Consejo Directivo Central dispondrá de treinta días para tomar resolución, plazo que se computará a partir de la incorporación del punto en el Orden del día".
Las sanciones a los concursantes podrán consistir en amonestación, eliminación del concurso o prohibición de presentarse a nuevos concursos, pudiendo llegar ésta hasta un límite de cinco años. Esta sanción se aplicará en casos de inconductas de los concursantes de especial gravedad.
Tales sanciones se impondrán sin perjuicio de la responsabilidad que tuvieren tratándose de universitarios. En el caso que corresponda, se dejará constancia en el legajo personal".
5) DESIGNACIONES
5.1) Previo a la designación del postulante, deberá comprobar la aptitud moral mediante la presentación de certificado de buena conducta y tener aptitud psico-física certificada por la División Universitaria de la Salud (D.U.S).
5.2) Las designaciones se realizarán respetando el orden de prelación y las necesidades de los servicios universitarios bajo el régimen de circunscripción única.
5.3) Art.35 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes- Vigencia del orden de prelación - "El orden de prelación resultante de los concursos de ingreso tendrá una vigencia por un único período de dos años"...
5.4) Art.17 de la Ordenanza de ascensos de los funcionarios no docentes de la Universidad de la República- Vigencia - "El orden de prelación tendrá vigencia por un único período que será improrrogable, de acuerdo al siguiente detalle:
- Concursos de méritos para cargos de nivel operativo: un año.
- Concursos de méritos y oposición para cargos de nivel operativo: dos años.
- Concursos de méritos y oposición para cargos de nivel de conducción: tres años.


DESCRIPCIÓN DEL CARGO DE DIRECTOR DE LA DIVISIÓN UNIVERSITARIA DE LA SALUD ( DUS)

ESCALAFÓN: R, Grado 30
Considerado por la normativa universitaria como "sujeto a renovación
permanente de conocimiento".

PROPÓSITO:

Promover el desarrollo del Servicio desde lo profesional, técnica y éticamente, planteando alternativas posibles o soluciones para los diferentes usuarios, reales o potenciales, con iniciativa y decisión en el campo de la Salud, muy especialmente en el área ocupacional o laboral, así como en otras áreas de su competencia y que obedecen a demandas de los servicios educativos frente a estados de desequilibrio bio sico social.
Capacitarse y capacitar a todos los involucrados en temas de salud ocupacional, prevención, relaciones con el público y otras áreas de interés para el servicio y su personal.
Mantener un contacto fluido con los servicio de mayor demanda para conocer las causas que las originan y realizar acciones planificadas con criterios comunes.

REQUISITOS DEL CARGO

Aptitud moral y psico-fìsica: Comprobar aptitud moral, y tener aptitud psico-física, certificada por la División Universitaria de la Salud.

Requisitos especiales:
Visión estratégica y capacidad de dirección
Habilidad para la toma de decisiones
Aptitudes de negociación
Capacidad de liderazgo
Aptitudes para operar en situaciones de presión
Capacidad para promover el trabajo en equipo
Capacidad para supervisar personal
Estabilidad emocional


Personalidad:

Se requiere de un profesional con estabilidad emocional, libre de estereotipo o prejuicios, con gran sentido de responsabilidad y creatividad, que pueda tener un manejo ético de las situaciones médico - sociales para una tarea que requiere tener en cuenta una multiplicidad de factores y actores que se ven afectados, como son el propio usuario, su familia y el servicio de referencia el cual se resiente y debe también ser objetivado en el análisis.
Ubicación precisa de su rol, donde los problemas personales no impidan una gestión competente y actúe con solvencia, en especial en situaciones de emergencia.


CALIFICACIONES

Educación

Egresado universitario del Área de la Salud (Medicina, Odontología, Psicología y Enfermería), con especialidad en Administración, Administración en Salud o Salud Pública.

INTERRELACIONES JERÁRQUICAS

Todo el personal de la División depende del Director a través de los mandos medios y él a su vez dependerá de la Dirección General del Servicio C. B. Universitario.

OBJETIVO GENERAL DEL CARGO

Dirigir, ejecutar, promover, administrar y evaluar las actividades relacionadas en materia de Salud de estudiantes y funcionarios de la Universidad de la República, así como participar en la planificación y elaboración de estas políticas, proponiendo a la Dirección General actividades y medidas que estime necesarias para el logro de mayores oportunidades para la calidad y modo de vida de los usuarios del Servicio Central de Bienestar Universitario.

Funciones:

Sus funciones están delimitadas por la Ordenanza de la División aprobada por el Consejo Directivo Central el 18/2/92, que en su artículo 5 establece:

a)Administrar la División, adoptando las resoluciones destinadas a cumplir los reglamentos y resoluciones de la Com. Directiva, así como las Ordenanzas, reglamentaciones y resoluciones de los órganos centrales, asegurando su eficiente funcionamiento.
b)Adoptar en casos urgentes las resoluciones que a su juicio sean necesarias para la buena marcha del Servicio dando cuenta de inmediato a la Dirección General y estando a lo que ella resuelva
c)Disponer las medidas tendientes a mantener un regular, eficaz y decoroso funcionamiento.
d)Asistir con voz y voto a las sesiones de la Comisión Asesora y convocarla extraordinariamente cuando lo estime necesario
e)Informar a la Dirección General periódicamente cuando se le solicite sobre todos los aspectos del funcionamiento de la División.
f)Proyectar planes de organización y funcionamiento, promoviendo la sanción de los reglamentos que considere necesario.
g)Preparar el anteproyecto de presupuesto de la División y elevarlo a la Dirección General.
h)Realizar el contralor de gastos, consumos y adquisiciones, autorizando los mismos dentro de los límites normativos.
i)Sancionar al personal de la División y en su caso a los usuarios, proponiendo a la Dirección General la aplicación de sanciones.
j)Organizar y desarrollar las relaciones públicas participando en programas de educación, prevención y difusión de la Salud en el ámbito Universitario.
k)Adoptar resoluciones atinentes a su competencia, salvo las atribuidas a otros órganos universitarios.


BASES PARA LA PROVISIÓN EFECTIVA DEL CARGO DE DIRECTOR DE LA DIVISIÓN UNIVERSITARIA DE LA SALUD

1. Requisitos para la inscripción

El postulante debe ser ciudadano uruguayo y presentar:
a)Cédula de Identidad.
b)Credencial Cívica o certificado de inscripción en el Registro Cívico Nacional.
c) Egresado Universitario del Área de la Salud (Medicina, Odontología, Psicología y Enfermería), con especialidad en Administración, Administración en Salud, o Salud Pública.
d)Relación de antecedentes, (experiencia y conocimientos), con las certificaciones que los acrediten. Solamente serán considerados los antecedentes que estén debidamente documentados.

2. Denominación del cargo

El Director de la División Universitaria de la Salud ocupa un cargo del Escalafón R, Grado 30, considerado por la normativa universitaria como sujeto "sujeto a renovación permanente de conocimiento".

3. Normativa aplicable

La provisión del cargo se realizará de acuerdo con lo establecido en al normativa universitaria, y de manera particular en: a) la "Ordenanza sobre cargos no docentes sujetos a renovación permanente de conocimientos" en el "Estatuto de los funcionarios que requieren renovación permanente de conocimientos", y en el "Reglamento para la provisión y renovación de cargos que requieren renovación permanente de conocimientos",
b) lo dispuesto en la resolución N°46 del Consejo Ejecutivo Delegado de fecha 22 de agosto de 2005, donde se establece la realización de un llamado a aspirantes en primera instancia. Si corresponde un llamado a concurso éste se realizará en las condiciones establecidas en el literal "c",
c) lo dispuesto por la Resolución Nº9 del Consejo Directivo Central de la Universidad de la República en su sesión ordinaria de fecha 31 de julio de 2001.
El cargo será provisto mediante llamado público a concurso de méritos y pruebas. El concurso se realizará en la modalidad de selección en base a puntaje.

4. Relativo a los méritos

Méritos

Los puntajes asignados tendrán un máximo de cien puntos (100) asignados de la siguiente manera:
a) Experiencia : 50 puntos
b) Conocimientos: 50 puntos


Experiencia:

Cargos desempeñados en la Universidad de la República: 20 puntos
Cargos desempeñados en la actividad pública exceptuando
la Universidad de la República: 14 puntos
Cargos desempeñados en la actividad privada: 12 puntos

El puntaje considerará en cada caso, tipo de cargo, forma de ingreso,
responsabilidad técnica, ascenso, período de ejercicio, calificaciones,
evaluaciones, tipo de tarea, programas o proyectos a su cargo.

Actuación universitaria en órganos de cogobierno: 4 puntos

Conocimientos:

Títulos de grado de la UDELAR según su relacionamiento con el cargo: hasta 20 puntos
Otros títulos según su relacionamiento con el cargo: hasta 14 puntos
Cursos aprobados según su relacionamiento con el cargo: hasta 5 puntos
Publicaciones trabajos y premios: hasta 8 puntos
Becas ganadas y usufructuadas: hasta 3 puntos


PRUEBAS:

Serán de tipo b) c) y d) de acuerdo al artículo 6 del Reglamento para la provisión y renovación de cargos que requieren renovación permanente de conocimientos.
La prueba de tipo c) contará con una defensa oral ante el Tribunal y la de tipo d)consistirá en una prueba psico-laboral

Los puntajes asignados a cada prueba serán los siguientes:

Tipo b) : hasta 30 puntos
Tipo c) : hasta 50 puntos
Tipo d) : hasta 30 puntos

Aquel concursante que no alcance el 50% del puntaje máximo total de las pruebas o el 40% del puntaje máximo de alguna de ellas quedará eliminado (Art. 7 del Reglamento para la provisión y renovación de cargos que requieren renovación permanente de conocimientos).

Formulario Escalafón R


DESCRIPCIÓN DEL CARGO DE LICENCIADO EN NUTRICIÓN PARA REGIONAL NORTE - SALTO

DENOMINACIÓN: Licenciado en Nutrición

CARACTERÍSTICAS: Escalafón A, Sub escalafón 2, Grado 10, Profesional III

CARÁCTER DE LA DESIGNACIÓN: Interino

PROPÓSITO

Administrar los recursos asignados, asegurando una correcta prestación alimentaria a los usuarios de Comedores y/o Programa de Cantinas Alejadas en los turnos correspondientes.
Participar en actividades de planificación e instrumentación de políticas diseñadas por la Dirección General de Bienestar Universitario en relación al funcionamiento de los comedores.
Supervisar y evaluar el cumplimiento de los planes establecidos.
Sugerir las medidas necesarias para lograr una mayor equidad en la atención de los estudiantes radicados en el interior.

REQUISITOS DEL CARGO

Aptitud moral y psico-física -Comprobar aptitud moral y tener aptitud psico- física, certificada por la División Universitaria de la Salud.

Requisitos especiales
· Radicación en el Departamento de Salto.
· Deberá contar con tiempo disponible para orientación en el Servicio de Asistencia Alimentaria del SCBU en Montevideo.
· Condiciones físicas necesarias para desplazarse en las diversas áreas del Servicio, con suficiente desarrollo en los sentidos de la vista, el olfato y el gusto para apreciar calidad, estado y presentación de los alimentos, así como audición normal o con corrección adecuada para establecer una comunicación eficaz.

FORMACIÓN

Básica
· Egresado de la Escuela de Nutrición y Dietética de la Universidad de la República con título registrado y habilitado ante el Ministerio de Salud Pública.


Conocimientos específicos

Conocimientos de Administración de Recursos Humanos y Materiales.
Conocimientos de administración de alimentos, elaboración de planes de menú y guías de consumo.

Competencias comportamentales/sociales/participativas

· Capacidad para establecer interrelaciones armónicas y dinámicas creando un buen clima de trabajo.
· Interés social que lo motive a cumplir los objetivos de la Universidad de la República y del Servicio Central de Bienestar Universitario frente a la comunidad.
· Estabilidad emocional en sus relaciones laborales.
· Iniciativa para introducir mejoras en el trabajo diario y solucionar situaciones de emergencias.

Competencias metodológicas/intelectuales


· Capacidad de determinar métodos de trabajo demostrando integridad y ecuanimidad con los funcionarios a su cargo.
· Capacidad para organizar e integrar grupos de trabajo y obtener la colaboración del personal con que trabaje, así como integrar el equipo interdisciplinario del SCBU.
· Interés por la labor científica, docente y técnico-administrativa.
· Interés en la actualización permanente de conocimientos, que permitará elevar el nivel de prestación en las áreas inherentes al cargo.
· Capacidad de realizar cálculos porcentuales sobre su Servicio a prestar.


INTERRELACIONES JERÁRQUICAS

Depende del Director de Comedores, Jefe de Servicio o Jefe de Sección. Si bien su dependencia directa es del Servicio Central de Bienestar Universitario y será controlado funcional y administrativamente por el Director de la Regional Norte.
Supervisa a los funcionarios encargados de la preparación o servicio de la comida.

PRINCIPALES FUNCIONES

· Participa en la programación del menú, determinando número y tamaño de las porciones.
· Dirigir y supervisar la elaboración y el servicio de los menú de acuerdo a las normas preestablecidas.
· Mantener información actualizada sobre la calidad del menú.
· Orientar al personal de su sector para el desempeño de sus funciones.
· Instruir específicamente al personal, con la periodicidad que se estime conveniente, sobre el significado e importancia del valor nutricional de los alimentos y presentación de los mismos, enfatizando lo relativo a la higiene personal y ambiental, y demás puntos que fueren considerados de interés en su oportunidad.
· Supervisar la higiene personal de los responsables del servicio y el cuidado en higiene del local, de los equipos y materiales.
· Promover buenas relaciones entre los responsables del sistema y los usuarios.
· Programar las tareas de los responsables del sector entregándoles rutinas escritas y supervisar su cumplimiento.
· Evaluar el desempeño de los responsables de brindar la prestación.
· Informar sobre la actuación del funcionamiento del servicio a requerimiento de las autoridades o cuando se considere oportuno.
· Realizar y/o disponer y supervisar la realización de las tareas administrativas necesarias para el desempeño de sus funciones.
· Realizar los trámites administrativos relativos a los usuarios del servicio, instrumentando los controles correspondientes a la existencia de los becarios y el cumplimiento del reglamento respectivo.
· Controlar la entrada y almacenamiento de víveres, existencia de equipos, utensilios, vajilla y demás útiles.
· Coordinar con el Jefe de Cocina la ejecución del trabajo impartiéndole instrucciones acerca de los procedimientos técnicos a seguir.
· Proponer a la Dirección de Comedores la revisión o adaptación y estandarización de recetas culinarias, con objeto de lograr el mayor rendimiento de los alimentos.
· Participar en las reuniones del cuerpo técnico tendientes a unificar criterios de funcionamiento, y evaluación integrando equipos interdisciplinarios especialmente con técnico y funcionarios asignados a la unidad del SCBU a los efectos de coordinar todas las acciones.
· Preparar informes y estadísticas; y realizar investigaciones que sean de interés para el Servicio.
· Realizar tareas relacionadas y aquellas que se le deleguen.

BASES PARA LA PROVISIÓN INTERINA DEL CARGO DE
LICENCIADO EN NUTRICIÓN PARA REGIONAL NORTE - SALTO

DENOMINACIÓN: Licenciado en Nutrición
CARACTERÍSTICAS: Escalafón A, Sub escalafón 2, Grado 10, Profesional III

CARACTERÍSTICAS DE LA DESIGNACIÓN: Interino

TIPO, REQUISITOS Y CLASE DE LLAMADO

Tipo de concurso: Abierto

Requisitos:

Podrán participar en el concurso todos los ciudadanos que reúnan los siguientes requisitos:
a) egresados de la Escuela de Nutrición y Dietética con título de Licenciado en Nutrición o reválida correspondiente, registrado y habilitado ante el Ministerio de Salud Pública,
b) para tomar posesión del cargo deberá residir en el Departamento de Salto

Documentos que deben acompañar la solicitud de inscripción

En el momento de la inscripción será indispensable acompañar la solicitud con la presentación de los siguientes documentos:
- Cédula de identidad
- Credencial Cívica
- Título de Licenciado en Nutrición, registrado y habilitado por el MSP
- Certificados que acrediten:
* Actividad laboral en otras instituciones públicas o privadas con determinación de cargos, carácter de los mismos y período de ejercicio con firma del responsable.
Reseña de tareas desempeñadas por el concursante en la o las dependencias donde presto servicios. La misma será expedida por sus superior inmediato con datos del mismo para establecer contacto.
* Relación de antecedentes, siguiendo el orden establecido en las Bases, con las certificaciones que los acrediten (certificados de estudio, escolaridad, cursos, concursos y otros). La certificación de los cursos deberá indicar: contenido, carga horaria, forma de aprobación, e institución.

Los documentos deberán ser legibles, se podrá entregar fotocopias, las que deberán ser autenticadas en el momento de la inscripción con la presentación de los originales, exhibiéndose éstos en el mismo orden en que se presenten las copias.


CLASE DEL LLAMADO

Llamado a aspirantes: Antecedentes y entrevista


1. ANTECEDENTES: Hasta 50 puntos

1.1 Formación: hasta 35 puntos

1.1.1 Escolaridad: hasta 15 puntos
1.1.2 Cursos de postgrado: hasta 10 puntos
1.1.3 Otros cursos: hasta 5 puntos
1.1.4 Otros méritos: hasta 5 puntos

1.2 Experiencia : hasta 15 puntos

1.2.1 Actuación en la Universidad de la República en cargo similar y forma de ingreso: hasta 5 puntos
1.2.2 Actuación en entidades públicas o privadas en cargos en cargos similares, y forma de ingreso: hasta 3 puntos
1.2.3 Actividad docente: hasta 5 puntos
1.2.4 Actuación en el Cogobierno Universitario: hasta 2 puntos

NOTA
-Solamente serán considerados los antecedentes que estén debidamente documentados.
-La presentación de los antecedentes deberá seguir el orden establecido en las Bases.
-Las constancias referentes a cursos y talleres, deberán acreditar, en lo posible, carga horaria y evaluación.

2. Entrevista: Hasta 50 puntos

Comisión Asesora: Ing. Agrónomo Aníbal Nuñez, Director de la Regional Norte, Lic .Nutrición Daisy García, Directora del Servicio de Alimentación y Lic. Alicia Rodríguez de Comedores Universitarios. Alterno de integración automática, Dr. Jorge Venegas Presidente de la Comisión Directiva del SCBU.

Deberá tomarse en cuenta actuaciones de trabajo posibles lineas a desarrollar desde las características del cargo a posible resolución a situaciones de problemas.

Nota: La no obtención de un mínimo del 50% del puntaje de los ítems 1 y 2 así como la no concurrencia a la entrevista será causal eliminatoria.

Formulario de Ingreso


DESCRIPCIÓN CARGO DE AUXILIAR DE ODONTÓLOGO.

DENOMINACIÓN: Auxiliar de Odontólogo.
CARACTERÍSTICAS: Escalafón B, sub escalafón 1, Nivel Operativo
Técnico III, Grado 6
Técnico II, Grado 7
Técnico I, Grado 8

PROPÓSITO

Realiza funciones de instrumentista, apoyo y administración (asistencia al paciente).
Contribuye con el Odontólogo o estudiante, en la preparación y suministro de materiales, instrumentos, equipos y otros.

REQUISITOS Y COMPETENCIAS DEL CARGO

Requisitos psico-físicos - Comprobar aptitud moral, y tener aptitud psico-física, certificada por la División Universitaria de la Salud.

Requsitos físicos - Aptitud para permanecer la mayor parte de la jornada de pie.

Competencias comportamentales/sociales/participativas

· Habilidades y aptitudes para desempeñarse durante la consulta.
· Capacidad para trabajar en equipo demostrando habilidades para mantener relaciones formales y personales.
· Flexibilidad, disposición para adaptarse a diferentes tareas según la situación planteada.
· Capacidad e interés de aprender nuevos conocimientos para el desarrollo de sus tareas.
· Aptitud para lograr una comunicación eficaz y fluida con personas de diferentes niveles intelectuales y culturales.
· Estabilidad emocional e iniciativa para atender situaciones de emergencia.
· Responsabilidad en el desempeño de sus tareas.
· Iniciativa para aportar soluciones actuando en forma preventiva ante la posible falta de instrumental u otro material necesario para el correcto funcionamiento del servicio.

Competencias intelectuales-metodológicas.

· Velocidad de percepción para hacerse cargo rápidamente de las diferentes situaciones que pueden plantearse.
· Aptitud y actitud para mantenerse actualizado con referencia a los avances tecnológicos.
· Capacidad analítica y actitud crítica y constructiva para formular propuestas.
· Memoria visual y específicamente, de ubicación de objetos en un espacio, para una mejor colaboración con odontólogos, tanto en la clínica como en cirugía.
FORMACIÓN Y EXPERIENCIA

Formación:

Título habilitante de Asistente Dental, expedido por la Escuela de Tecnología Odontológica de la Facultad de Odontología.

Experiencia:

Experiencia calificada en tareas similares.

INTERRELACIONES JERÁRQUICAS

· Supervisado jerárquicamente por el Jefe de Asistentes Dentales y técnicamente por el odontólogo al cual está asistiendo.
· No tiene personal a su cargo.

FUNCIONES DEL CARGO

· Atender al paciente, brindándole la información que le solicite y realizar el fichado del mismo. Si el paciente debiere ser intervenido quirúrgicamente, deberá realizar la preparación del mismo, confeccionando su ficha clínica y de registro, así como el control de presión arterial y temperatura luego de la intervención.
· Entregar el material para biopsias en la Cátedra de Anatomía Patológica.
· Realizar los pedidos de materiales odontológicos en Suministros, distribuirlos y controlar su uso durante la atención en las clínicas.
· Aprovisionar cada Farmacia con el material impreso correspondiente a cada Clínica.
· Cumplir las normas de bioseguridad e higiene.
· Preparar antes del comienzo de la clínica y mantenerlos durante el desarrollo de ésta todos los materiales e instrumental necesarios para permitir su normal funcionamiento, dejando el mismo con el acondicionamiento necesario al culminar la actividad de ésta.
· Preparar gasas y agujas de sutura, así como picetas con antiséptico.
· Preparar materiales odontológicos durante la clínica.
· Preparar porciones de alginato, yesos y otros materiales, así como hipoclorito para sus diferentes usos.
· Preparar la ropa, enviando la sucia al lavadero y retirando la limpia y esterilizada del Centro de Materiales.
· Proporcionar al Odontólogo todo lo necesario para la atención al paciente.
· Entregar el material e instrumental en calidad de préstamo a docentes y estudiantes, realizando el control del mismo al ser entregados y devueltos.
· Entregar y controlar los modelos de estudio de Ortopedia y Ortodoncia a docentes y estudiantes.
· Esterilizar el instrumental perteneciente a los estudiantes.
· Realizar el préstamo y control de homosuctores y lámparas de fotocurado a docentes y estudiantes.
· Realizar el inventario de materiales e instrumental, siempre que le sea solicitado por el Jefe del Sector.
· Descontaminar, lavar y esterilizar el instrumental utilizado en la clínica.
· Poner en conocimiento de los encargados de los distintos sectores (Mantenimiento, Servicios Generales y otros) de situaciones surgidas en el correr de la clínica que puedan alterar el normal desarrollo de las mismas.
· Realizar actividades relacionadas y aquellas que se le encomendaren.


BASES PARA LA PROVISIÓN EN EFECTIVIDAD DE CARGOS DE AUXILIAR DE ODONTÓLOGO


DENOMINACIÓN: Auxiliar de Odontólogo

CARACTERÍSTICAS:Escalafón B, Sub escalafón 1, Grado 6, Técnico III

CARACTER DE LA DESIGNACIÓN: Efectivo


Será de aplicación el Art. 5° del Estatuto de los Funcionarios No Docentes de la Universidad de la República y el cual se transcribe a continuación.

Art. 5º-Provisoriato- "Los funcionarios que ingresen a la Universidad, cualquiera fuere la naturaleza del vínculo, serán designados provisionalmente, pudiendo ser separados por decreto fundado, dentro del plazo de seis meses contados a partir de la toma de posesión, por la autoridad que los nombró.
Transcurrido el plazo del inciso anterior, el funcionario adquiere ipso jure, derecho al desempeño interino o efectivo del cargo, quedando amparado por el presente Estatuto".

Cantidad de cargos a proveer : según la necesidad de personal de los servicios.


TIPO, REQUISITOS Y CLASE DE CONCURSO

Tipo de concurso: Abierto

Requisitos:

· Podrán postularse todos los ciudadanos de la República, que posean el título habilitante de Asistente Dental, expedido por la Escuela de Tecnología Odontológica de la Facultad de Odontología.

Clase de concurso: Antecedentes y pruebas.

DOCUMENTOS QUE DEBEN ACOMPAÑAR LA SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN

· Cédula de Identidad
· Credencial Cívica
· Título habilitante de Asistente Dental, expedido por la Escuela de Tecnología Odontológica de la Facultad de Odontología. Original y copia
· Relación de antecedentes (currículum vitae). Original y copia
· Certificados y constancias correspondientes. Original y copia


En caso de que los inscriptos superen las cincuenta personas, el Tribunal considerará solamente la postulación de los cincuenta que reúnan el mayor puntaje de escolaridad quedando los restantes excluidos del proceso del concurso.
Quedan exceptuados de la preselección por escolaridad los actuales funcionarios, becarios y pasantes de la UdelaR.

1. ANTECEDENTES: hasta 100 puntos

1.1Formación: hasta 50 puntos


1.1.1 Títulos, escolaridad y otra formación relacionada con el cargo: hasta 20 puntos
1.1.2 Actualización técnica específica (cursos de capacitación, congresos, seminarios y otros eventos ): hasta 20 puntos
1.1.3 Otros estudios (informática, idiomas y otra capacitación general que repercuta en un mejor desempeño del cargo ): hasta 10 puntos


1.2Experiencia laboral relacionada con el cargo: hasta 40 puntos

1.2.1 En la Universidad de la República: hasta 20 puntos
1.2.2 En otros organismos públicos: hasta 10 puntos
1.2.3 En cargos privados de asistencia colectiva y o particular: hasta 10 puntos


1.3 Otros méritos: hasta 10 puntos

1.3.1 Participación en proyectos de investigación, extensión, académicos y/o
asistenciales; participación en actividades educativas y otras relacionadas
con las funciones del cargo, no ponderadas en los ítems anteriores: hasta 10 puntos

NOTA
-Solamente serán considerados los antecedentes que estén debidamente documentados.
-La presentación de los antecedentes deberá seguir el orden establecido en las Bases.
-Los documentos deberán ser legibles, se entregarán fotocopias que se autenticarán en el momento de la inscripción con la presentación de los originales, éstos deberán ser exhibidos en el mismo orden en que se presentan las copias.
-Las constancias referentes a cursos y talleres, deberán acreditar, en lo posible, carga horaria y evaluación.
-En lo referente a la experiencia laboral:
-los funcionarios de la Udelar deberán presentar una reseña de tareas expedida por su superior inmediato.
-para el resto de los concursantes, deberán presentar en lo posible una reseña de tareas expedida por su empleador, con datos del mismo para establecer contacto.


2.PRUEBAS: hasta 150 puntos

2.1 Prueba teórica: hasta 75 puntos

Consistirá en una prueba escrita (múltiple opción ) sobre los siguientes temas:

a) Concepto de Salud y Atención Primaria de la Salud.
Concepto de Equipo de Salud. Delegación de Tareas.
Personal Auxiliar en Odontología

b) Funciones del Auxiliar de Odontología en el control microbiológico del instrumental, materiales y medio ambiente odontológico.

c) Normas de bioseguridad, concepto, elementos y mecanismos de protección. Antisépticos y Desinfectantes.

e) Preparación de distintos materiales de uso odontológico. Nociones sobre características y composición de los mismos.

2.2 Prueba práctica : hasta 75 puntos

Mediante sorteo, entre el temario abajo indicado, se le asignará al postulante la prueba a realizar.

a) Reconocimiento de instrumental de uso odontológico.

b) Preparación de una mesa de trabajo. Sorteándose si será de: Operatoria Dental, Endodoncia, Cirugía, Prótesis, Ortodoncia o Periodoncia.

c) Preparación de un material de restauración y uno de impresión.

NOTA:
El concursante que no alcance el 50% del puntaje de cada una de las pruebas quedará eliminado.


INFORMACIÓN GENERAL
1) NORMATIVA APLICABLE
Las instancias concursivas se realizaran en el marco de las disposiciones generales existentes en la materia, particularmente lo establecido en la Constitución Nacional, la Ley Orgánica de la Universidad de la República, el Estatuto de los Funcionarios No Docentes, la Reestructura Escalafonaria, la Ordenanza de Concursos y la Ordenanza de Ascensos.
2) PRIMER ACTO DEL CONCURSO
2.1) En el momento de la inscripción los aspirantes serán notificados de la fecha del primer acto del concurso.
En este acto se dará lectura publica de:
- la nómina de los miembros del tribunal
- la nómina de inscriptos que reúnan los requisitos establecidos en las bases.
- la relación de antecedentes presentados por los aspirantes, si algún aspirante así lo solicita.
2.2) Elección del representante:
Los concursantes podrán elegir a su representante, titular y suplente, mediante voto no obligatorio, reservado y anónimo.
Los requisitos para ser representantes y el procedimiento electoral seguirán lo establecido en los Arts.14,15 y 16 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes
3) OBSERVACIONES E IMPUGNACIONES
3.1) Art.8 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes - Primer acto de concurso ....."Los concursantes podrán objetar los méritos presentados por otros concursantes dentro de los dos días hábiles siguientes a la realización del primer acto del concurso".
3.2) Art.19 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes - Impugnación. "Los concursantes podrán recusar a los integrantes del Tribunal ante el Rector de la Universidad de la República quien resolverá sin ulterior instancia en el concurso. Tal impugnación podrá formularse dentro de los dos días hábiles siguientes a la fecha de notificación a los concursantes del acto de designación o elección, en su caso, del miembro del Tribunal destinatario de la recusación.
3.3) Art.29 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes - Inapelabilidad del Contenido. El fallo definitivo del Tribunal será inapelable en cuanto al contenido. Por vicios graves de procedimiento podrá declararse la nulidad total o parcial.
3.4) Art.31 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes - Plazo para su presentación. Las observaciones que se formulen sobre supuestos vicios de forma de las pruebas o en la calificación de los antecedentes deberá ser enviada al Tribunal. "Los concursantes dispondrán de dos días hábiles, siguientes a la terminación del acto impugnado, a fin de plantear tales observaciones".
3.5) Art.32 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes - Procedimiento. " El Tribunal, si lo considera pertinente, está habilitado para corregir el vicio. En caso contrario, elevará inmediatamente todos los antecedentes al Consejo Directivo Central, debiendo esperar la resolución de éste antes de continuarse con el concurso.
El Consejo Directivo Central adoptará resolución en el plazo estipulado en el Articulo 25".
Mediante esa resolución, el Consejo Directivo Central podrá confirmar la actuación del Tribunal o declarar la nulidad parcial del concurso. En este caso, deberán complementarse las etapas o actuaciones correspondientes.
4) RESPONSABILIDAD DE LOS CONCURSANTES
4.1) Art.9 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes - Carga de los concursantes- "Los concursantes deberán concurrir a todos los actos del concurso"
4.2) Art.10 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes - Notificaciones - "..... Los concursantes imposibilitados de concurrir a algún acto del concurso, podrán tomar conocimiento de lo allí actuado por quien los represente, siendo suficiente para ello la presentación de una nota suscrita por el ausente"
4.3) Art.24 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes - Inconducta de los concursantes - "El Tribunal hará saber de inmediato al Consejo Directivo Central de toda actuación de los concursantes que pueda merecer sanción, y en tal caso el concurso quedará interrumpido".
4.4) Art.25 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes - Sanciones a los concursantes - "El Consejo Directivo Central dispondrá de treinta días para tomar resolución, plazo que se computará a partir de la incorporación del punto en el Orden del día".
Las sanciones a los concursantes podrán consistir en amonestación, eliminación del concurso o prohibición de presentarse a nuevos concursos, pudiendo llegar ésta hasta un límite de cinco años. Esta sanción se aplicará en casos de inconductas de los concursantes de especial gravedad.
Tales sanciones se impondrán sin perjuicio de la responsabilidad que tuvieren tratándose de universitarios. En el caso que corresponda, se dejará constancia en el legajo personal".
5) DESIGNACIONES
5.1) Previo a la designación del postulante, deberá comprobar la aptitud moral mediante la presentación de certificado de buena conducta y tener aptitud psico-física certificada por la División Universitaria de la Salud (D.U.S).
5.2) Las designaciones se realizarán respetando el orden de prelación y las necesidades de los servicios universitarios bajo el régimen de circunscripción única.
5.3) Art.35 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes- Vigencia del orden de prelación - "El orden de prelación resultante de los concursos de ingreso tendrá una vigencia por un único período de dos años"...
5.4) Art.17 de la Ordenanza de ascensos de los funcionarios no docentes de la Universidad de la República- Vigencia - "El orden de prelación tendrá vigencia por un único período que será improrrogable, de acuerdo al siguiente detalle:
- Concursos de méritos para cargos de nivel operativo: un año.
- Concursos de méritos y oposición para cargos de nivel operativo: dos años.
- Concursos de méritos y oposición para cargos de nivel de conducción: tres años.


Formulario de Ingreso

 


DESCRIPCIÓN DEL CARGO DE CARPINTERO


DENOMINACIÓN: Carpintero

CARACTERÍSTICAS: Escalafón E, sub escalafón 2, Grado 6, Oficial Intermedio I
Grado 5, Oficial Intermedio II
Grado 4, Oficial Intermedio III


PROPÓSITO:

Esta capacitado para construir y mantener la carpintería, mobiliario, equipo e instalaciones de madera y efectuar tareas relacionadas.

REQUISITOS Y COMPETENCIAS DEL CARGO

Aptitud moral y psicofísica - Comprobar aptitud moral y tener aptitud psico-física, certificada por la División Universitaria de la Salud.

Requisitos físicos - Debe poseer las condiciones físicas necesarias para permanecer de pie, subir y bajar escaleras, agacharse, levantar y trasladar pesos.


Formación básica
Diploma/Certificado habilitante de Carpintero de UTU, o certificado de idoneidad expedido por la misma.

Experiencia
Se tomara en cuenta , la experiencia en cargos similares.
Se valorará poseer conocimientos de los métodos de seguridad en su trabajo.

Competencias
· Capacidad de mantener una eficaz y fluida comunicación.
· Responsabilidad en el desempeño de sus tareas.
· Flexibilidad y disposición de adaptación a las diferentes situaciones.
· Capacidad para trabajar en equipo.
· Facilidad numérica para realizar cálculos sencillos.
· Capacidad para realizar razonamientos simples de tipo inductivo o deductivo.
· Visualización espacial para interpretar planos de construcción o instalaciones.


INTERRELACIONES JERÁRQUICAS

Supervisado por el Jefe de Sección (Nivel de Conducción I), o en caso de ausencia de éste por el Nivel de Conducción superiores.
No tiene personal a su cargo.


FUNCIONES DEL CARGO:

· Construir y mantener la carpintería estructural, mobiliario, equipo e instalaciones de madera.
· Reponer los regatones y tornillos del mobiliario de carpintería metálica, así como el engrase de aquellas piezas móviles que lo requieran (muebles de desplazamiento horizontal y sillas de altura ajustables).
· Modificar aquellos muebles que por su naturaleza se adapten a distintos requerimientos.
· Preservar el metal y la madera mediante la protección y pinturas.
· Detectar y reparar el descolado, destornillado, etc. que generen un progresivo deterioro del mueble.
· Realizar el ajustes de aberturas y de los sistemas de cerradura.
· Reparar, sustituir los herrajes (bisagras, pomelas, cerraduras) y mantenerlos lubricados.
· Utilizar adecuadamente: herramientas, instrumentos, equipo y materiales utilizados en su oficio.
· Ejecutar los trabajos en forma limpia, ordenada, con buena terminación y uso adecuado y económico de los materiales llevando registro de trabajo en los formularios o fichas que se adopten.
· Utilizar elementos de protección en la vestimenta, herramientas y material
· Realizar otras tareas relacionadas con su oficio.


BASES CONCURSO DE ASCENSO EN LA CARRERA DE CARPINTERO

DENOMINACIÓN: Carpintero

CARACTERÍSTICAS: Escalafón E, Sub escalafón 2, Grado 6 , Oficial Intermedio I

CARACTERÍSTICAS DE LA DESIGNACIÓN: Efectivo

Art.2°-Principio General- de la Ordenanza de Ascensos de los Funcionarios No Docentes de la Universidad de la República ... "Los cargos ocupados como consecuencia de un concursos de ascenso, tendrán siempre carácter titular"..

TIPO, REQUISITOS Y CLASE DE CONCURSO

Tipo de concurso: Cerrado

Requisitos

A) Quienes participan:

Podrán participar en el concurso los funcionarios que revistan en efectividad en cargos de grado 4 o 5 (Oficial Intermedio III y II respectivamente) del sub escalafón E2 en la carrera de Carpintero y que tengan una antigüedad mínima de 2 años en la carrera de Carpintero.
(Res. N°40 del Consejo Directivo Central de fecha 22 de febrero de 2005)

B) Documentos que deben acompañar la solicitud de inscripción

En el momento de la inscripción será indispensable acompañar la solicitud con la presentación de los siguientes documentos:
- Cédula de identidad
- Certificados que acrediten:
· Actuación funcional, conteniendo: escalafón, grado, período de ejercicio y carácter de los cargos que ha desempeñado en la Universidad de la República.
Esta certificación debe ser expedida por la Sección Personal y avalada por la máxima
autoridad administrativa del servicio.
· Reseña de tareas certificadas por el superior y avaladas por la máxima autoridad administrativa del servicio.
En los casos en que el funcionario revistando en un cargo de otra carrera haya desempeñado
tareas de carpintero, deberá especificar período, lugar de desempeño y tareas realizadas.
· Relación de antecedentes, siguiendo el orden establecido en las Bases, con las certificaciones que los acrediten (certificados de estudio, escolaridad, cursos, concursos y otros). La certificación de los cursos deberá indicar: contenido, carga horaria, forma de aprobación, e institución.
· Los documentos deberán ser legibles, se entregarán fotocopias que deberán autentificarse en el momento de la inscripción con la presentación de los originales, exhibiéndose éstos en el mismo orden en que se presenten las copias.

Clase de concurso: Antecedentes y prueba

1. ANTECEDENTES :hasta 100 puntos

1.1 Formación

1.1.1 Educación formal (Secundaria, certificado o diploma relacionado con el cargo y expedido por UTU,o por Instituciones habilitadas ) :hasta 20 puntos
1.1.2 Capacitación relacionada con el cargo : hasta 10 puntos

1.2 Experiencia

1.2.1 Actividad en la Universidad de la República

1.2.1.1 Antigüedad que exceda la requerida como requisito : hasta 15 puntos
1.2.1.2 Carrera funcional en la UdelaR, evaluación del Servicio, informe
sobre asistencia y puntualidad :hasta 15 puntos
1.2.1.3 Concursos y llamados a aspirantes :hasta 10 puntos
1.2.14. Trabajos especiales (informe del responsable) :hasta 10 puntos

1.2.2 Actividad externa a la Universidad de la República

1.2.2.1 Actividad laboral en el ámbito privado o público exceptuando la Universidad de la República en actividades que guarden relación con el cargo a concursar :hasta 15 puntos
1.2.2.2 Docencia :hasta 5 puntos

1.3 Deméritos

En la calificación de los antecedentes, el Tribunal descontará los siguientes puntajes por cada falta sancionada que conste en el legajo personal y haya sido dispuesta por autoridades legítimas. ( Res. Nº65 CDC del 2.07.85.)

Sanciones y suspensiones Detracciones
Más de 3 meses : 30 puntos
Más de 2 meses hasta 3 meses : 28 puntos
Más de 1 mes hasta 2 meses : 25 puntos
De 11 días a 1 mes : 15 puntos
De 4 a 10 días: 10 puntos
Hasta 3 días: 6 puntos
Apercibimiento, Amonestación y Observación: 3 puntos

Vigencia de los deméritos

· hasta 6 puntos, no serán considerados pasados 3 años de su aplicación,
· hasta 15 puntos, no serán considerados pasados los 5 años de su aplicación, · superiores a 15 puntos no serán considerados pasados los 7 años de su aplicación.
· Para los funcionarios de Hospital de Clínicas, no se tomarán en cuenta las sanciones aplicadas por incumplimiento a las obligaciones de : asistencia, puntualidad, presencia, cuando se trate de suspensiones menores o iguales a tres días.

Nota
Solamente serán considerados los antecedentes que estén debidamente documentados.
Los legajos serán solicitados por el Tribunal a las respectivas dependencias de personal
El informe de asistencia y puntualidad (1.2.1.2) será considerado en los tres últimos años de desempeño. Tomándose como referencia los datos registrados en los legajos respectivos.


2. PRUEBA : hasta 150 puntos

2.1 Prueba específica: hasta 120 puntos
La prueba será la que el Tribunal juzgue necesaria para comprobar la destreza en las tareas propias de las funciones de Carpintero. Asimismo, se tomará en cuenta la aplicación de medidas de prevención y protección de Salud en el Trabajo.

2.2 Prueba sobre Normativa : hasta 30 puntos
Ley Orgánica: Capítulos; I Arts. 1,2,3,4,5
II Art. 6
VIII Arts. 48,49,50,51;
IX Arts. 56,57,60;

Estatuto del Personal no docente, Ordenanza de Licencias y Ordenanza de Asistencia

Nota: Para seguir en el proceso concursivo deberá contar con el 50% del puntaje en cada uno de los items 2.1 y 2.2
Quienes culminen el proceso conformarán un cuadro por orden de prelación.


INFORMACIÓN GENERAL
1) NORMATIVA APLICABLE
Las instancias concursivas se realizaran en el marco de las disposiciones generales existentes en la materia, particularmente lo establecido en la Constitución Nacional, la Ley Orgánica de la Universidad de la República, el Estatuto de los Funcionarios No Docentes, la Reestructura Escalafonaria, la Ordenanza de Concursos y la Ordenanza de Ascensos.
2) PRIMER ACTO DEL CONCURSO
2.1) En el momento de la inscripción los aspirantes serán notificados de la fecha del primer acto del concurso.
En este acto se dará lectura publica de:
- la nómina de los miembros del tribunal
- la nómina de inscriptos que reúnan los requisitos establecidos en las bases.
- la relación de antecedentes presentados por los aspirantes, si algún aspirante así lo solicita.
2.2) Elección del representante:
Los concursantes podrán elegir a su representante, titular y suplente, mediante voto no obligatorio, reservado y anónimo.
Los requisitos para ser representantes y el procedimiento electoral seguirán lo establecido en los Arts.14,15 y 16 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes
3) OBSERVACIONES E IMPUGNACIONES
3.1) Art.8 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes - Primer acto de concurso ....."Los concursantes podrán objetar los méritos presentados por otros concursantes dentro de los dos días hábiles siguientes a la realización del primer acto del concurso".
3.2) Art.19 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes - Impugnación. "Los concursantes podrán recusar a los integrantes del Tribunal ante el Rector de la Universidad de la República quien resolverá sin ulterior instancia en el concurso. Tal impugnación podrá formularse dentro de los dos días hábiles siguientes a la fecha de notificación a los concursantes del acto de designación o elección, en su caso, del miembro del Tribunal destinatario de la recusación.
3.3) Art.29 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes - Inapelabilidad del Contenido. El fallo definitivo del Tribunal será inapelable en cuanto al contenido. Por vicios graves de procedimiento podrá declararse la nulidad total o parcial.
3.4) Art.31 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes - Plazo para su presentación. Las observaciones que se formulen sobre supuestos vicios de forma de las pruebas o en la calificación de los antecedentes deberá ser enviada al Tribunal. "Los concursantes dispondrán de dos días hábiles, siguientes a la terminación del acto impugnado, a fin de plantear tales observaciones".
3.5) Art.32 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes - Procedimiento. " El Tribunal, si lo considera pertinente, está habilitado para corregir el vicio. En caso contrario, elevará inmediatamente todos los antecedentes al Consejo Directivo Central, debiendo esperar la resolución de éste antes de continuarse con el concurso.
El Consejo Directivo Central adoptará resolución en el plazo estipulado en el Articulo 25".
Mediante esa resolución, el Consejo Directivo Central podrá confirmar la actuación del Tribunal o declarar la nulidad parcial del concurso. En este caso, deberán complementarse las etapas o actuaciones correspondientes.
4) RESPONSABILIDAD DE LOS CONCURSANTES
4.1) Art.9 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes - Carga de los concursantes- "Los concursantes deberán concurrir a todos los actos del concurso"
4.2) Art.10 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes - Notificaciones - "..... Los concursantes imposibilitados de concurrir a algún acto del concurso, podrán tomar conocimiento de lo allí actuado por quien los represente, siendo suficiente para ello la presentación de una nota suscrita por el ausente"
4.3) Art.24 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes - Inconducta de los concursantes - "El Tribunal hará saber de inmediato al Consejo Directivo Central de toda actuación de los concursantes que pueda merecer sanción, y en tal caso el concurso quedará interrumpido".
4.4) Art.25 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes - Sanciones a los concursantes - "El Consejo Directivo Central dispondrá de treinta días para tomar resolución, plazo que se computará a partir de la incorporación del punto en el Orden del día".
Las sanciones a los concursantes podrán consistir en amonestación, eliminación del concurso o prohibición de presentarse a nuevos concursos, pudiendo llegar ésta hasta un límite de cinco años. Esta sanción se aplicará en casos de inconductas de los concursantes de especial gravedad.
Tales sanciones se impondrán sin perjuicio de la responsabilidad que tuvieren tratándose de universitarios. En el caso que corresponda, se dejará constancia en el legajo personal".
5) DESIGNACIONES
5.1) Previo a la designación del postulante, deberá comprobar la aptitud moral mediante la presentación de certificado de buena conducta y tener aptitud psico-física certificada por la División Universitaria de la Salud (D.U.S).
5.2) Las designaciones se realizarán respetando el orden de prelación y las necesidades de los servicios universitarios bajo el régimen de circunscripción única.
5.3) Art.35 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes- Vigencia del orden de prelación - "El orden de prelación resultante de los concursos de ingreso tendrá una vigencia por un único período de dos años"...
5.4) Art.17 de la Ordenanza de ascensos de los funcionarios no docentes de la Universidad de la República- Vigencia - "El orden de prelación tendrá vigencia por un único período que será improrrogable, de acuerdo al siguiente detalle:
- Concursos de méritos para cargos de nivel operativo: un año.
- Concursos de méritos y oposición para cargos de nivel operativo: dos años.
-Concursos de méritos y oposición para cargos de nivel de conducción: tres años.

Formulario Ascenso Cargo No Docente


DESCRIPCIÓN DEL CARGO DE PRACTICANTE DE LABORATORIO QUÍMICO DEL DEPARTAMENTO DE DESARROLLO BIOTECNOLÓGICO Y DIVISIÓN PRODUCCIÓN DEL INSTITUTO DE HIGIENE

TÍTULO GENÉRICO: Técnico B2
TÍTULO ESPECÍFICO: Practicante de Laboratorio Químico
ESCALAFÓN: B sub escalafón 2, grado 7, Técnico III

PROPÓSITO

Contribuir al logro de los objetivos del Departamento de Desarrollo Biotecnológico y División Producción, mediante el desarrollo y aplicación de técnicas químicas e instrumentales al control de productos inmunobiológicos.
Colaborar en la elaboración y mentenimiento del Plan de Seguridad del Departamento.


REQUISITOS DEL CARGO

Aptitud moral y psico-fìsica Comprobar aptitud moral, y tener aptitud psico-física, certificada por la División Universitaria de la Salud.

Condiciones personales

Capacidad de organización.
Capacidad analítica.
Creatividad.
Flexibilidad.
Aptitudes de comunicación.
Capacidad para trabajar en equipo.
Estabilidad emocional y reacción apropiada para atender situaciones de emergencia.
Buena coordinación y destreza manual para el manejo del instrumental de la especialidad.
Ética en el manejo de la información confidencial relacionada a las técnicas en uso y en desarrollo.
Dinamismo e iniciativa para aportar ideas y solucionar problemas imprevistos de trabajo.
Interés social por la comunidad y aspectos relacionados con el propósito del cargo.


FORMACIÓN

Educación

Título habilitante de Bachiller en Química (expedido por Facultad de Química) o formación equivalente.

INTERRELACIONES JERÁRQUICAS

Supervisado por el Director y Subdirector del Departamento de Desarrollo Biotecnológico y División Producción.
No tiene personal a su cargo.

FUNCIONES DEL CARGO

Realizar las técnicas y procedimientos propios del área, que le sean asignados por su supervisor.
Mantener un registro claro de la secuencia de operaciones y seguir los protocolos establecidos.
Controlar y mantener en buenas condiciones los equipos y materiales de trabajo.
Utilizar los materiales de trabajo en forma adecuada y económica.
Conservar el orden en su lugar de trabajo.
Participar en reuniones de discusión, evaluación y coordinación de tareas de su sector.
Colaborar en tareas de investigación y enseñanza de la especialidad.
Realizar tareas relacionadas y aquellas que se le indique.

 

BASES DEL CONCURSO PARA LA PROVISIÓN EN EFECTIVIDAD DEL CARGO DE PRACTICANTE DE LABORATORIO QUÍMICO DEL DEPARTAMENTO DE DESARROLLO BIOTECNOLÓGICO Y DIVISIÓN PRODUCCIÓN DEL INSTITUTO DE HIGIENE

TÍTULO GENÉRICO: Técnico B2
TÍTULO ESPECÍFICO: Practicante de Laboratorio Químico
ESCALAFÓN: B sub escalafón 2, grado 7, Técnico III

REQUISITOS Y FORMA DE PROVISIÓN

Por llamado a concurso de antecedentes y pruebas para la provisión en efectividad del cargo de Practicante de Laboratorio Químico a realizarse, entre todos los ciudadanos de la República que posean título habilitante de Bachiller en Química ( expedido por Facultad de Química ) o formación equivalente.

Será de aplicación el Art. 5° del Estatuto de los Funcionarios No Docentes de la Universidad de la República y el cual se transcribe a continuación.

Art. 5º-Provisoriato- Los funcionarios que ingresen a la Universidad, cualquiera fuere la naturaleza del vínculo, serán designados provisoriamente, pudiendo ser separados por decreto fundado, dentro del plazo de seis meses contados a partir de la toma de posesión, por la autoridad que los nombró.
Transcurrido el plazo del inciso anterior, el funcionario adquiere ipso jure, derecho al desempeño interino o efectivo del cargo, quedando amparado por el presente Estatuto.

NATURALEZA DEL CONCURSO

El concurso será de antecedentes y pruebas, se realizará en la modalidad de puntajes y se regirá a todos sus efectos por la Ordenanza de Concursos aprobada por el CDC en resolución Nro, 16 del 26.10.1999 y publicada en el Diario Oficial el 12.11.1999.


DOCUMENTOS QUE DEBEN ACOMPAÑAR LA SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN

En el momento de la inscripción será indispensable acompañar la solicitud con la presentación de los siguientes documentos:
- Cédula de identidad
- Credencial Cívica
- Título de Bachiller en Química ( expedido por Facultad de Química ) o formación equivalente.
- Relación de méritos, con las certificaciones que los acrediten (certificados de estudio, escolaridad, cursos, concursos y otros), los mismos deberán mantener el órden establecido en el ítem antecedentes de las Bases.

FORMA DE SELECCIÓN

Antecedentes, pruebas y evaluación psiciológica

ANTECEDENTES : Hasta 100 puntos

Los antecedentes debidamente documentados, se evaluarán de acuerdo al siguiente detalle:

· Cargos desempeñados en relación con la función a cumplir,
jerarquizando los correspondientes a la Universidad de la
República, obtenidos por concurso: hasta 40 puntos

· Capacitación, formación técnica, títulos, cursos, idiomas,
computación : hasta 20 puntos

· Participación en publicaciones, congresos, proyectos, becas : hasta 20 puntos

· Otros méritos: aquellos que el concursante crea conveniente
documentar y tengan relación con el cargo : hasta 20 puntos

Nota:

-Solamente serán considerados los antecedentes que estén debidamente documentados.
-La presentación de los antecedentes deberá seguir el orden establecido en las Bases.
-Los documentos deberán ser legibles, se entregarán fotocopias que deberán autentificarse en el momento de la inscripción con la presentación de los originales, exhibiendose éstos en el mismo órden en que se presenten las copias.
-Las constancias referentes a cursos y talleres, deberán en lo posible, acreditar carga horaria y evaluación si correspondiere.
-En lo referente a la experiencia laboral técnico profesional, el concursante presentará una reseña de tareas expedida por su superior inmediato con datos del mismo para establecer contacto.


PRUEBAS Y EVALUACIÓN PSICOLABORAL : Hasta 150 puntos


PRUEBA ESCRITA: hasta 60 puntos

La prueba consistirá en el desarrollo escrito de uno de los temas seleccionado por sorteo entre la totalidad de los que figuran en el temario adjunto.
Tendrá una duración máxima de 3 horas.

PRUEBA PRÁCTICA : hasta 60 puntos

La prueba consistirá en el desarrollo de una práctica, seleccionada por sorteo entre las que figuran en el temario adjunto. El tribunal podrá realizar un sorteo restringido sobre un mínimo de 5 prácticas debidamente preparadas. Tendrá una duración máxima de 4 horas.


EVALUACIÓN PSICOLABORAL: hasta 30 puntos


Nota: El concursante que no obtenga el 50% del puntaje como mínimo, en cada prueba y en la evaluación psicolaboral, quedará eliminado.

NOTIFICACIONES Y PUBLICIDAD

En el momento de inscribirse, los aspirantes deberán notificarse de la fecha del primer acto del concurso.
Este consistirá en la lectura pública de los miembros que integran el Tribunal y de los inscriptos que reúnan los requisitos establecidos en las bases.
Sin perjuicio de lo anterior, a los efectos de facilitar la información a los concursantes, tales nóminas se publicarán en cartelera y estarán a su disposición.
También se dará lectura si algún concursante así lo solicita, a la relación de antecedentes presentados por los aspirantes y se deberá elegir el representante de los concursantes.
Los concursantes podrán objetar los méritos presentados por otros concursantes dentro de los dos días hábiles siguientes a la realización del primer acto del concurso.
Los concursantes deberán concurrir a todos los actos del concurso (Art.7°, 8°, 9° y 14° de la Ordenanza de Concursos aprobada por el CDC en resolución N°16 del 26.10.1999).

 

TEMARIO PARA LAS PRUEBAS DEL CONCURSO PARA LA PROVISIÓN EN EFECTIVIDAD DEL CARGO DE PRACTICANTE DE LABORATORIO QUÍMICO DEL DEPARTAMENTO DE DESARROLLO BIOTECNOLÓGICO Y DIVISIÓN PRODUCCIÓN DEL INSTITUTO DE HIGIENE


Temario Teórico

1. Preparación de reactivos y soluciones tamponad as. Precauciones y formas de cálculo.
2. Técnicas instrumentales de aplicación más común en el laboratorio: Espectrofotometría, valoraciónes ácido-base y complejometría.
3. Agentes físicos, químicos y biológicos de control de microorganismos.
4. Principales tipos de antígenos bacterianos y su empleo en inmunización.
5. Preparación de vacunas y sueros terapéuticos. Nociones generales.
6. Adyuvantes. Principales tipos (Adyuvante de Freund, hidróxido de aluminio, adyuvante oleoso) y mecanismo de acción.
7. Controles químicos de sueros hiperinmunes.
8. Elaboración de protocolos de análisis de productos inmunobiológicos.
9. Principios de seguridad en el laboratorio.

Temario Práctico

1. Preparación de soluciones tampón y calibración de un pH-metro.
2. Determinación del contenido de formol en un preparado biológico.
3. Preparación de un medio de cultivo sintético.
4. Determinación de proteínas de una muestra por dos métodos distintos.
5. Determinación de mercurio en una muestra.
6. Aplicación del método de Elisa para la determinación de títulos de anticuerpos.
7. Aplicación de una técnica de látex para la titulación de polisacáridos.
8. Electroforesis SDS-PAGE para el análisis de proteínas en una muestra.


Formulario de Ingreso


Servicio Central de Extensión y Actividades en el Medio

BASES DEL LLAMADO A ASPIRANTES PARA LA PROVISION DE UN CARGO DOCENTE EN EXTENSION UNIVERSITARIA


El Servicio Central de Extensión y Actividades en el Medio llama a aspirantes por oposición y méritos para la provisión del cargo docente que se detalla a continuación:

Asistente de Relaciones con el Interior - Provisión titular. Escalafón G, Grado 2, treinta (30) horas semanales, con sede en el SCEAM, Montevideo y un período de designacion inicial de dos años.

Participará en el diseño, seguimiento, apoyo y evaluación de las actividades de extensión universitaria en el ámbito de la Comisión Sectorial de Extensión y Actividades en el Medio (CSEAM) y el Servicio Central de Extensión y Actividades en el Medio (SCEAM) y de las sedes universitarias del interior del país.

Dependerá del Coordinador de Relaciones con el Interior del SCEAM y coordinará con las demás Unidades de dicho Servicio.

Se dará preferente atención a los egresados universitarios cuya formación y experiencia profesional tenga orientación en extensión, que demuestren antecedentes de trabajos con organizaciones sociales urbanas o rurales del interior, así como en docencia de nivel universitario

Cada aspirante deberá presentar por triplicado un documento no mayor de diez (10) páginas, que entregará en el momento de la inscripción, sobre el tema que se indica a continuación:

"La función de Extensión Universitaria y su aporte al proceso de descentralización territorial de la Universidad de la República."

El Consejo Ejecutivo Delegado designará una Comisión Asesora a propuesta de la Comisión Sectorial de Extensión y Actividades en el Medio, integrada por tres miembros de notoria competencia en temas de extensión universitaria.

La Comisión Asesora deberá evaluar los méritos, antecedentes y el documento de cada aspirante. Los aspirantes, que a juicio de la Comisión Asesora, presenten méritos y antecedentes suficientes y un documento considerado satisfactorio, serán entrevistados por la referida Comisión sobre temas directamente vinculados al cargo que aspiran.

La Comisión Asesora emitirá un informe debidamente fundamentado que quedará registrado en el acta respectiva. El acta consignará el candidato propuesto para el cargo y podrá proponer un cuadro con los aspirantes que a juicio de la Comisión Asesora también reúnen las condiciones necesarias para ejercer el cargo del llamado.
Este cuadro tendrá vigencia por un año.

Aprobadas por Res. N°34 del Consejo Ejecutivo Delegado de fecha 19 de setiembre de 2005, ampliada por Res. N°39 del Consejo Ejecutivo Delegado de fecha 3 de octubre de 2005.


Formulario Docente


BASES LLAMADO A CONCURSO ABIERTO Y CERRADO PARA LA PROVISIÓN EFECTIVA DE CARGOS DE ESPECIALISTA EN EL ÁREA TECNOLÓGICA


DENOMINACIÓN: Especialista Área Tecnológica

CARACTERÍSTICAS: Escalafón D, Sub escalafón 3,
Grado 5, Especialista Superior III

CARACTERÍSTICAS DE LA DESIGNACIÓN: Efectivo


Será de aplicación el Art. 5° del Estatuto de los Funcionarios No Docentes de la Universidad de la República y el cual se transcribe a continuación.

Art. 5º-Provisoriato- "Los funcionarios que ingresen a la Universidad, cualquiera fuere la naturaleza del vínculo, serán designados provisionalmente, pudiendo ser separados por decreto fundado, dentro del plazo de seis meses contados a partir de la toma de posesión, por la autoridad que los nombró.
Transcurrido el plazo del inciso anterior, el funcionario adquiere ipso jure, derecho al desempeño interino o efectivo del cargo, quedando amparado por el presente Estatuto".

Cantidad de cargos a proveer : según la necesidad de personal de los servicios.

TIPO, REQUISITOS Y CLASE DE CONCURSO

Tipo de concurso: Abierto y cerrado

Art. 34 de la Ordenanza para la provisión de cargos no docentes..."Los concursos de ingreso para la provisión de cargos no docentes en los escalafones C,D, E serán abiertos y cerrados. Estos concursos se realizarán en forma simultánea"....

Inscripción condicional: Se realizará una inscripción con carácter condicional. Si el número de aspirantes supera los 20 se realizará un sorteo de acuerdo al art. 36 de la Ordenanza de Concursos, continuando en el proceso concursivo aquellos que integren la nómina de sorteados.

Quedarán exonerados del sorteo los funcionarios de la UdelaR.


Requisitos:

Para el llamado abierto:

· Podrán postularse todos los ciudadanos de la República entre 18 y 35 años de edad, que cumplan con los siguientes requisitos educativos:
· ser estudiante avanzado o egresado de la carrera de Tecnólogo Mecánico, comprobables por la ficha de escolaridad,

· Los funcionarios interinos de la UdelaR, inscriptos en el concurso " abierto" serán eximidos del sorteo y del límite de edad.

Para el llamado cerrado:

· Podrán participar en el concurso cerrado todos los funcionarios no docentes que ocupen cargos en efectividad de cualquier escalafón y que posean los requisitos educativos establecidos para el llamado abierto.


Clase de concurso: Antecedentes y pruebas.

DOCUMENTOS QUE DEBEN ACOMPAÑAR LA SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN

Cédula de Identidad
Credencial Cívica
Certificado de Estudio. Original y copia
Relación de antecedentes (currículum vitae). Original y copia
Certificados y constancias correspondientes. Original y copia

1. ANTECEDENTES : hasta 100 puntos

1.1 Formación
1.1.1 Estudios y capacitación:
1.1.1.1 Nivel de estudios técnicos cursados: hasta 35 puntos

1.2 Experiencia:
1.2.1 Laboral previa en actividades directamente relacionadas con el cargo: hasta 35 puntos
En este ítem se ponderará período de desempeño, responsabilidades ejercidas y tipo de funciones.
1.2.2 Apreciación del desempeño por parte del supervisor responsable: hasta 15 puntos


1.3 Otros méritos
1.3.1 Méritos relacionados con el cargo y no contemplados en los ítems anteriores: hasta15 puntos

Deméritos
(Sólo serán aplicados para concurso cerrado)

En la calificación de los antecedentes, el Tribunal descontará los siguientes puntajes por cada falta sancionada que conste en el legajo personal y haya sido dispuesta por autoridades legítimas.( Res. Nº65 CDC del 2.07.85.)


Sanciones y suspensiones - Detracciones

Más de 3 meses: 30 puntos
Más de 2 meses hasta 3 meses: 28 puntos
Más de 1 mes hasta 2 meses : 25 puntos
De 11 días a 1 mes: 15 puntos
De 4 a 10 días: 10 puntos
Hasta 3 días : 6 puntos

Apercibimiento, Amonestación y Observación: 3 puntos

Vigencia de los deméritos

- hasta 6 puntos, no serán considerados pasados 3 años de su aplicación,
- hasta 15 puntos, no serán considerados pasados los 5 años de su aplicación,
-superiores a 15 puntos no serán considerados pasados los 7 años de su
aplicación.

Para los funcionarios de Hospital de Clínicas, no se tomarán en cuenta las sanciones aplicadas por incumplimiento a las obligaciones de : asistencia, puntualidad, presencia, cuando se trate de suspensiones menores o iguales a tres días.

NOTA
-Solamente serán considerados los antecedentes que estén debidamente documentados.
-La presentación de los antecedentes deberá seguir el orden establecido en las Bases.
-Los documentos deberán ser legibles, se entregarán fotocopias que se autenticarán en el momento de la inscripción con la presentación de los originales, éstos deberán ser exhibidos en el mismo orden en que se presentan las copias.
-Las constancias referentes a cursos y talleres, deberán acreditar, en lo posible, carga horaria y evaluación.
-En lo referente a la experiencia laboral:
-los funcionarios de la Udelar deberán presentar una reseña de tareas expedida por su superior inmediato.
-para el resto de los concursantes, deberán presentar en lo posible una reseña de tareas expedida por su empleador, con datos del mismo para establecer contacto.


2. PRUEBAS: hasta 150 puntos

2.1 Prueba teórica: hasta 75 puntos
Consistirá en una prueba escrita que haga referencia a los conocimientos
necesarios para:
-participar en la construcción de modelos físicos, diseño y construcciones de
instalaciones para operar modelos físicos.
-asistir en la realización de ensayos en modelos físicos en la Facultad de Ingeniería.
- operar, reparar y mantener instrumentos del túnel de viento.
- participar de procesos de compra de materiales.
- colaborar en el diseño de partes mecánicas a ser utilizados en instalaciones del
laboratorio en la Facultad de Ingeniería.
-asistir en la reparación, mantenimiento y puesta en marcha de instalaciones
utilizadas en el dictado de clases.

2.2 Prueba práctica : hasta 75 puntos
La que juzgue el tribunal para evaluar los conocimientos y habilidades necesarios para el desempeño del cargo.


Nota: Para seguir en el proceso concursivo deberá contar con el 50 % del puntaje en cada uno de los items (2.1 y 2.2)
Quienes culminen el proceso conformarán un cuadro por orden de prelación para el concurso abierto y otro cuadro para el concurso cerrado.
A los efectos de la provisión de vacantes se procederá a designar, de acuerdo a los requerimientos, a un ganador del concurso abierto en primer término y un ganador del concurso cerrado, en segundo término y así sucesivamente.


INFORMACIÓN GENERAL
1) NORMATIVA APLICABLE
Las instancias concursivas se realizaran en el marco de las disposiciones generales existentes en la materia, particularmente lo establecido en la Constitución Nacional, la Ley Orgánica de la Universidad de la República, el Estatuto de los Funcionarios No Docentes, la Reestructura Escalafonaria, la Ordenanza de Concursos y la Ordenanza de Ascensos.
2) PRIMER ACTO DEL CONCURSO
2.1) En el momento de la inscripción los aspirantes serán notificados de la fecha del primer acto del concurso.
En este acto se dará lectura publica de:
- la nómina de los miembros del tribunal
- la nómina de inscriptos que reúnan los requisitos establecidos en las bases.
- la relación de antecedentes presentados por los aspirantes, si algún aspirante así lo solicita.
2.2) Elección del representante:
Los concursantes podrán elegir a su representante, titular y suplente, mediante voto no obligatorio, reservado y anónimo.
Los requisitos para ser representantes y el procedimiento electoral seguirán lo establecido en los Arts.14,15 y 16 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes
3) OBSERVACIONES E IMPUGNACIONES
3.1) Art.8 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes - Primer acto de concurso ....."Los concursantes podrán objetar los méritos presentados por otros concursantes dentro de los dos días hábiles siguientes a la realización del primer acto del concurso".
3.2) Art.19 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes - Impugnación. "Los concursantes podrán recusar a los integrantes del Tribunal ante el Rector de la Universidad de la República quien resolverá sin ulterior instancia en el concurso. Tal impugnación podrá formularse dentro de los dos días hábiles siguientes a la fecha de notificación a los concursantes del acto de designación o elección, en su caso, del miembro del Tribunal destinatario de la recusación.
3.3) Art.29 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes - Inapelabilidad del Contenido. El fallo definitivo del Tribunal será inapelable en cuanto al contenido. Por vicios graves de procedimiento podrá declararse la nulidad total o parcial.
3.4) Art.31 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes - Plazo para su presentación. Las observaciones que se formulen sobre supuestos vicios de forma de las pruebas o en la calificación de los antecedentes deberá ser enviada al Tribunal. "Los concursantes dispondrán de dos días hábiles, siguientes a la terminación del acto impugnado, a fin de plantear tales observaciones".
3.5) Art.32 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes - Procedimiento. " El Tribunal, si lo considera pertinente, está habilitado para corregir el vicio. En caso contrario, elevará inmediatamente todos los antecedentes al Consejo Directivo Central, debiendo esperar la resolución de éste antes de continuarse con el concurso.
El Consejo Directivo Central adoptará resolución en el plazo estipulado en el Articulo 25".
Mediante esa resolución, el Consejo Directivo Central podrá confirmar la actuación del Tribunal o declarar la nulidad parcial del concurso. En este caso, deberán complementarse las etapas o actuaciones correspondientes.
4) RESPONSABILIDAD DE LOS CONCURSANTES
4.1) Art.9 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes - Carga de los concursantes- "Los concursantes deberán concurrir a todos los actos del concurso"
4.2) Art.10 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes - Notificaciones - "..... Los concursantes imposibilitados de concurrir a algún acto del concurso, podrán tomar conocimiento de lo allí actuado por quien los represente, siendo suficiente para ello la presentación de una nota suscrita por el ausente"
4.3) Art.24 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes - Inconducta de los concursantes - "El Tribunal hará saber de inmediato al Consejo Directivo Central de toda actuación de los concursantes que pueda merecer sanción, y en tal caso el concurso quedará interrumpido".
4.4) Art.25 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes - Sanciones a los concursantes - "El Consejo Directivo Central dispondrá de treinta días para tomar resolución, plazo que se computará a partir de la incorporación del punto en el Orden del día".
Las sanciones a los concursantes podrán consistir en amonestación, eliminación del concurso o prohibición de presentarse a nuevos concursos, pudiendo llegar ésta hasta un límite de cinco años. Esta sanción se aplicará en casos de inconductas de los concursantes de especial gravedad.
Tales sanciones se impondrán sin perjuicio de la responsabilidad que tuvieren tratándose de universitarios. En el caso que corresponda, se dejará constancia en el legajo personal".
5) DESIGNACIONES
5.1) Previo a la designación del postulante, deberá comprobar la aptitud moral mediante la presentación de certificado de buena conducta y tener aptitud psico-física certificada por la División Universitaria de la Salud (D.U.S).
5.2) Las designaciones se realizarán respetando el orden de prelación y las necesidades de los servicios universitarios bajo el régimen de circunscripción única.
5.3) Art.35 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes- Vigencia del orden de prelación - "El orden de prelación resultante de los concursos de ingreso tendrá una vigencia por un único período de dos años"...
5.4) Art.17 de la Ordenanza de ascensos de los funcionarios no docentes de la Universidad de la República- Vigencia - "El orden de prelación tendrá vigencia por un único período que será improrrogable, de acuerdo al siguiente detalle:
- Concursos de méritos para cargos de nivel operativo: un año.
- Concursos de méritos y oposición para cargos de nivel operativo: dos años.
- Concursos de méritos y oposición para cargos de nivel de conducción: tres años.

Formulario de Ingreso


BASES LLAMADO A CONCURSO ABIERTO Y CERRADO PARA LA PROVISIÓN EFECTIVA DE CARGOS DE ESPECIALISTA EN EL ÁREA TECNOLÓGICA PARA LA FACULTAD DE AGRONOMÍA

Para desempeñarse en la Estación Experimental Mario A. Cassinoni - Paysandú


DENOMINACIÓN: Especialista Área Tecnológica

CARACTERÍSTICAS: Escalafón D, Sub escalafón 3,
Grado 5, Especialista Superior III

CARACTERÍSTICAS DE LA DESIGNACIÓN: Efectivo


Será de aplicación el Art. 5° del Estatuto de los Funcionarios No Docentes de la Universidad de la República y el cual se transcribe a continuación.

Art. 5º-Provisoriato- "Los funcionarios que ingresen a la Universidad, cualquiera fuere la naturaleza del vínculo, serán designados provisionalmente, pudiendo ser separados por decreto fundado, dentro del plazo de seis meses contados a partir de la toma de posesión, por la autoridad que los nombró.
Transcurrido el plazo del inciso anterior, el funcionario adquiere ipso jure, derecho al desempeño interino o efectivo del cargo, quedando amparado por el presente Estatuto".

Cantidad de cargos a proveer : según la necesidad de personal de los servicios.

TIPO, REQUISITOS Y CLASE DE CONCURSO

Tipo de concurso: Abierto y cerrado

Art. 34 de la Ordenanza para la provisión de cargos no docentes..."Los concursos de ingreso para la provisión de cargos no docentes en los escalafones C,D, E serán abiertos y cerrados. Estos concursos se realizarán en forma simultánea"....

Inscripción condicional: Se realizará una inscripción con carácter condicional. Si el número de aspirantes supera los 20 se realizará un sorteo de acuerdo al art. 36 de la Ordenanza de Concursos, continuando en el proceso concursivo aquellos que integren la nómina de sorteados.

Quedarán exonerados del sorteo los funcionarios de la UdelaR.


Requisitos:

Para el llamado abierto:

· Podrán postularse todos los ciudadanos de la República entre 18 y 35 años de edad, que cumplan con los siguientes requisitos educativos:
· ser estudiante universitario, con 2 años de estudio de Facultad de Agronomía o Facultad de Química, comprobables por la ficha de escolaridad,
· experiencia / aprendizaje inicial: 3 años, constancia de trabajo en laboratorio de análisis bromatológico y/o clínicos (humana o veterinaria) y/o suelos / fertilizantes; con formación y experiencia necesaria para desempeñarse en el perfil que acompaña a estas Bases y que describen las actividades típicas de los Laboratorios de Nutrición Animal.

· Los funcionarios interinos de la UdelaR, inscriptos en el concurso " abierto" serán eximidos del sorteo y del límite de edad.

Para el llamado cerrado:

· Podrán participar en el concurso cerrado todos los funcionarios no docentes que ocupen cargos en efectividad de cualquier escalafón y que posean los requisitos educativos establecidos para el llamado abierto.


Clase de concurso: Antecedentes y pruebas.

DOCUMENTOS QUE DEBEN ACOMPAÑAR LA SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN

Cédula de Identidad
Credencial Cívica
Relación de antecedentes (currículum vitae). Original y copia
Certificados y constancias correspondientes. Original y copia

1. ANTECEDENTES : hasta 100 puntos

1.1 Formación
1.1.1 Estudios y capacitación:
1.1.1.1 Nivel de estudios técnicos cursados: hasta 35 puntos

1.2 Experiencia:
1.2.1 Laboral previa en actividades directamente relacionadas con el cargo: hasta 35 puntos
En este ítem se ponderará período de desempeño, responsabilidades ejercidas y tipo de funciones.
1.2.2 Apreciación del desempeño por parte del supervisor responsable: hasta 15 puntos


1.3 Otros méritos
1.3.1 Méritos relacionados con el cargo y no contemplados en los ítems anteriores: hasta15 puntos

Deméritos
(Sólo serán aplicados para concurso cerrado)

En la calificación de los antecedentes, el Tribunal descontará los siguientes puntajes por cada falta sancionada que conste en el legajo personal y haya sido dispuesta por autoridades legítimas.( Res. Nº65 CDC del 2.07.85.)


Sanciones y suspensiones - Detracciones

Más de 3 meses: 30 puntos
Más de 2 meses hasta 3 meses: 28 puntos
Más de 1 mes hasta 2 meses: 25 puntos
De 11 días a 1 mes: 15 puntos
De 4 a 10 días: 10 puntos
Hasta 3 días : 6 puntos

Apercibimiento, Amonestación y Observación: 3 puntos

Vigencia de los deméritos

- hasta 6 puntos, no serán considerados pasados 3 años de su aplicación,
- hasta 15 puntos, no serán considerados pasados los 5 años de su aplicación,
-superiores a 15 puntos no serán considerados pasados los 7 años de su
aplicación.

Para los funcionarios de Hospital de Clínicas, no se tomarán en cuenta las sanciones aplicadas por incumplimiento a las obligaciones de : asistencia, puntualidad, presencia, cuando se trate de suspensiones menores o iguales a tres días.

NOTA
-Solamente serán considerados los antecedentes que estén debidamente documentados.
-La presentación de los antecedentes deberá seguir el orden establecido en las Bases.
-Los documentos deberán ser legibles, se entregarán fotocopias que se autenticarán en el momento de la inscripción con la presentación de los originales, éstos deberán ser exhibidos en el mismo orden en que se presentan las copias.
-Las constancias referentes a cursos y talleres, deberán acreditar, en lo posible, carga horaria y evaluación.
-En lo referente a la experiencia laboral:
-los funcionarios de la Udelar deberán presentar una reseña de tareas expedida por su superior inmediato.
-para el resto de los concursantes, deberán presentar en lo posible una reseña de tareas expedida por su empleador, con datos del mismo para establecer contacto.


2. PRUEBAS: hasta 150 puntos

2.1 Prueba teórica: hasta 75 puntos
Consistirá en una prueba escrita corta, que haga referencia a los conocimientos
definidos en el perfil que acompaña a ésta, (por ejemplo elaboración de una planilla
de registro de ingreso de muestras al laboratorio o de registro de resultados de una rutina
específica, fundamentos de alguna técnica de rutina, descripción de la preparación de
una solución valorada o del acondicionamiento y almacenamiento de muestras)

2.2 Prueba práctica: hasta 75 puntos
Consistirá en la realización de una rutina típica de un Laboratorio de Nutrición
Animal a determinar por el Tribunal, culminando con la presentación de los
resultados del análisis realizado.

Nota: Para seguir en el proceso concursivo deberá contar con el 50 % del puntaje en cada uno de los items (2.1 y 2.2)
Quienes culminen el proceso conformarán un cuadro por orden de prelación para el concurso abierto y otro cuadro para el concurso cerrado.
A los efectos de la provisión de vacantes se procederá a designar, de acuerdo a los requerimientos, a un ganador del concurso abierto en primer término y un ganador del concurso cerrado, en segundo término y así sucesivamente.

INFORMACIÓN GENERAL
1) NORMATIVA APLICABLE
Las instancias concursivas se realizaran en el marco de las disposiciones generales existentes en la materia, particularmente lo establecido en la Constitución Nacional, la Ley Orgánica de la Universidad de la República, el Estatuto de los Funcionarios No Docentes, la Reestructura Escalafonaria, la Ordenanza de Concursos y la Ordenanza de Ascensos.
2) PRIMER ACTO DEL CONCURSO
2.1) En el momento de la inscripción los aspirantes serán notificados de la fecha del primer acto del concurso.
En este acto se dará lectura publica de:
- la nómina de los miembros del tribunal
- la nómina de inscriptos que reúnan los requisitos establecidos en las bases.
- la relación de antecedentes presentados por los aspirantes, si algún aspirante así lo solicita.
2.2) Elección del representante:
Los concursantes podrán elegir a su representante, titular y suplente, mediante voto no obligatorio, reservado y anónimo.
Los requisitos para ser representantes y el procedimiento electoral seguirán lo establecido en los Arts.14,15 y 16 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes
3) OBSERVACIONES E IMPUGNACIONES
3.1) Art.8 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes - Primer acto de concurso ....."Los concursantes podrán objetar los méritos presentados por otros concursantes dentro de los dos días hábiles siguientes a la realización del primer acto del concurso".
3.2) Art.19 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes - Impugnación. "Los concursantes podrán recusar a los integrantes del Tribunal ante el Rector de la Universidad de la República quien resolverá sin ulterior instancia en el concurso. Tal impugnación podrá formularse dentro de los dos días hábiles siguientes a la fecha de notificación a los concursantes del acto de designación o elección, en su caso, del miembro del Tribunal destinatario de la recusación.
3.3) Art.29 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes - Inapelabilidad del Contenido. El fallo definitivo del Tribunal será inapelable en cuanto al contenido. Por vicios graves de procedimiento podrá declararse la nulidad total o parcial.
3.4) Art.31 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes - Plazo para su presentación. Las observaciones que se formulen sobre supuestos vicios de forma de las pruebas o en la calificación de los antecedentes deberá ser enviada al Tribunal. "Los concursantes dispondrán de dos días hábiles, siguientes a la terminación del acto impugnado, a fin de plantear tales observaciones".
3.5) Art.32 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes - Procedimiento. " El Tribunal, si lo considera pertinente, está habilitado para corregir el vicio. En caso contrario, elevará inmediatamente todos los antecedentes al Consejo Directivo Central, debiendo esperar la resolución de éste antes de continuarse con el concurso.
El Consejo Directivo Central adoptará resolución en el plazo estipulado en el Articulo 25".
Mediante esa resolución, el Consejo Directivo Central podrá confirmar la actuación del Tribunal o declarar la nulidad parcial del concurso. En este caso, deberán complementarse las etapas o actuaciones correspondientes.
4) RESPONSABILIDAD DE LOS CONCURSANTES
4.1) Art.9 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes - Carga de los concursantes- "Los concursantes deberán concurrir a todos los actos del concurso"
4.2) Art.10 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes - Notificaciones - "..... Los concursantes imposibilitados de concurrir a algún acto del concurso, podrán tomar conocimiento de lo allí actuado por quien los represente, siendo suficiente para ello la presentación de una nota suscrita por el ausente"
4.3) Art.24 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes - Inconducta de los concursantes - "El Tribunal hará saber de inmediato al Consejo Directivo Central de toda actuación de los concursantes que pueda merecer sanción, y en tal caso el concurso quedará interrumpido".
4.4) Art.25 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes - Sanciones a los concursantes - "El Consejo Directivo Central dispondrá de treinta días para tomar resolución, plazo que se computará a partir de la incorporación del punto en el Orden del día".
Las sanciones a los concursantes podrán consistir en amonestación, eliminación del concurso o prohibición de presentarse a nuevos concursos, pudiendo llegar ésta hasta un límite de cinco años. Esta sanción se aplicará en casos de inconductas de los concursantes de especial gravedad.
Tales sanciones se impondrán sin perjuicio de la responsabilidad que tuvieren tratándose de universitarios. En el caso que corresponda, se dejará constancia en el legajo personal".
5) DESIGNACIONES
5.1) Previo a la designación del postulante, deberá comprobar la aptitud moral mediante la presentación de certificado de buena conducta y tener aptitud psico-física certificada por la División Universitaria de la Salud (D.U.S).
5.2) Las designaciones se realizarán respetando el orden de prelación y las necesidades de los servicios universitarios bajo el régimen de circunscripción única.
5.3) Art.35 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes- Vigencia del orden de prelación - "El orden de prelación resultante de los concursos de ingreso tendrá una vigencia por un único período de dos años"...
5.4) Art.17 de la Ordenanza de ascensos de los funcionarios no docentes de la Universidad de la República- Vigencia - "El orden de prelación tendrá vigencia por un único período que será improrrogable, de acuerdo al siguiente detalle:
- Concursos de méritos para cargos de nivel operativo: un año.
- Concursos de méritos y oposición para cargos de nivel operativo: dos años.
- Concursos de méritos y oposición para cargos de nivel de conducción: tres años.


Formulario de Ingreso


BASES PARA EL LLAMADO A PROVISIÓN EFECTIVA DE 1 CARGO DE: DIRECTOR DE DEPARTAMENTO - ASESOR ( Nivel de Conducción II) en: ACONDICIONAMIENTO ACUSTICO.

Esc. R G° 15 20 hs. Semanales

(cargo que requiere renovación permanente de conocimientos)
correspondientes a la DIRECCIÓN GENERAL DE ARQUITECTURA

1. REQUISITOS

Llamado a Aspirantes entre todos los ciudadanos uruguayos que posean título habilitante, expedido por todas las instituciones nacionales que lo otorguen, de Arquitecto o Ingeniero, deberá poseer una probada y vasta trayectoria proyectual en la disciplina de Acondicionamiento Acústico de Edificios.

Podran también inscribirse al llamado aquellas personas que sin poseer los títulos universitarios habilitantes, presenten antecedentes (probados mediante las correspondientes certificaciones) que los acrediten como consultores expertos en la disciplina de Acondicionamiento Acústico de edificios.


2. NORMATIVA APLICABLE

La provisión del cargo se realizará de acuerdo con lo establecido en la normativa universitaria, y de manera particular en la "Ordenanza sobre cargos no docentes sujetos a renovación de conocimientos", en el "Estatuto de los funcionarios que requieren renovación permanente de conocimientos" y en el "Reglamento para la provisión y renovación de cargos que requiren renovación permanente de conocimientos".

De acuerdo con dicha normativa el CDC (con la finalidad de contar con un asesoramiento técnico sobre los meritos presentados por los aspirantes) designará una Comisión Asesora integrada por 3 miembros de reconocida trayectoria en las disciplinas directamente relacionadas con las funciones del cargo o afines al mismo.

La Comisión Asesora, que dispondrá de un plazo de 45 días para expedirse informará sobre los meritos presentados por los aspirantes de acuerdo a lo establecido en la normativa en la descripción del cargo y en las bases del concurso.


3. DESIGNACIÓN Y CONDICIONES DE TRABAJO

La Comisión Asesora elevara un informe al CDC para que este considere la designación. El Consejo Directivo Central luego de concluidas las deliberaciones procederá a la votación nominal y fundada sobre las aspiraciones de acuerdo a lo dispuesto por la normativa vigente.

La designación será realizada con carácter definitivo, por períodos renovables de 3 años, de acuerdo al reglamento de cargos del Escalafón R (cargos que requieren renovación permanente de conocimientos) y procedimiento de re-elección en él establecido.

En caso de que el CDC decrete concurso éste será de MERITOS Y PRUEBAS. Para actuar en el mismo designará un Tribunal de 5 miembros, el que evaluará en primer término los méritos de los concursantes según lo establecido en el Art. 5 del Reglamento para la provisión de cargos que requieren renovación permanente de conocimientos, y en segundo lugar, de acuerdo al Art. 6 del mismo Reglamento, propondrá y evaluará las pruebas que se determinan en las presente BASES, otorgando los puntajes respectivos.

En función de lo dispuesto por el Art. 5 del Estatuto de los Funcionarios que desempeñan tareas que requieren renovación permanente de conocimientos, en caso que quedara decretada la provisión por concurso de méritos y pruebas, el Consejo Directivo Central resolverá si dicho concurso será limitado a todos o parte de los aspirantes presentados (con méritos francamente superiores al resto) o abierto.


4. CARACTERÍSTICAS DEL LLAMADO

El cargo será provisto mediante llamado público a aspiraciones y eventualmente mediante concurso de méritos y pruebas. El concurso se realizará en la modalidad de selección en base a puntajes.

5. RELATIVO A LOS MÉRITOS

Los méritos deberán estar debidamente documentados y serán considerados cuando tengan relación con el cargo por el cual se concursa, siendo calificados en función de los puntajes que se establecen en las presente BASES.

Si corresponde realizar concurso de meritos y pruebas los puntajes asignados a los méritos serán los siguientes.
El puntaje máximo global de los méritos será de 100 pts. y estarán agrupados en 2 grandes rubros:

Experiencia: máximo 50 puntos

Conocimientos: máximo 50 puntos.

El rubro Experiencia comprende los siguientes subrubros:

a) Experiencia en actividades directamente relacionadas con el cargo que incluye:
Cargos y actividades desempeñados en el ámbito privado o en la Administración Pública (incluida la Universidad) teniéndose en cuenta entre otros, los siguientes factores:
Carácter de los cargos, período de ejercicio de los mismos; forma de ingreso y de ascenso, calificaciones, evaluaciones o legajos (el aspirante podrá presentar una breve descripción de tareas desempeñadas).
Para este ítem se establece un puntaje máximo de 40 pts.
b) Actuación universitaria en órganos de cogobierno, comisiones u otros instancias de gobierno universitario.
Puntaje máximo: 5 pts.
c) Experiencia en actividades no directamente relacionadas con el cargo:
Cargos y actividades desempeñados en el ámbito privado o en la Administración Pública (incluida la Universidad) que no guarden relación con el perfil técnico-profesional ni con las funciones propias del cargo.
Puntaje máximo 5 pts.


El rubro Conocimientos incluirá los siguientes subrubros:

a)Conocimientos directamente relacionados con el cargo: 45 pts.
que incluye:
a.1) Títulos habilitante de grado.Se evaluará la calidad de la formación recibida: 10pts.
a.2)Títulos y estudios o cursos de especialización debidamente certificados. Se evaluará la calidad de la formación recibida 15 pts.
a.3) Actividades de investigación, extensión y enseñanza o ejecución de programas o proyectos de significación en disciplinas afines, 10 pts
a.4) Premios, publicaciones y participación en congresos, teniendo en cuenta el carácter de dicha participación, 10 pts.
b) Conocimientos no directamente relacionados con el cargo: 5 pts.

Se dará particular importancia a los títulos y estudios extracurriculares que guardaren relación directa con el cargo a desempeñar y a la experiencia profesional en diseño y cálculo de acondicionamiento acústico de edificios, existentes o a construir, o de locales específicos de los mismos, que por su uso, requieren tratamientos para mejorar o modificar sus condiciones acústicas, incluyendo también la evaluación de costos de las obras, en los rubros de su especialidad.

Se jerarquizarán los antecedentes relacionados a la actuación como asesor en proyectos de arquitectura de alta complejidad funcional y tecnológica, habiendo integrado equipos multidisciplinarios .


6. RELATIVO A LAS PRUEBAS

Se realizará una prueba que tendra un puntaje máximo de 50 puntos. La prueba será del tipo b) (Articulo 6 del Reglamento para la provisión y renovación de cargos que requieren renovación de conocimientos).

Aquel concursante que no alcanzare el 50% del puntaje máximo de la prueba (25 pts.) quedará eliminado.

Los profesionales designados serán asignados al AREA DE EJECUCIÓN DE PROYECTOS Y OBRAS DE LA DGA, constituyendo el Equipo de Asesores, uno de cuyos integrantes asumirá con carácter rotativo, por períodos de 2 años. La función de coordinador del equipo, que supone para este profesional ocupar con carácter de subrogación - por el período señalado - el cargo de Director de División Profesional - Coordinador del Equipo de Asesores, Esc. R, G° 00, 30 hs semanales, previsto en la Estructura de Cargos aprobada.

Para acceder a este cargo (subrogación) los aspirantes al presente llamado, podrán incluir en sus antecedentes, la experiencia en organización y supervisión de equipos de profesionales y/o colaboradores, siendo designados por el Consejo Ejecutivo Delegado.

La carga horaria semanal de 25 horas podrá ampliarse por medio de Extensiones Horarias (hasta un máximo de 40 horas) autorizadas por el Consejo Ejecutivo Delegado, a solicitud fundamentada de la Dirección General de Arquitectura, en atención a lo dispuesto en el documento conjunto de las Comisiones Comisión Sectorial de Gestión Administrativa y Comisión Asesora Permanente de Planes y proyectos de Arquitectura aprobado por el C.D.C y en función de la disponibilidad de rubros reservados a tales efectos.


DESCRIPCIÓN DEL CARGO:

DIRECTOR DE DEPARTAMENTO - ASESOR ( Nivel de Conducción II) en: ACONDICIONAMIENTO ACUSTICO.

Esc. R G° 15

1. PROPOSITO


Contribuir al logro de los objetivos de la Dirección General de Arquitectura de la Universidad de la República, de acuerdo a los lineamientos establecidos en su nueva Estructura Orgánica y de Funcionamiento, aprobada por resolución del Consejo Directivo Central de fecha : 20.08.2002.

Dicha estructura prevé un Area de Ejecución de proyectos y Obras, constituida por dos equipos técnicos.:
· EQUIPO DE ARQUITECTOS
· EQUIPO DE ASESORES

El cargo objeto del presente llamado, corresponden a integrantes del EQUIPO DE ASESORES en la especialidad de Acondicionamiento Acústico.

2. REQUISITOS

Para ocupar el cargo se requerirá poseer capacidad probada e idoneidad moral, así como aptitud psico - física plena, avalada por la Dirección Universitaria de la Salud (D.U.S.).

3. CALIFICACIONES

Formación:
Título habilitante, expedido por todas las instituciones nacionales que lo otorguen, de Arquitecto o Ingeniero, o Consultores expertos en la disciplina de Acondicionamiento Acústico de Edificios

El aspirante deberá poseer una probada y vasta trayectoria proyectual en la disciplina.

4. INTERRELACION JERARQUICA

Depende de la Dirección General de Arquitectura.

Depende del Asesor que realice la función de coordinación y supervisión del EQUIPO DE ASESORES al que pertenece, en calidad de responsable del mismo (cargo de Director de División Profesional Esc. R; G° 00).

Se relaciona estrechamente con el EQUIPO DE ARQUITECTOS.

Eventualmente tendrá a su cargo personal de apoyo gráfico perteneciente a la DGA y/o practicantes (becarios estudiantes universitarios) en régimen de pasantías.


5. ACTIVIDADES DEL CARGO

Asesora a los arquitectos responsables de las acciones sobre la infraestructura física y territorial de la Universidad de la República o directamente a la propia Dirección General, desarrollando las siguientes actividades:

· Proyectos de acondicionamiento acústico, en edificaciones existentes que no lo disponen o en proyectos arquitectónicos de edificios a construir.

· Diagnóstico de situación de las condiciones de aislamiento de ruidos de los cerramientos (interior - interior o interior - exterior) en los edificios existentes así como de la calidad y eficacia de los dispositivos de acondicionamiento acústico de locales existentes, que los disponen y lo requieren.

· Directivas para su mejoramiento o sustitución.

· Realización de mediciones de las condiciones acústicas de locales.

· Formular conjuntamente con el Arquitecto proyectista y con la asistencia de la UGPO, estimaciones de costos, plazos de ejecución e inclusión en los cronogramas físico - financieros de las obras.

· Eventualmente, concurrir a las obras, para brindar asistencia in situ a la Dirección de Obra, participando de la supervisión técnica de la ejecución de los trabajos específicos.

· Elevará informes periódicos de su gestión, al Asesor responsable del EQUIPO DE ASESORES, quien a su vez mantendrá informada a la Dirección General, sobre las actuaciones del referido equipo técnico.

Escalafón R


BASES PARA EL LLAMADO A PROVISIÓN INTERINA DE 1 CARGO DE: BIBLIOTECOLOGO DEL PROYECTO "PORTAL DE LA UDELAR"

Esc. R G° 11 - 30 hs. Semanales

(cargo que requiere renovación permanente de conocimientos)


REQUISITOS

Se podrán presentar al llamado, todos los ciudadanos uruguayos que acrediten poseer el Título de Licenciado en Bibliotecología.

Además deberá poseer la experiencia que a continuación se detalla:

Experiencia en el desarrollo de canales de información. Desarrollo de sistemas de clasificación de la información. Manejo de herramientas aplicadas a Internet y de programas office. Experiencia en sistemas de documentación informatizados. Experiencia de trabajo en equipos multidisciplinarios, relacionada con los temas anteriores.


El Consejo Directivo Central designará una Comisión Asesora integrada por miembros de reconocida trayectoria en las disciplinas directamente relacionadas con las funciones del cargo o afines al mismo.


MÉRITOS

Los méritos deberán estar debidamente documentados y serán considerados cuando tengan relación con el cargo por el cual se concursa, debiendo estar agrupados en dos grandes gurpos: Experiencia y Conocimientos.

Experiencia: incluirá los cargos desempañados en la actividad privada o en la Administración Pública, ya sea en la Universidad o fuera de ella. Se considerará entre otros elementos el carácter de los cargos ocupados, el período de ejercicio de los mismos, la forma de ingreso o ascenso, las calificaciones, evaluación o los legajos si los hubiere y una breve descripción de las tareas desempeñadas. También este rubro podrá incluir, entre otros aspectos, la actuación universitaria en órganos de gobierno universitario, comisiones u otros antecedentes.


Conocimientos: incluirá, los títulos, certificados de estudio y cursos de especialización relacionados con el cargo. Los premios, publicaciones y trabajos. La participación en Congresos teniendo en cuenta el carácter de dicha participación. Asimismo podrán incluirse, entre otros aspectos, las ideas, iniciativas, estudios y ejecución de programas de signinficación, en cuyo desarrollo haya participado el aspirante, de acuerdo a la documentación presentada y los informes de la autoridad correspondiente.


CARACTERÍSTICAS DEL CARGO Y REMUNERACIÓN

Escalafón R, Grado 11, 30 horas semanales. De acuerdo a la intensidad del trabajo, se podrán conceder extensiones horarias o el régimen de dedicación compensada.


NOTA
-Solamente serán considerados los antecedentes que estén debidamente documentados.
-La presentación de los antecedentes deberá seguir el orden establecido en las Bases.
-Los documentos deberán ser legibles, se entregarán fotocopias que se autenticarán en el momento de la inscripción con la presentación de los originales, éstos deberán ser exhibidos en el mismo orden en que se presentan las copias.
-Las constancias referentes a cursos y talleres, deberán acreditar, en lo posible, carga horaria y evaluación.
-En lo referente a la experiencia laboral. deberán presentar una constancia que acredite las funciones desempeñadas expedida por su superior inmediato.

Escalafón R


DESCRIPCIÓN DEL CARGO BIBLIOTECÓLOGO DEL PROYECTO
"PORTAL DE LA UDELAR"


PROPÓSITO:

Relevar y clasificar la información existente. Definir pautas de procesamiento y organización de la información, necesarias para el desarrollo del portal.


REQUISITOS Y COMPETENCIAS PARA EL CARGO

Para ocupar el cargo se requerirá poseer capacidad probada e ideoneidad moral, así como aptitud psico física plena avalada por la División Universitaria de la Salud.


Competencias comportamentales/sociales/participativas

· Creatividad para analizar la estructura del portal y realizar propuestas.
· Comunicación para relacionarse eficazmente con los integrantes del equipo multidisciplinario.
· Comprensión y consideración frente a los problemas que pudieren originarse en el trabajo diario.
· Responsabilidad en el desempeño de sus funciones dando cumplimiento a los objetivos trazados.

Competencias metodológicas/intelectuales

· Capacidad de instrumentar un método de relevamiento con referencia a los soportes y formatos existentes y los canales que porporcionan la información.
· Capacidad de generar documentación técnica sobre la clasificación de la información.
· Capacidad para crear mecanismos de control con referencia al alcance del proyecto.

FORMACIÓN Y EXPERIENCIA

Formación:

El aspirante deberá poseer Título habilitante de Licenciado en Bibliotecología.

Experiencia:

Experiencia en el desarrollo de canales de información. Desarrollo de sistemas de clasificación de la información. Manejo de herramientas aplicadas a Internet y de programas office. Experiencia en sistemas de documentación informatizados. Experiencia de trabajo en equipos multidisciplinarios, relacionada con los temas anteriores.


FUNCIONES EN EL CARGO


· Relevar información, especialmente en aspectos relacionados con los soportes y formatos existentes, y los canales utilizados por las dependencias a cargo del suministro de información al portal.
· Asesorar en su área específica en lo relativo a los contenidos del portal y los servicios a brindar.
· Participar en el diseño de la estructura del portal y sus funcionalidades, acorde a los requerimientos relevados y a las prioridades de implementación.
· Generar documentación técnica sobre la estructura que suministra información al portal y su forma de clasificación, las decisiones técnicas tomadas y su justificación.
· Participar en la realización de actividades de control, seguimiento y la elaboración de informes de avance.
· Otras actividades que el coordinador del proyecto le encomiende relacionadas con la especialidad de su cargo.


CARACTERÍSTICAS DEL CARGO Y REMUNERACIÓN:

R, Grado 11, 30 hs. De acuerdo a la intensidad del trabajo, se podrán conceder extensiones horarias o el régimen de dedicación compensada.

Escalafón R

 


BASES PARA LA PROVISIÓN EN EFECTIVIDAD DE CARGOS DE ADMINISTRATIVO I (EXPERTO) RESERVADO A FUNCIONARIOS CON DISCAPACIDADES
Escalafón C, Grado 6

Forma de provisión y requisitos del cargo

La provisión será por concurso de antecedentes y pruebas entre los funcionarios de la Universidad de la República que tengan discapacidades motrices, auditivas y/o visuales y que revistan en forma titular, en un cargo de grado 5 ó 4 del escalafón administrativo C, con una antigüedad mínima de dos años a la fecha de cierre de la inscripción.

La División Universitaria de la Salud realizará la evaluación de la aptitud psicofísica, pudiendo solicitar informes especializados.
Posteriormente a la evaluación se procederá a dar cumplimiento de los Artículos 4 y 5 de la Ordenanza para el Ingreso y Ascenso de Personas con Discapacidad a Cargos No Docentes de la Universidad de la República.
A saber:

Artículo 4° Una vez cerrado el período de inscripción del llamado a que se refiere el artículo anterior, la División Universitaria de la Salud informará, de acuerdo a lo establecido en las bases respectivas, acerca de las discapacidades e idoneidad de los inscriptos; a tal efecto se tomará en consideración los dictámenes emitidos por organismos especializados, públicos o privados, y autoridades competentes.

Artículo 5° El Consejo Directivo Central procederá a eliminar del registro de postulantes a todos aquellos que no adolescieran de alguna discapacidad, o que no cuenten con condiciones mínimas de idoneidad, conforme al dictamen de la División Universitaria de la Salud.

Documentos que deben acompañar la solicitud de inscripción

En el momento de la inscripción será indispensable acompañar la solicitud con la presentación de los siguientes documentos:
- Cédula de identidad
- Certificados que acrediten:
o Actuación funcional, conteniendo: escalafón, grado, período de ejercicio y carácter de los cargos que ha desempeñado en la Universidad de la República.
Esta certificación debe ser expedida por la Sección Personal y avalada por la máxima autoridad administrativa del servicio.
o Reseña de tareas certificadas por el superior y avaladas por la máxima autoridad del servicio.
o Relación de antecedentes, siguiendo el orden establecido en las Bases, con las certificaciones que los acrediten (certificados de estudio, escolaridad, cursos, concursos y otros). La certificación de los cursos deberá indicar: contenido, carga horaria, forma de aprobación, e institución.
o Los documentos deberán ser legibles, se entregarán fotocopias que deberán autentificarse en el momento de la inscripción con la presentación de los originales, exhibiéndose éstos en el mismo orden en que se presenten las copias.

Los legajos serán solicitados por el Tribunal a las respectivas dependencias de personal

Notificación y publicidad

En el momento de inscribirse, los aspirantes deberán notificarse de la fecha del primer acto del concurso.
Este consistirá en la lectura pública de los miembros que integran el Tribunal y de los inscriptos que reúnan los requisitos establecidos en las bases.
Sin perjuicio de lo anterior, a los efectos de facilitar la información a los concursantes, tales nóminas se publicarán en cartelera o estarán a su disposición.
También se dará lectura, si algún concursante así lo solicita, a la relación de antecedentes presentada por todos los aspirantes y se deberá elegir el representante de los concursantes para completar la integración del tribunal.
Los concursantes podrán objetar los méritos presentados por otros concursantes dentro de los dos días hábiles siguientes a la realización del primer acto del concurso.
Los concursantes deberán concurrir a todos los actos del concurso, Art.7°,8°,9° y 14°, de la Ordenanza de Concursos aprobada por el CDC en resolución N°16 del 26.10.1999.

Naturaleza del concurso

El concurso será de antecedentes y pruebas, se realizará en la modalidad de puntajes y se regirá a todos los efectos por la Ordenanza de Concursos aprobada por el CDC en resolución N°16, del 26.10.1999 y publicada en el Diario Oficial el 12.11.1999.

A) ANTECEDENTES : Hasta 100 puntos

Estudios y formación : hasta 35 puntos

· Estudios formales de carácter general (secundaria, tecnológica, terciaria, universitaria): hasta 10 puntos
· Formación en informática o conocimientos de manejo de PC y otros avalados por la autoridad competente : hasta 10 puntos
· Cursos de capacitación relacionados con el cargo: hasta 10 puntos
· Otros estudios que guarden cierta relación: hasta 5 puntos


Actividad en la Universidad de la República: hasta 65 puntos

· Antigüedad que exceda la requerida como requisito: hasta 20 puntos
· Concursos, prueba de suficiencia: hasta 15 puntos
· Asiduidad (informe de la Sección Personal): hasta 10 puntos
· Reseña de tareas, certificadas por el supervisor: hasta 10 puntos
· Otros méritos (anotaciones favorables en el legajo
o debidamente documentadas, actuaciones en órganos de cogobierno, presentación de proyectos avalados por la máxima autoridad del servicio, relacionados con la función y aplicados o puestos en práctica): hasta 10 puntos

Nota: Para la adjudicación de puntajes el Tribunal considerará especialmente los certificados relacionados con la temática del cargo.
No serán tenidos en cuenta los cargos obtenidos durante el gobierno de facto Res. Nº65 CDC del 2.07.85.

Deméritos

En la calificación de los antecedentes, el Tribunal descontará los siguientes puntajes por cada falta sancionada que conste en el legajo personal y haya sido dispuesta por autoridades legítimas.( Res. Nº65 CDC del 2.07.85.)

Sanciones y suspensiones - Detracciones

Más de 3 meses: 30 puntos
Más de 2 meses hasta 3 meses: 28 puntos
Más de 1 mes hasta 2 meses: 25 puntos
De 11 días a 1 mes: 15 puntos
De 4 a 10 días: 10 puntos
Hasta 3 días : 6 puntos

Apercibimiento, Amonestación y Observación: 3 puntos

Vigencia de los deméritos

- hasta 6 puntos, no serán considerados pasados 3 años de su
aplicación,
- hasta 15 puntos, no serán considerados pasados los 5
años de su aplicación,
-superiores a 15 puntos no serán considerados
pasados los 7 años de su aplicación.
Para los funcionarios de Hospital de Clínicas, no se tomarán en cuenta las sanciones aplicadas por incumplimiento a las obligaciones de : asistencia, puntualidad, presencia, cuando se trate de suspensiones menores o iguales a tres días.

B) PRUEBAS: Hasta 150 puntos

El concurso contendrá dos pruebas en las cuales se evaluará la capacidad del concursante para desenvolverse en la administración y el conocimiento aplicado de la normativa en circunstancias concretas.
Dada la naturaleza del concurso, el tribunal estudiará la forma más apropiada para que los concursantes rindan las pruebas. Pudiendo extender el tiempo dedicado a la realización de las mismas.


PRIMERA PRUEBA : Hasta 80 puntos

Consistirá en la aplicación de la normativa universitaria en circunstancias concretas .

SEGUNDA PRUEBA : Hasta 70 puntos

Consistirá en una prueba sobre conceptos básicos de administración y de los sistemas horizontales de gestión administrativa .
Para esta prueba la División Capacitación y Formación Continua de la Dirección General de Personal confeccionó un manual, el cual será proporcionado a los concursantes con no menos de 30 días de anticipación.

Consideraciones generales:

Las pruebas, consistirán en la resolución de casos de respuesta breve y/o cuestionarios y se basarán en la documentación que se indica en la bibliografía.
Se apreciará el uso correcto del lenguaje, la capacidad de síntesis, claridad en la exposición y la trasmisión de las ideas.
Se dispondrá de tres horas para la realización de cada prueba, requiriéndose para la aprobación de cada una la obtención del 50% del puntaje establecido.

Bibliografía e información previa a los concursantes

Los concursantes podrán durante las pruebas, disponer para eventuales consultas de los textos normativos, sin anotaciones.


Documentación básica para las pruebas:

Normativa

Ley Orgánica
Estatuto del Personal No Docente
Estatuto del Personal Docente Art.del 1 al 17
Ordenanza de Actos Administrativos
Ordenanza de Reglamentos Universitarios
Ordenanza de Licencias
Ordenanza de Asistencia

Sistemas Horizontales de Gestión - Conceptos Básicos

Bedelía
Gestión Económica Financiera - incluirá también art. seleccionados del TOCAF
Información y Gestión de Personal
Expe +

Temas contenidos en el manual editado por División Capacitación y Formación
Continua de la Dirección General de Personal en marzo de 2005.

Administración

Administración - Manual editado por la División Capacitación y Formación
Continua de la Dirección General de Personal. Editado en 1990


Comunicación oral y escrita en la función administrativa

Manual editado por la División Capacitación y Formación
Continua de la Dirección General de Personal. Impreso en 2001

Impugnaciones

Los concursantes podrán realizar observaciones sobre supuestos vicios de forma en el estudio y calificación de méritos o en las pruebas y su calificación, de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes.
Los concursantes dispondrán de hasta dos días hábiles posteriores al acto observado, debiendo presentar por escrito su reclamo ante la Sección Concursos de la Dirección General de Personal.

Formulario Ascenso Cargo No Docente


BASES PARA EL LLAMADO A PROVISIÓN INTERINA DE 1 CARGO DE: PROGRAMADOR / ADMINISTRADOR DEL PROYECTO "PORTAL DE LA UDELAR"

Esc. R G° 13 - 30 hs. Semanales

(cargo que requiere renovación permanente de conocimientos)


REQUISITOS

Se podrán presentar al llamado, todos los ciudadanos uruguayos que acrediten poseer el Título hablitante de Analista en Computación o formación equivalente.

Además deberá poseer conocimientos y experiencia que a continuación se detallan:

Experiencia en el desarrollo de aplicaciones web que incluyan manejo de páginas dinámicas, base de datos, software libre, instalación y administración de servidores web, de disco y de aplicaciones. Experiencia de trabajo en equipos multidisciplinarios, relacionada con los temas anteriores.


El Consejo Directivo Central designará una Comisión Asesora integrada por miembros de reconocida trayectoria en las disciplinas directamente relacionadas con las funciones del cargo o afines al mismo.


MÉRITOS

Los méritos deberán estar debidamente documentados y serán considerados cuando tengan relación con el cargo por el cual se concursa, debiendo estar agrupados en dos grandes gurpos: Experiencia y Conocimientos.

Experiencia: incluirá los cargos desempañados en la actividad privada o en la Administración Pública, ya sea en la Universidad o fuera de ella. Se considerará entre otros elementos el carácter de los cargos ocupados, el período de ejercicio de los mismos, la forma de ingreso o ascenso, las calificaciones, evaluación o los legajos si los hubiere y una breve descripción de las tareas desempeñadas. También este rubro podrá incluir, entre otros aspectos, la actuación universitaria en órganos de gobierno universitario, comisiones u otros antecedentes.


Conocimientos: incluirá, los títulos, certificados de estudio y cursos de especialización relacionados con el cargo. Los premios, publicaciones y trabajos. La participación en Congresos teniendo en cuenta el carácter de dicha participación. Asimismo podrán incluirse, entre otros aspectos, las ideas, iniciativas, estudios y ejecución de programas de signinficación, en cuyo desarrollo haya participado el aspirante, de acuerdo a la documentación presentada y los informes de la autoridad correspondiente.


CARACTERÍSTICAS DEL CARGO Y REMUNERACIÓN

Escalafón R, Grado 13, 30 horas semanales. De acuerdo a la intensidad del trabajo, se podrán conceder extensiones horarias o el régimen de dedicación compensada.


NOTA
-Solamente serán considerados los antecedentes que estén debidamente documentados.
-La presentación de los antecedentes deberá seguir el orden establecido en las Bases.
-Los documentos deberán ser legibles, se entregarán fotocopias que se autenticarán en el momento de la inscripción con la presentación de los originales, éstos deberán ser exhibidos en el mismo orden en que se presentan las copias.
-Las constancias referentes a cursos y talleres, deberán acreditar, en lo posible, carga horaria y evaluación.
-En lo referente a la experiencia laboral. deberán presentar una constancia que acredite las funciones desempeñadas expedida por su superior inmediato.


DESCRIPCIÓN DEL CARGO PROGRAMADOR / ADMINISTRADOR DEL PROYECTO "PORTAL DE LA UDELAR"


PROPÓSITO:

Desarrollar actividades de análisis, diseño y programación del portal de la universidad, y de administración del servidor. Proponer soluciones informáticas y técnicas a los problemas que surjan en el funcionamiento del equipamiento informático destinado al proyecto. Definir aspectos relativos a la arquitectura informática del portal, seguridad, respaldos, entre otros.


REQUISITOS Y COMPETENCIAS PARA EL CARGO

Para ocupar el cargo se requerirá poseer capacidad probada e ideoneidad moral, así como aptitud psico física plena avalada por la División Universitaria de la Salud.


Competencias comportamentales/sociales/participativas

· Comunicación para relacionarse eficazmente con los integrantes del equipo multidisciplinario.
· Comprensión y consideración frente a los problemas que pudieren originarse en el trabajo diario.
· Responsabilidad en el desempeño de sus funciones dando cumplimiento a los objetivos trazados.

Competencias metodológicas/intelectuales

· Capacidad para proporcionar los soportes y formatos informáticos donde se volcarán los contenidos del portal.
· Capacidad para diseñar la estructura informática.
· Capacidad para administrar el equipamiento y software.
· Capacidad para crear mecanismos de control con referencia a la estructura o arquitectura informatica del portal.


FORMACIÓN Y EXPERIENCIA

Formación:

El aspirante deberá poseer Título habilitante de Analista en Computación o formación equivalente.

Experiencia:

Experiencia en el desarrollo de aplicaciones web que incluyan manejo de páginas dinámicas, base de datos, software libre, instalación y administración de servidores web, de disco y de aplicaciones. Experiencia de trabajo en equipos multidisciplinarios, relacionada con los temas anteriores.


FUNCIONES EN EL CARGO


· Instalar equipamiento (servidor, estaciones, impresora) y software (servidor web, base de datos, software de diseño, aplicaciones generales de trabajo) a ser utilizado por el proyecto.
· Colaborar en el relevamiento de la información, especialmente en aspectos relacionados con los soportes y formatos existentes, útiles para establecer los mecanismos de suministro de información al portal.
· Participar en la definición de la estructura básica del portal y los servicios a brindar.
· Diseñar una arquitectura informática del portal acorde a los requerimientos y a las prioridades de implementación.
· Desarrollar los aspectos informáticos de las aplicaciones del portal.
· Administrar equipamiento y software, en especial servidor web y base de datos, que estén directamente relacionados con el funcionamiento del portal.
· Generar documentación técnica sobre la arquitectura informática del portal, los flujos de información, las decisiones técnicas tomadas y su justificación.
· Participar en la realización actividades de control, seguimiento y la elaboración de informes de avance.
· Otras actividades que el coordinador del proyecto le encomiende relacionadas con la especialidad de su cargo.

CARACTERÍSTICAS DEL CARGO Y REMUNERACIÓN

Escalafón R, Grado 13, 30 horas semanales. De acuerdo a la intensidad del trabajo, se podrán conceder extensiones horarias o el régimen de dedicación compensada.

Escalafón R

 


BASES PARA EL LLAMADO A ASPIRANTES GRADO 2, 30 HORAS, EN CARÁCTER EFECTIVO

Art. 1. Funciones del cargo

  • Colaborar en tareas de gestión académica asociadas a las unidades de trabajo y los programas de la Comisión Sectorial de Enseñanza (CSE) En particular, colaborar en la implementación de líneas de trabajo en el marco de los proyectos institucionales de responsabilidad de la CSE.
  • Participar en la organización de la información generada a partir de la gestión académica de la CSE y, en colaboración con el conjunto de la Unidad Académica, apoyar la preparación de publicaciones periódicas informes.
  • Integrar equipos interdisciplinarios y cooperar en el desarrollo de líneas de investigación aprobadas por la CSE.
  • Apoyar la difusión de la actividad de la CSE a través de la organización de eventos propios de la CSE, como mediante la asistencia a Seminarios, talleres, etc. en los que se presenten resultados de investigación, evaluación de actividades, etc.

Art. 2. Forma de provisión.

Se realizará un llamado abierto a Concurso de Méritos y Pruebas. Se considerará en particular la acreditación en formación superior con titulación preferencial en Ciencias de la Educación, antecedentes docentes tanto en el campo de la enseñanza como de la investigación en el ámbito terciario y universitario.

Los aspirantes deberán presentar una relación documentada de méritos y antecedentes. Se realizará una prueba escrita y su defensa oral.

Art. 3. Requisitos

  • Ser graduado universitario de cualquier carrera o acreditar formación equivalente.
  • Acreditar formación en el manejo fluido de procesadores de texto, búsqueda experta a través de Internet, planillas electrónicas, bases de datos y programas informáticos de análisis de datos cualitativos y cuantitativos.

Art. 4. Evaluación de los Aspirantes

El Llamado comprende la presentación documentada de méritos y antecedentes, la elaboración de una prueba escrita sobre un tema relacionado con el perfil del cargo y su defensa oral.

La valoración de los méritos se hará de acuerdo a los siguientes criterios:

4.1. Estudios superiores

4.1.1. Escolaridad
4.1.2. Títulos de grado
4.1.3. Títulos de Postgrado (Especialización, Maestría, Doctorado)
4.1.4. Otros estudios de nivel superior

4.2. Experiencia docente y participación en equipos de trabajo vinculados a la función de enseñanza.

4.2.1. Grado y duración de los cargos desempeñados en la UdelaR o instituciones de nivel comparable.
4.2.2. Participación en la producción de informes, documentos o publicaciones relativos a la función de enseñanza.
4.2.3. Participación en Proyectos de Enseñanza.
4.2.4. Elaboración de materiales educativos.
4.2.5. Actividades de enseñanza en instituciones no universitarias de nivel terciario.

4.3. Experiencia en investigación de temas de enseñanza.

4.3.1. Participación en la elaboración de materiales de difusión de resultados de investigación.
4.3.2. Participación en Proyectos de investigación de temas de enseñanza.
4.3.2. Becas y premios obtenidos en concursos científicos o académicos.

4.4. Actuación en extensión

4.4.1. Participación en Proyectos de extensión.

4.5. Otros méritos

4.5.1.Participación en órganos de cogobierno, comisiones, etc.
4.5.2. Participación en eventos, congresos y seminarios relacionados con el llamado.

4.5. La valoración de los méritos se llevará a cabo de acuerdo a los siguientes puntajes:

a) Estudios superiores : 18 p
b) Experiencia docente y participación en equipos de trabajo vinculados a la función de enseñanza: 12 p
c) Experiencia en investigación de temas de enseñanza: 8 p
d) Actuación en extensión: 8 p
e) Otros méritos: 4 p
Total: 50 p

4.6. Pruebas

Se realizará una prueba escrita sobre un tema sorteado del programa de concurso para lo que se dispondrá de tres horas.
Se realizará la defensa oral de la misma ante el Tribunal para lo que se dispondrá de 30 minutos.
Total: 50 p

TOTAL: 100 puntos.

Se requiere alcanzar el 50% del puntaje en cada instancia (méritos - pruebas) como mínimo de aprobación, en consecuencia sólo pasarán a la etapa de pruebas quienes hayan aprobado la instancia de méritos.

Art. 5. Sobre la base de los criterios expuestos en el apartado 4.5. el Tribunal adjudicará un puntaje debidamente fundamentado a cada Aspirante, estableciendo como conclusión un orden de prelación de aquellos aspirantes que aprueben el concurso y elevará su dictamen al Consejo Directivo Central.
(5 en 5)

1. Rectificar las Resoluciones referentes a las renovaciones del cargo del Lic. Martín Koolhaas (G° 1) y de la Lic. Sylvia De Bellis (G° 2) incluyendo: y no más allá de la renovación efectiva de los cargos.

(5 en 5)

19. - Aprobar lo actuado por el Sr. Pro Rector de Enseñanza, Prof. Dr. Pablo Julio Pebé, que en base al acuerdo alcanzado el 18.10.05 procedió a extender hasta el viernes 11 de noviembre de 2005, el cierre del Llamado a Proyectos de elaboración de pruebas diagnósticas al ingreso a la Universidad.
- Encomendar a la Unidad Administrativa comunique la presente Resolución a los distintos Servicios Universitarios.
(5 en 5)

20. Tomar conocimiento de la invitación realizada por la Prof. Consejera Lilián D'elía a las jornadas que se llevarán a cabo en el marco del Seminario Internacional "La Educación Media: ¿en qué está y a donde va?, a realizarse los días 27, 28 y 29 de octubre en la Sala Hugo Balzo del SODRE.
(5 en 5)
(Siendo la hora 18:15 se levanta la Sesión).

Formulario Docente


CONCURSO PARA LA PROVISIÓN EN EFECTIVIDAD DE CARGOS DE ESCRIBANO

DENOMINACIÓN: Escribano, Profesional III,

CARACTERÍSTICAS: Escalafón A, Sub escalafón 2,
Código: A.2.08 100 Grado 11

CARÁCTER DE LA DESIGNACIÓN: Efectivo

FORMA DE PROVISIÓN:

Por llamado a concurso entre todos los ciudadanos de la República que cumplan con los siguientes requisitos:
poseer Título habilitante de Escribano Público expedido por la Facultad de Derecho de la Universidad de la República.

En caso de que los inscriptos superen las cincuenta personas, el Tribunal considerará solamente la postulación de los cincuenta que reúnan el mayor puntaje de escolaridad quedando los restantes excluidos del proceso del concurso.
Quedan exceptuados de la preselección por escolaridad los actuales funcionarios de la UdelaR.

Documentos que deben acompañar la solicitud de inscripción

En el momento de la inscripción será indispensable acompañar la solicitud con la presentación de los siguientes documentos:
- Cédula de identidad
- Credencial Cívica
- Título habilitante de Escribano Público expedido por la Facultad de Derecho de la
Universidad de la República.(original y fotocopia)
- Certificados:
· Relación de antecedentes, siguiendo el orden establecido en las Bases, con las certificaciones que los acrediten (certificados de estudio, escolaridad, cursos, concursos y otros). La certificación de los cursos deberá indicar: contenido, carga horaria, forma de aprobación, e institución.
· Actividad laboral en otras instituciones públicas o privadas con determinación de cargos, carácter de los mismos y período de ejercicio con firma del responsable y datos del mismo para establecer contacto.
· Actuación funcional en la UdelaR, conteniendo: escalafón, grado, período de ejercicio y carácter de los cargos que ha desempeñado en la Universidad de la República.
Esta certificación debe ser expedida por la Sección Personal pudiendo ser complementada y avalada por la máxima autoridad administrativa del servicio.
· Reseña de tareas desempeñadas por el concursante en la o las dependencias donde hubiere prestado servicios. La misma será expedida por su superior inmediato con datos del mismo para establecer contacto.

Los documentos deberán ser legibles, se podrá entregar fotocopias, las que deberán ser autenticadas en el momento de la inscripción con la presentación de los originales, exhibiéndose éstos en el mismo orden en que se presenten las copias.
Sólo se considerarán los antecedentes que estén debidamente documentados.
Los legajos de los funcionarios de la UdelaR que se inscriban, serán solicitados por el Tribunal a las respectivas dependencias de personal


Clase de concurso: Antecedentes y pruebas.

El concurso se realizará en la modalidad de puntajes y se regirá a todos los efectos por la Ordenanza de Concursos aprobada por el CDC en resolución N°16, del 26.10.1999 y publicada en el Diario Oficial el 12.11.1999.

Notificación y Publicidad

En el momento de inscribirse, los aspirantes deberán notificarse de la fecha del primer acto del concurso.
Este consistirá en la lectura pública de los miembros que integran el Tribunal y de los inscriptos que reúnan los requisitos establecidos en las bases.
Sin perjuicio de lo anterior, a los efectos de facilitar la información a los concursantes, tales nóminas se publicarán en cartelera o estarán a su disposición.
También se dará lectura, si algún concursante así lo solicita, a la relación de antecedentes presentada por todos los aspirantes. Se deberá elegir el representante de los concursantes para completar la integración del tribunal.
Los concursantes podrán objetar los méritos presentados por otros concursantes dentro de los dos días hábiles siguientes a la realización del primer acto del concurso.
Los concursantes deberán concurrir a todos los actos del concurso, Art.7°,8°,9° y 14°, de la Ordenanza de Concursos aprobada por el CDC en resolución N°16 del 26.10.1999.

I) ANTECEDENTES: Hasta 100 puntos

1) EDUCACIÓN FORMAL : Hasta 30 puntos

1.1 Formación : hasta 20 puntos
El promedio de escolaridad se obtendrá dividiendo el total de
exámenes rendidos, considerando los no aprobados.
Las reprobaciones en Derecho Constitucional, Administrativo o
Derecho Público I, II y III , así como en las Técnicas Notariales y
Clínica Notarial supondrán una quita de 4 (cuatro) puntos en
cada caso.
A todos los efectos, se tomarán en cuenta las expresiones numéricas de las
calificaciones respectivas.

1.2 Formación profesional complementaria: hasta 6 puntos
(Otros títulos, cursos para graduados, congresos y
seminarios, etc)

1.3 Otros estudios (idiomas, informática, etc) : hasta 4 puntos

2) ACTUACIÓN PROFESIONAL : Hasta 68 puntos

2.1 Cargos y funciones desempeñadas en la Universidad de la República, que guarden relación con el cargo a ocupar. El concursante presentará una reseña de las tareas cumplidas que guarden relación con el cargo a ocupar, acreditada mediante documentación fehaciente : hasta 38 puntos

2.2 Experiencia en el manejo de normativa universitaria acreditada mediante documentación fehaciente: hasta 5 puntos

2.3 Antigüedad en el desempeño de funciones en la Universidad de la República que guarden relación con el cargo a ocupar, acreditada mediante constancia fehaciente de la oficina de personal correspondiente: hasta 10 puntos

2.4 Cargos y funciones ejercidas en otras instituciones públicas que guarden relación con el cargo a ocupar de Escribano: hasta 4 puntos

2.5 Experiencia profesional en la actividad privada que guarde relación con el cargo a ocupar de Escribano : hasta 3 puntos

2.6 Docencia en la Universidad de la República en materias notariales y/o
jurídicas : hasta 3 puntos

2.7 Concursos o llamados a aspirantes ganados en la Universidad
de República: hasta 5 puntos


3) OTROS MÉRITOS : Hasta 2 puntos


II) PRUEBA: Hasta 40 puntos


A) El concursante deberá presentar un trabajo escrito de carácter notarial sobre uno de los 3 temas que le serán propuestos por el Tribunal, que deberán versar sobre normativa universitaria, y no podrán superar las 10 carillas de extensión a doble espacio y en tamaño A4 Letra Arial tamaño 12: hasta 30 puntos

Nota. En el momento de la notificación de puntaje de antecedentes, se proporcionará los temas a desarrollar por los concursantes y contarán con 20 días para su entrega.


B) Consistirá en una entrevista con los miembros del Tribunal con la finalidad de que el concursante pueda realizar la defensa oral de la prueba y se pueda evaluar su adecuación al perfil del cargo: hasta 10 puntos

Se deberá obtener un puntaje mínimo del 50% en cada una de las partes de la prueba ( A y B)

Quienes culminen el proceso concursivo conformarán un cuadro por orden de prelación, con vigencia por dos años con quienes igualen o superen el porcentaje antes mencionado.
Los integrantes de los cuadros serán convocados para trabajar según el orden de prelación, a solicitud de los Servicios universitarios y de acuerdo al informe de disponibilidad.


INFORMACIÓN GENERAL
1) NORMATIVA APLICABLE

Las instancias concursivas se realizaran en el marco de las disposiciones generales existentes en la materia, particularmente lo establecido en la Constitución Nacional, la Ley Orgánica de la Universidad de la República, el Estatuto de los Funcionarios No Docentes, la Reestructura Escalafonaria, la Ordenanza de Concursos y la Ordenanza de Ascensos.
2) PRIMER ACTO DEL CONCURSO
2.1) En el momento de la inscripción los aspirantes serán notificados de la fecha del primer acto del concurso.
En este acto se dará lectura publica de:
- la nómina de los miembros del tribunal
- la nómina de inscriptos que reúnan los requisitos establecidos en las bases.
- la relación de antecedentes presentados por los aspirantes, si algún aspirante así lo solicita.
2.2) Elección del representante:
Los concursantes podrán elegir a su representante, titular y suplente, mediante voto no obligatorio, reservado y anónimo.
Los requisitos para ser representantes y el procedimiento electoral seguirán lo establecido en los Arts.14,15 y 16 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes
3) OBSERVACIONES E IMPUGNACIONES
3.1) Art.8 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes - Primer acto de concurso ....."Los concursantes podrán objetar los méritos presentados por otros concursantes dentro de los dos días hábiles siguientes a la realización del primer acto del concurso".
3.2) Art.19 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes - Impugnación. "Los concursantes podrán recusar a los integrantes del Tribunal ante el Rector de la Universidad de la República quien resolverá sin ulterior instancia en el concurso. Tal impugnación podrá formularse dentro de los dos días hábiles siguientes a la fecha de notificación a los concursantes del acto de designación o elección, en su caso, del miembro del Tribunal destinatario de la recusación.
3.3) Art.29 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes - Inapelabilidad del Contenido. El fallo definitivo del Tribunal será inapelable en cuanto al contenido. Por vicios graves de procedimiento podrá declararse la nulidad total o parcial.
3.4) Art.31 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes - Plazo para su presentación. Las observaciones que se formulen sobre supuestos vicios de forma de las pruebas o en la calificación de los antecedentes deberá ser enviada al Tribunal. "Los concursantes dispondrán de dos días hábiles, siguientes a la terminación del acto impugnado, a fin de plantear tales observaciones".
3.5) Art.32 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes - Procedimiento. " El Tribunal, si lo considera pertinente, está habilitado para corregir el vicio. En caso contrario, elevará inmediatamente todos los antecedentes al Consejo Directivo Central, debiendo esperar la resolución de éste antes de continuarse con el concurso.
El Consejo Directivo Central adoptará resolución en el plazo estipulado en el Articulo 25".
Mediante esa resolución, el Consejo Directivo Central podrá confirmar la actuación del Tribunal o declarar la nulidad parcial del concurso. En este caso, deberán complementarse las etapas o actuaciones correspondientes.
4) RESPONSABILIDAD DE LOS CONCURSANTES
4.1) Art.9 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes - Carga de los concursantes- "Los concursantes deberán concurrir a todos los actos del concurso"
4.2) Art.10 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes - Notificaciones - "..... Los concursantes imposibilitados de concurrir a algún acto del concurso, podrán tomar conocimiento de lo allí actuado por quien los represente, siendo suficiente para ello la presentación de una nota suscrita por el ausente"
4.3) Art.24 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes - Inconducta de los concursantes - "El Tribunal hará saber de inmediato al Consejo Directivo Central de toda actuación de los concursantes que pueda merecer sanción, y en tal caso el concurso quedará interrumpido".
4.4) Art.25 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes - Sanciones a los concursantes - "El Consejo Directivo Central dispondrá de treinta días para tomar resolución, plazo que se computará a partir de la incorporación del punto en el Orden del día".
Las sanciones a los concursantes podrán consistir en amonestación, eliminación del concurso o prohibición de presentarse a nuevos concursos, pudiendo llegar ésta hasta un límite de cinco años. Esta sanción se aplicará en casos de inconductas de los concursantes de especial gravedad.
Tales sanciones se impondrán sin perjuicio de la responsabilidad que tuvieren tratándose de universitarios. En el caso que corresponda, se dejará constancia en el legajo personal".
5) DESIGNACIONES
5.1) Previo a la designación del postulante, deberá comprobar la aptitud moral mediante la presentación de certificado de buena conducta y tener aptitud psico-física certificada por la División Universitaria de la Salud (D.U.S).
5.2) Las designaciones se realizarán respetando el orden de prelación y las necesidades de los servicios universitarios bajo el régimen de circunscripción única.
5.3) Art.35 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes- Vigencia del orden de prelación - "El orden de prelación resultante de los concursos de ingreso tendrá una vigencia por un único período de dos años"...
5.4) Art.17 de la Ordenanza de ascensos de los funcionarios no docentes de la Universidad de la República- Vigencia - "El orden de prelación tendrá vigencia por un único período que será improrrogable, de acuerdo al siguiente detalle:
Concursos de méritos para cargos de nivel operativo: un año.- Concursos de méritos y oposición para cargos de nivel operativo: dos años.- Concursos de méritos y oposición para cargos de nivel de conducción: tres años.

Formulario No Docente

 


DESCRIPCIÓN DEL CARGO DE COCINERO - DESPENSERO


DENOMINACIÓN: Cocinero - Despensero

CARACTERÍSTICAS: Escalafón E, sub escalfón 2 , grado 4, 5 y 6.

PROPÓSITO DEL CARGO:

Contribuir al logro de los objetivos del Servicio, realizando las preparaciones culinarias que le encomienden, de acuerdo a las técnicas establecidas y el tipo, calidad y cantidad de ingredientes señalados.

REQUISITOS DEL CARGO :

Aptitud moral

-En grado de ingreso, comprobada mediante el certificado de buena conducta.
-En grados de ascenso, se verificará la existencia de anotaciones en el legajo que impliquen un juicio negativo sobre la moral del aspirante.

Requisitos psico-físicos

-Aptitud psico-física, total certificada por la División Universitaria de la Salud.

Aptitud física específica

-Debe poseer las condiciones físicas necesarias para permanecer de pie, agacharse, levantar y trasladar pesos, recorrer el área de la cocina central y sus dependencias durante la mayor parte de la jornada de trabajo.
-Debe estar en condiciones de someterse transitoriamente a ambientes de alta temperatura (zonas de cocción) o baja (zona de refrigeración).
-Debe tener suficientemente desarrollados los sentidos de vista, olfato y gusto para cumplir con su labor de selección de alimentos, apreciación de calidad, estado, preparación, presentación y condimentación.
-Habilidad manual para el manejo de los alimentos y equipos de trabajo.

Competencias Básicas:

Debe poseer Enseñanza Primaria completa y cursos de UTU de primer nivel o nivel intermedio en el oficio, u otros estudios realizados en instituciones privadas reconocidas y que guarden relación con el cargo.

Competencias intelectuales -metodológicas.

-Facilidad numérica para realizar cálculos sencillos necesarios para el desempeño de algunas funciones del cargo.
-Saber interpretar las tareas que le encomienda su superior.


Competencias comportamentales/sociales/participativas

-Capacidad de mantener una eficaz y fluida comunicación con compañeros y superiores.
-Responsabilidad en el desempeño de sus tareas, individuales y colectivas.
-Estabilidad emocional e iniciativa para atender situaciones de emergencia. -Flexibilidad y disposición de adaptación a las diferentes situaciones.
-Capacidad y disposición para trabajar en equipo.
-Espíritu de cooperación.
-Prolijidad y minuciosidad para una eficiente selección, elaboración y presentación de los alimentos.
-Pulcritud e higiene personal para evitar riesgos en la manipulación de alimentos.

Competencias complementarias:

Conocimiento
Conocimientos básicos de los principios de higiene.
Tratamiento adecuado en la manipulación de los alimentos.
Conocimiento de la normativa y disposiciones sanitarias en cocinas institucionales.
Los funcionarios que ocupen cargos en el nivel Oficial Intermedio I (grado 6) deberá tener conocimiento de la secuencia de trabajo en una cocina institucional.


Experiencia
Experiencia en cargos similares, ya sea en el ámbito público como en el privado.

INTERRELACIONES JERÁRQUICAS:

Supervisado por cocineros de grado superior (Jefe de Sección, Grado 9 ) y por la Nutricionista.
No tiene personal a su cargo, eventualmente quien reviste en Grado 6, en ausencia del Jefe de Sección Grado 9, y a solicitud de la autoridad superior del servicio, puede supervisar el funcionamiento de la cocina.

FUNCIONES DEL CARGO:

· -Realizar la elaboración del menú planificado con preparaciones: dieta normal, dietoterápicas y sus variantes, de acuerdo a las técnicas establecidas, tipo y cantidad de ingredientes señalados por la Nutricionista.
· -Realiza las preparaciones de las comidas en todas las etapas: limpieza, corte, preparación propiamente dicha y cocción de los alimentos.
· - Hacer uso adecuado y económico de los alimentos para lograr el máximo rendimiento de los mismos.
· -Solicitar a su superior la aprobación de las distintas preparaciones antes de proceder a su distribución y servicio, cumpliendo con el número de porciones establecidas por planilla.
· - Participar en el servicio de los carros termo y la presentación, higiene y adecuación del pedido.

· - Dar buen uso a los materiales y equipos que se le confíen, mediante la limpieza, mantenimiento adecuado y ordenamiento de los mismos.
· - Recepcionar y almacenar mercadería y controlar el retiro de víveres de la cámara o depósitos.
· -Entregar los ingredientes necesarios para la preparación del menú, de acuerdo a la planilla proporcionada, pesando los alimentos extraídos de la cámara o depósito.
· -Cumplir en forma estricta las normas de higiene y manipulación segura de alimentos y preparaciones.
· Responsabilidad en el manejo e higiene adecuado de los equipos: cámara, heladera, hornos, cocina, carros termo y equipamiento de cocina en general.
· -Controlar diariamente el stock de alimentos por turno y cada ves que su superior o nutricionista lo solicite.
· -Realizar la limpieza e higiene de los depósitos, despensa, cámaras, otros.
· -Cooperar en el adiestramiento del personal.
· -Realizar las tarea que le sean asignadas, relacionada con su cargo.

 

BASES PARA EL CONCURSO DE ASCENSO A
OFICIAL INTERMEDIO I, COCINERO - DESPENSERO

DENOMINACIÓN: Cocinero- Despensero

CARACTERÍSTICAS: Escalafón E, Sub escalafón 2,
Oficial Intermedio I, Grado 6

CARACTERÍSTICAS DE LA DESIGNACIÓN: Efectivo

Art.2° de la Ordenanza de ascensos de los funcionarios no docentes de la Universidad de la República ... "Los cargos ocupados como consecuencia de un concursos de ascenso, tendrán siempre carácter titular"..

TIPO, REQUISITOS Y CLASE DE CONCURSO

Tipo de concurso: Cerrado

Requisitos:

Podrán participar en el concurso los funcionarios que revistan en efectividad en cargos de la carrera Cocinero Despensero, Oficial Intermedio III y II, sub-escalafón E2, grados 4 y 5 respectivamente y que tengan una antigüedad mínima de 2 años en el cargo.

Documentos que deben acompañar la solicitud de inscripción

En el momento de la inscripción será indispensable acompañar la solicitud con la presentación de los siguientes documentos:
- Cédula de identidad
- Certificados que acrediten:

  • Actuación funcional, conteniendo: escalafón, grado, período de ejercicio y carácter de los cargos que ha desempeñado en la Universidad de la República.
    Esta certificación debe ser expedida por la Sección Personal y avalada por la máxima autoridad administrativa del servicio.
  • Reseña de tareas certificadas por el superior y avaladas por la máxima autoridad administrativa del servicio.
  • Relación de antecedentes, siguiendo el orden establecido en las Bases, con las certificaciones que los acrediten (certificados de estudio, escolaridad, cursos, concursos y otros). La certificación de los cursos deberá indicar: contenido, carga horaria, forma de aprobación, e institución.
  • Los documentos deberán ser legibles, se entregarán fotocopias que deberán autentificarse en el momento de la inscripción con la presentación de los originales, exhibiéndose éstos en el mismo orden en que se presenten las copias.


Clase de concurso: Antecedentes y prueba

1. ANTECEDENTES : hasta 100 puntos

1.1 Formación : hasta 35 puntos

1.1.1 Educación formal (Primaria ,Secundaria, UTU, certificados de oficios relacionados con el cargo. ) : hasta 20 puntos

1.1.2 Capacitación relacionada con el cargo : hasta 15 puntos

1.2 Experiencia : hasta 65 puntos

1.2.1 Actividad en la Universidad de la República

1.2.1.1 Antigüedad que exceda la requerida como requisito: hasta 15 puntos

1.2.1.2 Carrera funcional en la UdelaR, evaluación del Servicio, informe
sobre asistencia y puntualidad : hasta 15 puntos

1.2.1.3 Concursos y llamados a aspirantes : hasta 10 puntos

1.2.1.4. Trabajos especiales (informe del responsable) : hasta 10 puntos

1.2.2 Actividad externa a la Universidad de la República

1.2.2.1 Actividad laboral en el ámbito privado o público exceptuando la Universidad de la República en actividades que guarden relación con el cargo a concursar : hasta 15 puntos

Nota
Solamente serán considerados los antecedentes que estén debidamente documentados.
Los legajos serán solicitados por el Tribunal a las respectivas dependencias de personal
El informe de asistencia y puntualidad (1.2.1.2) será considerado en los tres últimos años de desempeño. Tomándose como referencia los datos registrados en los legajos respectivos.

1.4 Deméritos

En la calificación de los antecedentes, el Tribunal descontará los siguientes puntajes por cada falta sancionada que conste en el legajo personal y haya sido dispuesta por autoridades legítimas. ( Res. Nº65 CDC del 2.07.85.)

Sanciones y suspensiones - Detracciones

Más de 3 meses. : 30 puntos
Más de 2 meses hasta 3 meses : 28 puntos
Más de 1 mes hasta 2 meses: 25 puntos
De 11 días a 1 mes : 15 puntos
De 4 a 10 días : 10 puntos
Hasta 3 días : 6 puntos
Apercibimiento, Amonestación y Observación: 3 puntos

Vigencia de los deméritos

· hasta 6 puntos, no serán considerados pasados 3 años de su aplicación,
· hasta 15 puntos, no serán considerados pasados los 5 años de su aplicación,
· superiores a 15 puntos no serán considerados pasados los 7 años de su aplicación.
· Para los funcionarios de Hospital de Clínicas, no se tomarán en cuenta las sanciones aplicadas por incumplimiento a las obligaciones de : asistencia, puntualidad, presencia, cuando se trate de suspensiones menores o iguales a tres días.


2. PRUEBA: hasta 150 puntos

2.1 Prueba específica : hasta 120 puntos
Consistirá en la respuesta a preguntas sobre temas relacionados con las funciones del cargo y, una preparación culinaria dentro de las que integran la dieta normal. Asimismo, se tomará en cuenta la aplicación de medidas de prevención y protección de Salud en el Trabajo.

2.2 Prueba sobre Normativa : hasta 30 puntos
Ley Orgánica: Capítulos; I Arts. 1,2,3,4,5
II Art. 6
VIII Arts. 48,49,50,51;
IX Arts. 56,57,60;

Estatuto del Personal no docente, Ordenanza de Licencias y Ordenanza de Asistencia

Nota: Para seguir en el proceso concursivo deberá contar con el 50% del puntaje en cada uno de los items 2.1 y 2.2 .
Quienes culminen el proceso conformarán un cuadro por orden de prelación.

INFORMACIÓN GENERAL

1) NORMATIVA APLICABLE
Las instancias concursivas se realizaran en el marco de las disposiciones generales existentes en la materia, particularmente lo establecido en la Constitución Nacional, la Ley Orgánica de la Universidad de la República, el Estatuto de los Funcionarios No Docentes, la Reestructura Escalafonaria, la Ordenanza de Concursos y la Ordenanza de Ascensos.
2) PRIMER ACTO DEL CONCURSO
2.1) En el momento de la inscripción los aspirantes serán notificados de la fecha del primer acto del concurso.
En este acto se dará lectura publica de:
- la nómina de los miembros del tribunal
- la nómina de inscriptos que reúnan los requisitos establecidos en las bases.
- la relación de antecedentes presentados por los aspirantes, si algún aspirante así lo solicita.
2.2) Elección del representante:
Los concursantes podrán elegir a su representante, titular y suplente, mediante voto no obligatorio, reservado y anónimo.
Los requisitos para ser representantes y el procedimiento electoral seguirán lo establecido en los Arts.14,15 y 16 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes
3) OBSERVACIONES E IMPUGNACIONES
3.1) Art.8 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes - Primer acto de concurso ....."Los concursantes podrán objetar los méritos presentados por otros concursantes dentro de los dos días hábiles siguientes a la realización del primer acto del concurso".
3.2) Art.19 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes - Impugnación. "Los concursantes podrán recusar a los integrantes del Tribunal ante el Rector de la Universidad de la República quien resolverá sin ulterior instancia en el concurso. Tal impugnación podrá formularse dentro de los dos días hábiles siguientes a la fecha de notificación a los concursantes del acto de designación o elección, en su caso, del miembro del Tribunal destinatario de la recusación.
3.3) Art.29 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes - Inapelabilidad del Contenido. El fallo definitivo del Tribunal será inapelable en cuanto al contenido. Por vicios graves de procedimiento podrá declararse la nulidad total o parcial.
3.4) Art.31 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes - Plazo para su presentación. Las observaciones que se formulen sobre supuestos vicios de forma de las pruebas o en la calificación de los antecedentes deberá ser enviada al Tribunal. "Los concursantes dispondrán de dos días hábiles, siguientes a la terminación del acto impugnado, a fin de plantear tales observaciones".
3.5) Art.32 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes - Procedimiento. " El Tribunal, si lo considera pertinente, está habilitado para corregir el vicio. En caso contrario, elevará inmediatamente todos los antecedentes al Consejo Directivo Central, debiendo esperar la resolución de éste antes de continuarse con el concurso.
El Consejo Directivo Central adoptará resolución en el plazo estipulado en el Articulo 25".
Mediante esa resolución, el Consejo Directivo Central podrá confirmar la actuación del Tribunal o declarar la nulidad parcial del concurso. En este caso, deberán complementarse las etapas o actuaciones correspondientes.
4) RESPONSABILIDAD DE LOS CONCURSANTES
4.1) Art.9 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes - Carga de los concursantes- "Los concursantes deberán concurrir a todos los actos del concurso"
4.2) Art.10 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes - Notificaciones - "..... Los concursantes imposibilitados de concurrir a algún acto del concurso, podrán tomar conocimiento de lo allí actuado por quien los represente, siendo suficiente para ello la presentación de una nota suscrita por el ausente"
4.3) Art.24 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes - Inconducta de los concursantes - "El Tribunal hará saber de inmediato al Consejo Directivo Central de toda actuación de los concursantes que pueda merecer sanción, y en tal caso el concurso quedará interrumpido".
4.4) Art.25 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes - Sanciones a los concursantes - "El Consejo Directivo Central dispondrá de treinta días para tomar resolución, plazo que se computará a partir de la incorporación del punto en el Orden del día".
Las sanciones a los concursantes podrán consistir en amonestación, eliminación del concurso o prohibición de presentarse a nuevos concursos, pudiendo llegar ésta hasta un límite de cinco años. Esta sanción se aplicará en casos de inconductas de los concursantes de especial gravedad.
Tales sanciones se impondrán sin perjuicio de la responsabilidad que tuvieren tratándose de universitarios. En el caso que corresponda, se dejará constancia en el legajo personal".
5) DESIGNACIONES
5.1) Previo a la designación del postulante, deberá comprobar la aptitud moral mediante la presentación de certificado de buena conducta y tener aptitud psico-física certificada por la División Universitaria de la Salud (D.U.S).
5.2) Las designaciones se realizarán respetando el orden de prelación y las necesidades de los servicios universitarios bajo el régimen de circunscripción única.
5.3) Art.35 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes- Vigencia del orden de prelación - "El orden de prelación resultante de los concursos de ingreso tendrá una vigencia por un único período de dos años"...
5.4) Art.17 de la Ordenanza de ascensos de los funcionarios no docentes de la Universidad de la República- Vigencia - "El orden de prelación tendrá vigencia por un único período que será improrrogable, de acuerdo al siguiente detalle:
- Concursos de méritos para cargos de nivel operativo: un año.
- Concursos de méritos y oposición para cargos de nivel operativo: dos años.
- Concursos de méritos y oposición para cargos de nivel de conducción: tres años.

Formulario de Ascenso

 


 

CONCURSO PARA LA PROVISIÓN EN EFECTIVIDAD DE CARGOS DE DOCTOR EN DERECHO.


DENOMINACIÓN: Doctor en Derecho, Profesional III,

CARACTERÍSTICAS: Escalafón A, Sub escalafón 2,
Código: A.2.09 100 Grado 11

CARÁCTER DE LA DESIGNACIÓN: Efectivo

FORMA DE PROVISIÓN:

Por llamado a concurso entre todos los ciudadanos de la República que cumplan con los siguientes requisitos:
poseer Título habilitante de Doctor en Derecho y Ciencias Sociales o Abogado expedido por la Facultad
de Derecho de la Universidad de la República.

En caso de que los inscriptos superen las cincuenta personas, el Tribunal considerará solamente la postulación de los cincuenta que reúnan el mayor puntaje de escolaridad quedando los restantes excluidos del proceso del concurso.
Quedan exceptuados de la preselección por escolaridad los actuales funcionarios de la UdelaR.

Documentos que deben acompañar la solicitud de inscripción

En el momento de la inscripción será indispensable acompañar la solicitud con la presentación de los siguientes documentos:
- Cédula de identidad
- Credencial Cívica
- Título habilitante de Doctor en Derecho y Ciencias Sociales o Abogado
expedido por la Facultad de Derecho de la Universidad de la República.
(Original y fotocopia).
- Certificados:
· Relación de antecedentes, siguiendo el orden establecido en las Bases, con las certificaciones que los acrediten (certificados de estudio, escolaridad, cursos, concursos y otros). La certificación de los cursos deberá indicar: contenido, carga horaria, forma de aprobación e institución.
· Actividad laboral en otras instituciones públicas o privadas con determinación de cargos, carácter de los mismos y período de ejercicio con firma del responsable y datos del mismo para establecer contacto.
· Actuación funcional en la UdelaR, conteniendo: escalafón, grado, período de ejercicio y carácter de los cargos que ha desempeñado en la Universidad de la República.
Esta certificación debe ser expedida por la Sección Personal pudiendo ser complementada y avalada por la máxima autoridad administrativa del servicio.
· Reseña de tareas desempeñadas por el concursante en la o las dependencias donde hubiere prestado servicios. La misma será expedida por su superior inmediato con datos del mismo para establecer contacto.

Los documentos deberán ser legibles, se podrá entregar fotocopias, las que deberán ser autenticadas en el momento de la inscripción con la presentación de los originales, exhibiéndose éstos en el mismo orden en que se presenten las copias.
Sólo se considerarán los antecedentes que estén debidamente documentados.
Los legajos de los funcionarios de la UdelaR que se inscriban, serán solicitados por el Tribunal a las respectivas dependencias de personal


Clase de concurso: Antecedentes y pruebas.

El concurso se realizará en la modalidad de puntajes y se regirá a todos los efectos por la Ordenanza de Concursos aprobada por el CDC en resolución N°16, del 26.10.1999 y publicada en el Diario Oficial el 12.11.1999.

Notificación y Publicidad

En el momento de inscribirse, los aspirantes deberán notificarse de la fecha del primer acto del concurso.
Este consistirá en la lectura pública de los miembros que integran el Tribunal y de los inscriptos que reúnan los requisitos establecidos en las bases.
Sin perjuicio de lo anterior, a los efectos de facilitar la información a los concursantes, tales nóminas se publicarán en cartelera o estarán a su disposición.
También se dará lectura, si algún concursante así lo solicita, a la relación de antecedentes presentada por todos los aspirantes. Se deberá elegir el representante de los concursantes para completar la integración del tribunal.
Los concursantes podrán objetar los méritos presentados por otros concursantes dentro de los dos días hábiles siguientes a la realización del primer acto del concurso.
Los concursantes deberán concurrir a todos los actos del concurso, Art.7°,8°,9° y 14°, de la Ordenanza de Concursos aprobada por el CDC en resolución N°16 del 26.10.1999.

I) ANTECEDENTES: Hasta 100 puntos

1) EDUCACIÓN FORMAL: Hasta 30 puntos

1.1 Formación : hasta 20 puntos
El promedio de escolaridad se obtendrá dividiendo el total de exámenes rendidos, considerando los no aprobados.
Las reprobaciones en Derecho Constitucional, Administrativo o
Derecho Público I, II y III , supondrán una quita de 4 (cuatro) puntos
en cada caso.
A todos los efectos, se tomarán en cuenta las expresiones numéricas de las calificaciones respectivas.

1.2 Formación profesional complementaria :. hasta 6 puntos
(Otros títulos, cursos para graduados, congresos y
seminarios, etc)

1.3 Otros estudios (idiomas, informática, etc) : hasta 4 puntos


2) ACTUACIÓN PROFESIONAL :. Hasta 68 puntos

2.1 Cargos y funciones desempeñadas en la Universidad de la República, que guarden relación con el cargo a ocupar. El concursante presentará una reseña de las tareas cumplidas que guarden relación con el cargo a ocupar, acreditada mediante documentación fehaciente: hasta 38 puntos

2.2 Experiencia en el manejo de normativa universitaria
acreditada mediante documentación fehaciente : hasta 5 puntos

2.3 Antigüedad en el desempeño de funciones en la Universidad de la República que guarden relación con el cargo a ocupar, acreditada mediante constancia fehaciente de la oficina de personal correspondiente: hasta 10 puntos

2.4 Cargos y funciones ejercidas en otras instituciones públicas que guarden relación con el cargo a ocupar de Doctor en Derecho y Ciencias Sociales, Doctor en Derecho o Abogado : hasta 4 puntos

2.5 Experiencia profesional en la actividad privada que guarde relación con el cargo a ocupar. de Doctor en Derecho y Ciencias Sociales, Doctor en Derecho o Abogado:. hasta 3 puntos

2.6 Docencia en la Universidad de la República en materia jurídica: hasta 3 puntos


2.7 Concursos o llamados a aspirantes ganados en la Universidad
de República: hasta 5 puntos


3.- OTROS MÉRITOS : Hasta 2 puntos


II) PRUEBA: Hasta 40 puntos


A) El concursante deberá presentar un trabajo escrito de carácter jurídico sobre uno de los 3 temas que le serán propuestos por el Tribunal, que deberán versar sobre normativa universitaria y no podrán superar las 10 carillas de extensión a doble espacio y en tamaño A4 Letra Arial tamaño 12: hasta 30 puntos

Nota: En el momento de la notificación de puntaje de antecedentes, se proporcionará los temas a desarrollar por los concursantes y contarán con 20 días para su entrega.


B) Consistirá en una entrevista con los miembros del Tribunal con la finalidad de que el concursante pueda realizar la defensa oral de la prueba y se pueda evaluar su adecuación al perfil del cargo: hasta 10 puntos

Se deberá obtener un puntaje mínimo del 50% en cada una de las partes de la prueba ( A y B)

Quienes culminen el proceso concursivo conformarán un cuadro por orden de prelación, con vigencia por dos años con quienes igualen o superen el porcentaje antes mencionado.
Los integrantes de los cuadros serán convocados para trabajar según el orden de prelación, a solicitud de los Servicios universitarios y de acuerdo al informe de disponibilidad.

INFORMACIÓN GENERAL
1) NORMATIVA APLICABLE

Las instancias concursivas se realizaran en el marco de las disposiciones generales existentes en la materia, particularmente lo establecido en la Constitución Nacional, la Ley Orgánica de la Universidad de la República, el Estatuto de los Funcionarios No Docentes, la Reestructura Escalafonaria, la Ordenanza de Concursos y la Ordenanza de Ascensos.
2) PRIMER ACTO DEL CONCURSO
2.1) En el momento de la inscripción los aspirantes serán notificados de la fecha del primer acto del concurso.
En este acto se dará lectura publica de:
- la nómina de los miembros del tribunal
- la nómina de inscriptos que reúnan los requisitos establecidos en las bases.
- la relación de antecedentes presentados por los aspirantes, si algún aspirante así lo solicita.
2.2) Elección del representante:
Los concursantes podrán elegir a su representante, titular y suplente, mediante voto no obligatorio, reservado y anónimo.
Los requisitos para ser representantes y el procedimiento electoral seguirán lo establecido en los Arts.14,15 y 16 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes
3) OBSERVACIONES E IMPUGNACIONES
3.1) Art.8 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes - Primer acto de concurso ....."Los concursantes podrán objetar los méritos presentados por otros concursantes dentro de los dos días hábiles siguientes a la realización del primer acto del concurso".
3.2) Art.19 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes - Impugnación. "Los concursantes podrán recusar a los integrantes del Tribunal ante el Rector de la Universidad de la República quien resolverá sin ulterior instancia en el concurso. Tal impugnación podrá formularse dentro de los dos días hábiles siguientes a la fecha de notificación a los concursantes del acto de designación o elección, en su caso, del miembro del Tribunal destinatario de la recusación.
3.3) Art.29 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes - Inapelabilidad del Contenido. El fallo definitivo del Tribunal será inapelable en cuanto al contenido. Por vicios graves de procedimiento podrá declararse la nulidad total o parcial.
3.4) Art.31 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes - Plazo para su presentación. Las observaciones que se formulen sobre supuestos vicios de forma de las pruebas o en la calificación de los antecedentes deberá ser enviada al Tribunal. "Los concursantes dispondrán de dos días hábiles, siguientes a la terminación del acto impugnado, a fin de plantear tales observaciones".
3.5) Art.32 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes - Procedimiento. " El Tribunal, si lo considera pertinente, está habilitado para corregir el vicio. En caso contrario, elevará inmediatamente todos los antecedentes al Consejo Directivo Central, debiendo esperar la resolución de éste antes de continuarse con el concurso.
El Consejo Directivo Central adoptará resolución en el plazo estipulado en el Articulo 25".
Mediante esa resolución, el Consejo Directivo Central podrá confirmar la actuación del Tribunal o declarar la nulidad parcial del concurso. En este caso, deberán complementarse las etapas o actuaciones correspondientes.
4) RESPONSABILIDAD DE LOS CONCURSANTES
4.1) Art.9 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes - Carga de los concursantes- "Los concursantes deberán concurrir a todos los actos del concurso"
4.2) Art.10 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes - Notificaciones - "..... Los concursantes imposibilitados de concurrir a algún acto del concurso, podrán tomar conocimiento de lo allí actuado por quien los represente, siendo suficiente para ello la presentación de una nota suscrita por el ausente"
4.3) Art.24 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes - Inconducta de los concursantes - "El Tribunal hará saber de inmediato al Consejo Directivo Central de toda actuación de los concursantes que pueda merecer sanción, y en tal caso el concurso quedará interrumpido".
4.4) Art.25 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes - Sanciones a los concursantes - "El Consejo Directivo Central dispondrá de treinta días para tomar resolución, plazo que se computará a partir de la incorporación del punto en el Orden del día".
Las sanciones a los concursantes podrán consistir en amonestación, eliminación del concurso o prohibición de presentarse a nuevos concursos, pudiendo llegar ésta hasta un límite de cinco años. Esta sanción se aplicará en casos de inconductas de los concursantes de especial gravedad.
Tales sanciones se impondrán sin perjuicio de la responsabilidad que tuvieren tratándose de universitarios. En el caso que corresponda, se dejará constancia en el legajo personal".
5) DESIGNACIONES
5.1) Previo a la designación del postulante, deberá comprobar la aptitud moral mediante la presentación de certificado de buena conducta y tener aptitud psico-física certificada por la División Universitaria de la Salud (D.U.S).
5.2) Las designaciones se realizarán respetando el orden de prelación y las necesidades de los servicios universitarios bajo el régimen de circunscripción única.
5.3) Art.35 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes- Vigencia del orden de prelación - "El orden de prelación resultante de los concursos de ingreso tendrá una vigencia por un único período de dos años"...
5.4) Art.17 de la Ordenanza de ascensos de los funcionarios no docentes de la Universidad de la República- Vigencia - "El orden de prelación tendrá vigencia por un único período que será improrrogable, de acuerdo al siguiente detalle:
- Concursos de méritos para cargos de nivel operativo: un año.- Concursos de méritos y oposición para cargos de nivel operativo: dos años.- Concursos de méritos y oposición para cargos de nivel de conducción: tres años.


Formulario de Ingreso



DESCRIPCIÓN DEL CARGO DE CHOFER

DENOMINACIÓN: Chofer
CARACTERÍSTICAS: Escalafón E, sub escalfón 2 ,
Oficial Intermedio III, grado 4, Código E.2.21 107
Oficial Intermedio II, grado 5 Código E.2.21 207
Oficial Intermedio I, grado 6 Código E.2.21 307


PROPÓSITO DEL CARGO:

Conducir los vehículos que componen la flota automotriz de la Universidad compuesto por: autos, camionetas, camiones, micros, ómnibus y ambulancias. Asegurar la integridad de las personas que trasladan y la custodia de los bienes que transportan. El área de desempeño puede abarcar el territorio nacional o parte de países limítrofes.

REQUISITOS DEL CARGO :

Aptitud moral y psico-física

Comprobada aptitud moral, y tener aptitud psico-física certificada por la División Universitaria de la Salud.

Aptitud física específica

-Debe poseer las condiciones físicas necesarias para permanecer sentado, agacharse, levantar, trasladar, acomodar objetos y paquetes en los vehículos.
-Habilidad manual para el manejo de herramientas, para subsanar situaciones de emergencia en los vehículos.
Aptitud para cooperar con los pacientes en el ascenso y descenso de las ambulancias.

Requisito especial

-Licencia para conducir Categoría F o 2Eb

Formación Básicas:

-Debe poseer Primer Ciclo de Enseñanza Secundaria o UTU.

Conocimiento complementario
Conocimientos básicos de mecánica y electricidad automotriz.

Experiencia
Experiencia en cargos similares, ya sea en el ámbito público o privado.

Competencias

-Facilidad numérica para realizar cálculos sencillos necesarios para el desempeño de algunas funciones del cargo.
- Manejar con precaución utilizando métodos adecuados de prevención de accidentes, cuidado de las personas, el vehículo y su rendimiento.
-Capacidad de mantener una comunicación fluida con compañeros, superiores y usuarios del servicio de transporte.
-Responsabilidad en el desempeño de sus tareas, individuales y colectivas.
-Estabilidad emocional e iniciativa para atender situaciones de emergencia. -Flexibilidad y disposición de adaptación a las diferentes situaciones.
-Capacidad y disposición para trabajar en equipo.
-Espíritu de cooperación.
-Especial consideración en el traslado de pacientes.
-Prolijidad, adecuado control y mantenimiento de la unidad que le sea encomendada.
-Pulcritud e higiene personal.


INTERRELACIONES JERÁRQUICAS:

Supervisado por el Jefe de Sección, o por el Encargado del Sector Transporte o Locomoción.
Puesto de nivel operativo, sin personal a cargo.

FUNCIONES DEL CARGO:

· Conducir vehículos varios; autos, camionetas, camiones, micros, ómnibus y ambulancias.
· Conducir los vehículos de la UdelaR según programación y/o indicaciones del Jefe o del Encargado del Sector Transporte o Locomoción, respetando y cumpliendo las normas de tránsito, velando por la seguridad del vehículo y de las personas que lo ocupen.
· Recibir y trasladar autoridades universitarias, nacionales y extranjeros, invitados, funcionarios, estudiantes y pacientes en viajes cortos medianos y largos.
· En el Hospital de Clínicas, al conducir la ambulancia, debe cooperar en el ascenso y descenso de pacientes, actuando en forma responsable y respetuosa con los mismos.
· Recibir, trasladar y entregar en forma ágil, correcta y responsable los documentos, objetos, cargas y bienes que le sean encomendados.
· Llevar de acuerdo a los procedimientos establecidos; planillas de control, kilometraje, gastos mensuales o diarios, y servicios realizados en los vehículos utilizados.
· Detectar desperfectos de funcionamiento, solucionarlo momentáneamente si fuera posible e informar a su superior.
· Realizar el mantenimiento y las revisiones diarias de la unidad asignada a efecto de entregarla en buenas condiciones de higiene y funcionamiento, previendo pérdida de tiempo o accidentes.
· Realizar otras tareas relacionadas con el cargo y aquellas que se le encomienden.

 

BASES LLAMADO A CONCURSO ABIERTO Y CERRADO
PARA LA PROVISIÓN EFECTIVA DE CARGOS DE CHOFER

DENOMINACIÓN: Chofer

CARACTERÍSTICAS: Escalafón E, Sub escalafón 2,
Grado 4, Oficial Intermedio III, Código E.2.21 107

CARACTERÍSTICAS DE LA DESIGNACIÓN: Efectivo

Será de aplicación el Art. 5° del Estatuto de los Funcionarios No Docentes de la Universidad de la República y el cual se transcribe a continuación.

Art. 5º-Provisoriato- "Los funcionarios que ingresen a la Universidad, cualquiera fuere la naturaleza del vínculo, serán designados provisionalmente, pudiendo ser separados por decreto fundado, dentro del plazo de seis meses contados a partir de la toma de posesión, por la autoridad que los nombró.
Transcurrido el plazo del inciso anterior, el funcionario adquiere ipso jure, derecho al desempeño interino o efectivo del cargo, quedando amparado por el presente Estatuto".

Cantidad de cargos a proveer: según la necesidad de personal de los servicios y su disponibilidad presupuestal.

TIPO, REQUISITOS Y CLASE DE CONCURSO

Tipo de concurso: Abierto y cerrado

Art. 34 de la Ordenanza para la provisión de cargos no docentes..."Los concursos de ingreso para la provisión de cargos no docentes en los escalafones C,D, E serán abiertos y cerrados. Estos concursos se realizarán en forma simultánea"....

Preinscripción:Si el número de inscriptos al concurso abierto, supera los 50 se realizará un sorteo de carácter público entre los aspirantes, para establecer en carácter definitivo quienes concursarán dentro de ese cupo de 50 personas, de acuerdo al art. 36 de la Ordenanza de Concursos de funcionarios no docentes.

Los funcionarios interinos de la UdelaR, inscriptos en el concurso " abierto" quedarán exonerados del sorteo y límite de edad.

Requisitos:

Para el llamado abierto

· Ser ciudadanos uruguayo y tener entre 23 y 40 años de edad,
· Licencia para conducir Categoría F o 2Eb
· Tener aprobado el Primer Ciclo de Enseñanza Secundaria o UTU.

Para el llamado cerrado:

· Podrán participar en el concurso cerrado todos los funcionarios no docentes que ocupen cargos en efectividad de cualquier escalafón, que cumplan con los siguientes requisitos:
* poseer licencia de conducir categoría E o F,
* tener aprobado Primer Ciclo de Enseñanza Secundaria o UTU, quedando exonerados del límite de edad y sorteo.

Clase de concurso: Antecedentes y pruebas.

DOCUMENTOS QUE DEBEN ACOMPAÑAR LA SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN

Cédula de Identidad
Credencial Cívica.
Licencia para conducir según corresponda al llamado abierto o cerrado
Certificado de escolaridad
Relación de antecedentes (currículum vitae). Original y copia
Certificados y constancias correspondientes. Original y copia
Constancia del Departamento o Sección Personal (funcionarios efectivos o interinos)

-Solamente serán considerados los antecedentes que estén debidamente documentados.
-La presentación de los antecedentes deberá seguir el orden establecido en las Bases.
-Los documentos deberán ser legibles, se entregarán fotocopias que se autenticarán en el momento de la inscripción con la presentación de los originales, éstos deberán ser exhibidos en el mismo orden en que se presentan las copias.
-Las constancias referentes a cursos y talleres, deberán acreditar, en lo posible, carga horaria y evaluación.
-En lo referente a la experiencia laboral:
-los funcionarios de la Udelar deberán presentar una reseña de tareas expedida por su superior inmediato.
-Para el resto de los concursantes, deberán presentar una reseña de tareas expedida por su empleador, con datos del mismo para establecer contacto.

1. ANTECEDENTES : hasta 100 puntos

1.1 Formación
1.1.1 Estudios formales superiores a los requeridos para la inscripción: hasta 20 puntos
1.1.2 Capacitación relacionada con el cargo: hasta 30 puntos

1.2 Experiencia:
1.2.1 En tareas relacionadas con el cargo: hasta 50 puntos

El Tribunal evaluará la actuación de los postulantes que intervengan en el llamado, considerando los antecedentes (méritos y deméritos).

Deméritos

1- Detracción para los funcionarios de la UdelaR

En la calificación de los antecedentes, el Tribunal descontará los siguientes puntajes por cada falta sancionada que conste en el legajo personal y haya sido dispuesta por autoridades legítimas.( Res. Nº65 CDC del 2.07.85.)
Sanciones y suspensiones Detracciones

Más de 3 meses: 30 puntos
Más de 2 meses hasta 3 meses: 28 puntos
Más de 1 mes hasta 2 meses: 25 puntos
De 11 días a 1 mes: 15 puntos
De 4 a 10 días: 10 puntos
Hasta 3 días: 6 puntos

Apercibimiento, Amonestación y Observación: 3 puntos

Vigencia de los deméritos

- hasta 6 puntos, no serán considerados pasados 3 años de su aplicación,
- hasta 15 puntos, no serán considerados pasados los 5 años de su aplicación,
-superiores a 15 puntos no serán considerados pasados los 7 años de su aplicación.

Para los funcionarios de Hospital de Clínicas, no se tomarán en cuenta las sanciones aplicadas por incumplimiento a las obligaciones de : asistencia, puntualidad, presencia, cuando se trate de suspensiones menores o iguales a tres días.


2- Detracción para los postulante externos a la UdelaR

En el caso de postulantes externos podrán realizarse las detracciones que entienda el Tribunal, de acuerdo a las referencias o informes fehacientes de actuaciones que las ameriten.

2. PRUEBAS: hasta 150 puntos


2.1 Normativa : hasta 20 puntos
Ley Orgánica: Capítulos; I Arts. 1,2,3,4,5
II Art. 6
VIII Arts. 48,49,50,51;
Estatuto del Personal no docente, Capítulos I, II y III


2.2Teórico/Práctico: hasta 100 puntos

El Tribunal determinará un temario que le será entregado a los concursantes en el momento de comunicar el puntaje de antecedentes y que se relacionará con los siguientes aspectos: servicios de auxilio automotriz, actualización de normas que regulan el tránsito y manejo preventivo.
La prueba podrá consistir en la respuesta a un cuestionario, resolución de situaciones y/o evaluación práctica.


2.3Entrevista: hasta 30 puntos

En la cual se apreciará la adecuación del concursante al perfil trazado en la Descripción de Cargo, mediante la ponderación de factores relacionados con la apariencia, actitud, capacidad de comprensión y expresión correcta de conceptos e ideas relacionadas con las peculiaridades del desempeño de sus obligaciones.

Nota: Para calificar en el concurso el concursante deberá contar con el 50 % del puntaje en cada uno de los items (2.1 , 2.2 y 2.3)
Aquellos concursantes que culminen el proceso concursivo,conformarán un cuadro por orden de
prelación para el concurso abierto y otro cuadro para el concurso cerrado.
A los efectos de la provisión de vacantes se procederá a designar, de acuerdo a los requerimientos,
a un ganador del concurso abierto en primer término y un ganador del concurso cerrado, en
segundo término y así sucesivamente.

INFORMACIÓN GENERAL
1) NORMATIVA APLICABLE
Las instancias concursivas se realizaran en el marco de las disposiciones generales existentes en la materia, particularmente lo establecido en la Constitución Nacional, la Ley Orgánica de la Universidad de la República, el Estatuto de los Funcionarios No Docentes, la Reestructura Escalafonaria, la Ordenanza de Concursos y la Ordenanza de Ascensos.
2) PRIMER ACTO DEL CONCURSO
2.1) En el momento de la inscripción los aspirantes serán notificados de la fecha del primer acto del concurso.
En este acto se dará lectura publica de:
- la nómina de los miembros del tribunal
- la nómina de inscriptos que reúnan los requisitos establecidos en las bases.
- la relación de antecedentes presentados por los aspirantes, si algún aspirante así lo solicita.
2.2) Elección del representante:
Los concursantes podrán elegir a su representante, titular y suplente, mediante voto no obligatorio, reservado y anónimo.
Los requisitos para ser representantes y el procedimiento electoral seguirán lo establecido en los Arts.14,15 y 16 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes
3) OBSERVACIONES E IMPUGNACIONES
3.1) Art.8 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes - Primer acto de concurso ....."Los concursantes podrán objetar los méritos presentados por otros concursantes dentro de los dos días hábiles siguientes a la realización del primer acto del concurso".
3.2) Art.19 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes - Impugnación. "Los concursantes podrán recusar a los integrantes del Tribunal ante el Rector de la Universidad de la República quien resolverá sin ulterior instancia en el concurso. Tal impugnación podrá formularse dentro de los dos días hábiles siguientes a la fecha de notificación a los concursantes del acto de designación o elección, en su caso, del miembro del Tribunal destinatario de la recusación.
3.3) Art.29 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes - Inapelabilidad del Contenido. El fallo definitivo del Tribunal será inapelable en cuanto al contenido. Por vicios graves de procedimiento podrá declararse la nulidad total o parcial.
3.4) Art.31 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes - Plazo para su presentación. Las observaciones que se formulen sobre supuestos vicios de forma de las pruebas o en la calificación de los antecedentes deberá ser enviada al Tribunal. "Los concursantes dispondrán de dos días hábiles, siguientes a la terminación del acto impugnado, a fin de plantear tales observaciones".
3.5) Art.32 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes - Procedimiento. " El Tribunal, si lo considera pertinente, está habilitado para corregir el vicio. En caso contrario, elevará inmediatamente todos los antecedentes al Consejo Directivo Central, debiendo esperar la resolución de éste antes de continuarse con el concurso.
El Consejo Directivo Central adoptará resolución en el plazo estipulado en el Articulo 25".
Mediante esa resolución, el Consejo Directivo Central podrá confirmar la actuación del Tribunal o declarar la nulidad parcial del concurso. En este caso, deberán complementarse las etapas o actuaciones correspondientes.
4) RESPONSABILIDAD DE LOS CONCURSANTES
4.1) Art.9 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes - Carga de los concursantes- "Los concursantes deberán concurrir a todos los actos del concurso"
4.2) Art.10 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes - Notificaciones - "..... Los concursantes imposibilitados de concurrir a algún acto del concurso, podrán tomar conocimiento de lo allí actuado por quien los represente, siendo suficiente para ello la presentación de una nota suscrita por el ausente"
4.3) Art.24 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes - Inconducta de los concursantes - "El Tribunal hará saber de inmediato al Consejo Directivo Central de toda actuación de los concursantes que pueda merecer sanción, y en tal caso el concurso quedará interrumpido".
4.4) Art.25 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes - Sanciones a los concursantes - "El Consejo Directivo Central dispondrá de treinta días para tomar resolución, plazo que se computará a partir de la incorporación del punto en el Orden del día".
Las sanciones a los concursantes podrán consistir en amonestación, eliminación del concurso o prohibición de presentarse a nuevos concursos, pudiendo llegar ésta hasta un límite de cinco años. Esta sanción se aplicará en casos de inconductas de los concursantes de especial gravedad.
Tales sanciones se impondrán sin perjuicio de la responsabilidad que tuvieren tratándose de universitarios. En el caso que corresponda, se dejará constancia en el legajo personal".
5) DESIGNACIONES
5.1) Previo a la designación del postulante, deberá comprobar la aptitud moral mediante la presentación de certificado de buena conducta y tener aptitud psico-física certificada por la División Universitaria de la Salud (D.U.S).
5.2) Las designaciones se realizarán respetando el orden de prelación y las necesidades de los servicios universitarios bajo el régimen de circunscripción única.
5.3) Art.35 de la Ordenanza de Concursos para la provisión de cargos no docentes- Vigencia del orden de prelación - "El orden de prelación resultante de los concursos de ingreso tendrá una vigencia por un único período de dos años"...
5.4) Art.17 de la Ordenanza de ascensos de los funcionarios no docentes de la Universidad de la República- Vigencia - "El orden de prelación tendrá vigencia por un único período que será improrrogable, de acuerdo al siguiente detalle:
- Concursos de méritos para cargos de nivel operativo: un año.
- Concursos de méritos y oposición para cargos de nivel operativo: dos años.
- Concursos de méritos y oposición para cargos de nivel de conducción: tres años.

Formulario de Ingreso



CONCURSO PARA LA PROVISIÓN EN EFECTIVIDAD DE CARGOS DE DIRECTOR DE DEPARTAMENTO CONTADOR

DENOMINACIÓN: Director de Departamento - Contador

CARACTERÍSTICAS: Escalafón A, Sub escalafón 2, Grado 15,
Director de Departamento Código: A.2.04 500

CARACTERÍSTICAS DE LA DESIGNACIÓN: Efectivo

TIPO, REQUISITOS Y CLASE DE CONCURSO

Tipo de concurso: Abierto

Requisitos:

Podrán participar en el concurso los ciudadanos que posean título habilitante de: Contador Público y/o Licenciado en Administración.

Aptitud moral y psico-física: Comprobar aptitud moral, y tener aptitud psico-física, certificada por la División Universitaria de la Salud.

Documentos que deben acompañar la solicitud de inscripción

En el momento de la inscripción será indispensable acompañar la solicitud con la presentación de los siguientes documentos:
- Cédula de identidad
- Credencial Cívica
- Título habilitante de Contador Público y/o Licenciado en Administración (original y fotocopia)
- Certificados:

* Reseña de tareas desempeñadas por el concursante en la o las dependencias o empresas donde hubiere prestado servicios. La misma será expedida por su superior inmediato con datos del mismo para establecer contacto.
* Relación de antecedentes, siguiendo el orden establecido en las Bases, con las certificaciones que los acrediten (certificados de estudio, escolaridad de egreso, cursos, concursos y otros). La certificación de los cursos deberá indicar: contenido, carga horaria, forma de aprobación, e institución.
* Los documentos deberán ser legibles, se podrán entregar fotocopias, las que deberán ser autenticadas en el momento de la inscripción con la presentación de los originales, exhibiéndose éstos en el mismo orden en que se presenten las copias.
* Actuación funcional en la UdelaR, conteniendo: escalafón, grado, período de ejercicio y carácter de los cargos que ha desempeñado en la Universidad de la República.
Esta certificación debe ser expedida por la Sección Personal pudiendo ser complementada y avalada por la máxima autoridad administrativa del Servicio.
Los legajos de los funcionarios inscriptos, serán solicitados por el Tribunal a las respectivas dependencias de personal.
* Actividad laboral en otras instituciones públicas o privadas con determinación de cargos, carácter de los mismos y período de ejercicio con firma del responsable con datos para su ubicación.
* No se tomarán en cuenta los antecedentes que no estén debidamente documentados.

En caso de que los inscriptos superen las cincuenta personas, el Tribunal considerará solamente la postulación de los cincuenta que reúnan las mejores escolaridades, quedando los restantes excluidos del proceso del concurso.
Quedan exceptuados de la preselección por escolaridad los actuales funcionarios de la UdelaR.

Clase de concurso

Modalidad: Antecedentes, pruebas y evaluación psicológica.

El concurso se realizará en la modalidad de puntajes y se regirá a todos los efectos por la Ordenanza de Concursos aprobada por el CDC en resolución N°16, del 26.10.1999 y publicada en el Diario Oficial el 12.11.1999.

Notificaciones:

En el momento de inscribirse, los aspirantes deberán notificarse de la fecha del primer acto del concurso.
En este primer acto se procederá a:
· Dar lectura pública de los nombres de los miembros que integran el Tribunal
· Elegir el representante de los postulantes para completar la integración del Tribunal
· Comunicar la nómina de los inscriptos que reúnan los requisitos establecidos en las bases. Sin perjuicio de lo anterior, a los efectos de facilitar la información a los concursantes, tales nóminas se publicarán en cartelera y estarán a disposición de los interesados.
· Dar lectura, si algún concursante así lo solicita, a la relación de antecedentes presentada por todos los aspirantes.
· Proporcionar el temario para la prueba

Los concursantes podrán objetar los méritos presentados por otros concursantes dentro de los dos días hábiles siguientes a la realización del primer acto del concurso.

Los concursantes deberán concurrir a todos los actos del concurso, Art.7°,8°,9° y 14°, de la Ordenanza de Concursos aprobada por el CDC en resolución N°16 del 26.10.1999.

1. ANTECEDENTES : Hasta 100 puntos

Los antecedentes serán calificados por el Tribunal antes de la iniciación de la primera prueba y el resultado de dicha calificación será notificado a los concursantes por lo menos con diez (10) días hábiles de anticipación a la misma. Corresponderá un máximo de 100 puntos conforme al detalle explicitado a continuación.

1.1 Formación profesional complementaria: hasta 20 puntos
Se consideran sólo los relacionados con el cargo a ocupar. Por cursos realizados deberá acreditarse carga horaria y en su caso evaluación, así como datos que permitan corroborar su contenido.

1.1.1 Formación